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MERCOSUR

Comisión Permanente

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 2503-D-2007

Sumario: REGLAMENTO DE LA H CAMARA: MODIFICACION DEL ARTICULO 101 (FUNCIONES Y COMPETENCIA DE LA COMISION DEL MERCOSUR).

Fecha: 24/05/2007

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 57

Proyecto
1- Modificase el artículo 101º del Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 101º: Compete a la Comisión de MERCOSUR asesorar a esta Honorable Cámara, a fin de posibilitar el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Mercado Común del Sur- MERCOSUR.
Asimismo, le corresponde dictaminar sobre todo proyecto o asunto que pueda afectar al proceso de integración regional y a toda ampliación en la búsqueda de alcanzar un mayor nivel de integración.
En especial le compete dictaminar sobre todo proyecto o asunto que importe la incorporación al ordenamiento jurídico interno de las normas emanadas de los órganos del MERCOSUR de acuerdo a lo previsto en el artículo 25 del Protocolo de Ouro Preto, suscripto el 17 de diciembre de 1994 entre los gobiernos de la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay.
Deberá adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de lo establecido en el Artículo 4º, inciso 10º del Protocolo Constitutivo del Parlamento del MERCOSUR.
Trabajará en un orden de temas prioritarios según las necesidades emanadas del Parlamento del MERCOSUR.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente Proyecto de Resolución que se somete a consideración de esta Honorable Cámara tiene por finalidad reformular el Reglamento con el fin de reforzar y readecuar el artículo 101º el que hace referencia a las competencias de la Comisión de MERCOSUR.
El origen del mismo esta basado en dos hechos, a saber:
Por un lado, el reciente establecimiento del Parlamento del Mercosur como órgano de representación de los pueblos de los Estados Partes del bloque, que procede a sustituir, tal cual lo establecido en el Artículo 1º del Protocolo Constitutivo del mismo, a la Comisión Parlamentaria Conjunta.
Por otro lado, esa comisión que tenía por finalidad representar a los Parlamentos Nacionales de cada uno de los países miembros en el ámbito del MERCOSUR ya no existirá más.
En consecuencia, esta comisión será la única representante dentro de nuestra Cámara para evaluar y sintetizar todo los proyectos y demás presentaciones que hagan referencia al MERCOSUR. Es decir, será quién disponga de la capacidad de confluir en la elaboración de una política legislativa que tenga como fin avanzar en el crecimiento y la consolidación de nuestro proceso de integración regional.
Asimismo, será esa Comisión una de las protagonistas en el funcionamiento del Parlamento del Mercosur, ya que tendrá la posibilidad de hacer cumplir lo establecido en el Artículo 4º, inciso 10º del protocolo Constitutivo del Parlamento Mercosuriano, favoreciendo la participación ciudadana y de cualquier organismo de la sociedad.
El MERCOSUR es un proceso, que como tal es dinámico y por ello, vemos prioritario que exista dentro de esta Honorable Cámara una comisión específica que con el consenso de todas las diferentes representaciones legislativas le den un sentido de proyección en la búsqueda de una región más unificada. Es decir, trabajar en función de alcanzar en un fututo próximo una integración económica, siempre pensando en el beneficio de nuestros pueblos. Esto implicará no sólo alcanzar la unión en términos económicos sino además en términos políticos, culturales, sociales y productivos. En definitiva la finalidad perseguida, será sin duda alguna, el logro de una integración más profunda de los pueblos que participan de la región donde tiene competencia este mercado común, el cual ha sido la idea de nuestros Presidentes al suscribir el Tratado de Asunción .
Por lo expuesto, solicito de mis pares la aprobación del siguiente proyecto de Resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SOLANAS, RAUL PATRICIO ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia)
MERCOSUR