POBLACION Y DESARROLLO HUMANO
Comisión Permanente 
													
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 8149-D-2013
Sumario: PEDIDO DE INFORMES VERBALES A LOS SEÑORES GOBERNADORES DE LAS PROVINCIAS DEL CHACO, JORGE CAPITANICH, Y DE FORMOSA, GILDO INSFRAN, ANTE LAS COMISIONES DE ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y DE POBLACION Y DESARROLLO HUMANO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LAS MUERTES DUDOSAS DE NIÑOS DE LA COMUNIDAD QUOM Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 13/02/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 194
	        Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional en 
cumplimiento del artículo 128 de la Constitución Nacional para que arbitre los medios 
necesarios y disponga la concurrencia del Sr Gobernador de la Provincia del Chaco, 
Jorge Capitanich, y del Sr Gobernador de la Provincia de Formosa, Gildo Insfrán, a las 
Comisiones de Asuntos Constitucionales y de Población y Desarrollo Humano de esta 
Honorable Cámara, a fin de que brinden explicaciones sobre las dudosas muertes de 
niños de la comunidad Qom, y que respondan respecto a las siguientes 
cuestiones:
	        
	        
	        - ¿Qué información se tiene con relación a 
los hechos de discriminación y violencia ejercidas contra la comunidad Qom que pueden 
haber dado origen a estas muertes?
	        
	        
	        - ¿Qué medidas se adoptaron y/o 
adoptarán para esclarecer estos hechos?
	        
	        
	        - ¿Que han hecho estos gobiernos 
provinciales con relación a la mejora de las condiciones de hábitat, de trabajo, de 
convivencia comunitaria para garantizar los derechos del pueblo Qom?
	        
	        
	        - ¿Qué políticas públicas ha llevado 
adelante el Gobierno Nacional para garantizar la plena vigencia del articulo 75 inciso 17 
de la Constitución Nacional e implementar condiciones de hábitat, empleo y convivencia 
pacífica con los vecinos a la comunidad Qom y otras comunidades de pueblos 
originarios para que no sufran discriminación y condiciones de explotación?
	          
      
  
 
					FUNDAMENTOS
Señor presidente:
	        Este proyecto de resolución fue 
presentando originalmente el 01/02/2012 (EXP. 8623-D-2012). Dado que perdió estado 
parlamentario, decidimos volver a presentarlo. Seguidamente, reproducimos los 
fundamentos del proyecto original.
	        
	        
	        Desde 1994 los derechos de los pueblos 
indígenas están consagrados en el ordenamiento legal argentino. En efecto, a partir de 
la reforma del '94, la Constitución Argentina establece en su artículo 75, inciso 17, que 
le corresponde al Congreso: "Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos 
indígenas argentinos. Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación 
bilingüe e intercultural; reconocer la personería jurídica de sus comunidades, y la 
posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega 
de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; ninguna de ellas será 
enajenable, transmisible, ni susceptible de gravámenes o embargos. Asegurar su 
participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que 
los afectan. Las provincias pueden ejercer concurrentemente estas atribuciones." Sin 
embargo este artículo parece no cobrar vida en nuestra realidad. El enfrentamiento 
entre las autoridades provinciales y el pueblo Qom es conocido. Ya se han producido 
muertes, persecuciones y discriminaciones. Evidentemente este artículo que debe ser 
garantizado no lo es y la violencia contra la comunidad Qom continúa. Nuevos hechos 
han ocurrido y sobre ellos pedimos informes en esta oportunidad.
	        
	        
	        Recientemente, dos crímenes sacudieron a 
la comunidad indígena Qom. El 4 de enero de 2013, el niño Imer Flores (de 12 años de 
edad) se sumó a los festejos de la inauguración de la temporada de verano en Villa Río 
Bermejito, situada en El Impenetrable Chaqueño. Luego de una intensa búsqueda el 
sábado 5 encontraron su cuerpo ensangrentado a unos metros del camping municipal 
ubicado en el balneario de la mencionada localidad. Pudo ser identificado, a pesar del 
estado en que se encontró el cadáver (ferozmente golpeado y con su rostro 
desfigurado), por un tatuaje simbolizando la etnia Qom. Imer habría discutido con Nino 
Franco, detenido como sospechoso de ser autor material del homicidio, con 
antecedentes de enfrentamientos con los Qom.
	        
	        
	        Esta muerte se suma a otras de 
integrantes de esa comunidad, una mujer de 49 años y su nieta de 10 meses fueron 
atropellados por un gendarme en una ruta de la provincia de Formosa; y se agrega el 
fallecimiento de Daniel Asijak (16 años), sobrino del líder Qom Félix Díaz, quien fue 
encontrado sin vida con una fractura de cráneo probablemente ocasionada por un 
ataque con un objeto contundente.
	        
	        
	        Según el padre del joven, los miembros de 
la comunidad Qom deben padecer a diario una gran discriminación: "están los criollos y 
los indígenas". Para la familia, no se trató de un accidente sino que Daniel fue 
asesinado, y los médicos del Hospital Central de Formosa dijeron que el joven habría 
padecido una golpiza y que tenía fractura de cráneo producto de un fuerte golpe.
	        
	        
	        Estas muertes, que a la luz de la 
información de que se dispone hasta el momento serían más precisamente homicidios, 
no pueden quedar sin esclarecerse.
	        
	        
	        Por lo expuesto, es que le solicitamos Sr. 
Presidente la aprobación del presente pedido de resolución.
	          
      
  
 
					
  | Firmante | Distrito | Bloque | 
|---|---|---|
| BULLRICH, PATRICIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO | 
| SCHMIDT LIERMANN, CORNELIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO | 
Giro a comisiones en Diputados
					| Comisión | 
|---|
| ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia) | 
| POBLACION Y DESARROLLO HUMANO | 
