PROYECTO DE TP


Expediente 2318-D-2018
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA DISTRIBUCION DE REGALIAS ELECTRICAS A LAS PROVINCIAS DE CORRIENTES, MISIONES Y ENTRE RIOS, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 24/04/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 35
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional a fin de que informe, por los medios que estime convenientes, acerca de los siguientes temas:
a) si es veraz la información de distribución de regalías eléctricas consignada como Tablas 1 a 3, adjuntas al presente;
b) en caso de ser veraz, informe por qué razones las regalías eléctricas se están distribuyendo de la forma en que se distribuyen;
c) en caso de que hubiera aún razones para distribuir las regalías de esta forma, se solicita se aclare cuáles son y de qué forma fue informado el Congreso de la Nación;
d) explique detalladamente las medidas a ser tomadas y plazos estimados para la regularización de la distribución de las regalías eléctricas acorde a lo establecido por las Leyes de la Nación.
Tabla descriptiva

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La ley 24954, sancionada en 1998, establece en su artículo 1º la forma de distribución de los excedentes derivados del complejo hidroeléctrico de Salto Grande, por el que a la Provincia de Misiones le corresponde un 5% del total.
Una de nuestras preocupaciones centrales es la defensa del federalismo. Creemos que los recursos que el Congreso de la Nación ha dispuesto que sean girados a las Provincias deben ser girados en forma efectiva.
Desde hace años esto, según la información con que contamos, no está ocurriendo. Por esa razón queremos saber las causas de esta falta en la distribución de los fondos que por las Leyes 24954 y 25671 le corresponden a Misiones.
Dada esta información es que solicitamos a nuestros pares que nos acompañen en la aprobación de este proyecto.
Informe sobre Regalías Eléctricas
La distribución de las regalías eléctricas excluyendo a Misiones de lo que le correspondería por Salto Grande en virtud de lo establecido en la Ley 24.954, está siendo alterada por normas legales.
La Ley 24.954 establecía un 5% de las regalías de Salto Grande para Misiones. La Ley 25671 establece que los fondos no ingresarán a rentas generales del Presupuesto, norma que fue vetada e insistida por Ley 25685.
En el Presupuesto 2008, aprobado por Ley 26337, se introduce por primera vez la siguiente cláusula:
ARTICULO 17. — El ESTADO NACIONAL toma a cargo las deudas generadas en el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) por aplicación de la Resolución de la Secretaría de Energía 406 de fecha 8 de septiembre de 2003, correspondientes a las acreencias de NUCLEO ELECTRICA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (NASA), de la ENTIDAD BINACIONAL YACYRETA y a los excedentes generados por el COMPLEJO HIDROELECTRICO DE SALTO GRANDE, estos últimos en el marco de las leyes 24.954 y 25.671, por las transacciones económicas realizadas hasta el 31 de diciembre de 2007 y las que se generen en el ejercicio 2008.
Las deudas mencionadas en el párrafo anterior, serán incluidas en el artículo 2º, inciso f) de la ley 25.152.
Esto quiere decir que los excedentes (beneficios por la explotación) de Salto Grande y Yacyretá entran a manos del PE porque él se hace cargo de las deudas del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) y, antes de pagar las regalías, se saldan las deudas con el MEM y luego se giran los fondos excedentes.
Este mismo artículo con leves variaciones se incluyò en los presupuestos para 2009 (Ley 26422), 2010 (Ley 26546), 2013 (Ley 26784), 2014 (Ley 26895) y 2017 (27341).
La Ley 24954 no tiene otras modificatorias o complementarias por Ley ni por decreto de necesidad y urgencia registradas por el Ministerio de Economía en su sitio oficial.
Por las razones expuestas solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PASTORI, LUIS MARIO MISIONES UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)