PROYECTO DE TP


Expediente 0007-D-2019
Sumario: PROMUEVESE LA IGUALDAD DE GENERO Y OPORTUNIDADES EN EL FUTBOL ARGENTINO.
Fecha: 06/03/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 1
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


SE PROMUEVE LA IGUALDAD DE GENERO Y OPORTUNIDADES EN EL FUTBOL ARGENTINO
ARTICULO 1°: El objeto de la presente ley es fomentar, promover, difundir, visibilizar y estimular la práctica del fútbol por parte de las mujeres en el territorio Nacional en todos sus niveles deportivos.
ARTICULO 2°. Para el cumplimiento del objeto señalado en el artículo anterior, se dará a conocer masivamente en los medios de comunicación la valoración de los esfuerzos deportivos en materia de fútbol del género femenino, dándole el merecido reconocimiento y otorgándole estímulos.
ARTICULO 3°. Con el fin de garantizar el derecho a la igualdad de oportunidades de las mujeres en la práctica del fútbol, el Estado establecerá políticas, planes, proyectos y programas que promuevan la participación deportiva en el fútbol femenino en el ámbito nacional, en términos de inclusión social.
ARTICULO 4°. El Poder Ejecutivo Nacional a través de la autoridad de aplicación que establezca deberá fomentar, promover y asegurar la práctica del fútbol femenino, a nivel recreativo, educativo, competitivo, y profesional. Asimismo deberá estimular y promover dicha actividad en las esferas de la educación formal (primaria, secundaria, y universitaria) y no formal (clubes, sociedad de fomento, escuelas deportivas, etc), estableciéndose la igualdad de oportunidades, realizando de manera periódica encuentros, torneos y campeonatos deportivos, integrados al cronograma de actividades, donde se otorguen estímulos económicos, simbólicos, becas académicas y deportivas, así como el acceso a los medios de comunicación local para efectos de resaltar los méritos deportivos de las mujeres.
ARTICULO 5°. Para la formación y práctica del fútbol, las mujeres dispondrán de escenarios deportivos adecuados, tendrán la orientación de entrenadores deportivos calificados y/o docentes, con demostrada capacitación técnica y formación pedagógica y tendrán las mismas garantías a nivel deportivo, con que cuentan los deportistas del género masculino.
ARTICULO 6°. El Poder Ejecutivo Nacional podrá celebrar acuerdos con las Asociaciones e Instituciones Deportivas y las Asociaciones gremiales de futbolistas para incentivar la igualdad de género en los deportes e institucionalizarlo profesionalmente, incorporando los recursos necesarios para promoverlo.
ARTICULO 7°. Se convoca a la Asociación del Fútbol Argentino a coordinar con las autoridades de diferentes esferas la realización de torneos y campeonatos de fútbol femenino a nivel nacional y a su vez profesionalizarlo de manera creciente.
ARTICULO 8°. La Asociación del Fútbol Argentino deberá presentar anualmente, un informe al Congreso de la República, sobre los avances en el fomento de la práctica del fútbol femenino en nuestro país.
ARTICULO 9°: Se invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adherir a la presente ley.
ARTICULO 10°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de Ley tiene como objetivo generar acciones concretas para la igualdad de género en nuestro País en materia deportiva, especialmente en la práctica del fútbol femenino como emblema del deporte popular en Argentina.
Este proyecto tiene por objeto crear estímulos, fomentar y visibilizar la práctica del fútbol, garantizando la igualdad de derechos deportivos entre hombres y mujeres que requiere apoyo en materia de infraestructura, espacios adecuados, materiales deportivos y profesionales calificados (Directores Técnicos, Preparadores Físicos, Profesores de Educación Física, pedagogos).
La vida deportiva de las mujeres se encuentra experimentando un proceso de cambio incrementando su participación en numerables esferas. Con la finalidad de consolidar la inclusión social con igualdad de género, el Poder Ejecutivo prevé estimular e incrementar acciones positivas en materia deportiva.
Este proyecto de ley, intenta reparar un desequilibrio histórico que el colectivo de mujeres practicantes de este deporte sufre frente al conjunto de jugadores masculinos: falta de espacios seguros para la práctica, baños y vestuarios inadecuados, falta de insumos deportivos de calidad e indumentaria acorde, personal calificado para llevar adelante los entrenamientos, falta de encuentros y competencias, entre otros.
Si bien los orígenes del Fútbol no son propios de la Argentina, no puede desconocerse su enorme popularidad, la gigantesca pasión que despierta en cada estadio, en las calles, en las reuniones familiares, ante cada televisor. El futbol no ha nacido en la Argentina, pero se ha enraizado en nuestra cultura de modo inamovible. Al costado de cada camino, en múltiples veredas, en cada trozo de terreno desocupado, hay un grupo de niños pateando la pelota, improvisando un arco.
El futbol encierra esperanzas, alegrías, frustraciones, forma parte de nuestra vida cotidiana. Todos aprendemos a caminar, casi al mismo tiempo que a patear una pelota. El argentino más humilde y el más favorecido, ambos comulgan en su amor por este deporte que hemos hecho nuestro.
Es necesario entonces que esto que sentimos como argentinos, pueda operativizarse en cada mujer, pues las niñas que pretenden jugar futbol en cada rincón, club, colegio carecen de las oportunidades que tienen los hombres y esta falta de igualdad debe ser desterrada de inmediato a través de la presente norma.
El Organismo Rector del Fútbol Mundial, es decir la FIFA, ha introducido los diez principios clave para el desarrollo del fútbol femenino, aprobados en el 64.º del Congreso de la FIFA el 11 de junio de 2014 aprobaron para el crecimiento y la profesionalización del fútbol femenino los 10 principios claves para su desarrollo que deben incorporar todas las Federaciones y Asociaciones en todo el mundo. A su vez duplicaron los fondos para llevar a cabo los mismos.
Estos diez principios son los siguientes: 1) Gran oportunidad de crecimiento en el fútbol: plan de desarrollo del fútbol femenino, 2) Conseguir que mujeres y niñas tengan las mismas oportunidades de acceder al fútbol en clubes, escuelas y universidades, entre otros, 3) Trabajar por que las competiciones sean sostenibles y profesionales, 4) Mejorar el marketing y la promoción del fútbol femenino, crear una marca propia para él, 5) El fútbol femenino tiene un nivel de desarrollo diferente al masculino: se necesitan expertos en todos los ámbitos de decisión, 6) Mantener a las ex - árbitras y exjugadoras vinculadas al fútbol y crear oportunidades de liderazgo y gestión, 7) Desarrollar oportunidades y orientar a las entrenadoras, e incrementar su número, 8) Involucrar a las mujeres en todos los niveles de decisión, incluyendo el comité ejecutivo, 9) Impulsar el fútbol femenino mediante estructuras organizativas apropiadas y poniendo énfasis en los lugares apropiados, 10) Luchar contra la discriminación de la mujer en el deporte y en la sociedad
La mujer debe tener en cada ámbito la igualdad que muchos pregonan pero no ejercen y ella debe estar dada además en lo deportivo y verse reflejada en la actividad dirigencial de cada ámbito del deporte.
En nuestro país, se sigue cada instancia del fútbol en torneos barriales, locales, regionales, profesionales e internacionales y los hombres que practican el deporte tienen muchas oportunidades de inserción. Sin embargo, no ocurre lo mismo con el fútbol femenino, pese a la cantidad de jugadoras que pretenden insertarse; por esta razón es menester que exista una ley que genere la igualdad.
Por todo lo expuesto anteriormente, solicitamos a nuestros pares acompañen con su firma al presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CASTAGNETO, CARLOS DANIEL BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CARRO, PABLO CORDOBA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GRANA, ADRIAN EDUARDO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
VOLNOVICH, LUANA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MENDOZA, MAYRA SOLEDAD BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SORAIRE, MIRTA ALICIA TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MERCADO, VERONICA CATAMARCA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SILEY, VANESA RAQUEL BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ALONSO, LAURA V. BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SIERRA, MAGDALENA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
PITIOT, CARLA BETINA CIUDAD de BUENOS AIRES FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
ROSSI, AGUSTIN OSCAR SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SCIOLI, DANIEL BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ALVAREZ RODRIGUEZ, MARIA CRISTINA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SOLANAS, JULIO RODOLFO ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DEPORTES (Primera Competencia)
MUJERES Y DIVERSIDAD
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
09/04/2019 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados RESOLUCION DE PRESIDENCIA - AMPLIACION DE GIRO A LA COMISION DE MUJERES Y DIVERSIDAD. SE SUPRIME EL GIRO A LAS COMISIONES DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA.