POBLACION Y DESARROLLO HUMANO
Comisión Permanente 
													
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 3752-D-2012
Sumario: PROGRAMA DE CAPACITACION PARA JOVENES DE PUEBLOS ORIGINARIOS: CREACION EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA NACION.
Fecha: 07/06/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 64
	        PROGRAMA DE 
CAPACITACION PARA JOVENES DE PUEBLOS ORIGINARIOS
	        
	        
	        ARTÍCULO 1° .- Créase en el ámbito 
del Ministerio de Desarrollo Social dependiente del Poder Ejecutivo de la Nación, el 
Programa de Capacitación para jóvenes de Pueblos Originarios, cuya organización 
y funcionamiento se ajustará a lo establecido en la presente Ley y su 
reglamentación.-
	        
	        
	        ARTÍCULO 2°- Serán objetivos del 
Programa conforme los fines establecidos por el Instituto Nacional de Asuntos 
Indígenas (I.N.A.I), los siguientes:
	        
	        
	        a)	Brindar planes de 
capacitación a las comunidades originarias, en materia agropecuaria, forestal, 
minera, industrial y/o tecnológica en cualquiera de sus especialidades de oficio y/o 
artesanales, preservando sus pautas culturales.
	        
	        
	        b)	Apoyar y atender las 
necesidades de las comunidades indígenas existentes en el país, asegurando su 
formación, integración, desarrollo socio económico y participación en el proceso 
cultural de la Nación.
	        
	        
	        c)	Capacitar y formar jóvenes 
para liderar sus comunidades  involucrándolos en diferentes actividades de utilidad 
para las mismas. 
	        
	        
	        d)	Promover el intercambio y la 
integración de los jóvenes de distintas comunidades originarias favoreciendo su 
inclusión social y facilitando su formación efectiva reforzando los vínculos entre las 
mismas.
	        
	        
	        e)	Contribuir a la distribución 
popular y equitativa del acceso al conocimiento asegurando la igualdad de 
oportunidades.
	        
	        
	        ARTÍCULO 3°.-La Autoridad de 
Aplicación será el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación quien deberá hacer 
extensivo los beneficios del presente Programa a todas las comunidades existentes 
en el país.
	        
	        
	        ARTÍCULO 4°.- La presente Ley será 
reglamentada en un plazo no mayor a noventa días a partir de su publicación en el 
Boletín Oficial.-
	        
	        
	        ARTÍCULO 5°.- De forma
	          
      
  
 
					FUNDAMENTOS
Señor presidente:
	        En el período legislativo 2010 
presentamos un proyecto que creaba un Programa de Capacitación para jóvenes 
de las distintas comunidades originarias que existen en nuestro país, bajo el 
expediente 4480 -D-2010, dicho proyecto perdió estado parlamentario.
	        
	        
	        A tal fin, hemos enriquecido el 
proyecto originario para continuar avanzando en el camino de la construcción de 
nuestra identidad, reconociendo la deuda existente por parte de la Nación 
Argentina con las comunidades originarias.
	        
	        
	        Es imperativo crear políticas de 
integración cuya finalidad sea la inclusión social de todos con el objeto de lograr 
que finalmente un sueño tan ansiado por miles de comunidades indígenas se haga 
realidad.    
	        
	        
	        La educación es un eje fundamental 
de transformación, y hoy, cuando se producen brechas de equidad en la sociedad, 
son precisamente los sectores más vulnerables, quienes están fuera de toda 
posibilidad de formación efectiva.
	        
	        
	        Es necesario, generar planes de 
capacitación laboral que garanticen una formación específica orientada a 
ocupaciones productivas.
	        
	        
	        En el marco general de estas 
concepciones, la educación realiza una formación humanística, científica y técnica 
y es la clara intención del Programa generar una política educativa de relevancia, 
lo que significara para este sector poblacional de nuestro país la posibilidad de su 
efectiva inserción social, reconociéndoles su propia organización y cultura. 
	        
	        
	        La inclusión de Programas con estas 
características, nos sirven para alcanzar la calidad institucional deseada y lograr así 
un amplio respeto por el pluralismo.
	        
	        
	        Finalmente, queda demostrado que 
tenemos propuestas para la sobrevivencia de todas las Comunidades Originarias, 
fortaleciendo y revalorando nuestras raíces, para impulsarnos juntos hacia un 
futuro de Buen Vivir Para Todos. 
	        
	        
	        Por todo lo expuesto, solicito a mis 
pares acompañen en la aprobación del presente proyecto. 
	          
      
  
 
					
  | Firmante | Distrito | Bloque | 
|---|---|---|
| PANSA, SERGIO HORACIO | SAN LUIS | FRENTE PERONISTA | 
Giro a comisiones en Diputados
					| Comisión | 
|---|
| POBLACION Y DESARROLLO HUMANO (Primera Competencia) | 
| ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA | 
| PRESUPUESTO Y HACIENDA | 
