PROYECTO DE TP


Expediente 1607-D-2017
Sumario: REGIMEN PARA LA RECUPERACION DE LA GANADERIA OVINA - LEY 26680 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 2°, SOBRE MONTO MINIMO A INTEGRAR EN EL FONDO.
Fecha: 11/04/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 27
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


AMPLIACIÓN DEL MONTO MÍNIMO A INTEGRAR EN EL FONDO PARA LA RECUPERACIÓN DE LA ACTIVIDAD OVINA (FRAO)
ARTÍCULO 1º - Modifíquese el artículo 2 de la Ley 26.680, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“Elévese el monto mínimo a integrar en el fondo para la Recuperación de la Actividad Ovina (FRAO), en la suma de PESOS CIENTO SESENTA MILLONES ($ 160.000.000).”
ARTÍCULO 2° - Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La ley para la recuperación de la ganadería ovina ha sido una herramienta fundamental para la inversión y el desarrollo de pequeños establecimientos ganaderos dedicados a la producción ovina. Fue durante los años de su vigencia el elemento esencial que conformó la cartera de créditos para el sector y a un interés muy bajo con condiciones flexibles para su devolución.
Esta herramienta posibilitó la modernización y tecnificación de los establecimientos ganaderos, que sin ella, jamás hubiesen podido acceder a la intensificación racional de las explotaciones, mejora de la calidad de la producción, utilización de tecnología adecuada. Además, realizó significativo aporte en el mejoramiento de los procesos de producción, comercialización e industrialización.
A partir de la entrada en vigencia de la ley, hemos visto un marcado crecimiento de emprendimientos asociativos, que unieron a pequeños y medianos productores en estrategias comunes, logrando mantener la producción agropecuaria ya que, de otra manera, estaban destinados al cierre de sus establecimientos productivos.
Actualmente, el Ministerio de Agroindustria publica periódicamente los datos respecto a la producción agropecuaria argentina, pudiéndose observar un incremento del 32% en el stock ovino; de 2.221.000 cabezas de ganado en el año 2005 a 2.951.000 en el año 2016 en la Provincia de Santa Cruz, revirtiéndose así la tendencia de la década anterior, que se vio afectada por severas condiciones climáticas, como las grandes nevadas, la erupción del Volcán Hudson, los años de sequía, como también por los bajos precios de la lana durante la década de 1990, entre otros motivos.
En la actualidad, es imposible negar la importancia de la producción ganadera, generadora de divisas para el país y motivo de arraigo de la población rural.
La inflación acumulada desde el año 2011, fecha de sanción de la ley 26.680, que otorgó un monto mínimo de $80.000.000 al FRAO, fue provocando la disminución en la capacidad de compra de vientres y consecuentemente menor cantidad de animales en el mercado comprados a través de la ley.
Debemos hacer frente al reclamo de los productores ovinos, quienes ponen de manifiesto la necesidad de que esta línea de créditos siga subsistiendo, afianzando la producción ovina, el arraigo de la población rural y en consecuencia la soberanía nacional, fundamentalmente en las provincias australes.
Por todo lo expuesto, solicitamos a nuestros pares la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
COSTA, EDUARDO RAUL SANTA CRUZ UCR
TOLEDO, SUSANA MARIA SANTA CRUZ UCR
ROQUEL, HECTOR ALBERTO SANTA CRUZ UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0932-D-19