Comisiones » Permanentes » Comisión Permanente de Minería »

MINERIA

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P03 Oficina 334

Jefe SR. LAGO JOSE LUIS

Miércoles 9.30hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2361 Internos 2361/2365

cmineria@hcdn.gob.ar

PROYECTO DE LEY

Expediente: 0641-D-2009

Sumario: INVERSIONES MINERAS, LEY 24196: SUSTITUCION DEL ARTICULO 22 (REGALIAS PARA LAS PROVINCIAS ADHERIDAS QUE NO SUPEREN EL 7 % SOBRE EL VALOR "BOCA DE MINA"), DEROGACION DEL ARTICULO 22 BIS.

Fecha: 11/03/2009

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 8

Proyecto
Artículo 1°: Sustitúyese el artículo 22 de la Ley 24.196 por el siguiente:
"Artículo 22.- Las Provincias que adhieran o hayan adherido a la presente ley y que perciban regalías o decidan percibir, no podrán cobrar un porcentaje superior al siete por ciento (7%) sobre le valor "boca de mina" del mineral extraido."
Artículo 2°: Derógase el artículo 22 bis de la Ley 24.196 incorporado por Ley 25.161.
Artículo 3°: De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Ley 24.196, de Inversiones mineras, establece, en su título VI, el régimen de regalías. En 1993, cuando se estipuló el techo fijado en el artículo 22 para las regalías, se lo fijó en el tres por ciento (3%).
Más adelante, en octubre de 1999, se promulga de Ley 25.161 que incorpora el artículo 22 bis al régimen de la ley 24.196, dando una definición del valor boca de mina.
En octubre de 2008, en la sesión que llevara a cabo el Parlamento del NOA, que reúne a legisladores de las Provincias de Catamarca, Jujuy, Salta, Santiago del Estero y Tucumán, se aprobó una resolución en la que se solicitó a los legisladores nacionales representantes de estas provincias que gestionaran el tratamiento y aprobación de un proyecto de ley en los términos aquí planteados.
Es notorio el interés de las jurisdicciones que dependen de recursos no renovables por asegurar un desarrollo sustentable en el que el recurso agotable sea fuente de riqueza a futuro. Y la forma de hacerlo es a través del cobro de fondos a la actividad agotable que vaya a financiar nuevas actividades generadoras de riqueza.
Así, Señor Presidente, en cumplimiento de lo solicitado por el Parlamento del NOA, es que presentamos el presente proyecto de ley.
Por todo lo expuesto, es que solicitamos a nuestros pares que nos acompañen en la sanción del presente.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MOISES, MARIA CAROLINA JUJUY FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
MINERIA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
08/09/2010 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría