PROYECTO DE TP


Expediente 1477-D-2019
Sumario: SISTEMA DE PRESTAMOS PARA TRABAJADORES MAYORES DESOCUPADOS "ARGENTA TMD". CREACION.
Fecha: 04/04/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 30
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTÍCULO 1: Créase el sistema de préstamos para trabajadores mayores desocupados “Argenta TMD”
Artículo 2: Para ser beneficiarios de los créditos Argenta TMD, la persona deberá acreditar:
a) Ser mayor de 50 años.
b) Estar desocupado
c) No cobrar jubilación ni pensión del SIPA.
d) No ser beneficiario del sistema de Pensiones No Contributivas.
e) Acreditar 20 años de servicios bajo régimen en relación de dependencia, autónomos y/ o Monotributo. Podrán sumarse los años de servicios de dichos regímenes y/o de otros provinciales o cajas profesionales.
f) No tener ingresos por más de dos veces el equivalente al haber previsional mínimo.
Artículo 3: El monto máximo de los créditos será el que determine por la Administración Nacional de Seguridad Social para la línea de los créditos Argenta otorgados a los beneficiarios de la PUAM (Pensión Universal al Adulto Mayor).
Artículo 4: La tasa máxima anual, las garantías y la cantidad de cuotas en las que podrá devolverse el monto otorgado serán determinados por la ANSES (Administración Nacional de Seguridad Social).
Artículo 5: Una vez otorgado el crédito, el beneficiario deberá indicar en qué cuenta bancaria deberá ser depositado el monto del mismo, habilitándose el sistema de débito directo en cuenta para el cobro de las cuotas de los mismos.
Artículo 6: Las cuotas mensuales podrán ser abonadas en el Banco Nación en la modalidad designada por la autoridad de aplicación.
Artículo 7: La autoridad de aplicación será la ANSES.
Artículo 8: Para afrontar los gastos de los créditos Argenta TMD, facúltese a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a hacer las readecuaciones presupuestarias pertinentes.
Artículo 9: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Sabido es que en Argentina, la regla general del sistema previsional es que las personas deben aportar parte de sus ganancias durante treinta años al sistema previsional durante su vida laboral, para luego gozar de una jubilación resultante de sus años como trabajador activo. Sin embargo, hay un requisito más que es el de la edad: 60 años para las mujeres y 65 para los hombres de no pertenecer a regímenes especiales.
Este sistema fue diseñado en un país donde el desempleo no era un factor que ameritaba ser tenido en cuenta. La falta de oportunidades laborales no era una opción. Sin embargo, la realidad actual es muy distinta. Según cifras del INDEC, el tercer trimestre de 2019 registró una tasa de desocupación superior al 9%.
Muchas de esas personas desocupadas son trabajadores que ya cuentan con varios años de aportes pero que perdieron su empleo en la adultez y no lo pudieron recuperar. La problemática es tan profunda y abarca a tantas personas que hay una organización que las nuclea: el MTD+30AA (Movimiento de Trabajadores Desocupados con Más de 30 Años de Aportes). Este colectivo se compone de personas que cuentan con los años de aportes pero no con la edad requerida por la normativa vigente, y que a su vez no consiguen trabajo por razones de edad. El mercado laboral y el sistema previsional los ubicaron en una zona gris en la que no tienen ningún tipo de beneficio.
Así como no cobran jubilación, tampoco tienen acceso los créditos que son otorgados a jubilados y pensionados ni a los préstamos destinados a trabajadores en actividad.
Asimismo, este grupo tiene más dificultad para conseguir empleo que los ciudadanos más jóvenes. Por ello, precisan de los créditos para llevar a cabo emprendimientos productivos que les permitan subsistir hasta llegar a la edad de su jubilación.
El presente proyecto propone la creación de una línea de créditos llamada TMD, destinada a trabajadores desocupados mayores de 50 años que hayan aportado como mínimo 20 años.
A diferencia de los beneficiarios del sistema previsional argentino (SIPA), el universo al que se destinarán los créditos TMD no tiene una cuenta bancaria asignada al cobro de una jubilación o pensión. Por lo tanto, quienes deseen obtener esta facilidad crediticia deberán denunciar una cuenta y comprometerse a abonar el monto de mensual de devolución.
Por esta misma razón y para proteger las arcas del Estado argentino y especialmente todo del sistema previsional, el límite de dinero que puede obtenerse en virtud de esta línea crediticia es equivalente al más bajo de los créditos Argenta: el de los beneficiarios de la PUAM (pensión universal al adulto mayor).
En cuanto a la tasa máxima anual, las garantías requeridas y la cantidad de cuotas en las que podrá devolverse el monto otorgado, serán decisiones que deberá determinar la ANSES (Administración Nacional de Seguridad Social).
En conclusión, este proyecto propone una línea de créditos como modo alternativo de inclusión de miles de personas que han sido excluidas del sistema. Por las razones expuestas, solicito a mis compañeros el acompañamiento en el presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
TUNDIS, MIRTA BUENOS AIRES FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
SELVA, CARLOS AMERICO BUENOS AIRES FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
FINANZAS (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO SELVA (A SUS ANTECEDENTES)