PROYECTO DE TP


Expediente 1709-D-2018
Sumario: TARJETAS DE CREDITO - LEY 25065 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 15, SOBRE PARIDAD DE COMISIONES DE TARJETAS DE CREDITO Y DEBITO ENTRE COMERCIOS.
Fecha: 05/04/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 22
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


PARIDAD DE COMISIONES DE TARJETAS DE CREDITO Y DEBITO ENTRE COMERCIOS
El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina
reunidos en Congreso, sancionan con fuerza de
Ley:
Artículo 1°.- Se modifica el artículo 15 de la Ley N° 25.065, el que queda redactado de la siguiente manera:
ARTICULO 15.- El emisor no puede establecer aranceles diferenciados en concepto de comisiones u otros cargos, entre comercios que pertenezcan a un mismo rubro o con relación a iguales o similares productos o servicios.
El emisor de tarjetas de compra y crédito en ningún caso puede efectuar descuentos ni aplicar cargos, por todo concepto, superiores al UNO POR CIENTO (1,0%) sobre las liquidaciones presentadas por el proveedor. La acreditación de los importes correspondientes a las ventas canceladas mediante tarjetas de crédito en las cuentas de los establecimientos adheridos, se debe hacer en un plazo máximo de SIETE (7) días hábiles.
Cuando se trate de tarjetas de débito bancario, no se puede aplicar ningún descuento ni cargo. La acreditación de los importes correspondientes a las ventas canceladas mediante tarjetas de débito en las cuentas de los establecimientos adheridos, se hará en un plazo máximo de TRES (3) días hábiles.
Artículo 2º.- De forma.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Este proyecto, sigue los lineamientos, de otro proyecto de mi autoría, y ha tenido a la vista, otros proyectos presentados por tantos diputados para limitar el impacto que el cobro de las comisiones que cobran los bancos a los comercios por las tarjetas de créditos y/o débito.
Pese a las gestiones de las asociaciones de comerciantes, dichas comisiones siguen siendo del tres por ciento (3%) en el caso de las tarjetas de crédito y del uno coma cinco por ciento (1,5%) en el caso de las tarjetas de débito.
Es un hecho que la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), como la Cámara Argentina de Comercio (CAC) efectuaron diversas presentaciones y acciones tendientes a lograr la reducción o eliminación de estas comisiones.
La CAME, envió en primera instancia una carta dirigida al presidente del Banco Central, Federico Sturzenegger, titulada “Por qué hay que bajar las comisiones a las tarjetas de crédito y débito”. Posteriormente en una entrevista con el presidente del Central, plantearon que la principal preocupación era la de las tarjetas de débito.
En tanto la Cámara Argentina de Comercio (CAC) reclamaron ante la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia por los altos costos del sistema de tarjetas de crédito y débito
Las Cámaras Sectoriales y territoriales de todo el país coinciden los siguientes puntos:
• La transferencia de dinero de los comercios a los bancos por comisiones de pagos con tarjetas es excesiva, no solo en sí misma, sino porque además se suma a las comisiones que ya cobran los bancos a los comercios por mantenimientos de cuentas y movimientos financieros
• En comparación con otros países, en Perú se paga una comisión por venta con tarjeta de crédito del 1.5%, en Brasil 1.3% y en España e Italia menos del 1%.
• Los Bancos cobran al comercio comisiones por uso de tarjetas cuando es en realidad el comercio quien aceptando la tarjeta le está generando ganancias a los bancos a partir de los intereses abusivos y demás costos financieros que le cobran a los consumidores.
• Si las transferencias bancarias por un importe menor a $ 50.000 son obligatoriamente gratuitas y, siendo una operación cancelada con tarjeta de débito la transferencia del importe de una cuenta bancaria a otra, es que las ventas con este tipo de tarjetas deberían ser gratuitas.
Evidentemente la transferencia de estos montos a los bancos le quita liquidez y capital de trabajo al comercio minorista (a estas comisiones se suman a las retenciones del 3 % por el IVA más el 1 % por Impuesto a las ganancias más el % aplicable por el Impuesto a los Ingresos Brutos dependiendo de la jurisdicción de la cuenta).
Esto impacta directamente en las ventas minoristas sobre todo en épocas críticas como la que actualmente atraviesa el sector por cuanto los comercios minoristas cerraron la primera mitad del año con la mayor caída en sus ventas y sin señales de una reactivación.
Siguiendo los relevamientos de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), en junio las ventas de los comercios minoristas medidas en cantidades bajaron un 9,8% en relación con igual mes de 2015, en lo que constituye el mayor retroceso de descenso de 2016. La entidad aseguro que el mes de junio de 2016 fue el sexto mes consecutivo con retracción de las ventas, a lo cual debe agregarse el incremento en los costos como servicios, entre otros.
Por todas las razones expuestas, y las que se agregarán al momento de su tratamiento, es que solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MIRANDA, PEDRO RUBEN MENDOZA JUSTICIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia)
FINANZAS
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DEL AUTOR DE RETIRO DEL PROYECTO RETIRADO