POBLACION Y DESARROLLO HUMANO
Comisión Permanente 
													
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PROYECTO DE DECLARACION
Expediente: 1633-D-2007
Sumario: EXPRESAR SOLIDARIDAD CON LA FAMILIA CURIÑANCO - RUA NAHUELQUIR Y LOS INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD MAPUCHE - TEHUELCHE QUE RECUPERARON SUS TIERRAS EL DIA 14 DE FEBRERO DE 2007 EN LA LOCALIDAD DE EL MAITEN, PROVINCIA DEL CHUBUT.
Fecha: 19/04/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 33
	        1. Su solidaridad con la familia 
Curiñanco-Rúa Nahuelquir, y los integrantes de la comunidad mapuche-
tehuelche que recuperaron sus tierras ubicadas en un sector de la estancia 
Leleque, Localidad de El Maitén, Departamento de Cushamen, Provincia de 
Chubut, el día 15 de marzo de 2007.
	          
      
  
 
					FUNDAMENTOS
Señor presidente:
	        El conflicto en derredor de las 
tierras de nuestra Patagonia se remonta a la época del genocidio indígena 
llevado adelante por el Estado Argentino en la denominada "Campaña al 
Desierto".
	        
	        
	        De esa época (casi 130 años 
atrás), vienen la mayor parte de los títulos que ostentan los dueños de 
inmensas extensiones de tierra.
	        
	        
	        En los fundamentos del expediente 
5322-D-06, ya planteé que dichos títulos adolecen de nulidad absoluta e 
insanable, por tener como fuente un delito de lesa humanidad.
	        
	        
	        El predio recuperado por 
integrantes de la comunidad mapuche, forma parte de las 900.000 hectáreas 
que el grupo Benetton posee en la Patagonia, a través la Compañía Argentina 
de Tierras del Sur (la que, como se explicará más adelante, es una "empresa 
fantasma"), de la que se sabe que tiene 900.000 hectáreas en el país, pero se 
ignora quiénes son sus socios, los titulares de las acciones, etcétera.
	        
	        
	        Una vez saqueadas dichas tierras a 
sus tradicionales ocupantes, el entonces presidente Uriburu, las donó en 1896 a 
diez ciudadanos ingleses en fracciones de unas 90.000 hectáreas cada una 
(algunas más, otras menos). Violando la legislación entonces vigente, la 
escritura se hizo ante un escribano de Capital Federal, cuando debía hacerse 
ante el escribano general de gobierno.
	        
	        
	        De acuerdo con la legislación 
vigente en la época de la donación, una persona o sociedad no podía adquirir 
(menos recibir en donación) una superficie mayor a 40.000 hectáreas y tampoco 
dos lotes; y las donaciones no podían superar superficies de un "cuarto de 
legua" o 625 hectáreas.
	        
	        
	        Si se vendían (que no es el caso ya 
que se trató de una donación) se debían realizar en remates públicos con base 
mínima y el Estado no podía rematar más allá de un máximo por año que le 
fijaba la normativa en vigor; precisamente para evitar la adquisición de 
superficies - como las del caso- de 900.000 hectáreas por un solo 
particular.
	        
	        
	         Posteriormente, estos ciudadanos 
ingleses cedieron estas tierras a un apoderado de la Compañía Argentina de 
Tierras del Sur. Así se consuma el apoderamiento de 900.000 hectáreas a 
nombre de esa sociedad.
	        
	        
	        La Compañía de Tierras del Sur no 
estuvo inscripta en la ex Inspección de Personas Jurídicas, ni en la Inspección 
de General de Justicia de la Nación. En la provincia del Chubut (donde se 
encuentran las tierras) no está inscrita en ningún registro. 
	        
	        
	        No debemos soslayar la vergonzosa 
intervención de la justicia en defensa de los intereses de Benetton, cuando en 
2004 ordenó el desalojo de la familia mapuche Curiñanco-Rúa Nahuelquir, 
tradicionales ocupantes de esas tierras.
	        
	        
	        Es de recordar que el fallo se basó 
en una fotocopia ilegible de la donación de 1896.
	        
	        
	        Estas razones, entre otras, son las 
que me han llevado a plantear la expropiación del "Predio Santa Rosa", sito en 
el kilómetro 1448 de la Ruta Nacional nº 40, en el paraje Leleque, Localidad de 
El Maitén, Departamento de Cushamen, Provincia de Chubut, para ser restituido 
a sus anteriores ocupantes.
	        
	        
	        Por lo expuesto, solicito la 
inmediata aprobación de este proyecto.
	          
      
  
 
					
  | Firmante | Distrito | Bloque | 
|---|---|---|
| TINNIRELLO, CARLOS ALBERTO | CIUDAD de BUENOS AIRES | REDES | 
Giro a comisiones en Diputados
					| Comisión | 
|---|
| POBLACION Y DESARROLLO HUMANO (Primera Competencia) | 
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
					| Fecha | Movimiento | Resultado | 
|---|---|---|
| 09/05/2007 | DICTAMEN | Aprobado con modificaciones como proyecto de resolución | 
Dictamen
					| Cámara | Dictamen | Texto | Fecha | 
|---|---|---|---|
| Diputados | Orden del Dia 2206/2007 | CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE RESOLUCION; OBSERVACIONES: 1 SUPLEMENTO | 28/05/2007 | 
