PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO
Comisión Permanente 
													
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 0935-D-2016
Sumario: REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS. MODIFICACIONES, SOBRE CREACION DE LA COMISION DE ASESORAMIENTO "BANCA DE LA MUJER".
Fecha: 22/03/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 16
	        1º. Creación: 
	        
	        
	        Crease la Comisión de 
Asesoramiento: "Banca de la Mujer" en el ámbito de la Honorable Cámara de 
Diputados de la Nación.
	        
	        
	        2°. Reglamento: 
	        
	        
	        -	Modificar el 
artículo 61º del Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación el 
que quedara redactado de la siguiente manera: 
	        
	        
	        Banca de la Mujer
	        
	        
	        Artículo 101° (septies) 
Corresponde a la Comisión Banca de la Mujer, sin perjuicio de resolverse que 
cada asunto o proyecto pase también a estudio de otras comisiones, dictaminar en 
todo lo relativo a:
	        
	        
	        a. Cuestiones 
relacionadas con la igualdad de derechos, oportunidades y trato entre mujeres y 
varones en el marco de lo establecido en el artículo 75, incisos 19 y 23 de la 
Constitución Nacional y en los tratados internacionales y regionales de derechos 
humanos en los que la Nación sea parte y adhiera en un futuro. 
	        
	        
	        b. Creación o 
modificación de normas que regulen las condiciones de empleo público o de 
trabajo en relación de dependencia de mujeres. 
	        
	        
	        c. Cuestiones de salud 
que afecten específicamente a las mujeres. 
	        
	        
	        d. Cuestiones penales 
que afecten a mujeres. 
	        
	        
	        e. Violencia, acoso 
sexual y laboral contra las mujeres. 
	        
	        
	        f. Todo otro tema que 
ataña al género y a criterio de la autoridad parlamentaria requiera dictamen de 
esta Comisión.
	        
	        
	        También, corresponde a 
la Comisión Banca de la Mujer el asesoramiento, la consulta, el control y el 
monitoreo de las leyes relativas a la igualdad de derechos y de todos aquellos 
temas conducentes al desarrollo de las mujeres."
	        
	        
	        -	Agregase al 
artículo 105º del Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación  
lo siguiente: 
	        
	        
	        La Comisión Banca de 
la Mujer está integrada por la totalidad de las legisladoras de todos los sectores 
políticos que estén representados en el seno de la Cámara.
	        
	        
	                  -  Agregase al 
artículo 106 º del Reglamento de la H. Cámara de Diputados de la Nación, lo 
siguiente:
	        
	        
	        La Comisión Banca de 
la Mujer elegirá un presidente, un vicepresidente 1° un vicepresidente 2° y cinco 
secretarios.
	        
	        
	        -  Agregase al artículo 
108 º del Reglamento de la H. Cámara de Diputados de la Nación, lo 
siguiente:
	        
	        
	        La Comisión Banca de 
la Mujer requiere para su funcionamiento la presencia de diez (10) de sus 
miembros, pudiendo transcurrida media hora de la convocatoria, considerar los 
asuntos consignados en la citación correspondiente con la asistencia de por lo 
menos seis (6) de sus miembros
	          
      
  
 
					FUNDAMENTOS
Señor presidente:
	        El 9 de Abril del año 2008 en el ámbito 
de la H. Cámara de Senadores de la Nación tuvo dictamen afirmativo un proyecto 
presentado por la Senadora Maria Cristina Perceval, cuya resolución fue la 
creación dentro del Senado de la Comisión Especial Banca de la Mujer.
	        
	        
	        La creación de la Comisión Especial 
"Banca de la Mujer" en el ámbito de la H. Cámara de Diputados de la Nación es de 
iguales características que la aprobada en el H. Senado, y se propone diseñar una 
nueva agenda parlamentaria con perspectiva de género y promoción de iniciativas 
en concordancia con los tratados internacionales de los que Argentina es 
signataria.
	        
	        
	        Algunos de los instrumentos Jurídicos 
Internacionales de alcance mundial con los que las mujeres han contado para su 
participación política en los lugares de toma de decisiones son La Convención 
sobre los Derechos Políticos de las Mujeres de 1952 y la Convención sobre la 
Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Mujeres de 
1979.
	        
	        
	        La Asamblea General de Naciones 
Unidas (ONU), en la Primera Conferencia mundial sobre la condición jurídica y 
social de las mujeres que se realizó en la Ciudad de México en el año 1975, 
proclamó al período 1975-1985 como el Decenio de las Naciones Unidas para la 
Mujer -también llamado década para la mujer- Basados en esto, los movimiento de 
mujeres y los organismos internacionales han ejercido presión para que los 
Estados incorporen políticas públicas destinadas a mejorar la condición de la 
mujer, situación que se repitió en Argentina con mayor claridad a partir de la 
restitución de la democracia y finalizando la década de la mujer 1975-1985.
	        
	        
	        Sr. Presidente, las acciones y la lucha 
por el reconocimiento de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres 
constituyen un hecho reciente en la historia de la humanidad. Durante mucho 
tiempo se consideró la división de las tareas en un ámbito privado y ámbito público 
como parte del orden natural; a pesar de la lentitud de los procesos de cambio, el 
valor y la energía que continúan aportando las mujeres para el desafío, 
promueven la igualdad de acceso y la plena participación en las estructuras de 
poder y en la adopción de decisiones. 
	        
	        
	        El énfasis puesto en el presente 
proyecto de Resolución es el de considerar a la mujer como protagonista 
importante para redefinir las políticas y su paridad en la toma de decisiones, donde 
junto al hombre sean artífices de propuestas concretas para el desarrollo del país. 
Por ello propongo, en el seno de esta Honorable Cámara, la constitución de la 
Banca de la Mujer, integrada por legisladoras sin diferencias de signo político, con 
posibilidades de analizar temas relacionados a la igualdad de oportunidades y 
llevarlos al recinto para su discusión. Por último Señor Presidente, menciono la 
constitución de Comisiones similares a la propuesta en los países Uruguay y 
Brasil. En el Congreso de la Republica Oriental del Uruguay, la Bancada 
Femenina está conformada por diputadas y senadoras de todos los partidos, 
habiéndose reunido por primera vez el 15 de marzo de 2005. En Brasil, desarrolla 
su actividad en forma conjunta con la Comisión mixta de presupuestos del 
Congreso Nacional, y la Secretaría de la Mujer, contando con el apoyo de 
UNIFEM.
	        
	        
	        Por los motivos expuestos solicito a 
mis pares acompañen el presente proyecto de resolución.
	          
      
  
 
					
  | Firmante | Distrito | Bloque | 
|---|---|---|
| GALLARDO, MIRIAM GRACIELA | TUCUMAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ | 
| ORELLANA, JOSE FERNANDO | TUCUMAN | PRIMERO TUCUMAN | 
Giro a comisiones en Diputados
					| Comisión | 
|---|
| PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia) | 
| FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA | 
| PRESUPUESTO Y HACIENDA | 
 Trámite 
 
							| Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado | 
|---|---|---|---|
| Diputados | SOLICITUD DE SER ADHERENTE DE LA DIPUTADA SORAIRE ALICIA (A SUS ANTECEDENTES) | ||
| Diputados | SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 135 (2017), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 | ||
| Diputados | SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 135 (2017), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 |