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MINERIA

Comisión Permanente

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 7565-D-2013

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON CONTRATOS SUSCRIPTOS CON VARIAS EMPRESAS EXTRANJERAS PARA LA EXPLOTACION DE LITIO EN LA PROVINCIA DE JUJUY.

Fecha: 20/11/2013

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 177

Proyecto
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional, para que por intermedio de la Secretaría de Minería de la Nación, del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios para que informe si tiene conocimiento sobre los contratos suscriptos oportunamente entre Jujuy Energía y Minería Sociedad de Estado (JEMSE) con la empresa japonesa Jogmec, con la empresa japonesa Toyota, con la empresa australiana Orocobre, y Minera Exar.
A tal efecto deberán informar sobre:
1.- Si ha tenido conocimientos de las negociaciones llevadas a cabo entre JEMSE, JOCMEC, TOYOTA; OROCOBRE Y EXAR, a los efectos de la explotación de las reservas de Litio existentes en la Provincia de Jujuy, y si tiene copia de los contratos suscriptos o a suscribirse con las referidas empresas.
2.- Si se tiene conocimiento sobre la realización de estudios de impacto ambiental, respecto a los emprendimientos que surgen de los contratos respectivos
2.- Si tiene conocimiento que se haya asegurado debidamente la participación de los pueblos originarios en la gestión referida a los recursos naturales de la provincia de Jujuy, conforme lo ordena la Constitución Nacional.
3.- Si tiene conocimiento de cuál es la ecuación económico-financiera desarrollada por el gobierno de la provincia de Jujuy a los efectos de autorizar la contratación, y si se han solicitado avales a la Nación a los efectos de los créditos devinientes de las contrataciones, que serán tomados por el gobierno provincial
4.- Debido a la competencia que tiene la Secretaría de Minería, sobre todo lo que significa extracción de recursos estratégicos, se informe, si las contrataciones realizadas, y la que se está por concretar con la empresa Exar, están conformes con las normas legales referidas al medio ambiente, y con la protección que dispensa la Constitución a los recursos naturales
6.- Si se tiene conocimiento sobre cuál es la jurisdicción a la que se ha sometido el cumplimiento de los contratos, y cuál la legislación que los rige.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Contrariamente a las búsquedas no convencionales de explotación de hidrocarburos, recursos estos que resultan altamente contaminantes, se comenzó hace algunas décadas la búsqueda de energías renovables, que no afecten el ecosistema, produciéndose el reemplazo de unas industrias por otras que determinen una viabilidad sostenible en el tiempo, alejándose de los paradigmas de explotación de recursos que envilecieron la tierra, produciendo consecuencias que nadie hubiera imaginado hace algunas décadas. Si bien el litio es un recurso no renovable, su utilización lo aleja claramente de aquellos que afectan el ambiente, ya que sirve de vehículo para el almacenamiento de un tipo de energía distinta.
Uno de los ejemplos de la necesidad de terminar con industrias generadoras de residuos y que contaminan, es lo que significa la transición de la industria automotriz a la propulsión eléctrica, ya que las emisiones de dióxido de carbono producido por esta industria representan el 30% de las emisiones totales. Sustituir combustibles por energía eléctrica, tendría un significativo impacto ambiental, al disminuir tales emisiones, con un mejoramiento de la calidad del medio ambiente, y una reducción de la dependencia de fuentes de energía, que como dijéramos además de estar acabándose, pretenden ser sustituidas por explotaciones no convencionales, que sin duda ocasionarán enormes perjuicios, que han sido advertidos por especialistas en el tema.
Las dificultades para poner en marcha esa transición hacia otras fuentes de energía estaba dada por la carencia de un medio que pudiera almacenar la cantidad de energía eléctrica que resultara suficiente para asegurar niveles de potencia, autonomía y tiempos razonables de recarga. Los antiguos materiales, fracasaron en la posibilidad de almacenar cantidades suficientes de energías, y las baterías conocidas, no podían responder más allá de un corto período, totalmente insuficiente para desarrollar a la energía eléctrica como una posibilidad de desarrollo que sustituyera a los combustibles. La aplicación de litio cambió el paradigma ya que las baterías de ion-litio tienen una alta densidad de energía, lo que permite una gran capacidad de almacenamiento, con una reducción considerable de su peso total. Almacenan el triple de la energía, generando el doble de potencia, lo que permite la construcción de vehículos con gran capacidad de autonomía y que pueden desarrollar velocidades de hasta 100 kilómetros, sin perjuicio que las nuevas investigaciones que se están desarrollando permitan, perfeccionar el sistema.
A la utilización indicada, hay que sumar que el Litio se utiliza en medicina para tratar diversas afecciones. El litio es un elemento químico de la Tabla Periódica que en el organismo humano se encuentra a unas concentraciones séricas del orden de 10 a 40 mcg/l. y se utilizó como remedio para diferentes enfermedades, hasta que se asentó como agente farmacológico para el trastorno bipolar, también conocido como psicosis maniaco- depresiva, cuyas víctimas alternan estados extremos de euforia (o manía) y depresión que les llevan literalmente al cielo y al infierno, del resplandor a las tinieblas, de una exaltación sin límites, a un abatimiento intolerable.
Según los que han estudiado el tema, el consumo de Litio está creciendo sustancialmente a un ritmo del 5,6% anual, habiendo elevado los precios que aumentaron en la última década por encima del 100%, debido a la demanda y a que la producción no alcanzó a cubrir en su totalidad la misma.
Algunas investigaciones como las llevadas a cabo por el geólogo Keith Evans, estiman que el total de las reservas mundiales de Litio a las que se puede acceder llegan a los 30 millones de toneladas métricas. De ese total, 6,9 corresponden a Chile, 5,5 a Bolivia y 2,5 a la Argentina, lo que supone que estos tres países concentran casi el 50% de las reservas mundiales del mineral. Tampoco pueden tomarse estas cifras como exactas porque existen estudios que sugieren que las reservas son más relevantes y que una prospección adecuada podría incrementar de manera sustancial tales cifras.
Otro elemento a tener en cuenta y que reviste gran importancia es que en algunas regiones donde se realiza la exploración y explotación del litio, viven comunidades aborígenes, que poseen la tierra desde que se instalaron allí, mucho antes de la existencia del Estado Nacional que deben ser consultadas y parte de todo proyecto o iniciativa que signifique la explotación del recurso, conforme lo prescribe el artículo 75, inc. 17 de la Constitución Nacional que establece que el Congreso de la Nación debe "reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos. Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural; reconocer la personería jurídica de sus comunidades, y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; ninguna de ellas será enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos. Asegurar su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afecten. Las provincias pueden ejercer concurrentemente estas atribuciones."
Que si bien el gobierno de la Provincia de Jujuy a través del Decreto 7592/11, ha establecido una suerte de protección relativa para los recursos de Litio, las noticias aparecidas en los medios sobre diversas contrataciones que se habrían efectuado y otras que son materia de próximos acuerdos, determinan mirar con preocupación los acuerdos firmados con distintas compañías extranjeras.
En octubre de 2012, Orocobre y Toyota Tsusho Corporation ("TTC") firmaron un definitivo acuerdo de empresa conjunta para desarrollar el proyecto de litio Olaroz. El Acuerdo sobre esta empresa conjunta prevé un plan integral de financiamiento estructurado para asegurar la participación directa de TTC en, y el apoyo a la financiación de desarrollos planificados en Olaroz. La asociación de Orocobre con TTC comenzó en enero de 2010, tras la ejecución de un acuerdo preliminar que establece un camino hacia la financiación y el desarrollo del Proyecto Olaroz, con la participación de 25% condicional de TTC. Desde entonces, las dos compañías han trabajado estrechamente durante el avance del proyecto a través de la decisión final de inversión a finales de septiembre de 2012. En un negocio donde la calidad del producto es lo más importante, sociedad de inversión de TTC es un fuerte respaldo a la aceptación en el mercado del producto de grado de la batería de alta pureza producida en el Proyecto Olaroz.
En julio de 2012, Orocobre recibió la aprobación gubernamental final para comenzar la construcción del proyecto de litio Olaroz. Anteriormente, en junio de 2012, la Compañía firmó un acuerdo con Jujuy Energía y Minería Sociedad del Estado ("JEMSE"), una compañía de inversión minera de propiedad del Gobierno de la provincia de Jujuy, en el que JEMSE tendrá una participación en el proyecto y proporcionará asistencia durante el desarrollo de Olaroz. La recepción de estas aprobaciones y el acuerdo JEMSE despejó el camino para finalizar el paquete de financiamiento de proyectos de construcción con TTC, Mizuho Corporate Bank y japonés de propiedad estatal Japan Oil, Gas and Metals National Corp. ("JOGMEC"), habiendo anunciado esta última empresa que el yacimiento de Oloroz, entrará en producción comercial en agosto del 2014 (Diario "La Nación", 8/11/2013)
La fase de ingeniería de detalle del proyecto Olaroz ya se ha completado, dando lugar a cambios notables en el alcance del proyecto desde que se indica en el estudio de viabilidad definitivo. La capacidad de diseño de la operación se ha aumentado a 17.500 toneladas por año ("tpa") de carbonato de litio a partir de 16.400 tpa previstos inicialmente en el estudio de viabilidad.
Tras la finalización de los planes de ingeniería de detalle, y después de haber ofrecido todos los contratos importantes con la excepción del contrato para la construcción de la planta de carbonato de litio, la estimación del costo de capital es de 229 millones de dólares.
El Olaroz litio será operado a través de filial argentina de Orocobre, Sales de Jujuy SA, cuya propiedad se transfiere desde Orocobre Ltd a una empresa de Singapur, Sales de Jujuy Pte Ltd, que será el socio de la empresa conjuntamente con Toyota Tsusho y Jujuy Energía y Minería Sociedad del Estado ("JEMSE"), la sociedad de inversión minera de propiedad del Gobierno de la provincia de Jujuy, Argentina.
La participación del Proyecto Olaroz será Orocobre 66,5%, 25,0% y TTC JEMSE 8,5%, es decir que el porcentaje de la empresa minera de Jujuy queda reducida a una cifra insignificante, y las transnacionales que operan el proyecto, se llevan casi la totalidad de la producción. Por otra parte y a cambio de esa participación extremadamente minoritaria JEMSE deberá aportar 7 millones de dólares que tomará prestado de la empresa Orocobre, a la que pagará con el 33.3% de los dividendos de la explotación del proyecto. JEMSE estará obligado a proporcionar fondos para las futuras ampliaciones del proyecto. JEMSE deberá proporcionar servicios esenciales de asistencia para la construcción del proyecto. Finalmente, el pago de todas las obligaciones referidas a las deudas que pueda tener el proyecto con el Banco Mizuho y JOCMEC, tendrán prioridad sobre la distribución de los beneficios debidos a JEMSE.
Como podremos ver, a través de la informaciones recogidas, no solo resulta ser un proceso, oneroso para las finanzas de la provincia de Jujuy, sino que además determina que las empresas extranjeras dispongan de una de las mayores reservas de Litio del país, lo que afecta no solo a la provincia, sino a la economía de la Nación en su conjunto.
A esto se suma que Minera Exar, subsidiaria de Lithium Americas una firma canadiense con sede en Toronto, asociada a la Mitsubishi de Japón, está estudiando el financiamiento de un proyecto para extraer 20.000 toneladas de carbonato de Litio en el salar de Caucharí, desconociéndose actualmente quienes son los inversores. De este emprendimiento, según las informaciones también participará JEMSE, desconociéndose las modalidades del mismo, ya que actualmente todo se mantiene en la mayor reserva, y solo se conocen algunas declaraciones de Waldo Pérez, presidente de Lithium Americas.
Que en un proyecto presentado en el curso del presente año, donde se establecía a través de una ley nacional, las reservas y la producción de este mineral estratégico, planteamos, como debían ser las modalidades operativas de las contrataciones referidas a la extracción del mineral, y las limitaciones que debían tener las empresas que se dedicaran a su explotación. Además de ello planteamos, la necesidad del control, de estos recursos, ya que la experiencia argentina en materia de recursos minerales, siempre ha ido en detrimento de una explotación racional de los mismos, siendo las únicas beneficiadas las empresas transnacionales que se dedican a estos emprendimientos, lo que no puede ser aceptado de manera alguna.
Es necesario conocer debidamente que se está acordando con las empresas extranjeras, sobre recursos que resultan estratégicos, y además todas las modalidades de su contratación a fin de que se verifique el extricto cumplimiento de la ley, de las disposiciones de la Constitución Nacional, protegiéndose esos bienes estratégicos, que no pueden ser cedidos discrecionalmente.
De conformidad con lo anteriormente descripto, resulta extremadamente importante, que la Secretaría de Minería, informe sobre tales contrataciones, en razón de ser el organismo de control sobre todos los recursos, que se hallan en el territorio nacional, verificando el cumplimiento de las normas legales correspondientes. No resulta obstáculo para ello, que los yacimientos se encuentren en territorio provincial, debido, a que resulta inexcusable en cualquier contratación que se haga, que se respete el Orden Público Nacional.
Por lo expuesto, solicito a mis pares se sirvan acompañar el presente proyecto de resolución
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ROGEL, FABIAN DULIO ENTRE RIOS UCR
SANTIN, EDUARDO BUENOS AIRES UCR
NEGRI, MARIO RAUL CORDOBA UCR
MARTINEZ, JULIO CESAR LA RIOJA UCR
SACCA, LUIS FERNANDO TUCUMAN UCR
MALDONADO, VICTOR HUGO CHACO UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
MINERIA (Primera Competencia)