PROYECTO DE TP


Expediente 0486-D-2020
Sumario: PLAN NACIONAL DE EMPLEO "MUJERES SUB 29". CREACION.
Fecha: 10/03/2020
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 7
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


PLAN NACIONAL DE EMPLEO
MUJERES SUB 29
El Senado y la Cámara de Diputados sancionan con fuerza de ley
ARTÍCULO 1°-. Creación. Créase el Plan Nacional de Empleo “Mujeres Sub 29” que tiene por objeto incentivar el acceso al empleo formal a las mujeres cuya edad se encuentre entre los 18 a 29 años inclusive.
ARTÍCULO 2°-. Sujetos alcanzados. Podrán ingresar al Plan Nacional de Empleo “Mujeres Sub 29” todas las mujeres entre 18 y 29 años de edad inclusive, que no hayan tenido trabajo registrado en los últimos veinticuatro (24) meses o accedan por primera vez al mercado laboral.
ARTÍCULO 3°-. Empleadores/as. Podrán adherirse al Plan Nacional establecido en la presente ley, todos los/as empleadores/as privados de la República Argentina cuya planta de trabajadores y trabajadoras no supere los 200 puestos laborales, a la fecha de entrada en vigencia de la presente.
ARTÍCULO 4°-. Condiciones laborales. Los puestos de trabajo generados a partir de la implementación del presente Plan tendrán una duración mínima de veinticuatro (24) meses y deben gozar de las condiciones, garantías y derechos dispuestos para cargo de igual jerarquía y función, dentro del Convenio Colectivo de Trabajo que corresponda a la actividad y en el marco de la ley de Contrato de Trabajo Ley 20.744 y modificatorias.
ARTÍCULO 5°-. Prohibición. Los/as empleadores/as no podrán reducir su planta de trabajadores, cualquiera sea su modalidad de contratación, mientras se encuentren adheridos al Plan Nacional de Empleo “Mujeres Sub 29”.
ARTÍCULO 6°-. Beneficios. Los/as empleadores/as que se adhieran al Plan Nacional de Empleo “Mujeres Sub 29” podrán optar entre uno de los siguientes beneficios:
1. Regímenes especiales de créditos destinados a la compra de bienes de capital para propiciar el desarrollo productivo.
2. Regímenes especiales de créditos destinados a la ampliación, mejora o apertura de nuevas sucursales o sedes.
3. Regímenes especiales de créditos destinados a la incorporación de innovación tecnológica.
Las características y condiciones serán establecidas por el Banco Central de la República Argentina.
ARTÍCULO 7°-. Doble beneficio. Podrán optar entre dos de los beneficios establecidos en el artículo precedente:
1. los y las empleadores/as que otorguen capacitación continua y certificada al trabajador relativa al puesto laboral desempeñado;
2. las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
ARTÍCULO 8°-. Vigencia. El Plan Nacional establecido en la presente ley tiene una vigencia de cinco (5) años consecutivos a partir de la fecha de su promulgación.
El Poder Ejecutivo Nacional podrá prorrogar los alcances de la la presente por igual período. En caso de prórroga deberá enviar un informe a las comisiones de Legislación del Trabajo de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación y de Trabajo y Previsión Social de la Honorable Cámara de Senadores de la Nación, indicando el estado de situación del Plan Nacional creado por la presente, indicando los motivos que vuelven necesaria su prórroga.
A su vez, debe constar en el informe qué otras políticas públicas son llevadas adelante para la generación de empleo de calidad para mujeres del rango etario indicado en el artículo 2º.
ARTÍCULO 9°-. Presupuesto. Los gastos que demande la aplicación de esta ley se imputarán a las partidas presupuestarias correspondientes en el Presupuesto General de la Administración Pública.
Autorízase al Poder Ejecutivo Nacional a reasignar las partidas presupuestarias que considere necesarias.
ARTÍCULO 10-. Reglamentación. El Poder Ejecutivo Nacional reglamentará la presente ley en un plazo de SESENTA (60) días contados a partir de su publicación.
ARTÍCULO 11.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En los últimos años se ha producido una profunda recesión económica, acompañada de políticas públicas que han demostrado ser ineficientes y cortoplacistas. En dicho marco el mundo laboral, al mismo tiempo que se contrae en su capacidad productiva ve reconfigurada su integración en términos de los y las trabajadores/as. Despidos, retiros voluntarios, jornadas reducidas, están a la orden del día. Esta preocupante situación está atravesada, asimismo, por marcadas brechas relativas al género y la franja etaria.
El Eje de Inclusión Laboral de “Women20” remarca que: “…a escala mundial, casi la mitad de las mujeres del mundo no tienen un ingreso propio, y en promedio ganan un 30% menos que sus pares masculinos. Aunque representen el 60% de los graduados universitarios, las mujeres siguen estando en desventaja en términos de participación en el mercado laboral. Las mujeres representan solo un tercio de la fuerza de trabajo total”. En términos regionales y nacional, la situación es aún peor. En este sentido, el colectivo “NiUnaMenos” sostiene que: “una de cada tres mujeres en la región no logra generar ingresos propios”. Asimismo, “más de un tercio de las trabajadoras está precarizada: hoy no acceden a licencias por maternidad y mañana no tendrán una jubilación digna”.
Por otra parte, la feminización de la pobreza también se expresa en la brecha salarial existente entre varones y mujeres, en nuestro país ronda el 27%, llegando a un 35% en los trabajos precarizados e informales.
Así, el informe conjunto de la Defensoría de la Provincia de Buenos Aires y la Universidad Católica Argentina “Empleo y Trabajo No Remunerado. Una mirada en profundidad sobre la distribución del trabajo no remunerado en el Conurbano Bonaerense 2017-2018 ” afirma que “las mujeres enfrentan mayores dificultades que los varones a la hora de obtener un empleo y mucho más aún a la hora de obtener un empleo de calidad. Un estudio reciente muestra que aun controlando los efectos que pudieran tener la edad, el nivel educativo, el nivel socioeconómico, la región de residencia o la coyuntura económica, las mujeres poseen una probabilidad menor (en un 40%) de encontrarse trabajando en un empleo pleno que los varones (ODSA-UCA, 2019)”
Al mismo tiempo, dentro de las desigualdades en el acceso y permanencia del mercado laboral, las y los jóvenes se convierten en el sector más castigado de las políticas neoliberales. Sólo en la Capital Federal, el 20% de les jóvenes se encuentra desocupado y de ese porcentaje el 30,8% está buscando empleo hace más de un año sin resultados positivos (Centro de Formación y Pensamiento Génera – http://genera.com.ar/informemayo2019-indicadordecalid-375-n.html).
Según los datos de la Encuesta Permanente de Hogares del primer trimestre del año 2019, las mujeres de 14 a 29 años alcanzan una tasa del 23,1% de desocupación siendo la de los varones de la misma franja etaria del 18,5%. A su vez, la tasa de desocupación para el mismo período de mujeres de 30 a 64 años baja al 7,5%. En suma, a la brecha por género le sumamos la brecha generacional y el resultado es claro: las mujeres jóvenes son el sector social que posee más inconvenientes en la obtención de un empleo pleno de derechos.
Reafirmando lo anterior, el informe “Heterogeneidad y Fragmentación del Mercado de Trabajo (2010-2018)” de la Universidad Católica Argentina sostiene que “las mujeres poseen una probabilidad menor (en un 40%) de encontrarse trabajando en un empleo pleno que los varones. Además, en comparación con los jóvenes (18 a 34 años) los adultos (35 a 59 años) presentan un 39% más de probabilidad de ocuparse en un empleo pleno”.
Si tomamos nuevamente el informe conjunto de Defensoría de la Provincia de Buenos Aires y la UCA, baste graficar la difícil situación para las mujeres jóvenes con el siguiente dato: el 27% de las jóvenes del Conurbano Bonaerense está desocupada, es decir, que busca y no encuentra trabajo (esto es, 3 de cada 10 mujeres jóvenes no consigue empleo). Este valor llega al 40% en Río Gallegos, sólo por mencionar otra localidad. Entonces, resulta que “para un hombre de 40 años en Capital Federal es más fácil que consiga trabajo que una piba de 27 de Berazategui [...] Esto se debe a que es más difícil entrar en la carrera laboral siendo mujer y si no podés entrar mucho más difícil es poder ascender [...] el deterioro de las pibas jóvenes es altísimo y es muy grave” (Luciana Peker, Programa Radial Pasaron Cosas, 29/6/2019)
Es necesario sumar a este contexto, las condiciones de precariedad laboral a la que se ven sometidas las mujeres entre los 18 y 29 años. Dentro del sector informal, la distribución de ocupaciones es muy dispar según el sexo de les trabajadores. Así “las ocupaciones más presentes en las mujeres son el trabajo por cuenta propia no profesional (45,4%) y el servicio en hogares (22,9%). Mientras que la mitad de los varones (57,9%) realizan actividades como cuentapropistas no profesionales” (UCA, 2019 informe citado)
Frente a este panorama es que se inserta la presente iniciativa, no como una solución integral, que necesita de un modelo de desarrollo que priorice la producción y la independencia económica, sino como una herramienta más en pos de dar mayores posibilidades a las mujeres incluidas en esa brecha etaria, ya que representan un sector social sumido en una desigualdad permanente por las razones que venimos exponiendo.
Es por los motivos expuestos que solicito la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ALVAREZ RODRIGUEZ, MARIA CRISTINA BUENOS AIRES FRENTE DE TODOS
CARRO, PABLO CORDOBA FRENTE DE TODOS
CARRIZO, NILDA MABEL TUCUMAN FRENTE DE TODOS
YUTROVIC, CAROLINA TIERRA DEL FUEGO FRENTE DE TODOS
FLORES, DANILO ADRIAN LA RIOJA FRENTE DE TODOS
CALIVA, LIA VERONICA SALTA FRENTE DE TODOS
HELLER, CARLOS CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE DE TODOS
MACHA, MONICA BUENOS AIRES FRENTE DE TODOS
BRAWER, MARA CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE DE TODOS
YEDLIN, PABLO RAUL TUCUMAN FRENTE DE TODOS
LANDRISCINI, SUSANA GRACIELA RIO NEGRO FRENTE DE TODOS
VILAR, DANIELA MARINA BUENOS AIRES FRENTE DE TODOS
ROMERO, JORGE ANTONIO CORRIENTES FRENTE DE TODOS
SORIA, MARTIN RIO NEGRO FRENTE DE TODOS
GAILLARD, ANA CAROLINA ENTRE RIOS FRENTE DE TODOS
ORMACHEA, CLAUDIA BEATRIZ BUENOS AIRES FRENTE DE TODOS
SCHWINDT, MARIA LILIANA BUENOS AIRES FRENTE DE TODOS
MOUNIER, PATRICIA SANTA FE FRENTE DE TODOS
VALDES, EDUARDO FELIX CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE DE TODOS
LEIVA, ALDO ADOLFO CHACO FRENTE DE TODOS
AGUIRRE, HILDA CLELIA LA RIOJA FRENTE DE TODOS
RODRIGUEZ SAA, NICOLAS BUENOS AIRES FRENTE DE TODOS
MARTINEZ, MARIA ROSA BUENOS AIRES FRENTE DE TODOS
SAND, NANCY CORRIENTES FRENTE DE TODOS
FELIX, OMAR CHAFI MENDOZA FRENTE DE TODOS
MARTINEZ, DARIO NEUQUEN FRENTE DE TODOS
CERRUTI, GABRIELA CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE DE TODOS
CAPARROS, MABEL LUISA TIERRA DEL FUEGO FRENTE DE TODOS
ROSSO, VICTORIA SAN LUIS FRENTE DE TODOS
GONZALEZ, PABLO GERARDO SANTA CRUZ FRENTE DE TODOS
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)
MUJERES Y DIVERSIDAD
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LOS DIPUTADOS Y LAS DIPUTADAS: ORMACHEA, SCHWINDT, MOUNIER, VALDES, LEIVA, AGUIRRE, RODRIGUEZ SAA, MARIA ROSA MARTINEZ, SAND, FELIX, DARIO MARTINEZ, CERRUTI, CAPARROS Y ROSSO (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO PABLO GONZALEZ (A SUS ANTECEDENTES)