PROYECTO DE TP


Expediente 2712-D-2018
Sumario: EXHORTAR AL PODER EJECUTIVO A SOLICITAR LA APROBACION DEL CONGRESO NACIONAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, ANTE CUALQUIER ACUERDO O NEGOCIACION CON EL FONDO MONETARIO INTERNACIONAL O ALGUN OTRO ORGANISMO MULTILATERAL DE CREDITO.
Fecha: 09/05/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 44
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Exhortar al Poder Ejecutivo Nacional, que ante cualquier tipo de acuerdo o negociación que se estableciere con el Fondo Monetario Internacional o con cualquier otro organismo multilateral de crédito, previamente a ser suscripto debe ser avalado por el Congreso Nacional de la República Argentina.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En nuestra Constitución Nacional, se establece en su artículo 75 que son atribuciones del Congreso nacional entre otras:
- Contraer empréstitos sobre el crédito de la Nación.
- Arreglar el pago de la deuda interior y exterior de la Nación.
- Proveer lo conducente a la prosperidad del país, al adelanto y bienestar de todas las provincias, y al progreso de la ilustración, dictando planes de instrucción general y universitaria, y promoviendo la industria, la inmigración, la construcción de ferrocarriles y canales navegables, la colonización de tierras de propiedad nacional, la introducción y establecimiento de nuevas industrias, la importación de capitales extranjeros y la exploración de los ríos interiores, por leyes protectoras de estos fines y por concesiones temporales de privilegios y recompensas de estímulo.
- Proveer lo conducente al desarrollo humano, al progreso económico con justicia social, a la productividad de la economía nacional, a la generación de empleo, a la formación profesional de los trabajadores, a la defensa del valor de la moneda, a la investigación y al desarrollo científico y tecnológico, su difusión y aprovechamiento.
- Aprobar o desechar tratados concluidos con las demás naciones y con las organizaciones internacionales y los concordatos con la Santa Sede. Los tratados y concordatos tienen jerarquía superior a las leyes.
- La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; la Declaración Universal de Derechos Humanos; la Convención Americana sobre Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y su Protocolo Facultativo; la Convención sobre la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio; la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial; la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; la Convención sobre los Derechos del Niño; en las condiciones de su vigencia, tienen jerarquía constitucional, no derogan artículo alguno de la primera parte de esta Constitución y deben entenderse complementarios de los derechos y garantías por ella reconocidos. Sólo podrán ser denunciados, en su caso, por el Poder Ejecutivo Nacional, previa aprobación de las dos terceras partes de la totalidad de los miembros de cada Cámara.
- Los demás tratados y convenciones sobre derechos humanos, luego de ser aprobados por el Congreso, requerirán del voto de las dos terceras partes de la totalidad de los miembros de cada Cámara para gozar de la jerarquía constitucional.
- Aprobar tratados de integración que deleguen competencias y jurisdicción a organizaciones supraestatales en condiciones de reciprocidad e igualdad, y que respeten el orden democrático y los derechos humanos. Las normas dictadas en su consecuencia tienen jerarquía superior a las leyes.
- La aprobación de estos tratados con Estados de Latinoamérica requerirá la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara. En el caso de tratados con otros Estados, el Congreso de la Nación, con la mayoría absoluta de los miembros presentes de cada Cámara, declarará la conveniencia de la aprobación del tratado y sólo podrá ser aprobado con el voto de la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara, después de ciento veinte días del acto declarativo.
- La denuncia de los tratados referidos a este inciso, exigirá la previa aprobación de la mayoría absoluta de la totalidad da los miembros de cada Cámara.
Entendemos que así como cualquier convenio internacional debe pasar por la aprobación del Congreso Nacional, cualquier acuerdo con el Fondo monetario Internacional debe seguir la misma trayectoria. El FMI dentro de la historia reciente de nuestra nación y de las naciones latinoamericanas y de los países del tercer mundo ha marcado su huella en la memoria de distintas generaciones de nuestras poblaciones. Incluso los recientes resultados de sus recomendaciones en Grecia y España han dejado un panorama de inequidad social con resultados muy dolorosos para los sectores más vulnerables de la sociedad.
En el imaginario de argentinos y argentinas que con su esfuerzo han transferido ingresos durante lustros para cumplir con las exigencias de este organismo multilateral de crédito dan cuenta que no es una referencia neutra o vacía de contenido para nuestro pueblo mencionar que nuevamente estamos bajo las indicaciones del FMI.
El Fondo monetario Internacional acompaño una de las mayores causantes de las tragedias sociales de nuestra historia: la Deuda Externa, que nuestro Congreso hace relativamente poco se propuso a controlarla mediante una comisión bicameral.
No es menor por lo tanto que cualquier tipo de acuerdo con el Fondo Monetario Internacional o con cualquier otro organismo multilateral de crédito, pase por el tamiz de la discusión democrática de nuestro parlamento nacional.
Por todo ello pedio a mis colegas que me acompañen en este proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA CIUDAD de BUENOS AIRES LIBRES DEL SUR
GROSSO, LEONARDO BUENOS AIRES PERONISMO PARA LA VICTORIA
DE PONTI, LUCILA MARIA SANTA FE PERONISMO PARA LA VICTORIA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
FINANZAS (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados MANIFESTACIONES EN MINORIA 19/06/2018