PROYECTO DE TP


Expediente 2139-D-2018
Sumario: INCORPORACION DE LA ENSEÑANZA DE OFICIOS EN LA CURRICULA EDUCATIVA NACIONAL.
Fecha: 18/04/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 31
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Incorporación de la enseñanza de oficios en la currícula educativa nacional
Art. 1º: Inclúyase la enseñanza de oficios en la currícula educativa nacional como materia curricular en el último año de educación secundaria de establecimientos públicos no técnicos, en el ámbito de todo el territorio de la República Argentina.
Art. 2º: El objetivo de la presente ley es que los estudiantes de diversas escuelas públicas del país tengan la posibilidad de incorporar conocimientos en distintos oficios con el propósito de contar con herramientas que les permitan insertarse con mayor facilidad en el mundo laboral o sirvan para generar en ellos el emprendedorismo.
Art. 3º: Será autoridad de aplicación de la presente ley el Ministerio de Educación de la Nación.
Art. 4º: El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley en el término de ciento ochenta (180) días desde su promulgación.
Art. 5º: Invítase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherirse a la presente ley.
Art. 6º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Las políticas públicas educativas deben ser diseñadas en virtud de la realidad social que atraviesa nuestro país en la actualidad y es por ello, que considero necesario que los jóvenes estén preparados con diversas herramientas que les permitan enfrentarse al mundo laboral con mayor certidumbre.
Aprender un oficio, le da a la persona la oportunidad de poder elegir y crecer, generar ingresos por su cuenta, aplicarlo en la cotidianeidad del hogar evitando nuevos gastos e incluso enseñar a otros a aprender lo que uno ha aprendido.
Según un informe de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) del año 2014: sólo el 41% de los jóvenes en la Argentina termina el colegio secundario a la edad esperada. Mientras que, quienes tienen la posibilidad de acceder a estudios de nivel superior y universitarios públicos y gratuitos, según un informe publicado por el Centro de Estudios de la Educación Argentina (CEA) de la Universidad de Belgrano, sólo 23 de cada 100 se gradúan, siendo la Argentina uno de los países con la menor tasa de graduación en relación con la cantidad de ingresantes no sólo en la región, sino también en el mundo. En Brasil se gradúan en promedio 50 de cada 100 ingresantes; en Chile, 59, y en Francia, 67. En este sentido, muchos de los jóvenes que no pretenden seguir con sus estudios o incluso aquellos que tras haber ingresado y cursado materias desertan de seguir estudiando en el nivel superior o universitario, quedan sin la posibilidad al menos de valerse de un oficio que les permita autogenerarse un emprendimiento laboral o postularse a empleos. Por este motivo, es de suma urgencia que el Estado repare la situación de muchos jóvenes que hoy se encuentran en situación de vulnerabilidad social e incertidumbre e incorpore la enseñanza de oficios como una materia obligatoria al plan de estudios.
En efecto, oficios tales como reparador y operador de PC, panadería soldadura, mecánica, electrónica general, telecomunicaciones, sistema de sonido, servicio de electrodomésticos, electricidad, plomería, cloaquista, techista, instalador de membranas, repostería, cocina, peluquería, por citar tan sólo algunos de ellos, abren posibilidades concretas de trabajos en un corto lapso a los jóvenes.
Un detalle no menor es que en Argentina, muchos de los jóvenes que terminan el secundario no saben qué carrera seguir o no se sienten inspirados por alguna disciplina que los lleve a perfeccionarse. En esta línea, si se incorporase la formación en oficios en el último año del secundario, esta materia podría despertar el interés en aquellos estudiantes que no han aún definido el camino a seguir.
El derecho al trabajo es prioritario en esta construcción de ciudadanía donde solo es posible garantizarlo con una preparación previa acorde a la demanda laboral y si ese aprendizaje de oficios se ve aun potenciado con la formación académica superior o universitaria, el oficio puede llevar a que el estudiante lo convierta en una profesión o un oficio calificado. Por lo expuesto es que solicito a mis pares que me acompañen en la sanción del siguiente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
LLANOS MASSA, ANA MARIA CHUBUT FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
EDUCACION (Primera Competencia)