PROYECTO DE TP


Expediente 1630-D-2018
Sumario: REGIMEN DE INDUSTRIALIZACION Y COMERCIALIZACION DE GAS LICUADO DE PETROLEO. - LEY 26020 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 5°, OTORGANDOLE EL CARACTER DE SERVICIO PUBLICO.
Fecha: 04/04/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 21
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTICULO 1. - Sustitúyase el artículo 5º de la ley 26.020 por el siguiente:
"Artículo 5º.- Servicio público. Las actividades que integran la industria y comercialización del gas licuado de petróleo en el territorio nacional constituyen un servicio público nacional. El Poder Ejecutivo fijará un cuadro tarifario y establecerá un sistema de distribución y comercialización que garantice la universalidad del servicio de gas licuado de petróleo para todos los usuarios finales que no tengan acceso al servicio de gas natural por redes."
ARTICULO 2: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Este proyecto tiene como antecedente el Expediente 3977-D-2016 que ha perdido estado parlamentario.
Este proyecto de ley propone definir como servicio público al conjunto de actividades de producción y comercialización de gas licuado de petróleo (GLP) en el territorio nacional, que en el régimen legal vigente son de "interés público".
Este cambio conceptual apunta principalmente a aumentar el control estatal sobre el sector, teniendo en mira la protección de los derechos de los usuarios de GLP, por lo general sectores de escasos recursos que viven en lugares sin provisión de gas natural por red, que se ven perjudicados por los elevados precios de las garrafas que fijan las empresas del sector, que además incumplen los precios de referencia que establece la autoridad de aplicación, y producen episodios de desabastecimiento en época invernal.
Cabe considerar, señor presidente, que la cantidad de hogares que dependen de uso del mencionado fluido se estima en cuatro millones y medio según el censo 2010. Ochocientos mil hogares más que en el año 2001.
Atendiendo a la realidad de que el gas licuado (GL), tiene un precio final que en mucho supera en equivalente de calorías proporcionadas al gas natural, lo que suma una injusticia adicional a los sectores empobrecidos.
Comprendiendo, a raíz de las denuncias realizadas por la Defensoría del Pueblo de la Nación, que la explotación comercial del GL se encuentra en situación de virtual monopolio, ya que una sola empresa que concentra el 55, 3 % de la producción total del país, el 64,2% dela capacidad de transporte y el 78,2% de la capacidad de almacenamiento. Dijimos muchas veces que "Gas para Todos" era un avance, pero estaba limitado y no representaba las características de universalidad que habían sido requeridas oportunamente al Defensor del Pueblo. El subsidio implementado ha demostrado que no es "universal" y por ello debemos procurar que sea una medida dinámica, como medio de superar graves restricciones en una materia donde la intervención del Estado nacional ha tenido serios altibajos, cuando no ha resultado un fracaso plagado de contradicciones.
Asimismo, se intenta establecer un criterio de igualdad entre estos usuarios y los del servicio de gas natural, dado que hoy existe una gran diferencia de abastecimiento y precio entre las prestaciones de GLP y las de la red de Gas Natural, un servicio público que ha tenido importantes subsidios estatales.
En definitiva, la regulación de la ley 26.020, y los instrumentos creados por el Poder Ejecutivo para asegurar el normal abastecimiento a un precio adecuado, como la "garrafa social" y los "precios de referencia", si bien crean una base importante para incluir a la sociedad en el uso del recurso, necesita herramientas para llevar adelante su ejecución en plenitud. Para ello es necesario garantizar el acceso a este servicio a los sectores de escasos recursos de las zonas desprovistas del servicio de gas natural en red.
La mayor presencia del Estado nacional sobre estas actividades, hace al desarrollo de políticas de control que aseguran el abastecimiento de este servicio esencial para todos los sectores sociales.
Por todos estos motivos esgrimidos es que, Señor Presidente, solicitamos a las diputadas y los diputados la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA CIUDAD de BUENOS AIRES LIBRES DEL SUR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia)
DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA
PRESUPUESTO Y HACIENDA