PROYECTO DE TP


Expediente 2515-D-2018
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LAS ACCIONES DEL "INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS - INAI -".
Fecha: 27/04/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 38
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo a fin de solicitar que, a través del organismo que corresponda, tenga a bien remitir a esta H. Cámara información precisa y detallada sobre los siguientes puntos:
1. Si el INAI ha coordinado y ejecutado con las autoridades pertinentes de la Provincia de Salta, programas vinculados a la asistencia sanitaria, cuidado del ambiente, alfabetización, infraestructuras y viviendas, destinadas a las comunidades aborígenes afincadas en numerosos parajes expuestos a riesgos climáticos. En caso afirmativo, sírvase detallar los programas y en qué estado operativo se encuentran.
2. Si el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), a través del Consejo de Coordinación, se ha expedido respecto a la modalidad implementada en la asistencia alimentaria y sanitaria a pobladores integrantes de la comunidad Wichi de Las Vertientes, provincia de Salta, aislados por las recientes inundaciones.
3. Si se ha sometido a consideración en el seno del Consejo de Coordinación, metodologías de asistencia y auxilio a las comunidades afectadas por diversas problemáticas, a los efectos de evitar situaciones indignas.
4. Si el INAI acordó con las autoridades salteñas correspondientes, la búsqueda y detección de recursos económicos para la financiación de proyectos de distinta naturaleza que permitan el desarrollo sustentable de las comunidades aborígenes. En caso afirmativo, sírvase detallar los proyectos y en qué estado operativo se encuentran.
5. Sírvase indicar cualquier otra información que sume al presente.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Las recientes inundaciones que afectaron numerosos parajes del norte argentino, pusieron en evidencia las carencias de las comunidades indígenas junto a metodologías que, si bien resultan expeditivas, nos retrotraen a imágenes similares acaecidas en pueblos africanos o del medio oriente en permanente estado de guerra.
Nunca más indicada que hoy sería recordar la premisa justicialista que reza: “La organización vence al tiempo”. Para ello es necesario ajustarse a las leyes y lo establecido por nuestra Constitución Nacional. Efectivamente, si se garantiza la implementación y cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 1º, 9º y 10 de la ley 23.302 de Política Indígena y Apoyo a las Comunidades Indígenas, como así también respecto a la ley 23.849 de Convención Internacional de los Derechos del Niño, específicamente en lo que respecta al artículo 29 -incisos c) y d)- y al artículo 30; y se ratifica y da cumplimiento a los derechos de los pueblos indígenas argentinos reconocidos explícitamente en el artículo 75, inciso 17 de nuestra Constitución Nacional, gran parte del camino estará hecho.
Contamos con Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, creado por la mencionada Ley 23.302, con atribuciones y alcances tendientes a establecer una nueva relación entre el Estado y los Pueblos Indígenas, otorgándole valor a la construcción de un proyecto común de convivencia, respeto y solidaridad en un marco igualitario.
Con el objetivo de dar cumplimiento a lo previsto por el Art. 5 de la Ley Nº 23.302, se constituyó en el año 2008 el órgano que profundiza las bases de consulta y participación de los Pueblos Indígenas: el Consejo de Coordinación. De esta manera se manifiesta la intención del Estado Nacional de avanzar en forma decidida en el cumplimiento de los derechos que asisten a los pueblos indígenas.
El Consejo de Coordinación está integrado por treinta representantes indígenas (1 representante por pueblo y por región) pertenecientes a 25 pueblos presentes en las regiones Noroeste, Litoral, Centro y Sur de nuestro país, catorce representantes de los Estados Provinciales adheridos a la Ley 23.302, y seis representantes del Estado Nacional de las carteras de Salud, Educación, Trabajo, Interior, Economía Justicia y Derechos Humanos.
La creación del Consejo de Participación Indígena (CPI) durante el año 2004, en el ámbito del INAI, fue el inicio de un proceso de consulta y participación entre el Estado Nacional y los pueblos originarios.
Durante 2008/2009 se renovaron los mandatos de este Consejo, a través de 41 asambleas comunitarias realizadas en 17 provincias: Buenos Aires, Chaco, Chubut, Entre Ríos, Jujuy, La Pampa, Mendoza, Salta, San Juan, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tucumán, Neuquén, Tierra del Fuego, Misiones y Río Negro.
Numerosas constituciones provinciales reconocen sus derechos como, precisamente, la Constitución de la Provincia de Salta (reforma de 1998) que fundamenta en el Artículo 15 para los Pueblos Indígenas el reconocimiento a su preexistencia étnica y cultural, así como la legitimación de sus propias comunidades y organizaciones. Asimismo, garantiza el respeto a su identidad, el derecho a una educación bilingüe e intercultural, la posesión y propiedad de las tierras fiscales que tradicionalmente ocupan, y regula la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano inembargables, respetando los derechos de terceros. Asegura su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y demás intereses que los afecten de acuerdo a la ley.
Consecuentemente, es necesario que las autoridades responsables revean los vínculos con las comunidades que facilite el estilo de vida propio de los pueblos aborígenes, con más consideración y respeto. No sólo sería justicia social sino también justicia ecológica, ya que los pueblos aborígenes poseen una demostrada sabiduría sobre el cuidado de la naturaleza y de la vida en su conjunto.
Por las razones expuestas, señor Presidente, solicito el acompañamiento de mis pares para la aprobación del presente pedido de informes.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
LEAVY, SERGIO NAPOLEON SALTA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
POBLACION Y DESARROLLO HUMANO (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 137 (2019), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996