PROYECTO DE TP


Expediente 2397-D-2019
Sumario: ESTABLECESE LA OBLIGATORIEDAD DE ENTONAR LAS ESTROFAS DEL HIMNO NACIONAL ARGENTINO EN FORMA COMPLETA EN TODO ACTO OFICIAL O PRIVADO.
Fecha: 14/05/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 57
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


HIMNO NACIONAL ARGENTINO
OBLIGATORIEDAD DE EJECUTARLO EN FORMA COMPLETA
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ARTÍCULO 1.- Establecerse la obligatoriedad de la Ejecución completa del Himno Nacional Argentino en todo acto oficial o privado, como así también en ceremonias y eventos deportivos, artísticos, sociales o culturales que se realicen en todo el territorio nacional.
ARTÍCULO 2.- La reproducción del Himno Nacional Argentino será la versión establecida por el Decreto N° 10.302/1944.
ARTÍCULO 3.- Prohíbase el uso comercial, en idioma extranjero o agraviante del Himno Nacional Argentino.
ARTÍCULO 4.- La autoridad de aplicación para la implementación de la presente ley será la Jefatura de Gabinete del Poder Ejecutivo Nacional.
ARTÍCULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El mérito del decreto del P.E.N. N° 10.302 de 1944, fue precisar y plasmar en la norma los conceptos dominantes referidos a los patrones oficiales que deben reunir los símbolos patrios.
El Himno Nacional Argentino, junto a la Bandera Nacional y el Escudo Nacional representan símbolos que tienen el objeto de constituir la unión nacional. En efecto, el sentimiento nacional fue propuesto como un objetivo por los constituyentes de 1.853, quienes observaron la diversidad de la población distribuida en el extenso territorio argentino y fueron dotándolo de herramientas eficaces para afianzar la unión de la incipiente nación.
Desde luego que actualmente estos símbolos identifican a todos los argentinos independientemente del lugar donde se encuentren, representan y sintetizan en parte la personalidad de los conciudadanos y le da sentido de pertenencia a cada uno de los habitantes del territorio argentino, dotándolos de una identidad nacional.
Otra herramienta que el legislador ha dotado al pueblo argentino en su conjunto es la Ley 25.636 que estable la obligatoriedad de transmitir en forma completa el Himno Nacional Argentino al comienzo de las emisiones de radio y televisión.
Sin dudas que favorecer la pasión por lo nacional habla de un proyecto colectivo de país, lejos del individualismo, y en todo momento de la vida ciudadana argentina se debe honrar la historia y respetar nuestros símbolos, y en especial nuestro Himno Nacional Argentino que nos distingue.
Es muy importante para un país que quiere superar su dificultades y proyectar su futuro fortalecer cotidianamente su identidad nacional y la hermandad entre todos los argentinos.
La construcción de la nacionalidad es un proceso social vivo y en permanente fluctuación donde el Estado y sus tres poderes que lo conforman deben cumplir un rol indelegable, que es el de garantizar y asegurar el respeto hacia nuestros símbolos patrios, por ello es que propongo que en nuestro país no haya reproducciones irrespetuosas, seccionadas o mutiladas de nuestra canción patria.
Es un buen ejemplo a imitar por todas las demás instituciones públicas y privadas la sana costumbre que tiene esta Cámara de Diputados de la Nación de hacer interpretar por completo el Himno Nacional Argentino antes de iniciar sus sesiones.
Por todo lo expuesto, solicito a los señores legisladores su voto positivo para la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MARTIARENA, JOSE LUIS JUJUY JUSTICIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia)