PROYECTO DE TP


Expediente 2313-D-2018
Sumario: CONTRATO DE TRABAJO - LEY 20744 - MODIFICACION DEL ARTICULO 158, SOBRE LICENCIAS PARA ADAPTACION DE MENORES.
Fecha: 24/04/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 35
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTICULO 1°.- Modificase el artículo 158 de la Ley 20744 “LEY DE CONTRATO DE TRABAJO”. Incorporando inc. f y g el que quedará redactado de la siguiente manera:
f) Por reuniones organizadas por el establecimiento educativo al que asista el hijo/a del trabajador, hasta diez (10) horas por año calendario el que se incrementará de acuerdo a la cantidad de hijos/as
g) Por adaptación escolar de hijo/a en los niveles de jardín maternal, preescolar y primer grado, cuatro (4) horas diarias durante cinco (5) días en el año calendario y dos (2) horas diarias durante 5 días en el año calendario, Las mismas no podrán acumularse.
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La presente iniciativa viene a resolver un problema que tienen los padres que trabajan que poseen niños en edad escolar.
Hoy en muchos casos ambos padres se encuentren empleados dentro del núcleo familiar, lo que dificulta de sobremanera el acompañamiento de los mismos en el camino educativo de sus hijos.
Por un lado están las reuniones escolares y por la otra la adaptación de los niños en los niveles de jardín maternal, preescolar, y primer grado que demanda tiempo de la jornada laboral a los padres, los que muchas veces se ven obligados a tener que tomarse las vacaciones para poder acompañar a sus hijos.
La igualdad ante la ley es un derecho constitucional por el cual todos los trabajadores deberían gozar de los mismos derechos. En el año 2015 la entonces Procuradora General de la Nación Dra. Alejandra Gils Carbó aprobó una modificación en el régimen de licencia que rige al Ministerio Público Fiscal e incorporó tres horas por día durante una semana para que los padres y madres puedan asistir a la adaptación escolar de sus hijos e hijas. La Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el año 2004 incorporó en la 471 el art. 24bis la licencia por adaptación escolar de hijo, el texto reza “Artículo 24 bis - Licencia por adaptación escolar de hijo. Los trabajadores tienen derecho a una franquicia horaria de hasta tres (3) horas diarias durante cuatro (4) días corridos con goce de haberes por adaptación escolar de hijo en los niveles de jardín maternal, preescolar y primer grado, siempre que el establecimiento se encuentre fuera del lugar de trabajo. Si ambos padres fueran agentes, la licencia sólo podrá ser utilizada por uno de ellos.
Cada dependencia establecerá las formas necesarias para probar y justificar las ausencias".
Basándonos en legislación comparada, en el caso de Finlandia, los padres tienen permiso para asistir a la reunión de padres de la escuela de sus hijos. El Programa se llama Salvados, allí los padres tienen permiso para ir a las tutorías. Aquellos padres que no van al colegio, ya sea porque están ocupados o porque lo delegan
en terceras personas, son mal vistos reza un articulo periodística, ya que la educación para ellos es lo fundamental.
Los niños son el futuro de esta Nación y los adultos debemos acompañar a la Institución educativa para que logre buenos resultados, y aquel niño sea el día de mañana, una persona de bien que contribuya para lograr una sociedad mejor.
Los padres deben acompañar a sus hijos en el camino de la educación, y parte de ese acompañamiento es poder estar presente en las reuniones o citaciones de padres que puedan tener de parte del establecimiento educativo y la adaptación de los mismos en sus primeros pasos en el mundo escolar.
Por estos motivos considero que incorporar estas licencias dentro de la ley de contrato de trabajo beneficiaría el dialogo y el nexo de los padres con la institución educativa, lo que acarrearía un importante beneficio en el desarrollo del niño, ayudaría a una mejor educación, a una mayor contención del niño en esta etapa.
Nuestros hijos son el futuro, por eso considero que debemos apostar a otorgarle una mejor calidad educativa y mayor contención y acompañamiento de los padres en este camino.
Es por estos motivos que solicito a los pares me acompañen en el presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PEÑALOZA MARIANETTI, MARIA FLORENCIA SAN JUAN SOMOS SAN JUAN
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA