PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO

Comisión Permanente


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Secretario administrativo SR. BOGRAD JULIO CESAR

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 4853-D-2006

Sumario: COMISION BICAMERAL DE NEGOCIACIONES AGRICOLAS INTERNACIONALES. CAMBIO DE SU DENOMINACION POR: COMISION BICAMERAL DE NEGOCIACIONES COMERCIALES INTERNACIONALES.

Fecha: 28/08/2006

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 118

Proyecto
Capítulo I
Comisión Bicameral de Negociaciones Comerciales Internacionales
Artículo 1. Denominación.- Modifíquese la denominación de la "Comisión Bicameral de Negociaciones Agrícolas Internacionales" por "Comisión Bicameral de Negociaciones Comerciales Internacionales".
Artículo 2. Competencia.- Amplíese la competencia de dicha Comisión al seguimiento y asistencia al Poder Ejecutivo respecto de toda negociación comercial cuyo objetivo sea la concreción de un Tratado de Libre Comercio, Unión Aduanera u otros Acuerdos de Complementación o Integración Económica, en la que la República Argentina sea parte, sean éstos multilaterales, subregionales, birregionales o binacionales.
Artículo 3. Objetivo.- La presente Ley tiene por objeto dotar al Parlamento de un mecanismo de participación que permita representar los intereses locales, en especial los de las economías regionales, frente a una negociación internacional, garantizando la participación de los sectores productivos.
La Comisión será la encargada de representar dichos intereses. En este sentido, la Comisión tendrá como objetivos:
Ser el referente de la posición de las economías regionales;
Servir de órgano consultivo al Poder Ejecutivo, en aquellos temas donde se requiera la opinión de los sectores productivos y las economías regionales;
Acompañar, a pedido del Poder Ejecutivo, al equipo de representantes de la República Argentina durante las rondas de negociación;
Generar y actualizar información sobre las características y la capacidad productiva de las economías regionales.
Artículo 4. Comunicación.- El Poder Ejecutivo Nacional informará a la "Comisión Bicameral de Negociaciones Comerciales Internacionales", a través del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, el lanzamiento de una negociación comercial internacional dentro de los 15 días posteriores de tomada la decisión.
Al inicio del proceso negociador, notificará el calendario establecido, la motivación y los beneficios esperados en cada caso. Asimismo, brindará información anticipada, periódica y detallada de cada negociación, haciendo especial énfasis en las normas legales y administrativas, y notificará el inicio de la etapa correspondiente al armado de listas de productos.
En igual sentido, el Poder Ejecutivo facilitará el acceso, en tiempo y forma, a toda nueva información originada durante el avance de la negociación.
Artículo 5..- Reglamento.- La Comisión adaptará su reglamento interno de acuerdo a las nuevas facultades.
Capítulo II
Foro de Consolidación de Posiciones Nacionales (FCPN)
Artículo 6: Creación.- Créase en el seno de la Comisión el Foro de Consolidación de Posiciones Nacionales (FCPN), que tendrá carácter permanente.
El foro se dará su propio reglamento interno y designará sus autoridades.
Artículo 7. Objetivo.- Ante cada negociación comercial internacional en la que la República Argentina se encuentre involucrada, el Foro tendrá por finalidad relevar la posición a tomar por los sectores productivos, especialmente aquellos que integren las economías regionales.
El FCPN deberá garantizar una representación sectorial íntegra.
Artículo 8. Integración.- El FCPN asegurará la representación de cada región de la República Argentina y estará integrado por un Diputado y un Senador por cada región, a designarse entre los integrantes de las Comisiones de Relaciones Exteriores y de la Comisión Bicameral de Negociaciones Comerciales Internacionales. En la elección de los integrantes deberá respetarse la representación y proporcionalidad de las distintas fuerzas políticas con representación en ambas Cámaras.
Artículo 9: Convocatoria.- La Comisión convocará al FCPN en un plazo no mayor a los 30 días posteriores a la fecha de notificación, por parte del Poder Ejecutivo, del lanzamiento de una negociación comercial.
Artículo 10: Registro.- El FCPN invitará anualmente a las cámaras y entidades representativas de los sectores productivos a inscribirse en un registro de contactos.
Las instituciones inscriptas en dicho registro serán convocadas por la Comisión a manifestar su posición respecto al otorgamiento o pedido de relevo de barreras arancelarias y/o no arancelarias correspondientes a cada negociación determinada.
Artículo 11. Convocatoria.- La convocatoria a que hace referencia el segundo párrafo del artículo anterior deberá ser publicada en al menos un medio gráfico nacional y uno provincial de amplia circulación, luego de que el Poder Ejecutivo notifique el inicio del proceso de negociación correspondiente al armado de listas nacionales.
Artículo 12. Procedimiento.- El Poder Ejecutivo informará a la Comisión el lanzamiento de la convocatoria al sector privado. La Comisión comunicará al FCPN, con la suficiente antelación, con el fin de permitirle el relevamiento de la posición de los distintos sectores involucrados y toda otra información pertinente.
Las entidades que formen parte del registro, deberán manifestar sus pedidos, concesiones o posiciones con la suficiente antelación para ser tenidas en cuenta por la Comisión. En caso de retardo u omisión, los legisladores correspondientes a las provincias que concentren la mayor parte de la producción de los bienes o productos objeto de la negociación, serán los responsables de consultar a sectores involucrados y trasmitir dicha información.
Artículo 13. Informe.- El FCPN deberá elaborar un informe que refleje la posición adoptada por cada entidad, cámara o asociación de productores. Dicho informe se elevará a la Comisión, siendo ésta el órgano responsable de notificar el mismo al Poder Ejecutivo Nacional, previo al cierre de la posición nacional a llevar al seno de la negociación comercial.
Artículo 14 Comuníquese.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Actualmente, la Argentina está llevando a cabo, en el marco del MERCOSUR, más de una decena de negociaciones comerciales con diferentes países o bloques económicos. Las mismas son procesos complejos que involucran no sólo a los funcionarios públicos que participan de forma activa, sino también al sector privado y a la sociedad civil, ya que los mismos hacen frente al impacto económico en términos de producción, empleo y pobreza resultante de las concesiones recibidas y otorgadas en este marco.
En este punto, si el país decide otorgar, a cambio de otra concesión, una reducción arancelaria en un producto determinado, los productores de este bien y la región geográfica donde se concentra el mayor número de éstos, se verán afectados por una mayor competencia. Esto significa que les será más dificultoso a esos productores mantener sus ventas al nivel previo al acuerdo comercial, por lo cual puede verse afectado el nivel de producción y empleo de la región, con su consecuente impacto en los niveles de pobreza.
Asimismo, al momento de negociar el acceso a mercados externos, los funcionarios deben tener conocimiento de que productos son los prioritarios para los productores argentinos en cada mercado, en términos de reducciones de barreras arancelarias o no arancelarias a pedir al país socio, basadas en oportunidades actuales o potenciales.
Actualmente, el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto diseña su estrategia negociadora con la información que le brindan los sectores que se encuentran mejor representados y que están más organizados, quedando sin la posibilidad de emitir opinión gran cantidad de productores debido a la falta de representatividad o al desconocimiento de este proceso. Las regiones más vulnerables económicamente son, en general, las más perjudicadas en este punto y, por lo tanto, las que corren mayor riesgo de sufrir las consecuencias negativas de este tipo de acuerdos.
Por lo expuesto, queda evidenciada la importancia de contar con un cuerpo negociador que posea el mayor nivel de información posible respecto a la problemática económico - productiva de las distintas regiones geográficas del país. Esta información permitiría diseñar una estrategia que defienda de una mejor manera los intereses de todos los productores argentinos, dada la diversidad de la estructura productiva nacional, y la cantidad de productos involucrados en una negociación comercial.
Teniendo en cuenta las consideraciones anteriores, con el presente proyecto de Ley se intenta hacer un aporte generando un ámbito de consulta que permita enriquecer la tarea de los negociadores argentinos, al mismo tiempo que representar los intereses de las distintas regiones productivas, en especial aquellas más rezagadas en términos de acceso a la información o con agentes económicos más atomizados y menos organizados.
En este sentido, los señores Diputados y Senadores de la Nación tienen la oportunidad de participar activamente en la generación de información, al ser los legítimos representantes de los territorios y conocer en profundidad las diferentes realidades del país.
Teniendo en cuenta el estancamiento de las negociaciones multilaterales en materia de subsidios y acceso a mercados de productos agrícolas, se considera oportuno ampliar la competencia de la "Comisión Bicameral para el Seguimiento del Tratamiento de las Negociaciones Agrícolas Internacionales en el marco de la Organización Mundial del Comercio", con el fin de abarcar a toda negociación comercial que involucre a la República Argentina.
De esta forma, se podría dinamizar el trabajo de la Comisión mencionada, atendiendo otra problemática en materia de negociaciones internacionales, evitando un aumento de estructura y generando una mayor eficiencia en la utilización de los recursos.
En este sentido, el esfuerzo que pueda realizarse por parte de los legisladores que integren dicha Comisión, articulado con los sectores productivos de cada región, permitirá generar una fuente valiosa de información, que estará disponible siempre que los negociadores argentinos quieran utilizarla, permitiendo de esta forma hacer un valioso aporte con el fin de defender mejor los intereses de todos los productores argentinos.
Por las razones expuestas, pongo a consideración de mis pares el presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DE NARVAEZ, FRANCISCO BUENOS AIRES JUSTICIALISTA NACIONAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia)
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO