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Otras disposiciones Informes sobre Viajes al Exterior |
| Informes sobre Viajes al Exterior | ||||
1 - La obligatoriedad por parte de los integrantes de esta Honorable Cámara de informar a la Presidencia de la misma, acerca de las actividades desarrolladas durante los viajes al exterior que realicen los señores legisladores en cumplimiento de sus funciones. |
1.2. Contenido del informe: |
El mencionado informe deberá comprender la finalidad y naturaleza del viaje, en términos de su vinculación con el desempeño de las obligaciones y funciones esenciales de esta Cámara en el marco de sus relaciones internacionales; la composición de la delegación que concurriese en misión al exterior, debiendo especificarse el número de legisladores, así como su pertenencia partidaria; la duración de la misión, debiendo contemplarse tanto los días hábiles como los no hábiles; |
1.3. Presentación del informe: |
El informe deberá ser presentado: |
1 - Por escrito, a través de Mesa de Entradas de la Presidencia de la Cámara de Diputados. |
| PROTOCOLO DE FUNCIONAMIENTO PARLAMENTARIO REMOTO - AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO- CORONAVIRUS COVID-19 |
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Consideraciones generales |
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A. Este protocolo establece pautas de funcionamiento de sesiones telemáticas, adecuando a esa modalidad las reglas establecidas en el Reglamento de la HCDN. El reglamento de la Cámara será de aplicación en todo lo que no se encuentre regulado en el presente protocolo. |
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B. Dichas sesiones se realizarán a través de una plataforma telemática. No obstante lo cual, en la Comisión de Labor Parlamentaria se establecerá para cada sesión la cantidad de diputados/as y autoridades de la Cámara que podrán acceder a la plataforma telemática desde el recinto de la HCDN, teniendo en consideración las recomendaciones sanitarias del servicio médico de la HCDN. |
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C. El Protocolo estará vigente desde su fecha de aprobación mientras dure el aislamiento social, preventivo y obligatorio en todo o en parte del territorio nacional, por períodos de 30 días prorrogables, que serán refrendados por consenso de la Comisión de Labor Parlamentaria. |
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D. Con el fin de contar con las medidas de seguridad apropiadas, la Honorable Cámara de Diputados de la Nación realiza, en convenio con ARSAT, pruebas de ciberseguridad a efectos de descartar cualquier vulnerabilidad del sistema. |
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Capítulo I |
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1. La presentación de proyectos de Ley, Resolución y Declaración se regirá por lo establecido en la RP 660/2020 excepto en lo que refiere a la limitación temática, pudiendo presentarse proyectos sobre cualquier materia. Los/as diputados/as firmantes que estuvieren registrados en el sistema, podrán utilizar la firma digital. |
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Capítulo II |
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Capítulo III |
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| Interpretaciones con arreglo al artículo 228 del Reglamento de la H. Cámara de Diputados | ||||
| Interpretación sobre la validez de los despachos de las comisiones - Interpretación del artículo 108 (expediente 2425-D-2010, aprobado el 21 de Abril de 2010) |
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