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MINERIA

Comisión Permanente

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Jefe SR. LAGO JOSE LUIS

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 1359-D-2007

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE EL CUMPLIMIENTO DEL ACUERDO FEDERAL MINERO.

Fecha: 10/04/2007

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 26

Proyecto
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional en los términos de lo establecido en el artículo 100 inciso 11 de la Constitución Nacional, por donde corresponda informe:
1.- Si tanto en el marco del Acuerdo Federal Minero como en su carácter de autoridad competente, ha velado por el cumplimiento de las obligaciones de regulación y control de la actividad minera, detallando acciones cumplidas.
2.- Si ha verificado o impulsado el control nacional y/o provincial, respecto de la declaración de impacto ambiental, de la calidad científica y del grado de verosimilitud de los estudios de impacto ambiental para las tareas de prospección, exploración, explotación, industrialización, almacenamiento, transporte y comercialización de minerales.
3.- Qué acciones ha adoptado o, en su caso, propiciado, ante los daños a la salud y al medio ambiente, entre otros, padecidos por las comunidades afectadas por la minería.
4.- Qué medidas sancionatorias y reparatorias concretas ha adoptado o impulsa en los casos de comunidades afectadas por la exploración y explotación minera.
5.- Habida cuenta del resurgimiento y promoción de la actividad en el Cordón Minero Esquel, qué precauciones está instando para proteger tanto a la población como al medio ambiente de los efectos nocivos derivados de la actividad minera.
6.- Qué recaudos especiales contempla respecto del efectivo control de cumplimiento de las normas de protección, higiene y seguridad de los trabajadores mineros, en las explotaciones pasadas, presentes y las que en el futuro inminente se avecinan.
7.- Si durante la experiencia promovida por el Acuerdo Federal Minero, existió algún emprendimiento que favoreciere al medio ambiente. Indique detalladamente.
8.- Si durante la experiencia promovida por el Acuerdo Federal Minero, ha habido nuevas formas de fomento implementadas para los emprendimientos v.g. forestación de áreas mineras. En caso afirmativo, indique detalladamente.
9.- Informe detalladamente si se han destinado fondos para la investigación que lleve a un mayor desarrollo tecnológico y social en proyectos vinculados a la conservación del medio ambiente en la actividad minera. Caso afirmativo, describa el objetivo, grado de avance y responsable de su ejecución.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En julio de 1993 por Ley Nº 24228 fue ratificado, en lo que es materia de competencia del Congreso Nacional, el "Acuerdo Federal Minero", suscripto el 6 de mayo de 1993 entre el entonces Poder Ejecutivo Nacional y los entonces señores Gobernadores de las provincias.
Mediante la modificación de los Títulos XVIII y XIX del Código de Minería, se permitió la aplicación provincial del concurso público y la oferta pública de minas para su transferencia al sector privado.
Dicho Acuerdo expresaba como objetivos:
1. "Propiciar el aprovechamiento racional e integral de los recursos mineros en el territorio Nacional";
2. "Promover el desarrollo sectorial consensuando medidas necesarias para atraer inversiones nacionales y extranjeras";
3. "Afianzar el Federalismo en cuanto al papel que desarrollan los Gobiernos Provinciales como administradores del patrimonio Minero de sus respectivos Estados";
4. "Realizar en forma conjunta acciones destinadas a promover las oportunidades de inversión en la Minería Argentina";
5. "Profundizar el proceso de descentralización como modelo para la prestación de las funciones básicas del Estado";
6. "Proteger el medio ambiente a través de una racional actividad productiva";
7. "Aplicar con criterios actualizados la legislación vigente y armonizar normas de procedimientos, teniendo en cuenta las características propias de cada región" y
8. "Optimizar el aprovechamiento de los recursos humanos, económicos y de infraestructura de las instituciones mineras nacionales y provinciales".
La cláusula DECIMA CUARTA de dicho Acuerdo Federal Minero disponía:
"En correspondencia a la importancia que reviste la protección del medio ambiente se establece:
a. La necesidad de cumplimentar, tanto para la actividad pública como privada, una declaración de impacto ambiental para las tareas de prospección, exploración, explotación, industrialización, almacenamiento, transporte y comercialización de minerales.
b. Implementar nuevas formas de fomento, como las especificadas en el artículo 22 de la Ley de Inversiones Mineras, a los emprendimientos que favorezcan al medio ambiente como la forestación de áreas mineras.
c. Destinar fondos para la investigación que lleve a un mayor desarrollo tecnológico y social en proyectos vinculados a la conservación del medio ambiente en la actividad minera. "
Por su parte, la Cláusula VIGESIMA PRIMERA del mentado acuerdo, preveía: "Se fortalecerán asimismo las acciones de Policía Minera en las Provincias para un adecuado cumplimiento de las reglamentaciones vigentes."
En este proyecto de resolución sólo nos abocaremos al seguimiento de los aspectos atinentes a la protección de la salud y el medio ambiente.
A diez años vista, es de público y notorio conocimiento la existencia en todo el país, de comunidades afectadas por las explotaciones mineras, - en Catamarca, Córdoba, Chubut, Jujuy, Río Negro, Salta, San Juan, Santiago del Estero y Tucumán y en territorios de los pueblos originarios Diaguita, Calchaquí, Quilmes y Kolla, entre otros-, con severos daños derivados del impacto ambiental por la contaminación del aire, aguas superficiales y subterráneas, pérdida de la biodiversidad (flora y fauna), erosión del suelo, daño a la salud e impactos al patrimonio antropológico, arqueológico, económico y social.
En la actualidad, el proyecto del Cordón Minero Esquel constituye el punto de partida para decenas de otros proyectos que esperan con atención conocer la suerte que correrá el proyecto Esquel sobre el que ha habido tantos cuestionamientos ambientales y movilizaciones populares.
La minería de oro con cianuro a cielo abierto genera residuos muy peligrosos que quedan depositados en la cima de la montaña así como enormes cavas o tajos que por acción del aire y el agua pueden provocar la contaminación de las aguas río abajo aún años después de finalizada la vida útil de la mina.
Cabe pues preguntarse críticamente si en el marco de este Acuerdo Federal y de la actual política minera nacional y provincial, el Estado Nacional y cada Estado provincial han cumplido o preven cumplir eficientemente su rol de regulación y control de la actividad minera en todas sus facetas y consecuencias.
Especialmente a la hora de verificar la calidad y el análisis de fondo de los estudios de impacto ambiental o si, desgraciadamente, su presentación configura una mera formalidad administrativa con fines meramente declarativos.
Lo mismo acontece con las funciones de policía minera.
Por las consideraciones que anteceden me permito solicitar a mis pares, me acompañen con su voto en la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ATANASOF, ALFREDO NESTOR BUENOS AIRES PERONISTA FEDERAL
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