Comisiones » Permanentes » Comisión Permanente de Minería »

MINERIA

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P03 Oficina 334

Jefe SR. LAGO JOSE LUIS

Miércoles 9.30hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2361 Internos 2361/2365

cmineria@hcdn.gob.ar

PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 6510-D-2016

Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR EL DERRAME DE CIANURO Y TOXICOS EN LA MINA VELADERO, PROVINCIA DE SAN JUAN, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.

Fecha: 22/09/2016

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 133

Proyecto
-Expresar su profunda preocupación por el derrame de cianuro y tóxicos en la Mina Veladero, Provincia de San Juan, producida el pasado 8 de septiembre de 2016, su total rechazo a la falta de medidas adoptadas para informar y prevenir nuevos desastres a un año del derrame anterior producido en la misma mina.
-Expresar su solidaridad con los habitantes afectados.
-Solicitar al Poder Ejecutivo que a través del organismo correspondiente informe:
1. Cuántas autorizaciones para explotar proyectos mineros se han otorgado en las zonas cordilleranas de nuestro país? Detalle características y antecedentes.
2. Si los proyectos cuentan con estudios previos de impacto ambiental. En caso afirmativo se remitan sus conclusiones y los antecedentes de los responsables de su realización y se detalle el procedimiento para evaluar el informe de impacto ambiental previo a conferir la autorización para la explotación minera.
3. Si cuentan con inventario de los glaciares que rodean la explotación minera.
4. Si se han realizado audiencias públicas y consultas a la población afectada, previo a otorgar la autorización o previo al inicio de la explotación. Detalle cuántas audiencias se realizaron y sus evaluaciones.
5. Informe si se han permitido y asegurado el acceso a la información pública ambiental para los ciudadanos en general y para los vecinos los emprendimientos en particular
6. Si se han detectado irregularidades e incumplimientos en la aplicación de la normativa vigente. En ese caso, detalle cuales, donde y responsables, así como las medidas adoptadas.
7. Si se han comprobado daños ocasionados por los derrames de cianuro y otros metales pesados ocurridos en la Mina Veladero (Provincia de San Juan) en fechas 13 de septiembre de 2015 y 8 de septiembre de 2016. En tal caso a cuales fueron los daños y qué medidas se adoptaron para repararlos y recomponer el ambiente dañado.
8. Si las empresas a cargo de las explotaciones mineras tienen seguro de responsabilidad por daño ambiental vigentes. Detalle.
9. Si se han detectado, denunciado y comprobado otros daños al ambiente y salud de la población en alguno de los restantes emprendimientos mineros a lo largo de la Cordillera. En su caso, qué medidas se adoptaron.
10. Razones por las cuales no se ha realizado aún el inventario de los glaciares que impone la ley 26639. Si se ha previsto el plazo para su realización, detallando las acciones ya realizadas y las pendientes.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


-Expresar su profunda preocupación por el derrame de cianuro y tóxicos en la Mina Veladero, Provincia de San Juan, producida el pasado 8 de septiembre de 2016, su total rechazo a la falta de medidas adoptadas para informar y prevenir nuevos desastres a un año del derrame anterior producido en la misma mina.
-Expresar su solidaridad con los habitantes afectados.
-Solicitar al Poder Ejecutivo que a través del organismo correspondiente informe:
1. Cuántas autorizaciones para explotar proyectos mineros se han otorgado en las zonas cordilleranas de nuestro país? Detalle características y antecedentes.
2. Si los proyectos cuentan con estudios previos de impacto ambiental. En caso afirmativo se remitan sus conclusiones y los antecedentes de los responsables de su realización y se detalle el procedimiento para evaluar el informe de impacto ambiental previo a conferir la autorización para la explotación minera.
3. Si cuentan con inventario de los glaciares que rodean la explotación minera.
4. Si se han realizado audiencias públicas y consultas a la población afectada, previo a otorgar la autorización o previo al inicio de la explotación. Detalle cuántas audiencias se realizaron y sus evaluaciones.
5. Informe si se han permitido y asegurado el acceso a la información pública ambiental para los ciudadanos en general y para los vecinos los emprendimientos en particular
6. Si se han detectado irregularidades e incumplimientos en la aplicación de la normativa vigente. En ese caso, detalle cuales, donde y responsables, así como las medidas adoptadas.
7. Si se han comprobado daños ocasionados por los derrames de cianuro y otros metales pesados ocurridos en la Mina Veladero (Provincia de San Juan) en fechas 13 de septiembre de 2015 y 8 de septiembre de 2016. En tal caso a cuales fueron los daños y qué medidas se adoptaron para repararlos y recomponer el ambiente dañado.
8. Si las empresas a cargo de las explotaciones mineras tienen seguro de responsabilidad por daño ambiental vigentes. Detalle.
9. Si se han detectado, denunciado y comprobado otros daños al ambiente y salud de la población en alguno de los restantes emprendimientos mineros a lo largo de la Cordillera. En su caso, qué medidas se adoptaron.
10. Razones por las cuales no se ha realizado aún el inventario de los glaciares que impone la ley 26639. Si se ha previsto el plazo para su realización, detallando las acciones ya realizadas y las pendientes.
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
Las graves denuncias sobre derrames de cianuro y metales pesados que han conmovido a la opinión pública hace un año en la Mina Veladero de la Provincia de San Juan, vuelven a repetirse el 8 de septiembre ante la inacción de las autoridades responsables, poniendo en serio peligro la seguridad y la vida de los habitantes de las zonas circundantes y comprometiendo la preservación del medioambiente.
El cianuro es uno de los peores venenos que se conocen. Sin embargo, los expertos señalan no es el peor riesgo ambiental de este tipo de minería pues se degrada al contacto con el aire en pocos meses. El problema mayor son los tóxicos que no se degradan, como algunos químicos y metales pesados.
Un emprendimiento como Veladero (y varios más) está autorizado a no tratar sus residuos peligrosos sino que los pueden acumular en un enorme lago de barros tóxicos, llamado dique de colas. Estamos hablando de un volumen de decenas de hectómetros cúbicos (es decir, que equivale al volumen de muchos cubos de 100 metros de lado).
Estos inmensos depósitos quedarán aún cuando la empresa se retire, se lleve el oro y sus utilidades y contendrá residuos tóxicos que no se degradan nunca y que como sabemos están situados en zonas sísmicas.
La falta de cumplimiento de las normas constitucionales y convencionales, así como las numerosas normas sobre la protección del ambiente, de los glaciares y de la información pública es un eslabón más de una cadena de responsabilidades que no se asumen por parte de las empresas ni de los funcionarios que deben autorizar y controlar, agravándose el riesgo de daños al medioambiente y a la seguridad y salud de la población.
Que los ciudadanos hayan tenido que interponer acciones judiciales para obtener información sobre la Mina Veladero y requerir al poder judicial tome intervención para preservar los derechos que denuncian son violados por el accionar de las empresas y la autoridad de aplicación, demuestra la precariedad de la situación y el escaso compromiso asumido para cumplir con la normativa aplicable.
Por todo lo expuesto solicito a los Sres. Diputados me acompañen en el presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BINNER, HERMES JUAN SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
DURE, LUCILA BEATRIZ FORMOSA PARTIDO SOCIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
MINERIA (Primera Competencia)