PROYECTO DE TP


Expediente 0483-D-2018
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA PROCEDER A LA SUSCRIPCION Y RATIFICACION DE LA CONVENCION IBEROAMERICANA DE DERECHOS DE LOS JOVENES, ADOPTADA EL DIA 11 DE OCTUBRE DE 2005 EN LA CIUDAD ESPAÑOLA DE BADAJOZ.
Fecha: 07/03/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 4
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que arbitre los medios necesarios a fin de proceder a la suscripción y ratificación de la Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes, adoptada el 11 de octubre del 2005 en la ciudad española de Badajoz, en el marco de la Organización Iberoamericana de la Juventud, y su Protocolo Adicional, firmado el 25 de octubre de 2016, en la ciudad colombiana de Cartagena de Indias.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Sr. Presidente:
Hallamos imperiosa la necesidad de desarrollar una política de Estado de inclusión social, económica, educativa y política que atienda particularmente a la situación de las y los jóvenes.
Resulta sumamente preocupante que, tanto a nivel nacional como global, los índices de desocupación de dicho segmento poblacional dupliquen el índice promedio de la población.
Pensar el futuro de nuestros jóvenes implica concentrar nuestros esfuerzos en reducir la pobreza, la indigencia y promover la movilidad social ascendente.
Indudablemente, colocar los derechos de las juventudes en la agenda mundial supone un verdadero desafío para los Estados. Y la Organización Iberoamericana de Juventud (OIJ) ha constituido una pieza fundamental en este proceso.
Asistimos a la conformación de la OIJ el año 1992, cuando los Estados de Andorra, Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Cuba, Chile, Ecuador, El Salvador, España, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, República Dominicana, Uruguay y Venezuela, confluyeron en la necesidad de impulsar un ámbito propicio para promover el diálogo, la concertación y la cooperación en materia de juventud entre los países iberoamericanos. Luego, en 1996, en el marco de la VIII Conferencia Iberoamericana de Ministros de Juventud, la OIJ fue constituida en calidad de Organismo Internacional dentro del ámbito iberoamericano, definido por los países que conforman la Cumbre Iberoamericana de Jefes y Jefas de Estado y de Gobierno, habiendo la Argentina ratificado el Acta de Fundación por Ley 25.535 a fines del año 2001.
Debió transitar hasta octubre del año 2005 para que los Estados Miembros de la OIJ arribaran en la ciudad de Badajoz, España, al primer instrumento jurídico vinculante centrado específicamente en los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales de las personas de entre 15 y 24 años de edad, a través de la suscripción de la Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes que compromete a los Estados Parte a reconocer, respetar y garantizar el pleno disfrute y ejercicio de esos derechos. Ello implica que cada país debe adoptar e implementar las medidas y mecanismos legislativos, administrativos, presupuestarios, judiciales, entre otros, que sean adecuados para garantizar la plena realización de los derechos de este sector poblacional.
Si bien la Convención se encuentra vigente desde marzo del 2008, luego de haber obtenido las ratificaciones de cinco países, aún se encuentra pendiente de firma y ratificación por varios Estados integrantes de OIJ, entre ellos, la República Argentina que registra un severo retraso en la materia; de modo que se ha planteado la necesidad de profundizar los esfuerzos tendientes a promover su universalización.
Cabe destacar que en la actualidad la Organización Iberoamericana de Juventud se halla en un proceso de transformación que la llevó a constituirse como Organismo Internacional de Juventud para Iberoamérica. Entre los objetivos centrales que la inspiran se destacan: el político, promoviendo en los países la generación de políticas públicas de juventud; el técnico, investigando las diferentes realidades juveniles y capacitando funcionarios y representantes juveniles; y la cooperación, promoviendo proyectos de integración para jóvenes a nivel nacional y regional.
Con el propósito de ampliar y especificar derechos contemplados en la Convención, en función de las realidades juveniles contemporáneas, el OIJ impulsó en 2016 su actualización a través de un Protocolo Adicional, que fue firmado el mismo año, en la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia.
Ambos instrumentos, la Convención y su Protocolo Adicional, adquieren más importancia aun cuando la mayoría de los países no cuenta en el orden interno con marcos normativos que atiendan a dichas realidades, como tampoco con estructurales institucionales o gubernamentales adecuadas.
El reconocimiento expreso de los jóvenes como sujetos de derechos, actores estratégicos del desarrollo y personas capaces de ejercer responsablemente los derechos y libertades, resulta fundamental para formular políticas públicas que aseguren su participación plena en la vida en sociedad, el acceso a oportunidades que le permitan tener una mejor calidad de vida, lograr su realización personal. Se requiere fortalecer el rol del Estado en esta etapa de tanta significancia en la vida de las personas en la que se forja su personalidad, con “características singulares en razón de factores psico-sociales, físicos y de identidad que requieren una atención especial por tratarse de un período de la vida donde se forma y consolida la personalidad, la adquisición de conocimientos, la seguridad personal y la proyección al futuro” (tal como destaca la Convención).
Entendemos como un compromiso ineludible la suscripción y ratificación de la Convención Iberoamericana y su Protocolo Adicional por parte del Estado Argentino, constituyendo un puntapié inicial para adecuar la legislación nacional, desarrollar las estructuras gubernamentales y de articulación interinstitucional e intersectorial, y diseñar e implementar las políticas públicas que aborden las problemáticas de la juventud en un contexto laboral y social cada vez más complejo, desigual y expulsivo, y que nutran a un Estado capaz de tutelar y restituir los derechos vulnerados
Por las razones expuestas, con la suma convicción de que las y los jóvenes deben ocupar un lugar prioritario en la agenda legislativa y política de los argentinos, solicito a mis pares que acompañen con su voto afirmativo el presente Proyecto de Resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ARROYO, DANIEL BUENOS AIRES FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
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Comisión
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