PROYECTO DE TP


Expediente 0162-D-2018
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA COBERTURA MEDICA BRINDADA POR NUESTRO PAIS A CIUDADANOS EXTRANJEROS.
Fecha: 05/03/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 2
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Resuelve:
Solicitar al Poder Ejecutivo, que a través del Ministerio de Salud de la Nación proceda a informar por escrito en relación a diversas cuestiones relacionadas con la cobertura médica brindada por nuestro país a ciudadanos extranjeros.
1) ¿En qué consiste la cobertura médica que nuestro país brinda a ciudadanos extranjeros que no tienen seguro de salud, con residencia permanente o en tránsito, en nuestro país?
2) ¿Cuáles son los requisitos exigidos para acceder a la cobertura?
3) ¿Cuál es el monto económico anual que Nación y Provincias destinan para brindar la cobertura médica a ciudadanos extranjeros, sea con residencia permanente, temporario y/o transitorio.
4) ¿Si los países de origen de las personas mencionadas brindan una cobertura semejante a los ciudadanos argentinos en situaciones similares?
5) ¿Qué trámites deben realizar los ciudadanos argentinos para recibir las prestaciones médicas en aquellos países?
6) ¿Existe algún tipo de resarcimiento por las prestaciones brindadas a extranjeros?

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Señor Presidente:
La Ley 25.871 Política Migratoria Argentina sancionada el 17 de diciembre de 2003, y promulgada de hecho el 20 de enero de 2004 establece en su en su artículo 6, entre los Derechos y Libertades de los Extranjeros un principio proclamado también en la Constitución Nacional, para "todos los habitantes del mundo que quieran habitar en el suelo argentino". Allí, el texto ordena que "el Estado en todas sus jurisdicciones, asegurará el acceso igualitario a los inmigrantes y sus familias en las mismas condiciones de protección, amparo y derechos de los que gozan los nacionales, en particular lo referido a servicios sociales, bienes públicos, salud, educación, justicia, trabajo, empleo y seguridad social".
La ley dice que el Estado debe garantizar la asistencia a cualquier paciente en territorio argentino sin importar la nacionalidad. Es decir, garantizar el acceso sin restricciones.
Es importante aclarar que no hay precisiones sobre la cantidad de no extranjeros que se atienden en Argentina, se desconoce cantidad de extranjeros no residentes que acuden a hospitales públicos de nuestro país.
Es importante contar con números que nos permitan conocer con mayor exactitud la situación.
Por las razones expuestas solicito a mis pares me acompañen con el presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DI STEFANO, DANIEL MISIONES FRENTE DE LA CONCORDIA MISIONERO
WELLBACH, RICARDO MISIONES FRENTE DE LA CONCORDIA MISIONERO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO WELLBACH (A SUS ANTECEDENTES)