Luis Eugenio Basterra
Diputado de la Nación
UNIÓN POR LA PATRIA
Período: 10/12/2023 - 09/12/2027
PROYECTO DE LEY
Expediente: 0757-D-2016
Sumario: INCORPORACION DE LA PERSPECTIVA DE GENERO EN EL SISTEMA ESTADISTICO NACIONAL.
Fecha: 17/03/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 13
	        PERSPECTIVA DE GÉNERO EN 
EL SISTEMA ESTADÍSTICO NACIONAL
	        
	        
	        Artículo 1°: Incorpórese en el Sistema 
Estadístico Nacional la perspectiva de género en toda la producción de información 
oficial que se realice en el territorio nacional, con el objeto de realizar encuestas, 
relevamientos y obtener estadísticas que posibiliten el adecuado diseño, 
implementación y monitoreo de políticas para la efectiva igualdad entre varones y 
mujeres.
	        
	        
	        Artículo 2°: El Instituto Nacional de 
Estadística y Censo - INDEC-, al igual que todo tipo de organismo o instancia pública 
encargada de la recolección de información pública, cumplirá con los siguientes 
lineamientos:
	        
	        
	        a. Inclusión sistemática de la variable 
"sexo" en las estadísticas, encuestas y procedimientos de recolección de datos.
	        
	        
	        b. Establecimiento e inclusión de nuevos 
indicadores que posibiliten un mejor conocimiento de las diferencias en los valores, 
relaciones de género, situaciones y condiciones de vida, aspiraciones y necesidades 
de mujeres y varones, así como también su manifestación e interacción en la realidad. 
	        
	        
	        c. Revisión y adecuación de las 
definiciones estadísticas existentes para el reconocimiento y valoración del trabajo 
productivo y reproductivo -no remunerado- de las mujeres.
	        
	        
	        d. Diseño e introducción de los 
mecanismos necesarios que permitan el conocimiento de la incidencia de otras 
variables -situación socioeconómica, edad, otros- cuya concurrencia resulta 
generadora de situaciones de discriminación.
	        
	        
	        Artículo 3°: Sólo excepcionalmente, y 
mediante informe fundamentado podrá justificarse el incumplimiento de alguna de las 
obligaciones anteriormente especificadas. 
	        
	        
	        Artículo 4°: Los planes anuales de 
estadísticas y censos y los relevamientos específicos deben incluir los siguientes ejes 
temáticos:
	        
	        
	        I. Encuestas de uso y reparto del tiempo, 
que relevará como mínimo, información sobre:
	        
	        
	        a) Reparto y uso del tiempo entre los 
miembros del hogar. 
	        
	        
	        b) Carga global de trabajo, que incluye el 
trabajo no remunerado y remunerado. 
	        
	        
	        c) Reparto de las responsabilidades 
familiares entre varones y mujeres en la atención, cuidado y reproducción de los 
miembros del hogar. 
	        
	        
	        d) Estrategias de los hogares para:
	        
	        
	        i. conciliar la vida laboral y familiar
	        
	        
	        ii. atender las necesidades de cuidado de 
sus miembros, que incluya información sobre acceso a servicios sociales estatales o 
privados.
	        
	        
	        iii. atender las necesidades de cuidado 
infantil. 
	        
	        
	        iv. atender la demanda de cuidado de 
personas con necesidades especiales: tercera edad, salud mental y discapacidad. 
	        
	        
	        e) Gastos de los hogares en servicios de 
cuidado.
	        
	        
	        II. Encuestas de Violencia de género, en 
coordinación con el Observatorio de Violencia contra las Mujeres, relevará como 
mínimo, información sobre:
	        
	        
	        a) Denuncia de la violencia: mecanismos 
utilizados, tasa de denuncia no realizada
	        
	        
	        b) Acceso a la justicia
	        
	        
	        c) Incidencia de los distintos tipos de 
violencia establecidas en la ley 26485.
	        
	        
	        d) Acceso a políticas y programas de 
asistencia a las víctimas.
	        
	        
	        III. Encuestas sobre derechos sexuales y 
reproductivos, para toda la población desde los 14 años de edad, que relevará como 
mínimo, información sobre: 
	        
	        
	        a) Actitudes y percepciones en todo lo 
relacionado a los derechos sexuales y reproductivos.
	        
	        
	        b) Acceso a la información, orientación, 
métodos anticonceptivos y prestaciones de servicios de salud sexual y procreación 
responsable.
	        
	        
	        c) Uso y modalidad de métodos 
anticonceptivos. 
	        
	        
	        d) Acceso a los métodos anticonceptivos 
denominados ligadura de trompas de Falopio y vasectomía.
	        
	        
	        e) Demanda insatisfecha de planificación 
familiar y fecundidad no deseada
	        
	        
	        f) Acceso y calidad de la atención del 
embarazo y el parto.
	        
	        
	        g) Acceso y calidad de atención del post-
aborto
	        
	        
	        Artículo 5°: El diseño muestral de las 
encuestas vinculadas a uso y reparto del tiempo, medición de violencia de género y 
derechos sexuales y reproductivos, a las que se refiere el artículo precedente, deben 
permitir un análisis multidimensional de la desigualdad de género, incluyendo como 
mínimo la posibilidad de desagregación de los datos según nivel educativo, grupos de 
edades, nivel socioeconómico, composición de los hogares y localización geográfica. 
Cada una de estas encuestas se realizará con una periodicidad trienal como 
mínimo.
	        
	        
	        Artículo 6°: Los censos de población y 
vivienda y las encuestas a hogares que releven información vinculada a educación, 
deberán incluir preguntas destinadas a conocer el acceso a servicios estatales o 
privados de cuidado infantil de la población de 0 a 3 años.
	        
	        
	        Artículo 7°: Para el relevamiento y la 
definición de los indicadores referidos en los artículos 4° y 6° de la presente ley, se 
utilizará las recomendaciones internacionales, particularmente las desarrolladas por la 
División de Estadística de las Naciones Unidas (UNSD); por la División para el 
Adelanto de la Mujer de las Naciones Unidas (DAW) y por el Observatorio de Igualdad 
de Género de América Latina y el Caribe de CEPAL.
	        
	        
	        Artículo 8°: Los resultados de los 
relevamientos, indicados por la presente ley son de acceso público. Se garantiza la 
difusión de los resultados y el acceso a las bases de datos, en un plazo no superior a 
los tres meses de finalizado el procesamiento de la información. Las bases de datos, 
estarán acompañadas por los cuestionarios utilizados y los documentos metodológicos 
del diseño muestral y el diseño de la encuesta. Se deberá justificar fundadamente 
cuando no se difunde alguna información relevada.
	        
	        
	        Artículo 9°: Se impulsará la capacitación 
técnica para el manejo, uso y aplicación de toda la información que establece la 
presente ley.
	        
	        
	        Artículo 10°: El INDEC como organismo 
responsable del Sistema Estadístico Nacional, convocará cada dos años a 
instituciones nacionales e internacionales, organizaciones no gubernamentales, 
personas del ámbito académico y especialistas dedicadas a la temática de género, 
para consulta e intercambio de los aspectos relacionados con la producción de 
información estadística con perspectiva de género, objeto de la presente ley. 
	        
	        
	        Artículo 11°: Comuníquese al Poder 
Ejecutivo.
	          
      
  
 
					FUNDAMENTOS
Señor presidente:
	        El género, como elemento constitutivo de 
las relaciones sociales entre varones y mujeres, es una construcción social, y hoy la 
desigualdad se refleja en todos los planos de la vida social, cultural, económica, 
institucional y en síntesis en la vida cotidiana. La asignación cultural de roles, en un 
contexto de inequidad de género, ha delegado en las mujeres la mayor 
responsabilidad en la realización de las tareas de cuidado, restringiendo, cultural y 
económicamente, su participación al ámbito doméstico, lo cual conlleva a una 
desvalorización del mismo. En contraposición, el espacio público fue y es revalorizado, 
y su manifestación paradigmática se expresa en la concepción del espacio político 
como un campo "naturalmente" ocupado por hombres. Una agenda de equidad de 
género precisa incorporar en el debate el reparto de las responsabilidades de cuidado, 
instalándolo en el plano público, pues no se trata sólo de una discusión de asignación 
de tareas domésticas.
	        
	        
	        El objetivo a alcanzar es el reconocimiento 
de las mujeres (de derecho y de hecho) con autonomía plena en el ejercicio de sus 
derechos en un marco de igualdad de oportunidades para hombres y mujeres. En un 
contexto de distribución desigual del poder, los cambios deben orientarse hacia el 
empoderamiento de la mujer, lo que implica generar las condiciones para el desarrollo 
y el ejercicio de capacidades para la toma de decisiones, la posibilidad de asumir el 
control de las mismas y la potencialidad de realizar acciones tendientes a 
garantizarlas.
	        
	        
	        Los desequilibrios de poder no se corrigen 
con inacción. En este sentido es preciso destacar que en condiciones de desigualdad 
no existen políticas "neutras". El Estado tiene que tomar un rol activo y ese rol pasa 
por dictar, por un lado todo el marco normativo (hubo avances importantes en las 
últimas épocas desde el Parlamento nacional) y reglamentar las leyes existentes para 
efectivizar su operatividad y por otro fundamentalmente, implementar todas las 
políticas públicas, hoy absolutamente escasas y deficitarias, necesarias que hagan 
efectivo esos derechos.
	        
	        
	        Pero es necesario contar con un conjunto 
de herramientas para elaborar un diagnóstico que permita constituir un buen punto de 
partida para la acción política y la transformación. Entre ellas contar con estadísticas 
desagregadas por sexo ayuda a producir un cambio en la cultura de las instituciones. 
	        
	        
	        El nivel de eficiencia en calidad y cantidad 
de las estadísticas de un país refleja su realidad y los valores asumidos por la 
sociedad. Es preciso romper el círculo vicioso de debilidad estadística y debilidad de 
políticas de intervención.
	        
	        
	        El déficit de información en nuestro país ha 
sido reconocido en los documentos oficiales, pero no se ha avanzado en su 
superación. La debilidad del enfoque de género en el sistema estadístico es un 
indicador de la "no prioridad" que ha tenido este tema en las políticas públicas. Un 
claro ejemplo es la carencia absoluta de estadísticas oficiales sobre violencia de 
género y consecuentemente las insuficientes políticas de prevención y asistencia a las 
mujeres. 
	        
	        
	        A este panorama se agrega la crisis 
institucional que ha vivido el INDEC que condiciona cualquier avance en la materia. Es 
preciso avanzar en la búsqueda de consensos que permita diseñar un nuevo marco 
legal que garantice un sistema estadístico de calidad que produzca información 
sustantiva sobre la situación en el país. En vista de su normalización creemos 
oportuno la inclusión de la perspectiva de género en las mediciones que realice. 
	        
	        
	        No obstante, no es suficiente el 
relevamiento de estadísticas desagregadas por sexo. Esto es importante pero sin duda 
hay que seguir avanzando en la consideración del sexo, no como una variable más, 
sino como una categoría transversal, de tal manera que se pueda obtener cualquier 
información relativa a las personas desdoblada para cada uno de los sexos. Pero los 
desafíos son mayores, pues se requiere incorporar información, vinculada a temas 
relevantes en materia de igualdad de género.
	        
	        
	        Las desigualdades tienden a reforzarse y 
yuxtaponerse; por ello es preciso que el Sistema Estadístico Nacional amplíe la 
cobertura geográfica y temática de los relevamientos estadísticos. Uno de los aportes 
de los análisis de género ha sido llamar la atención sobre la necesidad de incorporar 
en el diseño de las políticas, las necesidades diferenciales de hombres y mujeres, no 
solamente para alcanzar una mayor igualdad, sino también contemplando la 
efectividad y la eficiencia en la asignación de recursos.
	        
	        
	        En este proyecto de ley se propone una 
modificación del sistema estadístico para incluir la perspectiva de género y ampliar la 
base de información disponible. En esta línea el proyecto propone incorporar al 
sistema estadístico tres dimensiones de la desigualdad de género que han estado 
históricamente ignoradas en las estadísticas del país: reparto y uso del tiempo de 
varones y mujeres; violencia de género y derechos sexuales y reproductivos.
	        
	        
	        Es preciso avanzar en el diseño de nuevos 
indicadores dentro de un marco analítico que permita poner en evidencia las 
inequidades existentes, pero también mostrar las sinergias entre la igualdad de 
género, el mejoramiento de las condiciones de vida y el logro de un desarrollo con 
equidad. Fortalecer el enfoque de género en los sistemas estadísticos es un requisito 
para la formulación de políticas eficaces, pero también puede ser una vía para 
impulsar cambios en la actual distribución de poder. La invisibilidad de problemáticas 
de género, también supone una debilidad política para introducir cambios, si no se 
introducen cambios, las instituciones perpetúan las desigualdades, tanto de acceso al 
poder como al reparto de los bienes y servicios sociales. 
	        
	        
	        La Plataforma de Acción aprobada en el 
Congreso Sobre la Mujer de la ONU, que se celebró en Pequín, adoptó como uno de 
los objetivos a perseguir en todos los países: "asegurar que las estadísticas referidas a 
individuos se recogen, procesan y analizan presentándose por sexo y edad, y que 
reflejan los problemas, asuntos y cuestiones relacionadas con hombres y mujeres en 
la sociedad" [párrafo 206 (a)]. Esta perspectiva concuerda y es consecuente con el 
gran avance que se da en el congreso de Pequín, que consiste precisamente en el 
establecimiento de que para avanzar en la igualdad no basta con las llamadas 
"políticas de igualdad" sino que hay que cambiar la corriente principal de las políticas 
públicas (idea que se ha acuñado como mainstreaming o transversalidad). Para ello es 
necesario que las estadísticas públicas reflejen todos los aspectos de la realidad. 
(CEPAL, 2006, Guía de Asistencia Técnica para la Formulación de Indicadores de 
Género). 
	        
	        
	        La décima Conferencia Regional de la 
Mujer de América Latina y el Caribe, para el adelanto de las mujeres, organizada por 
CEPAL se realizó en Ecuador, del 6 al 9 de agosto de 2007. Argentina participó de la 
misma y se comprometió firmando el acuerdo al cual arribaron los países conocido 
como Consenso de Quito. 
	        
	        
	        El Consenso de Quito establece entre sus 
conclusiones el reconocimiento a:
	        
	        
	        - el valor social y económico del trabajo 
doméstico no remunerado de las mujeres, del cuidado como un asunto público que 
compete a los Estados, gobiernos locales, organizaciones, empresas y familias, y la 
necesidad de promover la responsabilidad compartida de mujeres y hombres en el 
ámbito familiar,
	        
	        
	        - la significativa contribución de las mujeres 
en su diversidad a la economía en sus dimensiones productiva y reproductiva, al 
desarrollo de múltiples estrategias para enfrentar la pobreza, y a la preservación de los 
conocimientos y las prácticas fundamentales para el sostenimiento de la vida, 
especialmente para la seguridad y soberanía alimentaria y la salud, 
	        
	        
	        - que la división sexual del trabajo se 
mantiene como factor estructural de las desigualdades e injusticias económicas que 
afectan a las mujeres en los ámbitos familiar, laboral, político y comunitario y propician 
la desvalorización y falta de retribución de los aportes económicos de las mujeres. 
	        
	        
	        Distribución del tiempo: reparto de tareas 
de cuidado y trabajo no remunerado
	        
	        
	        Argentina no cuenta con una encuesta 
específica y sistemática de uso del tiempo. Solo se han incluido algunas preguntas 
orientadas a conocer el reparto de las tareas de cuidado en la Encuesta de 
Condiciones de Vida de 2001 (encuesta que no tiene garantizada la continuidad en su 
aplicación). 
	        
	        
	        En 2006 de un estudio de la EPH realizado 
por INDEC en ese año, se muestran los siguientes resultados respecto a la 
Distribución de Tareas en el Hogar según quien la realiza: 
	        
	        
	        La inequidad de género se manifiesta 
palmariamente en la distribución del trabajo en la esfera privada y en la asunción de 
las responsabilidades familiares, limitando la participación de las mujeres en todos los 
ámbitos y en el uso de su tiempo libre.
	        
	        
	        La presencia de niños y niñas en el hogar 
aparece como un condicionante para la participación de la mujer en tareas 
remuneradas. La tasa de actividad disminuye a medida que se incrementa el número 
de niños, mientras que la brecha de género pone en evidencia la desigualdad de 
oportunidades entre hombres y mujeres. Esta situación no ha mejorado en los últimos 
años.
	        
	        
	        Tasa de actividad de las mujeres de 15 a 
49 años y brecha de género según presencia de niños y niñas menores de 5 años. 
Total aglomerados urbanos. Segundo semestre 2003- 2006
	        
	        
	        Nota: La brecha de género relaciona el 
valor de la tasa de las mujeres con las de los varones. El valor 1 muestra igualdad, los 
inferiores una situación desventajosa para la mujer. Fuente: Elaboración propia sobre 
la base de EPH INDEC.
	        
	        
	        Esta situación se mantiene constante, 
como se ve en la Encuesta sobre Trabajo No Remunerado y Uso del Tiempo realizada 
por el INDEC como módulo de la Encuesta Anual de Hogares Urbanos (EAHU) 
durante el tercer trimestre de 2013. Allí se informa: 
	        
	        
	        "Del total del tiempo aplicado al trabajo 
doméstico no remunerado el 76% corresponde a las mujeres y 24% a los varones. Las 
mujeres de 30 a 59 años presentan la mayor tasa de participación y mayor dedicación 
de tiempo al trabajo doméstico no remunerado. La mayor brecha de participación entre 
mujeres y varones se registra en el tramo de edad de 18 a 29 años, siendo los varones 
de este tramo etario quienes menos participan en el trabajo doméstico. La menor 
brecha se encuentra entre los mayores de 60 años de edad. Las mayores tasas de 
participación y mayor tiempo de dedicación se observa entre las mujeres que residen 
en hogares con menores de 6 años. Tanto en hombres como en mujeres, la presencia 
de menores incrementa el tiempo de trabajo doméstico, en 1,6 horas para los hombres 
y 4,3 horas para las mujeres." 
	        
	        
	        La Encuesta de Actividades de Niños, 
Niñas y Adolescentes (EANNA) incluyo algunas preguntas sobre asistencia a 
guarderías y responsabilidad de cuidado de niños y niñas menores de 5 años. Esta 
encuesta se aplicó en el año 2004, en tres provincias del NOA (Jujuy, Salta y 
Tucumán), dos del NEA (Formosa y Chaco), la provincia de Mendoza y el Área 
Metropolitana de Buenos Aires. Abarcó a casi 4 millones de niños, niñas y 
adolescentes, lo que representa aproximadamente el 50% del total del país. Los 
resultados son ilustrativos sobre la inequidad actual del reparto de responsabilidades 
de cuidado y su mayor impacto sobre la población en situación de mayor 
vulnerabilidad.
	        
	        
	        Tasa de asistencia en los niños y niñas 
menores de 5 años según ámbito geográfico y nivel de ingreso per cápita familiar. 
	        
	        
	        2004
	        
	        
	        Fuente: Elaboración propia sobre la base 
de EANNA. INDEC.
	        
	        
	        La asignación de responsabilidad de 
cuidado de los niños y niñas menores de 5 años recae en gran medida sobre la mujer 
(aprox. 82%). Los cambios en los porcentajes de la madre como principal responsable, 
no se explican por mayor presencia de padres en esta situación: 4.3, 4.8 y 3.5, sino 
por el reparto de la responsabilidad con los hermanos mayores: 7.5, 9.5 y 9.6; con 
otros familiares o vecinos o servicio doméstico.
	        
	        
	        Con quién se queda el/a niño/a menor de 5 
años según ámbito geográfico. 2004.
	        
	        
	        
	        Fuente: Elaboración propia sobre la base 
de EANNA. INDEC.
	        
	        
	        La asignación a las mujeres de la mayor 
responsabilidad en el trabajo de cuidado empieza desde la infancia/adolescencia, 
como se ve en la siguiente tabla de la "Encuesta sobre Condiciones de Vida de la 
Niñez y Adolescencia (ECOVNA) Principales resultados 2011-2012. UNICEF y 
Ministerio de Desarrollo Social de la Nación". 
	        
	        
	        TABLA 7.11. Porcentaje de adolescentes 
de 16 y 17 años que realizan actividades económicas o domésticas intensas según 
sexo.
	        
	        
	        Dentro de este grupo de adolescentes las 
diferencias desde la perspectiva de género son bien marcadas: mientras la proporción 
de varones que desarrollan tareas con valor económico en el mercado es algo mayor 
del doble que la de las mujeres, la incidencia del trabajo doméstico intenso entre las 
adolescentes es cinco veces superior a la de los hombres. 
	        
	        
	        Es de notar que esta situación resulta muy 
perjudicial para los adolescentes de ambos sexos pues va en detrimento de su 
educación. Así se consigna en la ECOVNA: La asistencia escolar decae en la franja de 
los adolescentes de 16 y 17 años que realizan una actividad económica para el 
mercado, que participan de la producción de bienes de autoconsumo o en un negocio 
familiar y que realizan tareas domésticas intensas. Cerca de la mitad de los jóvenes de 
16 y 17 años que realiza una actividad económica de por lo menos una hora para el 
mercado, así como quienes desarrollan de manera intensiva tareas domésticas, 
manifestó no estar asistiendo a la escuela. Por otra parte, alrededor de tres de cada 
diez adolescentes de 16 y 17 años que realizan actividades económicas para el 
autoconsumo o el negocio familiar no asiste al sistema educativo formal.
	        
	        
	        La incorporación de la mujer en el mercado 
de trabajo no supone un aumento en el reparto de la responsabilidad principal en la 
realización de las tareas domésticas entre hombres y mujeres. La debilidad de las 
políticas en la provisión de servicios de cuidado y la ausencia de un debate sobre este 
tema en la agenda pública supone un fuerte condicionante para avanzar hacia la 
igualdad de oportunidades. Las mujeres en situación de pobreza tienen dificultades 
para incorporarse en el mercado de trabajo, y cuando lo hacen, consiguen puestos de 
trabajo de baja calidad. Esta problemática se intensifica en los hogares en los que 
habitan niños y niñas menores de 5 años. La ausencia o debilidad de los servicios de 
cuidado infantil tiene impacto en la pobreza y condiciona las posibilidades de los 
hogares para quebrar los círculos de pobreza. La disminución de las barreras que hoy 
enfrentan las mujeres en situación de pobreza es un requisito indispensable para 
superar los niveles actuales de pobreza.
	        
	        
	        El género es un factor que incide en la 
pobreza, aumentando la vulnerabilidad de las mujeres a padecerla. Hoy debemos 
bregar para mantener e incrementar la participación de la mujer en el mercado de 
trabajo, que según las últimas cifras ronda el 50 %, pero al mismo tiempo hay que 
analizar cómo se desagrega esta participación.
	        
	        
	        En el mercado de trabajo se producen 
mecanismos de discriminación que se evidencian en una tasa diferenciada 
produciendo una segregación vertical y horizontal y una sobre representación de 
mujeres en los empleos precarios y de menor calificación. 
	        
	        
	        Un estudio reciente señala que 6 de cada 
10 madres participa en el mercado laboral (61,2%); el 40% está en el mercado formal, 
20% en servicio doméstico y otro 40% en el mercado informal y que un 70.7% tienen 
puestos de baja calificación ocupacional. El trabajo no registrado supera en un 50 % al 
de los hombres.
	        
	        
	        Hay "desventaja por la maternidad", ya que 
está muy arraigada la división de responsabilidades de las tareas de producción y 
domésticas y de cuidado entre varones y mujeres. La mayor responsabilidad asumidas 
por las mujeres en el trabajo remunerado se le suma a la realización del trabajo 
doméstico y de cuidado de niños, adultos, mayores, enfermos.
	        
	        
	        Aseveramos sin temor a equivocarnos, que 
la maternidad pareciera ser penalizada en lugar de protegida socialmente, como 
pelearon las y los socialistas desde principios de siglo. Las mujeres suman más tiempo 
de trabajo (se calcula alrededor de 15 hs. semanales en promedio) entre el empleo, la 
casa y el cuidado lo que disminuye su tiempo de descanso en desmedro de su calidad 
de vida.
	        
	        
	        Para diseñar e implementar las políticas 
sociales constituye una prioridad contar de parte de los organismos oficiales con toda 
la información de la situación socio- económica y el impacto diferencial en varones y 
mujeres .Esta es una base insoslayable para aplicar las diversas políticas públicas y 
específicamente aquellas de acción positiva para avanzar en garantizar el derecho al 
cuidado.
	        
	        
	        Por esto es fundamental, como lo propone 
el proyecto, que las estadísticas oficiales incorporen obligatoriamente las encuestas 
sobre uso y reparto del tiempo entre los miembros del hogar, carga global del trabajo 
que incluye el trabajo no remunerado y remunerado; reparto de las responsabilidades 
familiares entre varones y mujeres como así también las distintas estrategias que 
tienen los hogares para la conciliación de la vida familiar y laboral y para atender los 
servicios de cuidado. 
	        
	        
	        Para avanzar en garantizar el derecho al 
cuidado se requiere poner en discusión las políticas actuales y su centralidad en 
trasladar la responsabilidad del cuidado a los hogares. El reparto de tareas de cuidado 
y la división sexual del trabajo, no pueden ni deben resolverse en el espacio 
doméstico. Se requiere de una modificación institucional, cultural y social para avanzar 
en esta línea. Es preciso contar con sistemas de información que permitan darle 
visibilidad a la desigualdad e instalar en la agenda pública el tema del cuidado y la 
división sexual del trabajo.
	        
	        
	        Para garantizar el derecho al cuidado, que 
incluye el derecho a cuidar, cuidarse y ser cuidado se requiere de cambios políticos, 
institucionales, económicos y culturales. La producción continua y comparable de 
información sustantiva y oportuna sobre la economía del cuidado es fundamental para 
avanzar en el reparto de responsabilidades de cuidado.
	        
	        
	        "La economía de cuidado tiene en las 
mujeres a sus obreras permanentes, y en ello no existen vacaciones. La disposición 
del tiempo "libre" es considerado uno de los indicadores más claros de la 
discriminación que sufren las mujeres en nuestras sociedades". (Observatorio de 
Género y Equidad de chile, Febrero 2009)
	        
	        
	        La producción de información debidamente 
desagregada a efectos de determinar cómo y de qué manera se resuelve la 
problemática del cuidado, no corresponde únicamente con un medio para garantizar la 
efectividad de una política pública, sino constituye una obligación indispensable para 
que el Estado pueda cumplir con su deber de garantizar el derecho al cuidado. 
(Pautassi, 2007, El cuidado como cuestión social desde un enfoque de derechos. 
Cepal) La subvaloración del cuidado es uno de los ejes que sostiene la desigualdad de 
género.
	        
	        
	        Violencia de género
	        
	        
	        La violencia de género ha sido definida por 
la Asamblea General de las Naciones Unidas en el artículo 1 de la Declaración para la 
Eliminación de la Violencia contra la Mujer como "Todo acto de violencia basado en la 
pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o 
sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales 
actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida 
pública como en el vida privada.
	        
	        
	        La violencia de género debe ser entendida 
como un problema relacional. Ello implica que para su comprensión se debe tomar en 
cuenta el acceso, control y distribución desigual de diversos recursos, incluyendo la 
toma de decisiones entre los integrantes de la familia en sus distintas etapas del ciclo 
vital, y en consecuencia, considerar las relaciones de poder entre ellos. Aunque este 
enfoque ha sido planteado insistentemente en la teoría feminista, ha estado ausente 
en gran parte de la investigación empírica, por lo que la comprensión de este problema 
se ha visto limitada. (CEPAL, 2006, Guía de Asistencia Técnica para la Formulación 
de Indicadores de Género). 
	        
	        
	        La invisibilidad actual de la violencia de 
género supone un fuerte condicionante para la formulación de políticas que garanticen 
el derecho de todos y todas a vivir una vida sin violencia. Para avanzar hacia una 
efectiva igualdad entre hombres y mujeres se requiere garantizar el derecho a la 
autonomía. "La autonomía de las mujeres en la vida privada y pública es fundamental 
para garantizar el ejercicio de sus derechos humanos. La capacidad para generar 
ingresos propios y controlar activos y recursos (autonomía económica), el control 
sobre su cuerpo (autonomía física), y su plena participación en las decisiones que 
afectan a sus vidas y a su colectividad (autonomía en la toma de decisiones), son los 
tres pilares de la igualdad de género y de una ciudadanía paritaria". Observatorio de 
Igualdad de Género en América Latina y el Caribe.
	        
	        
	        La violencia contra las mujeres está 
reconocida como una violación de los derechos humanos en muchos acuerdos y 
tratados internacionales, regionales, y compromisos nacionales, que deberían servir 
como herramientas y garantías reales para trabajar hacia la prevención de estos 
crímenes. Para avanzar en la prevención y erradicación de la violencia de género se 
requiere contar con sistemas estadísticos que produzcan información continua sobre 
las distintas formas de violencia y el acceso a la justicia.
	        
	        
	        La violencia basada en el género o 
violencia contra las mujeres está ausente del sistema estadístico nacional. Se requiere 
avanzar en el fortalecimiento de los datos registrales, pero también en la apertura de 
nuevas fuentes de información estadística, que permita medir la incidencia, sus formas 
de manifestación en los distintos grupos sociales y los avances reales y retrocesos 
para la formulación y evaluación de políticas públicas.
	        
	        
	        Todos estos conceptos han sido plasmados 
en la ley 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia 
contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales, 
aprobada en marzo de 2009. En la misma se reconoce la ausencia de datos y 
estadísticas en el tema de violencia y se establece entre las funciones del órgano de 
aplicación, Consejo Nacional de la Mujer, las siguientes: 
	        
	        
	        "...k) Diseñar e implementar Registros de 
situaciones de violencia contra las mujeres de manera interjurisdiccional e 
interinstitucional, en los que se establezcan los indicadores básicos aprobados por 
todos los Ministerios y Secretarías competentes, independientemente de los que 
determine cada área a los fines específicos, y acordados en el marco de los Consejos 
Federales con competencia en la materia; 
	        
	        
	        l) Desarrollar, promover y coordinar con las 
distintas jurisdicciones los criterios para la selección de datos, modalidad de registro e 
indicadores básicos desagregados -como mínimo- por edad, sexo, estado civil y 
profesión u ocupación de las partes, vínculo entre la mujer que padece violencia y el 
hombre que la ejerce, naturaleza de los hechos, medidas adoptadas y sus resultados, 
y sanciones impuestas a la persona violenta. 
	        
	        
	        n) Analizar y difundir periódicamente los 
datos estadísticos y resultados de las investigaciones a fin de monitorear y adecuar las 
políticas públicas a través del Observatorio de la Violencia Contra las Mujeres."
	        
	        
	        La ausencia de estadísticas oficiales y 
encuestas sobre la violencia ha llevado a varias organizaciones no gubernamentales 
de mujeres realicen relevamientos específicos de los feminicidios publicados en los 
distintos medios gráficos del país. 
	        
	        
	        Uno de los más recientes realizado por el 
Instituto de Estudios Jurídicos, Sociales de la Mujer (INDESO) indica que cada 36 
horas una mujer es asesinada en Argentina, a manos de un conocido directo de la 
víctima. Según dicha organización el feminicidio es un acto de extrema violencia, que 
deja al desnudo las situaciones de terror, humillación, desprecio, hostigamiento, 
violación, maltrato físico, psicológico, emocional, que vivieron estas mujeres.
	        
	        
	        Considerando que los feminicidios 
relevados son solamente los que han llegado a los medios periodísticos, es de 
suponer que ocurren más en la realidad y también que esconden detrás toda una 
realidad de violencia de género que se encuentra invisibilizada.
	        
	        
	        Derechos sexuales y reproductivos
	        
	        
	        La Plataforma de Acción de Beijing en su 
párrafo 96 estable: Los derechos humanos de la mujer incluyen su derecho a tener 
control sobre las cuestiones relativas a su sexualidad, incluida su salud sexual y 
reproductiva, y decidir libremente respecto de esas cuestiones, sin verse sujeta a la 
coerción, la discriminación y la violencia. Las relaciones igualitarias entre la mujer y el 
hombre respecto de las relaciones sexuales y la reproducción, incluido el pleno 
respeto de la integridad de la persona, exigen el respeto y consentimiento  recíproco y 
la voluntad de asumir conjuntamente la responsabilidad de las consecuencias del 
comportamiento sexual. 
	        
	        
	        En particular, el estado de la salud sexual y 
reproductiva de la población también ha sido materia de preocupación específica por 
parte de los órganos de seguimiento de los tratados de derechos humanos. En su 
artículo 12, la Cedaw regula el derecho de acceder a los servicios de salud, "inclusive 
a los que se refieren a la planificación de la familia", y los de la atención del embarazo, 
el parto y el posparto. Estos derechos fueron reafirmados por el Comité de la Cedaw, 
que establece que los Estados deben indicar "qué medidas han adoptado para 
garantizar a la mujer" dichos servicios, así como la proporción en que "han disminuido 
en su país en general y en las regiones y comunidades vulnerables en particular las 
tasas de mortalidad y morbilidad derivadas de la maternidad de resultas de la 
adopción de esas medidas" (Comité de la Cedaw, Recomendación General Nº 24). 
Ese Comité observa también que es obligación de los Estados parte garantizar el 
derecho de la mujer a acceder a servicios de maternidad gratuitos y sin riesgos y a 
servicios obstétricos de emergencia; asimismo, los Estados deben asignar a esos 
servicios el máximo posible de los recursos disponibles, a fin de evitar el riesgo de 
muerte que para muchas mujeres supone el hecho de dar a luz.
	        
	        
	        La sanción de la Ley 25.673 de creación 
del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, en octubre del 
año 2002, fue indispensable para su promoción. Posteriormente, en 2005 se creó en el 
ámbito del MSN un área específica denominada Unidad de Género y Salud, con el 
objetivo central de generar un espacio institucional específico que, con una 
perspectiva de género, aborde la problemática de la mujer en relación con la salud 
impulsando en cada programa, plan o política sanitaria su incorporación, desarrollando 
estrategias de acción que contribuyan a la prevención, la detección, el diagnóstico y el 
tratamiento de las condiciones que son específicas para las mujeres y/o que tienen 
manifestaciones, riesgos o demandas intervenciones específicas para las mujeres (1) . 
	        
	        
	        Lamentablemente esta Unidad, que 
pretendía transversalizar el enfoque de género al interior de las políticas del MSN y de 
las provincias a partir de Consejo Federal de Salud (Cofesa), no ha tenido ninguna 
actuación específica al respecto y no se consolidó como un área específica.
	        
	        
	        El efectivo cumplimiento de los derechos 
sexuales y reproductivos tiene un impacto significativo en la vida, la salud y el 
bienestar de las mujeres, niñas y adolescentes (2) . Si bien se celebra el lanzamiento 
del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, el Comité de la 
Cedaw manifiesta su "preocupación por la elevada tasa de embarazo de adolescentes, 
por la elevada tasa de mortalidad materna, la tercera parte de la cual se debe a los 
abortos ilegales, y por el incremento de las enfermedades de transmisión sexual, 
incluido el VIH/SIDA. Al Comité también le preocupa que la crisis esté teniendo una 
incidencia negativa en el acceso de las mujeres y las adolescentes a servicios 
completos de salud, en particular en lo tocante a la salud reproductiva y sexual" 
(Observación final N° 380) y remarca en su recomendación de 2004 para la Argentina 
la necesidad de asegurar a mujeres y adolescentes el acceso a los servicios de salud, 
en particular de salud sexual y reproductiva. De igual forma exhorta al Estado parte a 
asegurar que en todas las escuelas se imparta educación en materia de salud sexual y 
reproductiva [...], a que tome todas las medidas necesarias para reducir la tasa de 
enfermedades de transmisión sexual, incluido el VIH/SIDA, entre las mujeres (3) . 
	        
	        
	        Por otra parte, debe destacarse aquí que la 
Argentina no cuenta con una medición sistemática para la creación de registros que 
permitan verificar el grado de cumplimiento y evolución en el tiempo de los derechos 
reproductivos. Existen datos aislados, provenientes de estudios parciales y sin 
continuidad, que impiden la confección de análisis comparativos que permitan una 
vigilancia exhaustiva de los derechos. En relación con este tema, el Comité pide al 
Estado parte que en su próximo informe periódico incluya información completa sobre 
la evaluación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable así 
como datos relativos a la existencia y la prestación de servicios de educación sexual (4) 
.
	        
	        
	        De todos modos, la información sobre la 
atención del embarazo y el parto en la Argentina es parcial y se limita a los 
establecimientos oficiales. Según la "Guía para la Práctica del cuidado 
preconcepcional y del control prenatal" del MSN, el número adecuado de Controles 
Prenatales es de cinco o más. En la muestra obtenida con el SIP, agregada a nivel 
nacional, "solo el 54.1% de las embarazadas alcanzan los cinco controles o más, 
puesto que el 11.6% no tiene ninguno y el 34.3 tiene entre uno y cuatro controles". 
Estos datos provienen del SIP y están calculados sobre casi 120 mil nacimientos 
registrados en establecimientos oficiales. Los datos disponibles -oficiales y no 
oficiales- sobre la utilización de métodos anticonceptivos en la Argentina son escasos 
y parciales.
	        
	        
	        A pesar de los avances, actores como el 
Consorcio Nacional de Derechos Reproductivos y Sexuales (CoNDeRS), dedicados al 
monitoreo de los servicios de salud sexual y reproductiva en las provincias, reportaron 
serios obstáculos en la disponibilidad de insumos y servicios en algunas jurisdicciones: 
ocultamiento de anticonceptivos, restricciones en el acceso a la contracepción 
quirúrgica, restricciones en la información sobre los métodos anticonceptivos 
disponibles, entre otros graves problemas (5) .
	        
	        
	        Las deudas pendientes del Estado 
argentino con el pleno respeto del derecho a la salud de las mujeres son numerosas. 
En particular, la distribución desigual de los recursos entre las regiones se pone de 
manifiesto también en la cobertura de la salud de la población, que muestra grandes 
disparidades regionales, tanto en términos de acceso al sistema como en la baja 
calidad del servicio. Estas disparidades, a su vez, se cruzan con los niveles educativos 
y socioeconómicos en una combinación altamente desfavorable para las mujeres y su 
salud. 
	        
	        
	        La reducción de la tasa de mortalidad 
materna e infantil son las dos grandes deudas nacionales, que no podrán ser 
abordadas hasta tanto no se resuelva adecuadamente la falta de acceso a métodos 
anticonceptivos y al aborto, en condiciones legales y seguras, respetando los derechos 
humanos de las mujeres y los compromisos contraídos internacionalmente. En la 
medida que no se otorgue un rol central a las garantías de acceso efectivo a la salud 
sexual y reproductiva y se siga sin abordar la problemática vinculada con los factores 
de riesgo señalados (principalmente el riesgo de muerte y su correlación con factores 
de pobreza, inequidad en materia de salud reproductiva y en el acceso a bienes y 
servicios de calidad) no se logrará el desarrollo económico y social. 
	        
	        
	        El contexto sociocultural en el que se 
presentan los debates sociales y judiciales vinculados con el acceso a la salud sexual 
y reproductiva en general, y al aborto en particular, se caracteriza por el 
desconocimiento que las mujeres tienen de sus derechos y el temor al maltrato y a la 
persecución penal en caso de exigir su efectivo ejercicio. En ese sentido, la falta de 
acceso al derecho a la salud (en sus distintos aspectos) es una manifestación más de 
las limitaciones en el acceso a la justicia, con deficiencias más marcadas para las 
regiones más desfavorecidas de la Argentina.
	        
	        
	        La primera encuesta sobre salud 
reproductiva se realizó en 2007 como parte de la Encuesta Nacional de Nutrición y 
Salud de ese año. La información se obtuvo por autoreporte de las mujeres de 10 a 49 
años;  las dimensiones y variables consideradas incluyeron: Menarca.  Inicio de 
relaciones sexuales. Historia reproductiva.  Características del cuidado prenatal.  
Prácticas de tamizaje de morbilidad reproductiva (PAP, colposcopía, examen mamario. 
Las variables de la historia reproductiva analizadas fueron: número de embarazos, 
número de mortinatos (nacidos muertos luego de completar el sexto mes de 
embarazo), número de nacidos vivos, número de defunciones infantiles (nacidos vivos 
fallecidos antes de completar el primer año de vida). A partir de estas variables se 
estimaron además las siguientes variables e indicadores: Aborto = Embarazos - 
(Nacidos vivos + Mortinatos). Razón de abortos = Aborto * 1000 / Embarazos. Razón 
de Mortalidad infantil = Defunciones infantiles * 1000 / Nacidos vivos.
	        
	        
	        Luego en 2013 el INDEC, junto al Ministerio 
de Salud y las Direcciones Provinciales de Estadística, realiza la Primer Encuesta 
Nacional sobre Salud Sexual y Reproductiva. El diseño muestral de la ENSSyR fue 
probabilístico y multietápico y se realizó de manera asociada a la Encuesta Anual de 
Hogares Urbanos (EAHU), en el marco del Sistema Integrado de Encuestas a Hogares 
(SIEH). Esto significa que la muestra de viviendas se seleccionó sobre aquellas 
viviendas de la EAHU del tercer trimestre de 2012 con al menos una mujer de 14 a 49 
años y/o al menos un varón de 14 a 59 años. De dicha encuesta, citamos algunos 
resultados: 
	        
	        
	        -	Entre las mujeres de 14 a 49 años 
que han tenido su primera relación sexual, la edad promedio de la primera relación es 
de 17,3 años. En tanto para los varones de entre 14 y 59 años que tuvieron relaciones 
sexuales alguna vez, la edad promedio de inicio es de 16,0 años.
	        
	        
	        -	Casi siete de cada diez de las 
mujeres y los varones entrevistados usaron algún método anticonceptivo en su 
primera relación sexual. El método más utilizado en esta instancia fue el preservativo o 
condón, mencionado por nueve de cada diez entrevistados de ambos sexos.
	        
	        
	        -	Un 32% de las mujeres declara 
haber obtenido de forma gratuita el método anticonceptivo que utiliza. Entre los 
varones, un 22% lo obtuvo gratuitamente.
	        
	        
	        Mostrando este dato cuánto falta todavía 
por hacer para que las mujeres y varones de menores recursos accedan a los 
métodos que les permita planificar sus familias y sus vidas. 
	        
	        
	        Además, la Encuesta sobre Condiciones de 
Vida de la Niñez y Adolescencia (ECOVNA) citada, incluyó un capítulo de salud 
reproductiva, cuyo análisis y síntesis del resultado transcribimos porque ilustra la 
situación de la adolescencia en este tema: 
	        
	        
	        "EN SÍNTESIS, según los datos provistos 
por la ECOVNA, las mujeres de 15 a 19 años que se encontraban embarazadas al 
momento de la encuesta o con al menos un hijo, representan el 12,3 por ciento de la 
población urbana femenina de esa franja etaria. Excluyendo a CABA, donde el registro 
es bastante más bajo, las proporciones de jóvenes que iniciaron el proceso 
reproductivo no divergen tanto territorialmente.
	        
	        
	        Por otra parte, si bien la tasa de asistencia 
escolar de las mujeres de 15 a 17 años es elevada (puesto que casi nueve de cada 
diez de ellas asiste a la escuela), esta tasa es más baja entre las mujeres de esa edad 
embarazadas o que tienen al menos un hijo, ya que el 58,1 por ciento de las mismas 
no se encontraba asistiendo a la escuela al momento de la encuesta.
	        
	        
	        Por otro lado, es destacable la búsqueda 
activa de información sobre sexualidad o salud sexual de parte de las niñas/os, sobre 
todo entre las/os adolescentes. La obtención de información se encuentra más 
generalizada entre las niñas/os de 14 a 17 años (más que duplica la proporción de 
niñas/os entre 5 y 9 años que recibieron alguna vez información sobre sexualidad). Por 
otra parte, la cercanía entre los porcentajes de adolescentes que recibieron 
información en las diversas regiones del país indicaría un consentimiento más 
homogéneo en cuanto a brindar información sobre sexualidad o salud sexual a este 
grupo etario. Entre los adultos responsables del cuidado de las niñas, niños y 
adolescentes los niveles de consentimiento con que se brinde información sobre 
sexualidad en las escuelas son altos, y trascienden las diferencias en cuanto al clima 
educativo de los hogares, es decir, el grado de consenso es indiferente a la cantidad 
de años promedio de escolaridad de los miembros adultos del mismo. Además, a 
medida que se asciende en la edad de las niñas/os el consenso es aún mayor".
	        
	        
	        Tomamos la conclusión del informe de la 
Unidad Mujer y Desarrollo de la CEPAL "Caminos hacia la equidad" (2004) que señala 
que: "el vínculo constitutivo de la desigualdad es el que atañe a las dos esferas 
básicas de la vida: la pública y la privada. Una de las argumentaciones más 
consistentes para explicar por qué  persisten las desigualdades laborales, sociales y 
políticas radica en el hecho de que los cambios no han llegado al mundo de la familia, 
por lo que la autonomía obtenida por las mujeres está siendo pagada en el ámbito 
individual, sin el aporte de las políticas públicas. Las mujeres han superado sus 
ataduras excluyentes con el mundo doméstico, pero no han sido eximidas de esa 
responsabilidad".
	        
	        
	        El presente proyecto toma como base, 
tanto en su parte dispositiva como en sus fundamentos, la iniciativa presentada por el 
bloque del Partido Socialista, como Expediente: 5831-D- 2009. Publicado en: Trámite 
Parlamentario Nº 167 Fecha: 25/11/2009.
	        
	        
	        La generación de información confiable, de 
calidad y oportuna es un elemento fundamental para las políticas públicas y la toma de 
decisiones. Como se ve, desde diferentes organismos, se han realizado encuestas, ya 
sea de uso del tiempo como de salud reproductiva y violencia.  Es intención del 
presente proyecto que las mismas se instrumenten sistemáticamente cada tres años, 
independientemente de los criterios políticos del gobierno de cada momento. 
	        
	        
	        Contar con información suficiente, oportuna 
y de calidad constituye un elemento básico para realizar un diagnóstico que dé cuenta 
de las desigualdades pormenorizadas en todos los ámbitos. La presente iniciativa se 
propone incorporar la perspectiva de género en el sistema estadístico nacional para 
lograr ese diagnóstico que permita el diseño e implementación de políticas públicas 
para la igualdad entre mujeres y varones.
	        
	        
	        Por lo expuesto, solicito la aprobación del 
presente proyecto.
	          
      
  
 
					
  | Firmante | Distrito | Bloque | 
|---|---|---|
| CICILIANI, ALICIA MABEL | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA | 
| BINNER, HERMES JUAN | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA | 
| BASTERRA, LUIS EUGENIO | FORMOSA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ | 
Giro a comisiones en Diputados
					| Comisión | 
|---|
| FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA (Primera Competencia) | 
| POBLACION Y DESARROLLO HUMANO |