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MINERIA

Comisión Permanente

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Reunión del día 11/06/2002

- VISITA REPRESENTANTES DE GEMERA -GRUPO DE EMPRESAS MINERAS EXPLORADORAS DE LA REP. ARGENTINA. OPINIONES SOBRE REFORMA DEL CÓDIGO DE MINERÍA.

- En Buenos Aires, a los once días del mes de junio de 2002, a la hora 19 y 28:
SRA. PRESIDENTA ZUCCARDI Damos comienzo a la reunión de la Comisión de Minería. Ante todo quiero aclarar a nuestros invitados que hay una cantidad de diputados ausentes por diversos motivos. Los diputados sanjuaninos que integran esta comisión -que son varios- están enfrente, en el Palacio, porque allí se está celebrando el aniversario de la provincia de San Juan; algunos diputados aún no han llegado de sus provincias y otros se encuentran en reunión de bloque.

No obstante, están representados todos los bloques políticos y además la comisión trabaja normalmente con mucho consenso interno. Además, están presentes los asesores de varios de los diputados ausentes. De manera que están dadas las condiciones como para que la presentación que ustedes hagan podamos analizarla con posterioridad.

En esta reunión se encuentran presentes el licenciado Víctor Bonfils, el doctor Hugo Bosque y el señor Hugo Bastías, todos representantes de GEMERA.

Quienes nos visitan nos habían pedido una reunión con bastante anticipación, como parte de una secuencia de entrevistas que ellos quieren tener. Tengo entendido que piensan reunirse con COFEMIN y con la Comisión de Minería del Senado, entre otras reuniones. No sé si esas entrevistas ya fueron concedidas.

SR. BASTIAS Todavía no, señora diputada.

SRA. PRESIDENTA ZUCCARDI Si a los señores diputados les parece adecuado, podemos escuchar primero la presentación de los invitados y hacer con posterioridad todas las consultas que creamos convenientes.

Todo lo que tiene que ver con el tema minero es complejo para la comisión y complejo en general. Ustedes saben que hay una larga discusión respecto de la modalidad en que puede reformarse el código y demás.

Para nosotros va a ser realmente interesante escuchar a quienes nos visitan, porque ellos son quienes están con la práctica de la exploración en la minería. La comisión ha conversado varias veces sobre este tema, y somos conscientes de que si en el país no hay exploración, es difícil llegar después a las etapas de explotación.

Sabemos que es una actividad que necesita el mayor de los estímulos, y lógicamente en la modificación de la ley de inversiones mineras se incluyó una importante ventaja -aunque esa ley no está reglamentada todavía-, como es el tema de la devolución del IVA a las empresas exploradoras. Creemos que desde la sensibilidad del gobierno y de las cámaras legislativas, esta actividad merece ser realmente apoyada.

En nombre de la comisión agradezco a nuestros invitados que hayan viajado hasta aquí para hacer esta presentación. Quedan en el uso de la palabra.

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SR. BONFILS En primer lugar, en nombre de GEMERA agradezco la atención brindada a las serias preocupaciones que tienen las empresas que trabajan en exploración en la República Argentina.

Hace poco invitamos a la señora diputada Zuccardi, en su carácter de presidenta de la Comisión de Minería, a una reunión mantenida por un grupo de empresas para reiterarle nuestra preocupación con respecto a una necesaria actualización del Código de Minería, en función de la experiencia habida desde su última modificación en 1995. Han pasado muchos años, la Argentina transitó la operación de empresas de exploración, y nosotros queremos hacerles conocer los problemas con que nos encontramos.

El Código de Minería de la República Argentina fue sancionado en 1886 y comenzó a regir al año siguiente. Es uno de los códigos de fondo que prevé la Constitución Nacional que debía ser dictado por el Poder Legislativo para su aplicación a todas las provincias, las cuales a su vez dictan sus códigos de procedimiento.

El Código de Minería tiene como característica que estipula el procedimiento para que una persona o empresa pueda obtener la concesión minera; es decir, no es simplemente un código de fondo sino también de forma.

El Código de Minería fue reformado en 1917, modificándose la condición de amparo, que son aquellas obligaciones que debe mantener el concesionario para seguir teniendo la concesión que le da el Estado. Cuando se sancionó el Código en 1886 las condiciones de amparo eran el pago de un canon y el llamado "pueble", es decir, la presencia de gente dentro de la operación minera, que tenía como objetivo poblar la Argentina. Esa condición de amparo es modificada en función de la lejanía de los centros operativos mineros; el Código establecía que había que mantener cuatro personas por pertenencia, durante más de doscientos días al año, y se reemplazó por el pago de un canon y un plan de inversiones que aprobaba la autoridad minera del concedente.

Luego hubo otras modificaciones, por las que en una época se introdujeron los hidrocarburos, y luego se los eliminó. Con la sanción de la Constitución de 1949 se modificó el titular de dominio de los yacimientos, los que pasaron de las provincias a la Nación; en 1955 se reincorporó el concepto de que son las provincias las dueñas de los yacimientos. Y en 1980 se produjo una importante reforma que incorporó el llamado sector de la gran minería.

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Se incorporan dos títulos importantes con los que, personalmente, no estoy de acuerdo porque modifican el concepto de quién es el que negocia los yacimientos considerados importantes, al establecer que no podrán hacerlo las provincias pero sí la Nación a través de la Secretaría de Minería.

Por otra parte, se incluye una figura -que no tiene justificación técnica alguna- que vincula el plan de inversión como condición de amparo con el pago de un canon minero por pertenencia. En otras palabras, se establece una relación según la cual los planes de inversión no pueden ser menores a quinientas veces el valor del canon por pertenencia.

Posteriormente, entre los años 1993 y 1995, se introducen nuevas figuras en el Código de Minería, para aprovechar la ola de inversiones mineras que durante ese período tuvieron lugar en el mundo y la condición de país poco explorado que presentaba la Argentina. Una de las modificaciones efectuadas, que tampoco tiene justificación técnica alguna, es que los planes de inversión no podrán ser inferiores a trescientas veces el valor del canon.

De acuerdo con el Código de Minería, la concesión puede ser de dos tipos: de exploración o de explotación. En el caso de las concesiones para exploración, el permiso que se otorga es por un período determinado y de acuerdo con la superficie de que se trate. En cambio, si es una concesión para explotación, el permiso que se obtiene es para toda la vida, debiéndose mantener las condiciones de amparo que mencioné antes y que se relacionan con el plan de inversión y el pago de un canon.

El derecho de exploración se llama cateo y, como acabo de decir, se otorga por un período determinado y de acuerdo con la superficie de que se trate. La unidad de medida para los permisos de exploración es de quinientas hectáreas, y si el cateo otorgado es para una superficie mayor de 2.500 hectáreas es necesario efectuar liberaciones parciales a los trescientos y a los setecientos días.

SR. BASTIAS A los trescientos días de iniciado el permiso de exploración.

SR. BONFILS En cuanto al derecho de explotación, el Código de Minería establece que para obtenerlo es preciso cumplir con una serie de exigencias. Una de ellas es la denominada manifestación de descubrimiento, la cual es necesaria para iniciar el proceso que culmina con la obtención de la concesión para explotación.

Como dije hace instantes, el monto del plan de inversión -que es una de las condiciones de amparo- está vinculado con el pago del canon. De acuerdo con la legislación vigente, dicho monto no puede ser inferior a trescientas veces el valor del canon.

Si reitero estos conceptos es porque queremos que los señores diputados los tengan muy en cuenta. Hemos observado que a partir de esos conceptos se ve dificultada la acción de las empresas; por eso hacemos hincapié en ellos. Es preciso que los señores diputados tengan presente nociones tales como derecho de exploración o cateo, inicio del período de explotación o manifestación de descubrimiento, y también plan de inversión, que es una de las condiciones de amparo para mantener la propiedad.

El objetivo de esta pequeña introducción ha sido dejar en claro que el Código de Minería establece una serie de pautas para una actividad comercial. No es un código como el Civil, cuyas disposiciones están dirigidas a regular las relaciones entre las personas dentro de la sociedad, sino un código que fija normas para una actividad comercial. Eso es la minería, una actividad comercial que para funcionar requiere de una demanda y de un recurso.

SR. BASTIAS También de un comprador y de un precio internacional.

SR. BONFILS Es importante entender que el Código de Minería es modificable. Los señores diputados deben tener presente que en los últimos tiempos, los países con mayor actividad minera en Sudamérica -como Perú, Chile, Bolivia y Brasil- han modificado sus códigos para adecuarlos a la realidad. En algunos casos se produjeron reformas muy importantes y en otros simplemente adecuaciones.

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En este momento hay una discusión en el ámbito minero sobre la necesidad de realizar reformas profundas. No estamos en condiciones de iniciar un debate en el que se modifiquen profundamente las relaciones vinculadas a los derechos de exploración con los de explotación.

En algunos países como Bolivia y Perú existe la concesión única, donde se inicia la concesión con la exploración y termina con la explotación. Directamente se conceden los dos derechos de una vez.

No estamos en condiciones de llevar un debate tan profundo, sobre todo porque vamos a entrar a tocar una cuestión que establece el Código de Minería como son los las categorías de minerales. Allí hay minerales de primera, segunda y tercera. Cuando se trata de minerales de primera, le corresponden al descubridor; en los de segunda le corresponden al descubridor, pero el dueño superficiario tiene la opción de explotarlo y si son de tercera le corresponden al superficiario. Si queremos modificar esto, entraremos en un gran debate, sobre todo con los minerales de segunda categoría. No estamos en condiciones de establecer un debate de este tipo en la actividad minera, pero estamos en condiciones de adecuar o modernizar algunos puntos del código que nos permitan que esta actividad exploratoria se mejore notablemente.

SR. BASTIAS El señor Bonfils ha realizado un resumen de lo que indica el código. Las empresas han trabajado bien en los últimos diez años.

Lo interesante es que nosotros efectuamos la modificación del código para absorber la gran minería en 1980. En el año 1916 en el mundo nació la gran minería. La reforma del Código de Minería para efectuar la gran minería, que comienzó en 1916, llegó a la Argentina en 1980. Hasta allí no hubo un código capaz de recibir la inversión de la gran minería en el país. Esta es una simple observación para determinar por qué no hubo grandes inversiones en el país anteriormente.

En 1990 se produjo un alud de grandes y chicas empresas que ingresaron al país; aquí comenzó un período muy lindo de exploración y donde se descubrieron minas en Chubut, la de Veladero en San Juan y también se trabajaron minas descubiertas hace mucho tiempo como la Alumbrera. En ese proceso de diez años la empresa encontró que había falta de ejercicio en la tarea de exploración y se dieron cuenta de que cuando se comenzaba a explorar, a los 360 días se acababa. Si uno está explorando en la Cordillera, sólo puede hacerlo durante cinco meses al año. Como este plazo no alcanzaba, la empresa -aconsejada por la mala costumbre y para poder seguir explorando- declaraba una mina. Este era un grave error por parte de la empresa. La palabra "mina" significa un recurso económico explotable y puede ser rentable. Por lo tanto, la mina que se grava con impuestos y un canon es correcto porque es rentable. La empresa tenía que hacer esa manifestación para seguir explorando. Luego de declarada la mina y pasado un tiempo de su declaración, se debe comenzar a mensurar y realizar la inversión de capital. Las empresas no realizan inversiones de capital cuando están explorando ya que sólo hacen gastos de exploración, empleando gente, perforaciones, geofísica, muestreos. No son inversiones de capital.

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Como el contador sabe, una inversión de capital se realiza en algo que está fijo al suelo, que es una construcción. Sin embargo, el código exige inversión de capital.

Básicamente el primer punto es que el tiempo no alcanza para realizar la exploración. Voy a mencionar los ejemplos más típicos. Los primeros indicios de Veladero los encontramos en el año 1992; estamos en el 2002 y todavía no se sabe a ciencia cierta cuáles son las reservas que tiene. Ya pasaron diez años y todavía no está en condiciones de explotarlo, sino que se siguen explorando sus alrededores. Está bien; hay una reserva económicamente explotable, que es lo que dicen que está cubicado -que son 8 o 10 millones de onzas-, y eso sí puede ser declarado una mina; pero el tiempo que transcurrió fueron exactamente diez años.

Otra mina descubierta fue Vanguardia: se descubrió en el año 1972 y la explotación comenzó en 1997. Vean todo lo que demandó cubicar y hacer una mina. Otro ejemplo es Esquel. Las primeras muestras datan del año 1996 y todavía no se sabe qué hay. O sea que los tiempos de los cateos desaparecieron, porque duran 365 días.

Entonces, la empresa tiene que cometer el acto de manifestar para poder mantener su derecho minero, y al manifestar -que es lo lógico- se encuentra con que tiene que realizar una inversión de capital en algo que no tiene las características para realizar una inversión de capital, porque no es una mina. Ese es el problema básico con el que se han encontrado las empresas al explorar todo este tiempo.

En ese sentido, nosotros pensamos que habría que introducir una pequeña modificación en el código a fin de alargar el tiempo de exploración. ¿Qué hacen los otros países? Pagan cánones anuales o bianuales. Chile recauda 189 millones de dólares de exploración en cánones todos los años. Brasil y Perú recaudan otro tanto. No creo que Argentina tenga mucha recaudación en cánones; ni siquiera conviene políticamente para la Nación. Si fijamos un canon bianual -o sea que cada dos años la empresa tiene que pagar su terreno, y si no paga, automáticamente pierde su derecho minero-, entramos en el mismo juego que juegan los otros países. Pero la empresa no tiene por qué obligarse a cometer un acto que no es muy sano jurídicamente, como es declarar una mina en un lugar donde no la hay, para poder mantener su derecho minero.

Entonces, a lo mejor es mucho más provechoso para las provincias cobrar cánones cada dos años. Esto les va a producir un ingreso permanente y les va a permitir evitar miles de expedientes muy difíciles de resolver, que son las minas, porque las minas son un derecho jurídico completamente diferente al derecho de exploración. Todos los líos que tienen las direcciones de minas se solucionarían fácilmente con un permiso de exploración que se mida por hectárea y se pague por hectárea cada dos años; creo que en este momento se están pagando 70 centavos de dólar o algo por el estilo. La empresa que no pagó, perdió. De esa forma la reserva es permanente y el movimiento de la exploración es mucho más ágil y se simplifica. Al mismo tiempo se evita la especulación, porque el que no paga, pierde. Así ocurre en Chile, es decir, el que no paga el derecho, lo pierde automáticamente.

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Es un juego más limpio. De otra forma, el especulador establece una mina para mantener un espacio, y no paga más.

SRA. PRESIDENTA ZUCCARDI Una vez que establece la mina, no paga.

SR. BONFILS El mantenimiento de la concesión es muy largo, y además el Código establece que en los tres primeros años no se paga ningún impuesto.

SR. BASTIAS Como empresa nosotros preferimos la otra figura donde se va marcando un permanente empuje a la exploración y representa un ingreso para los Estados provinciales, a diferencia de ésta que genera un problema jurídico a la empresa, porque si el día de mañana tenemos una mina, los abogados van a preguntar dónde está la inversión de capital, porque en el terreno solamente habrá pozos, pero no capital. En el balance de la empresa no figuran compras de capital, pues solamente incurre en gastos de exploración, que alcanzan cifras millonarias. Esto lo saben todos los directores de minas y lo hemos conversado en todas las provincias.

SRA. CORREA El sistema de pagar un derecho de exploración, que por lo visto es bajo...

SR. BASTIAS Le aseguro que es alto cuando se prolonga la exploración.

SRA. CORREA Pero de esa forma se puede mantener in eternum una exploración y quitarle el lugar a otra empresa.

SR. BASTIAS Generalmente las empresas tienen cien mil hectáreas por provincia; una empresa que explora en cuatro provincias tendrá cuatrocientas mil hectáreas en su portafolio de propiedades. Eso significa cerca de 350 mil dólares anuales. ¿Usted piensa que alguien va a pagar esa cifra porque sí? Este es un negocio.

SRA. CORREA ¿Por cuánto tiempo se va a excluir de la exploración a la competencia?

SR. BASTIAS Hay que establecer cánones progresivos, como en Brasil y Perú. Si explora durante un período de tres años, al siguiente período le va a salir más caro, y eso no se puede mantener. El ejemplo clásico es el de Codelco, en Chile, que por mantener su propiedad minera paga 15 millones de dólares. Los legisladores chilenos le han cuestionado a esa empresa tener tanto terreno sin obtener beneficio. Entonces, por primera vez Codelco está balanceando los gastos por canon de exploración en terrenos incultos y los de aquellas áreas que le interesa.

SR. LARREGUI ¿El plazo de exploración sería de 360 días?

SR. BONFILS La unidad de exploración son quinientas hectáreas, pero lo mínimo que se puede pedir son dos unidades, y por ellas le dan 1.095 días. Pero allí se realizó un cálculo matemático, que es ajeno a la realidad minera. No es lo mismo tener quinientas hectáreas en la Cordillera que tener diez mil hectáreas en La Pampa; en este último caso le van a dar 1.095 días, y en la Cordillera 150 días, plazo en el que ni siquiera va a poder llegar al objetivo.

SR. LARREGUY ¿Desde cuándo está esa cláusula?

SR. BOSQUE Se introdujo en la reforma de 1980.

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SR. ASESOR El artículo dice que cuando el permiso de exploración conste de una unidad de medida, 500 hectáreas, su duración será de 150 días, por cada unidad de medida que aumente el permiso se extenderá 150 días más.

Luego dice que al cumplirse 300 días del término desafectará una extensión equivalente a la mitad de la superficie que exceda las cuatro hectáreas.

SR. LARREGUY El sistema fue incluido en 1980 y habría algún fundamento pero hoy, a la luz de las inversión de exploración, parece anticuado.

SR. BOSQUE En las diversas reformas que se dieron luego de 1980 este punto no se tocó. Cuando se hizo la primera reforma en 1993, contemplada en la ley 24.224, la empresa que represento planteó que había puntos que debían reformarse y otros que no. En ese momento desde la Secretaría de Minería nos dijeron que estaba consensuado. Por lo tanto, se juntaban diez personas y consensuaban.

Los tiempos no están acordes con la realidad de la minería. Tenemos un código para dar clases en la universidad y hacer congresos, pero no para trabajar. Entonces, las empresas tienen que andar en la cuerda floja moviéndose en un código irreal. Este código no sirve para explorar.

Tomemos como ejemplo la figura del cateo y los días. Para nosotros, si se trata de 500 ó 10 mil hectáreas tendría que haber similar cantidad de días. La única diferencia que debería existir es en el pago. Se paga de acuerdo a la cantidad de hectáreas.

¿Qué ocurre si el día de mañana queremos renovar el permiso luego de que transcurrieron los 1095 días, o sea los tres años pero todavía no tenemos una mina? La legislación chilena, dice que puede renovar la mitad, pagando por ésta. A su vez, según esa legislación, establece que el canon va subiendo, pero cuando se ingresa en la explotación va bajando. De esa manera se acelera la explotación.

Respecto a las líricas obligaciones de trabajo del código, más de una empresa no tiene las inversiones de capital que ha declarado. Si alguien como el Estado quisiera mortificar a una empresa o causar un daño o empezar a cuestionarla, debería revisarlo. No se trata siempre de inversiones de capital.

En los códigos modernos, el único concepto es la patente o el canon. Si lo quiere tener diez o cien años debe pagar, y cada vez más. Si la mina no existe, no sirve, o no es negocio en ese momento la va a dejar. Si la mina es negocio, en algún momento se va a trabajar, y será negocio para todos. Nadie va a estar tirando dinero, porque en las grandes minas acá en Canadá y en todos lados hay zonas de protección. De lo contrario, tendrá a alguien que mañana le va a causar problemas. Hay zonas de producción y otras zonas que no son rentables económicamente, pero pagan por eso.

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SR. BASTIAS Pero pagan por eso.

SR. BOSQUE Esta es la realidad de la minería en todo el mundo.

En lo que se refiere a la inversión de capital -concepto que en su momento fue incorporado al Código de Minería-, creo que se cometió una equivocación al bajar de quinientas a trescientas veces la relación con el valor del canon. Nadie sabe por qué se introdujo esa modificación, pero lo cierto es que ninguna persona va a invertir en una mina más de lo que ésta necesita. Es como si alguien quiere vender artículos para el hogar y la municipalidad le exige que haga un restaurante a fin de demostrar que esos artículos para el hogar sirven para preparar comida. Obviamente, nadie lo haría.

Debe quedar en claro que estamos hablando de un negocio; si el Estado no lo cree así y no entiende que sólo rendirá sus frutos si los números cierran, entonces el Código no nos sirve para nada.

En cuanto al cateo, creo que el Código contiene algunos puntos débiles; por ejemplo, en lo que se refiere a la servidumbre. Supongamos que una persona obtiene un cateo y necesita acceder a una zona; cuando quiera hacerlo se encontrará con la servidumbre, que es un derecho real. Algunos tratadistas sostienen que el cateo es una servidumbre personal, y es allí donde comienza la duda entre las autoridades mineras de si deben dar o no la servidumbre para un cateo.

Si consideramos las disposiciones de algunos códigos de fondo -concretamente, el de Minería y el Civil- veremos que para poder acceder al cateo es necesario tener una mina. ¿Pero cómo se puede efectuar la exploración si no se cuenta con una mina? Como en el código estos aspectos no están para nada claros, las autoridades terminan por dejar pasar ciertas cosas.

Por estas razones creemos que debería existir una especie de servidumbre transitoria, que dure mientras dura el cateo y tenga todas las garantías de fianza que exige la servidumbre. En caso de que haya una mina, la servidumbre podría ser parte de ella; es decir, un derecho emergente de la mina. De esta manera, se podría efectuar la exploración sobre la base del cateo y a partir de allí llegar a la mina.

Por otra parte, entendemos que debería exigirse una sola publicación de edicto; como es sabido, actualmente se solicitan dos publicaciones. Esto hace que el procedimiento establecido en el código sea bastante largo.

En un momento de la reunión se habló de por qué hay dos publicaciones. Si bien los tratadistas no lo explican, entiendo que la primera está dirigida al superficiario y la segunda -la de la mensura- a los colindantes. Creo que ésa ha sido la idea del legislador. Pero, a nuestro juicio, debería haber una sola publicación, porque quien llega a una mina lo hace con todo el andamiaje de un derecho de exploración.

SRA. PRESIDENTA ZUCCARDI Si me permite, creo que sería importante reiterar algunos conceptos vertidos en la reunión que GEMERA realizó en la provincia de Mendoza -a la cual fui invitada- para que el resto de los diputados tomen conocimiento de ellos.

Me refiero a la cantidad de empresas exploradoras que hoy se encuentran instaladas en la Argentina, a los montos de inversión y a los lugares en que están ubicadas.

Por otro lado, me parece interesante hacer hincapié en la colisión que algunos procedimientos generan con las autoridades de aplicación, es decir, con las direcciones de mina de las provincias. Este tema también lo planteé en el Cofemin, y puedo decir que las autoridades mineras reconocen que las provincias se manejan con mucha flexibilidad sabiendo que los tiempos son cortos. Esto lleva a que tanto las autoridades mineras como las empresas transgredan la norma, norma que no se adecua a la realidad.

SR. BASTIAS Estamos completamente fuera de la ley.

SRA. PRESIDENTA ZUCCARDI Es decir que tanto los directores de mina como las empresas hacen de cuenta que las inversiones están hechas y demás. Ninguna provincia quiere que las empresas exploradoras se vayan; entonces, trata de amoldar la situación.

Reitero que sería interesante explicar algunos conceptos vertidos en aquella reunión para que el resto de los diputados tome conocimiento. Debemos procurar que la norma acompañe la realidad; no forzar la realidad para que pueda ser contemplada en la norma.

SR. BASTIAS Es una mentira de las empresas y de las autoridades; entienden perfectamente el problema y comprenden que lo que hacen está mal, sin embargo nunca se han animado a cambiar la situación.

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SR. BONFILS A modo de ejemplo les puedo mencionar un yacimiento importante que tenemos en Argentina que se llama Agua Rica, que está en la provincia de Catamarca. Es un proyecto que está totalmente en exploración, sin que se haya comenzado el proyecto de factibilidad; tiene una prefactibilidad avanzada pero todavía no comenzó el proyecto de factibilidad. Como dije, es un proyecto que está en exploración. Pero como ha ido pasando el tiempo, los cateos han ido venciendo y están con minas; incluso algunas están como betiformes y otras como manifestación de descubrimiento.

SR. BASTIAS Lleva veinte años.

SR. BOSQUE Biológicamente es poco.

SR. BONFILS Acuérdense de esa relación entre el canon y lo que hay que hacer en el plan de inversiones. En el caso del canon de minerales diseminados es de 800 pesos por pertenencia por año. Es decir que en el caso de inversión por pertenencia, según el artículo que fija las 300 veces, es 240 mil pesos por pertenencia.

En el caso de Agua Rica, la propiedad minera cubre un área bastante extensa y la totalidad de las minas existentes tiene 554 pertenencias.

SR. BASTIAS Es una mina pero tiene 554 cuadraditos.

SR. LARREGUY De 500 hectáreas.

SR. BASTIAS No; de 100 hectáreas.

SR. BONFILS Entonces, si multiplicamos por los 240 mil, el plan de inversiones tendría que ser de 132 millones 960 mil, en inversión de capital. Actualmente, entre pago de propiedades y exploración, se llevan invertidos 50 millones. Nadie puede quitar la concesión a esa empresa que ha invertido 50 millones de dólares en exploración. Entonces, ¿qué pasa? En Catamarca hay un juzgado de minas. El juzgado dice: "No, está bien. Los tipos siguen trabajando; no les vamos a quitar la mina"; pero el código establece que la empresa pierde la concesión si no cumple el plan de inversiones.

Entonces ahí todos nos hacemos los distraídos, las empresas siguen buscando la forma de que el negocio cierre, la provincia sigue cobrando las pertenencias aunque no se pongan en explotación, y hay un problema para el Banco Mundial, para los bancos de inversión, etcétera, que es la seguridad jurídica.

SR. BASTIAS La seguridad jurídica no existe.

SR. BONFILS ¿Quién asegura que usted puede poner equis millones de pesos para poner en marcha Agua Rica, por ejemplo, si el juez se levanta ese día con dolor de hígado y aplica el código?

SRA. CORREA ¿Cuál fue la intención del legislador cuando se sancionó esa norma?

SR. BONFILS La razón fue muy sencilla. Estamos hablando de un código del año 1980. A ese código lo hicieron dos personas. Una de esas personas, que era el secretario de Minería en ese momento, era profesor de la universidad y nunca había sido abogado de ninguna empresa con producción en la Argentina, sino que era un abogado de consulta; era un gran jurisconsulto, especialista en minería, pero sin práctica. La otra persona que colaboró en ese trabajo era estrictamente de laboratorio, y también era de la universidad.

SRA. CORREA Usted diría que fue sin querer.

SR. BONFILS No quiero pensar mal.

SR. BOSQUE Lo que pasa es que hay que ubicarse en el año 1980, cuando estábamos en pleno proceso militar.

SRA. CORREA Pero alguna razón tiene que haber habido.

SR. BONFILS Una de las razones fue la siguiente. En ese momento el canon fue modificado también. El canon para mantener las condiciones de amparo era muy bajo. En ese momento el plan de inversiones lo autorizaba la autoridad minera, es decir, no había ninguna restricción sino que uno decía: "Para cumplir las condiciones de amparo voy a invertir cien pesos".

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Entonces, con la idea de que había que sacar algo de la concesión, se estableció esa relación de quinientas veces. Por otro lado se subió el canon, que en 1980 era un monto muy alto. Sin embargo, esto nunca fue cumplido, porque el Código de Minería establece en qué se tiene que hacer el plan de inversiones, entonces no se puede imputar como tal la exploración sino solamente los activos fijos, como usinas, campamentos, construcciones, molinos.

SRA. CORREA ¿Todos los minerales tienen el mismo sistema de exploración?

SR. BONFILS Por ejemplo, tenemos el caso de un talquero de Mendoza tiene 26 minas y 43 pertenencias -como ocurre normalmente en ese tipo de exploración-, y por cada pertenencia tiene que pagar 40 pesos anuales, lo que hace que en cinco años tenga que invertir 516 mil pesos, es decir, 103.200 pesos por año de capital fijo. Pero en el caso del talco, con un campamento se abastecen cuatro o cinco minas, y es una explotación rudimentaria.

SRA. CORREA Es ilógico atar el plan de inversiones a un monto de canon, porque en realidad depende del tipo de mineral.

SR. BOSQUE Creo que es ilógico tener que invertir en lo que no se necesita. Si el negocio no da, la ley no puede decir cuánto dinero tiene que colocar. Entiendo que es mejor el sistema chileno, donde se paga una patente.

SRA. PRESIDENTA ZUCCARDI Y con una escala progresiva, para que a nadie le convenga tener la mina parada.

SR. LARREGUY ¿Desde cuándo Chile tiene el sistema de renovación de la concesión de exploración?

SR. BONFILS Desde 1981.

SRA. PRESIDENTA ZUCCARDI ¿Cuántas empresas exploradoras hay en la Argentina en este momento?

SR. BONFILS En operación habrá seis o siete.

SRA. PRESIDENTA ZUCCARDI ¿En cuántas provincias están actuando?

SR. BONFILS Fundamentalmente en la Patagonia, Mendoza, La Pampa, Salta, San Juan, provincia ésta que es la que mayor inversión en exploración tiene, seguida por La Pampa, Neuquén y Santa Cruz.

SRA. PRESIDENTA ZUCCARDI ¿Cuántas veces intentaron venir a la Cámara de Diputados para pedir que se modificara el Código?

SR. BASTIAS Lo que sucede es que intentamos el camino por el Poder Ejecutivo, y lo hemos hecho muchas veces en estos años.

SRA. PRESIDENTA ZUCCARDI En esta ocasión GEMERA se reunió en Mendoza, y cuando nos contaron sus penurias mi sugerencia fue pedir una entrevista formal con ambas cámaras del Congreso, el COFEMIN y el Poder Ejecutivo, para que quede constancia de su problema. Lo que sucede es que en el mundo minero la reforma del Código es tabú. Están quienes sugieren una reforma integral, y los que creen que eso es muy difícil y que hay que ir removiendo obstáculos parciales.



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Incluso en la última reunión del COFEMIN, donde estuvimos invitados los diputados de la comisión, se trató el tema porque en la gestión pasada hubo una comisión de trabajo convocada por el subsecretario de Minería donde se habían integrado representantes del COFEMIN, de GEMERA, de la Cámara de los Empresarios Mineros, estudiosos del código para encontrar consenso. Se iba encontrando, parece, un consenso, pero como hubo un cambio institucional debemos empezar todo de cero.

Lo natural, tal vez, en una reforma como ésta sería que el propio Poder Ejecutivo envíe un proyecto porque tiene mejores elementos a la mano para sentarnos a la mesa y conciliar una posición.

En ocasión de estar el secretario en la comisión le preguntamos si esto estaba en sus planes. Como no tuvimos una respuesta afirmativa, sugerimos que se hicieran exposiciones frente a los legisladores. Esto debe comenzar por las Cámaras necesariamente. Queremos ir consustanciándonos bien la problemática.

Luego vamos a tener que escuchar distintas opiniones. Quienes están con la práctica de lo que ocurre son las empresas exploradoras. La otra opinión de peso es la de las autoridades de aplicación. Sería importante que en algún momento los pudiéramos juntar con los directores de minas de las provincias a fin de determinar cómo respetar la norma cuando ésta no brinda posibilidades de trabajo.

SR. BASTIAS Ningún director de Minas va a negar lo que hemos dicho. Cuando se ponen en bloque, lo hemos observado que en la reunión del COFEMIN, se dividen en dos bandos y prima más la importancia política que llevar el tema a la realidad.

SR. CORREA Ya que no podemos hablar de la reforma integral, qué artículos del código cambiarían.

SR. BASTIAS El tiempo de exploración sería el primero. Si se demora en hacer la mina, después la inversión de capital es monstruosa para los pobres empresarios.

SRA. ZUCCARDI ¿Cuál es el nudo? ¿Primero el tiempo de exploración y luego el canon?

SR. BONFILS Sí. Hemos propuesto incorporar, con menor jerarquía de lo manifestado, el hecho de que no se puede declarar o manifestar una mina sin exploración previa. Eso lo permite el código y es más barato hacer la manifestación que la exploración.

SR. BASTIAS Río Negro, esto es lamentable, es un área que no se conoce. Recién ahora se está analizando la geología y se ha determinado que hay potencial para explorar. Como en Río Negro costaba 200 pesos poner una manifestación y un cateo costaba ocho mil pesos, todas las empresas pusieron manifestación. Esta provincia hoy tiene aproximadamente 1200 minas que no son tales.

SRA. ASESORA ¿Cuáles son los requisitos para la manifestación?

SR. BASTIAS Se debe presentar una muestra que se puede conseguir en cualquier lado.

SR. ASESOR A una concesión minera -que es a perpetuidad- se accede de dos maneras, con un trabajo de un cateo de exploración o por descubrimiento ocasional.

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Una persona que recurre a un amigo geólogo para pedirle una muestra de cobre y luego se presenta y dice que encontró ese mineral en tal lugar, puede obtener la manifestación de descubrimiento.

SRA. PRESIDENTA ZUCCARDI Situaciones como esa dan lugar al mito de que el negocio minero es un negocio muy especulativo.

SR. BASTIAS Es que justamente ahí está la especulación.

SRA. PRESIDENTA ZUCCARDI Por lo tanto, resulta evidente que nuestro esfuerzo siempre estará dirigido a que el negocio minero sea lo más transparente posible, lo menos especulativo posible, y haya un mayor estímulo a la inversión.

Ya que hablamos de inversión, me gustaría saber cuál es el monto invertido por las empresas exploradoras que hay en la Argentina.

SR. BONFILS Los presupuestos de exploración de las empresas varían.

Antiguamente, los presupuestos eran por país. Por lo general, las empresas son trasnacionales y tiene su sede en Santiago de Chile; es allí donde se discute el presupuesto para toda Sudamérica. A raíz de la baja que sufrieron los precios de los metales, disminuyeron los presupuestos de exploración y cambió la forma en que se invierte en cada país. De esta manera, de presupuestos fijos por país se pasó a presupuestos por proyecto en toda Sudamérica. Por lo menos, así ocurre en la compañía donde trabajo.

SRA. PRESIDENTA ZUCCARDI ¿Qué países priorizan generalmente las empresas?

SR. BASTIAS Perú, Brasil y también Chile. Si no me equivoco, MIM es la única que ha quedado con base en Sudamérica. No sé que ocurrirá la semana que viene, pero hasta hoy, MIM es la única con base en Sudamérica, en Argentina.

Se ha explorado un poco en Brasil y otro poco en Chile, pero más o menos el 95 por ciento del presupuesto se gastaba en la Argentina; en los últimos seis años se gastaron en exploración en varias provincias unos 15 millones de dólares.

Hay algunos proyectos para la provincia de Santa Cruz, pero existe el problema de la inversión de capital. Además, a partir del mes de diciembre nos encontramos con el inconveniente de que el presupuesto se ha ido desviando violentamente hacia Chile; este año es probable que migre el 60 por ciento, y el año que viene no sabemos a cuánto puede llegar ese porcentaje.

SRA. PRESIDENTA ZUCCARDI Tiene la palabra el señor diputado Esaín.

SR. ESAIN Señora presidenta: en un momento de la reunión se dijo que hay exploraciones que ya llevan veinte años. Me gustaría saber si se trata de algo común o si, por el contrario, es una situación excepcional.

SR. BONFILS El promedio de exploración para un yacimiento de magnitud es de nueve o diez años, con factibilidad incluida.

SR. ESAIN Esto es así en la Argentina y en Canadá.

SR. BASTIAS En el mundo, señor diputado.

SR. ESAIN La exploración, ¿es más cara en la Argentina que en Chile?

SR. BONFILS Ahora no, a causa de la devaluación. El canon, es decir, lo que cobra el gobierno, es igual; pero los costos de exploración varían según el caso. Por ejemplo, la exploración que se realiza en la zona de la cordillera tiene un costo mayor que la que se lleva a cabo en La Pampa o en Santa Cruz. Para un proyecto de 800 millones de dólares, la exploración insume unos 60 ó 70 millones de dólares.

SR. BASTIAS Y la construcción de la mina necesita de unos 800 millones de dólares más.

SR. ESAIN ¿Cómo se ha legislado en Canadá respecto del tiempo de exploración?

SR. BONFILS En Canadá, el derecho de exploración se otorga por tiempo indefinido.

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SRA. PRESIDENTA ZUCCARDI ¿Hay alguna posibilidad de que ustedes nos hagan un cuadro comparativo de lo que establecen las legislaciones vigentes en cada país en cuanto a esto que estamos hablando específicamente, es decir, en cuanto a tiempo y superficie? Ustedes seguramente tienen todos los antecedentes.

SR. BOSQUE Le puedo hacer un cuadro comparativo de los países latinoamericanos, nuestros vecinos, porque son con los que competimos. Nosotros con Canadá no podemos competir porque están en problemas ambientales, tienen energía, etcétera. Le puedo hacer un cuadro comparativo con datos de Chile, Bolivia, Perú...

SRA. PRESIDENTA ZUCCARDI Está bien. Ese dato es importante para nosotros, y le digo por qué. La reforma más importante que se hizo cuando se dictó la ley de inversiones mineras y la actualización posterior fue la siguiente. La estrategia de la Argentina -en esto hubo unanimidad absoluta en las comisiones de Minería de ambas Cámaras- fue ponernos en estadios competitivos desde el punto de vista legislativo con los demás países, de modo que pudiéramos unir nuestra riqueza geológica al tema de la seguridad jurídica que el país ofrecía, por las características del sector. Son grupos multinacionales; prácticamente no hay capital nacional.

Este principio, que es estratégico para el país si quiere desarrollar esta actividad, no se puede alterar, y nosotros incluso tenemos que encontrar puntos de unidad, más allá de la transición y demás, con la autoridad ejecutiva.

En ese sentido, el año pasado la secretaría hizo un nuevo estudio para saber en qué punto estábamos, porque a nivel de estatus competitivo estábamos en uno de los primeros lugares en la época de la gestión Mazza y después bajamos al séptimo u octavo lugar. Le pido a mi asesor que informe en qué punto estamos en este momento.

SR. ASESOR (GALLINO) En este momento se están haciendo estudios. Lo que les puedo decir es que estábamos en el lugar 17 en la mina de oro y en el lugar 25 en la de oro y cobre. Pero llegamos a estar primeros junto con Chile.

SR. BASTIAS Entre el año 1992 y 1996 éramos más competitivos que Chile.

SR. ASESOR (GALLINO) Y en este momento el más competitivo es Perú.

SR. BASTIAS No; el más competitivo es Chile.

SR. ASESOR (GARCÍA) ¿Cuál es la posición de China?

SR. BONFILS En este momento son los que mandan, como oportunidad de inversión.

SR. ASESOR (GARCÍA) Me refiero al punto que acabamos de desarrollar.

SR. BONFILS Hace unos años se decía en la propaganda que la última frontera que quedaba era Argentina, y en este momento la propaganda dice que la última frontera que queda es China. Ellos están modificando notablemente la legislación para la exploración, fundamentalmente.

SR. BASTIAS Para atraer capitales. El día que los chinos empiecen a favorecer las leyes de inversión en exploración, se acaba la exploración en el resto del mundo.

SR. ASESOR (GARCÍA) Pero ellos ya habían modificado y estaban en una posición...

SR. BASTIAS Están modificando, pero es un lío terrible.

SR. ASESOR (GARCÍA) Me refiero a este punto exacto del canon.

SR. BASTIAS Todavía no están en condiciones de recibir inversiones...

SR. ASESOR (GARCÍA) Porque ellos estaban en mejores condiciones que nosotros posicionados en el mundo.

SR. BASTIAS Con respecto a nosotros, sí.

SRA. PRESIDENTA ZUCCARDI También me gustaría conocer la visión de ustedes, que son funcionarios argentinos de empresas transnacionales, sobre el siguiente tema. En nuestro país tenemos otra asimetría muy importante, que es la legislación nacional y la de los estados federales. Sabemos que hasta se ha llegado a producir la elección de lugares para explorar en función de la flexibilidad de la autoridad minera local. Esto es algo muy difícil de explicar frente a grupos de inversores internacionales.

SR. BASTIAS Tenemos provincias negras y provincias blancas. Tenemos provincias en las que nunca vamos a entrar porque es terriblemente inseguro pedir un derecho minero.

SR. BOSQUE Hay provincias que no quieren dar una copia del catastro porque dicen que es confidencial. No sé para qué lo quieren.

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cab

cdm

Hay una incoherencia: la Nación gastó mucho dinero en el PASMA para tecnificar el catastro, y cuando ya lo tiene, nos dicen que no nos pueden dar la información.

SR. LARREGUY ¿Por ejemplo, dónde ocurre eso?

SR. BONFILS En Catamarca, que es la principal provincia minera del país.

SR. BOSQUE Hay otras provincias donde el director de Catastro nos dice cuánto vale la información, le enviamos el giro y por Internet nos mandan los datos.

SRA. PRESIDENTA ZUCCARDI ¿Esa información no está disponible a través de la Secretaría de Minería de la Nación?

SR. BONFILS El PASMA es un programa que fue financiado por el Banco Mundial, por una cifra de unos 40 millones de dólares, mediante el cual se tecnificaron los registros gráficos de las provincias, información que iba a estar concentrada en la Secretaría de Minería. El programa terminó pero nunca pudo estar operable, ni siquiera en la Secretaría.

SRA. PRESIDENTA ZUCCARDI Esta comisión tuvo una terminal de computación por la que teóricamente se iba a poder acceder a esa información, pero en realidad no es tan accesible y el programa está desconectado.

SR. BASTIAS Las provincias de Santa Cruz, Chubut, Neuquen, Río Negro y Mendoza andan muy bien en este aspecto.

SR. BOSQUE En 1983 yo trabajaba en Chubut y ya funcionaba bien. No es un problema de tecnología sino de factor humano.

SRA. ASESORA Independientemente del éxito o fracaso del PASMA y de la centralización de la información, ¿existe algún impedimento legal que no permita centralizar esa información o remitirla vía electrónica? ¿Es una información de propiedad de las provincias?

SR. BOSQUE Es información pública.

SR. BONFILS Es como la información de los Registros de la Propiedad Automotor.

SR. BASTIAS Países como Chile y Perú venden esa información; lo importante es tenerla.

SR. BOSQUE Si uno baja una foto satelital sobre determinada área geológica y quiere saber si se trata de una propiedad ocupada, no lo puede saber.

SR. LARREGUY Sería raro que no esté ocupada.

SR. ASESOR El tema es saber si existe un derecho minero anterior.

SR. LARREGUY Pero siempre hay una ocupación superficial.

SR. ASESOR El ocupante superficial no tiene ningún derecho sobre los minerales metalíferos; el derecho es solamente del descubridor.

SR. BONFILS En síntesis, nuestra preocupación es una modernización del Código de Minería, no una reforma total, aunque no nos oponemos a ésta, pero va a llevar años, porque se modificaría el concepto de titularidad. No me imagino que se puedan tocar los yacimientos de las grandes caleras.

SRA. PRESIDENTA ZUCCARDI Ustedes han mencionado como centrales los temas del tiempo y del plan de inversión. ¿Creen que una modificación de ese tipo pueda cambiar la actitud de las empresas exploradoras hacia el país, o estamos en una situación de falta de competitividad por otras razones?

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SR. BONFILS Hay muchas razones que no hacen al código. El hecho de que los gastos de exploración no paguen el IVA no está reglamentado y es un punto importante.



SRA. PRESIDENTE ZUCCARDI Hemos estado pidiendo que se haga la reglamentación.

SR. BONFILS Desde el punto de vista del código, estimularía muchísimo y daría transparencia, que es lo que realmente estamos faltando, a los trámites y a la propiedad minera. A su vez, eliminaría la presencia del estado de ánimo de las autoridades mineras y de las empresas ante un problema que se va a presentar como el hecho de que las empresas "macaneamos" cuando hacemos una manifestación de descubrimiento, sin hacer nada porque saben que la cosa es así. Ese estado de ánimo de las dos partes creo que hay que eliminarlo.

SRA. PRESIDENTE ZUCCARDI Próximamente se está reunir el COFEMIN. El problema es que ellos tienen dificultades importantes respecto a los pasajes para concertar la reunión.

Como integrantes de la comisión nos han invitado, pero sería interesante ir para plantear la opinión respecto de la aplicación a fin de que la puedan conversar con nosotros.



SR. BONFILS Sugiero que participen las autoridades mineras concedentes. Es decir, en algunas provincias hay un juzgado de minas y no es el director de minería que participa. Los directores de minas no son concedentes. En Catamarca el director de minas no tiene nada que ver con la concesión.

SR. LARREGUY En la provincia de Río Negro, la Dirección de Minas es concedente.

SRA. CORREA ¿Quiénes son los que no quieren modificar esto?

SR. BONFILS La discusión no pasa por allí. Hay reformistas integrales y otros que no están de acuerdo.

SRA. CORREA La historia de que vamos a cambiar todo para no cambiar nada, es otra cosa.

SRA. PRESIDENTE ZUCCARDI No he escuchado obstáculos a esta reforma.

SRA. CORREA Lo que ocurre es que no debemos utilizar la palabra reforma.

SR. BASTIAS Hemos puesto como título la actualización de los artículos del código.

SRA. PRESIDENTE ZUCCARDI Debemos hablar de un plan para que la Argentina sea competitiva en la exploración.

SRA. CORREA No hablemos del código, porque se les ponen a todos los pelos de punta.

SR. BASTIAS Esta modificación traería distintos beneficios. Primero brindaría seguridad al proceso de exploración y segundo una gran oportunidad a las provincias para sanear el catastro porque dejarían de tener la mentira de la falsa mina. Quedarían como minas, las que existen, y por otro lado habría cateos de exploración. Inmediatamente se va a sanear la situación.

SR. LARREGUY La provincia de Río Negro, según dijeron, tiene 1200 minas "truchas", esto es cierto porque esa provincia no tiene en su presupuesto el ítem respectivo.

SR. BONFILS En Mendoza ocurre lo mismo. Hay diez en explotación y 1300 declaradas.

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Cedrola

Mi

SRA. PRESIDENTA ZUCCARDI Creo que debemos pedir disculpas a nuestros invitados porque algunos diputados han debido concurrir a reunión de bloque.

SR. BONFILS De todas maneras les dejamos el material que hemos preparado, señora presidenta.

SR. BASTIAS Si me permite, quisiera hacer un comentario.

La Argentina no sabe vender sus cambios positivos. A mi juicio, si un país logra cambios positivos tiene que salir a venderlos en todos lados: revistas, congresos, etcétera. Es decir, tiene que hacer lo que se conoce como marketing.

El bajo costo del proceso de exploración, al que se llega luego de la devaluación, es atractivo para las empresas. Pero cuando éstas ven que surgen problemas a raíz de las disposiciones del Código, se retraen y no venden. Entonces, el proceso tiene que estar acompañado no sólo por un buen trabajo de marketing sino también por la posibilidad de otorgar un plazo de noventa días -por ejemplo- a todas aquellas empresas que quieran cambiar su condición de mina y pasar a exploración pagando un canon.

SRA. PRESIDENTA ZUCCARDI Que quieran blanquear su situación.

SR. BASTIAS Así es. Además, de esa manera se lograría un aumento en la recaudación para la provincia.

SRA. PRESIDENTA ZUCCARDI Me gustaría saber si en el material que han entregado a la comisión hay alguna propuesta legislativa.

SR. BOSQUE Sobre la transición sí, señora presidenta.

SR. BASTIAS Reitero que los cambios positivos tienen que ser muy bien vendidos en el exterior porque, de esa manera, se logra atraer capital.

SR. BOSQUE Ya que hablamos de transición, me gustaría acotar lo siguiente. La reforma del año 1980, al incorporar los yacimientos de tipo diseminado, creó un problema con los de tipo vetiforme y con el tema de las seis y cien hectáreas. Entre seis y cien hectáreas hay una separación terrible; si no tenemos una pertenencia de cien hectáreas debemos entrar en discusión con la autoridad, pero por otra parte no podemos tener más de seis hectáreas. Por eso creemos que debería haber un solo tipo de pertenencia y que la unidad básica tendría que ser igual a una hectárea.

SR. LARREGUY ¿Podría explicar un poco más el tema?

SR. BONFILS En el año 1980 se introduce el concepto de gran minería.

Para que se entienda bien, permítaseme hacer la siguiente comparación. Los yacimientos diseminados son como grandes esponjas que absorben mineral en volúmenes considerables. Como este tipo de yacimiento necesita áreas de mayor extensión se creó la pertenencia, que es una unidad de la mina y que cubre cien hectáreas. Pero en el código viejo, que hace referencia a las minas vetiformes, se establece que la pertenencia puede ser de sólo seis hectáreas.

Es decir que en el Código existe una diferenciación. Debido a ello también hay diferencias en el canon, porque una cosa es tener una pertenencia de seis hectáreas por una mina vetiforme y otra distinta es tener una pertenencia de cien hectáreas por un yacimiento diseminado.

SR. BOSQUE Creemos que la unidad de medida debería ser igual a una hectárea y que el Código tendría que adaptarse a lo que es la mina, porque si es la mina la que debe adaptarse al Código se producen verdaderos mamarrachos. Por ejemplo, frente a un yacimiento de tipo diseminado con una pertenencia de 96 hectáreas, hay provincias que dan el visto bueno -recordemos que en el Código se habla de cien hectáreas- y otras que no, con lo cual comienza la discusión.

El Código no está adaptado a la realidad minera. Para nosotros, reitero, sería mucho más lógico que la unidad sea igual a una hectárea.

SRA. PRESIDENTA ZUCCARDI ¿Cómo se hace en otros países?

SR. BASTIAS En todos los países es por hectárea. Como se paga por hectárea, puede tenerse una pertenencia hasta tantas hectáreas.

SRA. PRESIDENTA ZUCCARDI Sería interesante que confeccionaran un cuadro comparativo incluyendo todos estos ítems.

SR. BONFILS Eso sería hacer sintonía más fina.

SR. LARREGUY Hay que buscar una unidad de medida lógica para poder trabajar.

SR. BONFILS Exactamente. En algunas provincias limítrofes con Chile, como por ejemplo Mendoza y San Juan, a veces se dan casos en los que no se llegan a cubrir esas cien hectáreas y entonces es necesario recurrir a una figura que se llama demasía, para poder cubrir la parte que falta. Si se hiciera por hectárea sería distinto.

SRA. CORREA En estos momentos, ¿los costos de la Argentina son más competitivos que los de Chile?

SR. BASTIAS Sí, pero la inseguridad jurídica es tan grande...

SR. BOSQUE Lo son, pero en este caso -como en otros- es por la relación con el dólar.

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Pero en la minería, en algunas cosas hemos bajado costos y en otras sigue siendo igual. La máquina que perfora le cobra en dólares...

SR. BASTIAS La mano de obra, no.

SRA. CORREA La energía eléctrica, no; el gasoil, más o menos.

SR. LARREGUY La energía eléctrica es de grupos propios.

SRA. PRESIDENTA ZUCCARDI O sea que hoy podría haber un momento de oportunidad, como dijo la señora diputada.

SR. BONFILS Hay una situación que es peor. Es decir, la Argentina en los últimos cinco o seis años se quedó; se quedó con el verso de que ésta era la última frontera y que éramos los mejores. En los últimos cinco años hemos ido bajando y bajando, y cada vez estamos más atrás.

SR. BASTIAS Pienso que una cosa como ésta, bien vendida, atraería no sé si a los grandes capitales pero sí a todo ese capital inquieto que viene y genera fuentes de trabajo, porque contrata geólogos.

SRA. PRESIDENTA ZUCCARDI En general las exploradoras son empresas junior. Quizás ustedes nos podrían explicar un poco la composición del sector.

SR. BASTIAS Básicamente hay dos grandes grupos: la empresa junior, que es la que entra primero y acepta el riesgo político grande porque va a sacar un gran beneficio; y después atrás viene la empresa grande, que es la que necesita, por su constitución societaria, un equilibrio para que los accionistas digan: "Inviertan en este país aunque tenga cierto nivel de riesgo".

Básicamente en este momento ninguna empresa grande quiere tomar Argentina porque el riesgo es demasiado grande. Los noticieros que mostraban a la gente rompiendo bancos han llegado a todo el mundo, y los accionistas no quieren saber nada. A modo de reflexión, me gustaría saber en qué provincia del interior se ha roto un banco. En San Juan, por ejemplo, que es una provincia donde hay unos líos terribles, los bancos son de vidrio y no he visto ninguno roto. Sin embargo, la imagen que se ha repetido en todos los canales internacionales es la de la gente rompiendo bancos. Entonces, ¿qué accionista con dos dedos de frente va a querer invertir en la Argentina?

SRA. CORREA En la década pasada, todas las empresas exploradoras eligieron la provincia de Mendoza -permítanme que haga un poco de localismo- para vivir. Esas empresas asentaron a todos sus funcionarios internacionales en Mendoza por la seguridad que ofrecía y por su cercanía con Santiago. No así en cuanto a la exploración...

SR. BASTIAS Que se manifestó en todos lados menos en Mendoza.

SRA. CORREA Así es.

SR. BASTIAS Allí nunca se tuvo un catastro.

SR. LARREGUY El catastro de Mendoza debe ser uno de los más viejos.

SR. BASTIAS Pero no se tenía en forma digital; entonces, nadie sabía quién era el dueño de algo.

SRA. CORREA Vivían en Mendoza pero salían a trabajar a todas las provincias del oeste.

SR. BASTIAS Además, Mendoza tiene buena conexión de vuelos. Nosotros vivíamos en Mendoza y viajábamos permanentemente.

SRA. PRESIDENTA ZUCCARDI Les agradezco nuevamente su presencia.

Queda finalizada la reunión.

- Es la hora 20 y 49.