PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO
Comisión Permanente 
													
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Secretario administrativo SR. BOGRAD JULIO CESAR
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 3695-D-2014
Sumario: COMISION BICAMERAL SOBRE ASUNTOS ANTARTICOS: CREACION EN EL AMBITO DEL CONGRESO DE LA NACION.
Fecha: 16/05/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 46
	        Creación de la Comisión Bicameral de 
Asuntos Antárticos
	        
	        
	        Artículo 1º - Créase la Comisión 
Bicameral sobre Asuntos Antárticos en el ámbito del Honorable Congreso de la 
Nación.
	        
	        
	        Artículo 2º - La Comisión tendrá por 
objeto el análisis de la situación en el Continente Antártico, el estudio de la 
legislación vigente,  el impulso a la actividad científica y logística, y el fomento de 
la actividad turística, según las disposiciones del Tratado Antártico y su 
normativa.
	        
	        
	        Artículo 3º - La Comisión tendrá todas 
las facultades necesarias para cumplir con los fines para los que fue creada, en 
especial: 
	        
	        
	        Apoyar las actividades académicas y 
de organismos oficiales para el mejor desempeño de la actividad antártica;
	        
	        
	        Cooperar con los Ministerios de 
Relaciones Exteriores y de Defensa, y con cualquier otra dependencia oficial que 
tenga competencia en la actividad antártica argentina.
	        
	        
	        Promover y difundir las actividades 
que se realicen en la Antártida y que revistan interés para la Argentina.
	        
	        
	        Requerir informes y citar a 
funcionarios que se desempeñen en áreas relacionadas con su objeto, así como 
emitir opinión no vinculante en lo que respecta a la apertura, cierre o desactivación 
de bases antárticas argentinas.
	        
	        
	        Artículo 5º - La Comisión estará 
integrada por diez (10) diputados y diez (10) senadores a propuesta de los bloques 
parlamentarios. La composición de la Comisión deberá respetar la representación 
de las cámaras. 
	        
	        
	        Artículo 5º - La Comisión elegirá entre 
sus miembros un Presidente, un Vicepresidente Primero, un Vicepresidente 
Segundo y un Secretario. Sus mandatos durarán dos años. La Presidencia y la 
totalidad de los cargos serán rotativos entre los miembros de ambas 
cámaras.
	        
	        
	        Artículo 6º - La Comisión dictará su 
Reglamento Interno.
	        
	        
	        Artículo 7º - El presupuesto de la 
Comisión será solventado por ambas Cámaras por partes iguales, y la sede de la 
misma, estará situada en el Congreso de la Nación.
	        
	        
	        Artículo 8º - Comuníquese al Poder 
Ejecutivo.
	          
      
  
 
					FUNDAMENTOS
Señor presidente:
	        Es pública y notoria la importancia 
que reviste la investigación científica y tecnológica para el desarrollo de las 
naciones: la Argentina no es una excepción; por el contrario, en los últimos años 
ha visto reforzada y estimulada su producción científica, aumentando  su 
presupuesto y jerarquizando sus estamentos administrativos,  con la creación del 
Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva. En el Continente 
Antártico, la ciencia del mundo, pero en el caso que nos ocupa, la de nuestro país, 
encuentra un inmenso laboratorio con condiciones extraordinarias para el 
desarrollo de programas específicos -en sus bases permanentes y temporarias- y la 
realización de  investigaciones sobre oceanografía, impacto ambiental, glaciología, 
paleontología, geología, sismología, biología marina, efecto invernadero, ozono, 
meteorología, historia antártica, entre otros. 
	        
	        
	        En efecto, en el Continente más 
extremo, confluye una diversidad de países en el marco del Sistema del Tratado 
Antártico, que fue firmado por nuestro país en 1961, y ratificado en 1991 por 50 
años más. Se sumaron más tarde otros  instrumentos como las Medidas 
Convenidas para la Protección de Flora y Fauna Antártica, la Convención para la 
Conservación de las Focas Antárticas, la Convención para la Conservación de los 
Recursos Vivos Marinos Antárticos y el Protocolo al Tratado Antártico sobre 
Protección del Medio Ambiente. La Argentina es miembro fundador y consultivo en 
dicho sistema y en 1990 dictó el Decreto 2316 que estableció la Política Nacional 
Antártica, fijando los intereses en el continente en general y en el sector cuya 
soberanía reivindica, en particular. 
	        
	        
	        Nuestro país está en el Continente 
Antártico desde 1904 y ha producido numerosos hitos, como el de haber sido por 
40 años el único con presencia permanente. Actualmente las siete bases antárticas 
permanentes argentinas (Orcadas, Esperanza, San Martín, Belgrano II, Carlini, 
Marambio y a partir de 2015, Petrel) y seis temporarias, sostienen una intensa 
actividad científica y logística. Fue la Argentina el primer país en establecer una 
Escuela Provincial, además de  una estación de Radio Nacional (LRA36 Radio 
Nacional Arcángel San Gabriel).
	        
	        
	        En tiempos recientes se ha sumado la 
actividad artística, en una política de apertura a otras disciplinas, instrumentada 
desde la Dirección Nacional del Antártico, con concursos de plástica, fotografía y 
hasta un cine en la Base Carlini, bautizado como Sala del Bicentenario.
	        
	        
	        La Dirección Nacional del Antártico 
tiene en su seno al Instituto Antártico Argentino, que  fue creado por Decreto del 
Poder Ejecutivo Nacional Nº 7338 del 17 de Abril de 1951. Fue su fundador y 
primer director el entonces coronel Hernán Pujato, mentor del despliegue de la 
Argentina en el territorio antártico, condecorado por las Cámaras de Diputados y 
de Senadores de la Nación. En los fundamentos de la creación se estableció la 
necesidad de la existencia de un organismo especializado que en forma 
permanente, oriente, controle, dirija y ejecute las investigaciones y estudios de 
carácter técnico-científicos vinculados a aquella región, en coordinación con la 
entonces Comisión Nacional del Antártico, que dependía del -entonces- Ministerio 
de Relaciones Exteriores. 
	        
	        
	        En el año 2003, por Decreto del Poder 
Ejecutivo Nacional Nº 207/2003, la Dirección Nacional del Antártico y el Instituto 
Antártico Argentino pasaron a formar parte del Ministerio de Relaciones Exteriores, 
Comercio Internacional y Culto (hoy Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto). 
	        
	        
	        Señor presidente, son múltiples los 
aportes que el Poder Legislativo puede y debe realizar en aras del fomento y 
promoción de la presencia y actividad científica y logística de la Argentina en la 
Antártida. Los países y el concierto de intereses que confluyen en la reserva de 
agua más importante del planeta, la dimensión y especiales características del 
tema y las actividades comprometidas ameritan la creación de una comisión 
bicameral, motivo por el cual descuento que los señores legisladores me 
acompañarán en la presente iniciativa.
	          
      
  
 
					
  | Firmante | Distrito | Bloque | 
|---|---|---|
| UÑAC, JOSE RUBEN | SAN JUAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ | 
| CARMONA, GUILLERMO RAMON | MENDOZA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ | 
Giro a comisiones en Diputados
					| Comisión | 
|---|
| PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia) | 
| DEFENSA NACIONAL | 
| PRESUPUESTO Y HACIENDA |