PROYECTO DE TP


Expediente 0528-D-2019
Sumario: FONDO NACIONAL PARA TRATAMIENTOS ESPECIALES DE INTERVENCIONES QUIRURGICAS Y TRASPLANTES DE ALTA COMPLEJIDAD EN EL EXTERIOR. CREACION.
Fecha: 13/03/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 7
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


CREACION DEL FONDO NACIONAL PARA TRATAMIENTOS DE ALTA COMPLEJIDAD
Artículo 1º.- Créase un "Fondo Nacional para Tratamientos Especiales, Intervenciones Quirúrgicas y Trasplantes de Alta Complejidad en el Exterior u/o otros Tratamientos, aun de carácter Experimentales".
Artículo 2º.- El Fondo creado en el artículo 1º, será destinado para solventar todo tipo de gastos que demanden los Tratamientos Especiales, Intervenciones Quirúrgicas de Pacientes que sufren Enfermedades Especiales consideradas de Alta Complejidad en el exterior, por no realizarse en nuestro país los citados Tratamientos, Cirugías, trasplantes de alta complejidad y todos aquellos denominados Experimentales.
Artículo 3º.- El Fondo a crearse se compondrá con el uno (1) % de lo recaudado por mes por L.N.S.E. (Lotería Nacional Sociedad del Estado) y el cero, dos (0,2) % la Empresas de Medicina Privada, de su facturación mensual.-
Artículo 4º.- El Fondo Especial creado en el artículo 1º, será Administrado, Ejecutado y Coordinado por el INCUCAI.
Artículo 5º.-El Fondo una vez integrado deberá cubrir los gastos necesarios, esto es, de tratamiento, medicación, intervención quirúrgica, trasplante, traslado, estadía y manutención, tanto para el Paciente, como para los Acompañantes que el INCUCAI determine de acuerdo a la complejidad del tratamiento a realizar.
Artículo 6º.-El INCUCAI será el responsable de definir a requerimiento de los Centros de Médicos, Hospitales Públicos y Privados, del País las solicitudes que le requieran y que se encuadren en los considerandos de la presente ley y su reglamentación.
Artículo 7º.- Invitase a las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente Ley
Artículo 8º.- De Forma.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente Proyecto de Ley tiende a salvaguardar los Derechos del Ciudadano en materia de salud, plasmada y protegida tanto en la Constitución Nacional, como en todas las Constituciones Provinciales de Nuestro País y Tratados Internacionales.
El Objetivo es crear un Fondo Especial que brinde cobertura a Patologías Especiales de Alta Complejidad, Trasplantes de Órganos u/o otros Tratamientos, aun de carácter Experimentales a Pacientes que necesiten en forma urgente ser asistida en materia de Salud, para mejorar sustancialmente su Calidad de Vida.
Hoy voy a insistir con la presentación de este Proyecto, ya que esta iniciativa la hemos puesto a consideración de este Congreso mediante Expedientes números 5104-D-2011 y 6428-D-2015 y 0048-D-2017.
Es necesario que implementemos acciones concretas para abordar la enfermedad.
Con este proyecto de Ley tenemos como objetivo mejorar la calidad de vida tanto de los pacientes que afrontan una enfermedad como de sus familias, mediante los tratamientos adecuados para bridarles alivio al sufrimiento que padecen.
La realidad nos indica a diario en los medios de prensa, redes sociales innumerable cantidad de familias que deambulan recaudando fondos para conseguir un tratamiento especializado para algún familiar. Y sin lugar a dudas la esperanza queda desvanecida al no encontrar respuesta.
Con la Aprobación de la presente Ley estaremos brindando a Nuestra Población un Sistema Sanitario Nacional, para que el Ciudadano que se encuentre atravesando una delicada situación a nivel salud, y no disponga de los recursos necesarios que le permitan acceder a tratamientos de alta complejidad que deban ser realizados fuera del país, de esta forma podrá acceder a realizarse un Estudio de Alta Complejidad, Intervención Quirúrgica y/o Trasplante de Órganos en el Hospital o Institución Sanitaria habilitada para tal fin en el Exterior.
Designar al INCUCAI como Administrador, Ejecutor y Coordinador de esta Ley es lo más indicado por la experiencia que tiene en la materia para una mejor planificación y organización, ya que con cuenta con los Recursos Humanos e Infraestructura necesarias para cumplimentar el objetivo de la presente ley, que es brindar una Atención Integral al Paciente, ofreciendo todos los medios y recursos necesarios que permitan promover al Paciente de una Mejor Calidad de Vida.
Este fondo Especial, solventará todo tipo de gastos que demande el traslado o derivación de un Paciente desde cualquier punto del País hacia el Establecimiento Sanitario de Atención Especializada en el exterior de esta forma se evitara que quienes necesiten ser derivados al exterior no se vean en la obligación de tener que recurrir a la solidaridad de terceros que no siempre permiten encontrar los recursos necesarios y que además provocan demoras importantes en la consecución de esos dineros para ese tratamiento esta ley pondría al estado como instrumento responsable y administrador de las necesidades de su población.
Por lo expuesto, y en la seguridad de que mis pares sabrán interpretar la necesidad imperiosa de aprobar la presente Ley, es que les pido me acompañen con su aprobación.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
OLMEDO, ALFREDO HORACIO SALTA SALTA SOMOS TODOS
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA