PROYECTO DE TP


Expediente 2201-D-2019
Sumario: REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION. MODIFICACION DE LOS ARTICULOS 168 Y 221, SOBRE OPORTUNIDAD DE LA CONSIDERACION DE HOMENAJES.
Fecha: 03/05/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 50
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


1.- Sustitúyase el artículo 168 del Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación por el siguiente:
“Artículo 168. Inmediatamente la Cámara dedicará media hora a la consideración del plan de trabajo y el orden del día que se haya propuesto, en la forma del artículo 60; y luego media hora a la consideración y votación de: las mociones de preferencia y las mociones de sobre tablas. Los homenajes sólo podrán ser tratados al final de la sesión, en los términos previstos en artículo 221.
Los diputados que formulen mociones deberán anotarse en Secretaría antes de la sesión, indicando el asunto del que habrán de ocuparse. La palabra les será concedida en el orden de su inscripción.
Si el turno venciese sin que se haya agotado la lista, los diputados inscriptos en ella que no hayan alcanzado a usar de la palabra lo harán en el mismo turno en la sesión siguiente, guardándose análogo orden”.
2.- Sustitúyase el artículo 221 del reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación por el siguiente:
“Artículo 221. Los diputados que deseen rendir homenajes, podrán hacerlo bajo la forma de proyectos de resolución, los cuales serán presentados directamente por escrito ante la Comisión de Labor Parlamentaria para su consideración. La comisión establecerá una sesión especial al efecto, pudiendo los diputados optar por acompañar sus expresiones por escrito como inserciones en el Diario de Sesiones en la misma sesión especial o en la primera sesión de tablas.
Los homenajes que se celebren en el marco de las sesiones ordinarias, especiales y extraordinarias de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación serán realizados, sin excepciones, luego del tratamiento del orden del día previsto. Podrán hacer uso de la palabra hasta tres diputados por homenaje, salvo que fuera para expresar la adhesión de un bloque o solicitar una inserción. Cada diputado podrá utilizar cinco minutos improrrogables. En ningún caso, en los homenajes, se permitirán réplicas ni debates”.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Constitución Nacional reserva un destacado lugar a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación como espacio de discusión y fortalecimiento de la representación democrática.
En la política actual, la ciudadanía exige respuestas rápidas y satisfactorias a problemas urgentes y complejos. Es razonable que el debate en el recinto se focalice en la discusión de los proyectos de ley, con el objeto de visibilizar las distintas posturas frente a los temas que atraviesan a la ciudadanía. En sus artículos 168 y 221 el reglamento de esta Honorable Cámara prevé un orden inverso y se colocan los homenajes a personas por sobre la discusión de los proyectos de ley, dilatando su tratamiento.
En ocasiones, las celebraciones de estos homenajes demoran el inicio de la sesión de forma innecesaria. En estos casos, un puñado de diputados monopolizan la palabra al no existir límite de tiempo en torno a reivindicaciones partidarias que mantienen cautivos a los demás legisladores, no existiendo una diferencia entre tiempo destinado a legislar y tiempo destinado a expresar.
Estas observaciones han sido tenidas en cuenta al momento de estructurar reglamentos modernos en distintas legislaturas de carácter subnacional. En el reglamento de la Cámara de Diputados de Mendoza, el artículo 165 expresa que “Una vez terminada la relación de los asuntos entrados en la forma expresada en los artículos anteriores, la Cámara se abocará en forma inmediata al tratamiento de los temas incluidos en el Orden del Día. A posteriori, la H. Cámara dedicará en primer término, una hora para rendir homenajes y, posteriormente, media hora para tomar conocimiento y considerar toda cuestión que no sean los asuntos sometidos al Orden del Día y al mismo tiempo, será para considerar las mociones de preferencia o pronto despacho.”
Es evidente la distinción en tales reglamentos entre actividades expresivas y aquellas legislativas, que permiten destinar mayor tiempo al tratamiento de proyectos. La reforma propuesta busca tanto modernizar el funcionamiento de este cuerpo como responder a la necesidad de aplicar un criterio de prioridad para el tratamiento de proyectos haciendo un uso eficiente de la palabra, y finalmente adecuar las prácticas institucionales a la realidad de una democracia dinámica.
Por todo ello, solicito a los Diputados que me acompañen con su voto en la sanción de este proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
IGLESIAS, FERNANDO ADOLFO CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
DEL CERRO, GONZALO PEDRO ANTONIO SANTA FE UCR
URROZ, PAULA MARCELA BUENOS AIRES PRO
LEHMANN, MARIA LUCILA SANTA FE COALICION CIVICA
MENNA, GUSTAVO CHUBUT UCR
BERISSO, HERNAN BUENOS AIRES PRO
INCICCO, LUCAS CIRIACO SANTA FE PRO
OCAÑA, GRACIELA BUENOS AIRES PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 138 (2020), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996