PROYECTO DE TP


Expediente 1385-D-2018
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA DECLARAR "RESERVA NATURAL DE LA DEFENSA" A LA ZONA DE MINAS CAPILLITAS, UBICADA EN EL DEPARTAMENTO ANDALGALA, PROVINCIA DE CATAMARCA.
Fecha: 22/03/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 15
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Que vería con agrado que el Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable a través de la Administración de Parques Nacionales -como autoridad de aplicación de la Ley N° 22.351-, analice junto a las autoridades del Ministerio de Defensa de la Nación -al amparo del Convenio Marco de Cooperación que ambas entidades suscribieron el 14 de mayo de 2007, que persigue el objetivo de “desarrollar en forma conjunta políticas activas en materia de conservación de la biodiversidad”-, el inicio de estudio de factibilidad, etapa de investigación y análisis y, en su caso, la suscripción de Protocolo adicional para declarar “Reserva Natural de la Defensa” a la zona de Minas Capillitas, ubicada en el departamento Andalgalá, provincia de Catamarca, a 27° 27' L.S. y 66°30' L.O., enclavada en el flanco oriental del extremo norte de la Sierra de Capillitas, predio que desde 1947 está bajo la órbita de la Dirección General de Fabricaciones Militares del Ministerio de Defensa.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El 14 de mayo de 2007, el Ministerio de Defensa de la Nación y la Administración de Parques Nacionales suscribieron un Convenio Marco de Cooperación con el objetivo de “desarrollar de forma conjunta políticas activas en materia de conservación de la biodiversidad”.
Esto permitió determinar y relevar predios de dominio del Estado Nacional, en uso y administración del Ministerio de Defensa o de las Fuerzas Armadas, efectuar relevamientos técnicos in situ que confirmen sus valores y, de ser pertinente, propiciar su declaración como Reservas Naturales.
Así es que se comenzaron a manejar desde una óptica conservacionista predios militares de relevante patrimonio natural y cultural sin afectar su dependencia institucional ni su función específica, como podría ser el entrenamiento, maniobras o campos de instrucción. Muchos de los predios presentan un alto grado de conservación de sus características naturales. La presencia y uso militares han permitido que estos sitios mantuvieran su flora y fauna original.
Cabe señalar para mayor ilustración que, hasta el momento, se establecieron 9 Reservas Naturales de la Defensa, un modelo de conservación innovador en América Latina. Estas áreas poseen un gran valor desde el punto de vista de la conservación por resguardar ambientes y especies que no estaban incluidas en el Sistema Nacional de Áreas Protegidas.
El Convenio Marco de Cooperación mencionado ha venido a contribuir al cumplimiento de los compromisos asumidos por el Estado Nacional con la comunidad internacional. La Argentina cuenta, en la actualidad, con una superficie bajo protección equivalente al 10,79% del territorio, superando, así, el compromiso asumido como país signatario de la Convención de la Biodiversidad de alcanzar en el año 2015 al 10% de áreas protegidas.
Así, a partir de la identificación de un área de interés por parte del Comité Ejecutivo – integrado por representantes del Ministerio de Defensa de la Nación, del Estado Mayor Conjunto, de cada una de las Fuerzas Armadas y de la Administración de Parques Nacionales – se inicia una etapa de investigación y análisis realizada por representantes de la Administración de Parques Nacionales y la Fuerza Armada responsable de la administración del predio.
Durante esta etapa se procede a la identificación de los valores naturales y culturales que pudieran ser objeto de conservación y al análisis del tipo de acciones militares a las que el predio se encuentra sometido.
En caso de corresponder, se señala la importancia de la creación de una Reserva Natural de la Defensa. La declaración del predio como parte del Sistema de Reservas Naturales de la Defensa se realiza a través de la suscripción de un protocolo adicional al Convenio Marco.
Una vez creada la Reserva Natural de la Defensa se conforma un Comité Local con participación del personal de la Administración de Parques Nacionales y la Fuerza Armada correspondiente. Este comité local es el responsable de ordenar las actividades de la Reserva y asegurar su adecuado manejo sin afectar su función militar primaria y específica.
En virtud de este innovador procedimiento es que la presente iniciativa persigue que el área de Minas Capillitas bajo dominio de la Dirección General de Fabricaciones Militares, enclavada en la Sierra de Capillitas en el Departamento Andalgalá en la Provincia de Catamarca, sea sometida a dicho proceso y, de ser factible, sea declarada “Reserva Natural de la Defensa”, al igual que en la actualidad lo son otros nueve (9) sitios en el país.
Por las razones expuestas, solicito el acompañamiento de mis pares a la presente iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BRIZUELA DEL MORAL, EDUARDO SEGUNDO CATAMARCA FRENTE CIVICO Y SOCIAL DE CATAMARCA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia)