PROYECTO DE TP


Expediente 1160-D-2018
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA "ASOCIACION MUTUAL DE TRABAJADORES CAMIONEROS 15 DE DICIEMBRE".
Fecha: 20/03/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 13
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional en los términos del artículo 100, inciso 11 de la Constitución Nacional para que, por medio de la Jefatura de Gabinete de Ministros, el Ministerio de Desarrollo Social y el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social -INAES- informe a esta H. Cámara de Diputados de la Nación los siguientes asuntos:
a) Remita copia certificada de toda la documentación vinculada con la Asociación Mutual de Trabajadores Camioneros 15 de diciembre, con sede en la calle San José Nº 1799 de la Ciudad de Buenos Aires.
b) Remita copia certificada de toda la documentación vinculada con: la Asociación Mutual 15 de Diciembre de la Provincia de Santiago del Estero, con sede en la calle Entre Ríos Nº 150, planta baja B, Santiago del Estero; la Asociación Mutual de Trabajadores Camioneros de Tucumán 15 de Diciembre, con sede en la calle Catamarca Nº 841, plata baja, San Miguel de Tucumán; la Asociación de Ayuda Mutua de Choferes de Camiones de Tandil y Provincia de Buenos Aires 15 de diciembre -A.D.A.MU.CHO.CA.TANDIL-, con sede en la calle Las Heras Nº 957, Tandil, PBA y la Asociación de Ayuda Mutua Camioneros 15 de Diciembre Seccional Costa de la Provincia de Buenos Aires, con sede en la calle 79 entre 1 y Costanera, Partido de la Costa, PBA.
c) Remita copia certificada de toda otra documentación en la cual se encuentre mencionada la Asociación Mutual 15 de diciembre y/o ésta forme parte y/o se encuentre vinculada con otras mutuales y/o diferentes formas de asociativismo.
d) Remita copia certificada de toda la documentación vinculada con la Asociación Mutual de los Trabajadores de Peajes y Afines - 14 de junio - SUTPA, con sede en la Av. Castro Barros Nº 1034 de la Ciudad de Buenos Aires.
e) Remita copia certificada de todos los Reportes de Operaciones Sospechosas realizados en el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social –INAES-, que surgen de las operaciones de las Mutuales: Mutual 15 de Diciembre, la Asociación Mutual de los Trabajadores de Peajes y Afines - 14 de Junio - SUTPA, la Asociación Mutual 15 de Diciembre de la Provincia de Santiago del Estero, la Asociación Mutual de Trabajadores Camioneros de Tucumán 15 de Diciembre, la Asociación de Ayuda Mutua de Choferes de Camiones de Tandil y Provincia de Buenos Aires 15 de diciembre -A.D.A.MU.CHO.CA.TANDIL- y la Asociación de Ayuda Mutua Camioneros 15 de Diciembre Seccional Costa de la Provincia de Buenos Aires.
f) Informe la situación actual en cuanto al estado: legal, económico-financiero, contable, patrimonial y cantidad de afiliados: la Mutual 15 de Diciembre, la Asociación Mutual de los Trabajadores de Peajes y Afines - 14 de Junio - SUTPA, la Asociación Mutual 15 de Diciembre de la Provincia de Santiago del Estero, la Asociación Mutual de Trabajadores Camioneros de Tucumán 15 de Diciembre, la Asociación de Ayuda Mutua de Choferes de Camiones de Tandil y Provincia de Buenos Aires 15 de diciembre -A.D.A.MU.CHO.CA.TANDIL-, la Asociación de Ayuda Mutua Camioneros 15 de Diciembre Seccional Costa de la Provincia de Buenos Aires. y de la Asociación Mutual de los Trabajadores de Peajes y Afines 14 de junio - SUTPA.
g) Remita copia certificada de todos los reglamentos aprobados por el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social -INAES- de: la Mutual 15 de Diciembre, la Asociación Mutual de los Trabajadores de Peajes y Afines - 14 de Junio - SUTPA, la Asociación Mutual 15 de Diciembre de la Provincia de Santiago del Estero, la Asociación Mutual de Trabajadores Camioneros de Tucumán 15 de Diciembre, la Asociación de Ayuda Mutua de Choferes de Camiones de Tandil y Provincia de Buenos Aires 15 de diciembre -A.D.A.MU.CHO.CA.TANDIL-, la Asociación de Ayuda Mutua Camioneros 15 de Diciembre Seccional Costa de la Provincia de Buenos Aires. y de la Asociación Mutual de los Trabajadores de Peajes y Afines 14 de junio - SUTPA.
h) Remita copia certificada y detallada de las nóminas de autoridades de: la Mutual 15 de Diciembre, la Asociación Mutual de los Trabajadores de Peajes y Afines - 14 de Junio - SUTPA, la Asociación Mutual 15 de Diciembre de la Provincia de Santiago del Estero, la Asociación Mutual de Trabajadores Camioneros de Tucumán 15 de Diciembre, la Asociación de Ayuda Mutua de Choferes de Camiones de Tandil y Provincia de Buenos Aires 15 de diciembre -A.D.A.MU.CHO.CA.TANDIL-, la Asociación de Ayuda Mutua Camioneros 15 de Diciembre Seccional Costa de la Provincia de Buenos Aires. y de la Asociación Mutual de los Trabajadores de Peajes y Afines 14 de junio - SUTPA.
i) Remita copia certificada y detallada de las nóminas de asociados de: la Mutual 15 de Diciembre, la Asociación Mutual de los Trabajadores de Peajes y Afines - 14 de Junio - SUTPA, la Asociación Mutual 15 de Diciembre de la Provincia de Santiago del Estero, la Asociación Mutual de Trabajadores Camioneros de Tucumán 15 de Diciembre, la Asociación de Ayuda Mutua de Choferes de Camiones de Tandil y Provincia de Buenos Aires 15 de diciembre -A.D.A.MU.CHO.CA.TANDIL-, la Asociación de Ayuda Mutua Camioneros 15 de Diciembre Seccional Costa de la Provincia de Buenos Aires. y de la Asociación Mutual de los Trabajadores de Peajes y Afines 14 de junio - SUTPA., desde sus creaciones hasta la actualidad, incluyendo los datos filiatorios completos.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social -INAES- es la autoridad de aplicación del régimen legal cooperativo y mutual que tiene bajo su órbita facultades y atribuciones institucionales exclusivas e intransferibles en materia de cooperativas y mutuales en todo el país, siendo su fin principal y superior una adecuada y oportuna promoción, desarrollo, fiscalización y sanción de las mismas.
Las mutuales se rigen por la Ley Nº 20.321 y por diversas resoluciones del mencionado Instituto. Ello así, las Mutuales son entidades sin fines de lucro, prestadoras de servicios, sostenidas por el aporte de sus asociados, donde un grupo de personas asociadas libremente, bajo una forma legal específica, se reúne para solucionar problemas comunes, teniendo por guía la solidaridad y por finalidad contribuir al logro del bienestar material y espiritual de sus miembros.
Las asociaciones mutuales son constituidas libremente sin fines de lucro por personas inspiradas en la solidaridad, con el objeto de brindarse ayuda recíproca frente a riesgos eventuales o de concurrir a su bienestar material y espiritual, mediante una contribución periódica. Ello así las mutuales deben inscribirse en el Registro Nacional de Mutualidades previo cumplimiento de los recaudos que establece el Instituto. La inscripción en el Registro acuerda a la asociación el carácter de sujeto de derecho, con el alcance que el Código Civil y Comercial de la Nación establece para las personas jurídicas, pudiendo recurrirse por ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal para el supuesto caso de que dicha inscripción fuera denegada.
En cuanto a las prestaciones las mutuales se financian mediante la contribución o ahorro de sus asociados o cualquier otro recurso lícito, tiene por objeto la satisfacción de necesidades de los socios ya sea mediante asistencia médica, farmacéutica, otorgamiento de subsidios, préstamos, seguros, construcción y compraventa de viviendas, promoción cultural, educativa, deportiva y turística, prestación de servicios fúnebres, como así también cualquiera otra que tenga por objeto alcanzarles bienestar material y espiritual. Los ahorros de los asociados pueden gozar de un beneficio que estimule la capacidad ahorrativa de los mismos.
En este marco, consideramos conveniente dirigirnos al Poder Ejecutivo Nacional para que a través del Ministerio de Desarrollo Social y del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social informe a esta H. Cámara de Diputados sobre diferentes cuestiones vinculadas a: la Asociación Mutual de Trabajadores Camioneros 15 de Diciembre, con sede en la calle San José Nº 1799 de la Ciudad de Buenos Aires; la Asociación Mutual 15 de Diciembre de la Provincia de Santiago del Estero, con sede en la calle Entre Ríos Nº 150, planta baja B, Santiago del Estero; la Asociación Mutual de Trabajadores Camioneros de Tucumán 15 de Diciembre, con sede en la calle Catamarca Nº 841, plata baja, San Miguel de Tucumán; la Asociación de Ayuda Mutua de Choferes de Camiones de Tandil y Provincia de Buenos Aires 15 de diciembre -A.D.A.MU.CHO.CA.TANDIL-, con sede en la calle Las Heras Nº 957, Tandil, PBA y la Asociación de Ayuda Mutua Camioneros 15 de Diciembre Seccional Costa de la Provincia de Buenos Aires, con sede en la calle 79 entre 1 y Costanera, Partido de la Costa, PBA.
Entre las cuestiones sobre las que requerimos informes se encuentran: la situación actual en cuanto al estado: legal, económico-financiero, contable, patrimonial; cantidad de afiliados; reportes de las operaciones sospechosas; reglamentos aprobados y nóminas de autoridades y de asociados de cada una de las mutuales, desde la creación hasta la actualidad, incluyendo los datos filiatorios completos.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CARRIO, ELISA MARIA AVELINA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia)