PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO

Comisión Permanente


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Secretario administrativo SR. BOGRAD JULIO CESAR

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 6438-D-2010

Fecha:02/09/2010

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 125

Sumario: SOLICITAR AL PRESIDENTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DISPONGA PONER EN FUNCIONAMIENTO LA "COMISION BICAMERAL DE DIGESTO JURIDICO ARGENTINO", CREADA POR LEY 24967
Proyecto
Encomendar al Presidente de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, la realización de las gestiones necesarias y el arbitramiento de las medidas conducentes a fin de poner en funcionamiento la "Comisión Bicameral de Digesto
Jurídico Argentino" creada por Ley Nacional Nº 24.967 (B.O. 25/06/98) y reglamentada por el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 1.050/98. (B.O. 14/09/98).

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Ley Nacional Nº 24.967 y el Decreto Reglamentario Nº 1050/98, tienen por objetivo fijar los principios y el procedimiento para contar con un régimen de consolidación de las leyes generales vigentes y sus reglamentaciones, a través de la elaboración y aprobación del "Digesto Jurídico Argentino". A través del mismo, se tiene por fin determinar y precisar la nómina de todas las normas nacionales -leyes y sus reglamentaciones- que habiéndose incorporado normalmente al ordenamiento jurídico nacional, no han sido objeto, al momento del análisis, de derogación expresa o tácita por otras disposiciones.
Concretar esta monumental obra le permitirá al Estado Argentino poseer una herramienta inigualable para afianzar la seguridad jurídica, respondiendo así a uno de los reclamos prioritarios de distintos sectores de la sociedad.
Asimismo, la existencia del Digesto Jurídico Argentino contribuirá a la correcta aplicación de la Ley, sobre todo en los procesos judiciales, decisiones de inversión y demás cuestiones en las que, contar con un ordenamiento jurídico prolijo, sea indispensable y vital, evitando el dispendio de tiempo y recursos en la recopilación de la información necesaria.
En línea con esta idea, varias provincias ya completaron o están en vías de finalizar sus Digestos Jurídicos locales, entre ellas, Chubut, Tucumán, Santa Fe, Buenos Aires, Río Negro y San Luis.
Además, la posibilidad de contar con un instrumento de esta naturaleza, coadyuvará con el cumplimiento de la tarea que el constituyente le encomendara al Congreso de la Nación, y que fuera dispuesta mediante la cláusula transitoria octava de la Constitución Nacional.
Por los motivos antes expuesto, solicito a mis pares que acompañen el presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
YARADE, FERNANDO SALTA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
VILARIÑO, JOSE ANTONIO SALTA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
LOPEZ ARIAS, MARCELO EDUARDO SALTA PERONISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia)