PROYECTO DE TP


Expediente 2014-D-2018
Sumario: CREACION DE UNA COMISION ESPECIAL SOBRE INVESTIGACION DE FILTRACIONES TELEFONICAS OBTENIDAS EN CAUSAS JUDICIALES Y DIVULGADAS EN MEDIOS DE COMUNICACION.
Fecha: 16/04/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 29
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


1°) Creación: Créase en el ámbito de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación una Comisión Especial que tendrá por objeto la investigación sobre las filtraciones de captaciones telefónicas obtenidas en causas judiciales y bajo las denominadas “pre-causas” divulgadas en medios de comunicación y redes sociales que pueden haber configurado un accionar de espionaje político
2º) Conformación: La Comisión estará conformada por 15 miembros designados por la Cámara de Diputados a instancia de los Bloques Legislativos, respetando la proporcionalidad política. En ningún caso un mismo partido o bloque podrá proponer más de 5 diputados, propiciando así la pluralidad de voces y la representación de las minorías.
3°) Autoridades de la Comisión: La Comisión elegirá a su presidente, vicepresidente y secretario por mayoría de votos, y dictará su propio reglamento interno para cumplir los objetivos fijados en la presente ley, el que será aprobado por el voto afirmativo de las dos terceras partes de los miembros de la Comisión.
4°) Quórum y mayorías: El quórum para sesionar será el establecido en el artículo 108 del Reglamento de la Cámara de Diputados de la Nación. La Comisión tomará las decisiones por simple mayoría de sus miembros.
5°) Sede: La Comisión investigadora tendrá su sede en el Congreso de la Nación. Sin embargo, si fuese necesario podrá actuar y constituirse en cualquier lugar de la República Argentina y realizar encuentros o reuniones fuera del país.
6°) Facultades y Atribuciones: A los efectos de poder desarrollar su tarea de investigación, la Comisión tendrá las siguientes facultades y atribuciones:
a) Recibir denuncias, escritas u orales, y material probatorio sobre los hechos que son objeto de la investigación;
b) Solicitar informes escritos u orales, y el envío de documentación sobre los hechos que sean objeto de investigación a los demás poderes del Estado, a cualquier miembro de la administración pública nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, municipal, o de entes centralizados, descentralizados, autónomos y/o autárquicos, y a toda persona de existencia física o jurídica que posea información relevante vinculada al objeto de la investigación. La Comisión estableceré como plazo máximo de remisión de los informes solicitados el de 60 días corridos.
c) Solicitar la colaboración y asesoramiento de personas, instituciones y organismos especializados vinculado con el objeto de la investigación
d) Denunciar ante la justicia cualquier intento de ocultamiento, sustracción o destrucción de elementos probatorios relacionados con el curso de la investigación;
e) Conocer el estado de las causas judiciales y/o administrativas relacionadas con los hechos investigados, y requerir la remisión de expedientes judiciales y/o administrativos o, en su defecto, copia certificada de aquellos. En el caso que los instrumentos o documentación remitida correspondieran a un expediente judicial en secreto de sumario, se tomarán los recaudos necesarios para garantizarlo;
h) Solicitar allanamiento de lugares y domicilios con la finalidad de incautar documentación u otra clase de prueba vinculada a la investigación;
7º) Documentación: A toda la documentación recibida por la Comisión se les otorgará el tratamiento acorde a sus características. Se considerará documentación, además de los escritos producidos o recibidos por la Comisión, a todo impreso, fotografía, película cinematográfica o de video, discos, cintas o grabaciones digitales, grabaciones o discos fonográficos y, en definitiva, todo derivado del empleo de un medio físico de grabación.
8º) Movilidad, Infraestructura y Personal: La Comisión contará con la movilidad, infraestructura y el personal administrativo y técnico que fuera necesario para el efectivo cumplimiento de su objeto.
9º) Gastos: Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente comisión serán computados del presupuesto correspondiente a la H. Cámara de Diputados de la Nación.
10°) La Comisión deberá elevar un informe a la Cámara de Diputados de la Nación detallando los hechos investigados dentro de los 180 días contados a partir de su constitución, pudiendo emitirse informes parciales sobre los avances de las investigaciones. El plazo de duración de la Comisión investigadora podrá prorrogarse por resolución de esta Cámara.
El informe final precisará las responsabilidades que pudieran emerger de la investigación procediendo, en caso de advertirse la posible comisión de delitos, de acuerdo a lo establecido en el siguiente artículo. Asimismo, deberá sugerir las modificaciones normativas que estime conveniente como consecuencia de la investigación llevada a cabo.
El informe será dado a publicidad por los medios que la Comisión estime pertinente.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de resolución, que ponemos en consideración de esta Honorable Cámara de Diputados, tiene por objeto corregir y no dejar en la impunidad una cuestión que desde hace varias semanas conmueve y asombra a la opinión pública, a la vez que constituye una severa afectación a los derechos individuales consagrados en la Constitución Nacional y al libre ejercicio de la actividad política: nos referimos a las responsabilidades de quienes abren camino a la filtración de captaciones telefónicas obtenidas en el marco de investigaciones judiciales reales o ficticias. Como hemos dicho, no solo está en juego la privacidad de las personas, sino que todas las evidencias que hasta aquí se han acumulado, permiten colegir que por medio de decisiones aparentemente legales estamos en presencia de un ejercicio de espionaje político.
La filtración de escuchas, así como constituye espionaje ilegal sobre una ex Presidenta de la Nación, del mismo modo se extiende como un mensaje mafioso al sistema político, opositor o no, porque bien vale preguntarse cuántos dirigentes políticos, sociales, empresariales, periodistas y miembros de este parlamento han sido escuchados a través de este procedimiento apoyado en causas judiciales inventadas o lo que se denomina “pre-causas”, que no son otra cosa que investigaciones secretas llevadas a cabo por la Agencia Federal de Inteligencia.
Va de suyo que esta actividad ilegal no afecta particularmente a determinadas figuras políticas, ni siquiera a un solo partido político sino también a muchos dirigentes y ciudadanos que desarrollan sus actividades en diversos ámbitos, y tampoco queda exento, como se ha podido certificar en los últimos días, el ejercicio profesional del periodismo
Quienes hayan promovido esta práctica han incurrido en los delitos de violación de secreto, abuso de autoridad y violación de deberes del funcionario público.
Además, este accionar supone violentar el ordenamiento jurídico constitucional poniendo en riesgo la responsabilidad internacional de nuestro país. Asimismo, se ve afectada la seguridad nacional toda vez que resulte evidente que los registros que contienen estas escuchas y quienes deben velar por su integridad carecen de la potestad y confidencialidad suficientes y necesarias para dar cumplimiento de sus deberes, generando una profunda desconfianza e incertidumbre. Este clima resulta incompatible con el estado de derecho y el normal funcionamiento de las instituciones democráticas. También es imperioso incorporar a las hipótesis que circulan en los ámbitos políticos y medios de comunicación si este tipo de intercepciones no son comercializadas, porque de serlo, estaremos en presencia de una nueva modalidad delictiva desarrollada desde alguna de las dependencias estatales.
En síntesis, Sr. Presidente y estimados colegas, si esta Cámara no actúa con la celeridad y energía que esta grave tropelía merece como respuesta, muchos de nuestros compatriotas vivirán en un verdadero estado de inseguridad y los autores de esta maniobra lograrán su objetivo de sembrar temor e imponer en el caso del periodismo un clima de autocensura.
+No podemos ni debemos dejar que los habitantes de nuestro país perciban que el Congreso de la Nación es impotente para corregir estos graves desvíos institucionales y, por ende, facilitar que se instale una sensación de escepticismo respecto del rol que nos corresponde por la gravedad del tema que estamos abordando.
Requerimos un urgente tratamiento de este proyecto que ponemos a su consideración.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MOREAU, LEOPOLDO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ROSSI, AGUSTIN OSCAR SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SOLA, FELIPE CARLOS BUENOS AIRES FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
SILEY, VANESA RAQUEL BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
HORNE, SILVIA RENEE RIO NEGRO PERONISMO PARA LA VICTORIA
DOÑATE, CLAUDIO MARTIN RIO NEGRO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ALVAREZ RODRIGUEZ, MARIA CRISTINA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
KICILLOF, AXEL CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MOISES, MARIA CAROLINA JUJUY JUSTICIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA