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LIBERTAD DE EXPRESION

Comisión Permanente

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PROYECTO DE DECLARACION

Expediente: 3128-D-2009

Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR EL AGRAVIO RECIBIDO POR EL PERIODISTA MARCELO PADOVANI EL 24 DE JUNIO DE 2009, POR EL PRESIDENTE DEL PARTIDO JUSTICIALISTA, NESTOR CARLOS KIRCHNER.

Fecha: 01/07/2009

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 74

Proyecto
Expresar preocupación por el agravio a la libertad de expresión a partir del trato ofensivo con que el Presidente del Partido Justicialista, Néstor Carlos Kirchner, se dirigió al periodista de América 24 Marcelo Padovani, el 24 de junio de 2009 mientras realizaba una visita al partido de Malvinas Argentinas en la Provincia de Buenos Aires.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El 24 de junio de 2009, el Presidente del Partido Justicialista Néstor Carlos Kirchner, realizaba una visita al partido de Malvinas Argentinas en la Provincia de Buenos Aires, cuando el periodista Marcelo Padovani de América 24, se le acercó para indagar respecto de "¿dónde iba a estar esperando el resultado de la elección?", para a partir de allí comenzar por parte del entrevistado una secuencia de respuestas agresivas, descalificadoras e inexplicables para quien además ocupó la máxima magistratura de la Nación.
Diálogo también reproducido por distintos medios periodísticos que estuvieron presentes en el lugar: "a vos no te contesto porque te manda De Narváez", respondió Kirchner, a lo que el periodista indagó "Pero Kirchner, yo soy de América. ¿No existe la libertad de prensa para mí?" y encontró una respuesta más irracional aún "No y salí de acá".
A partir de allí comenzó un clima adverso hacia el periodista si se tiene en cuenta el contexto que rodeaba al ex Presidente, simpatizantes y custodios que, según consignan distintas fuentes hubo agresiones de vuestra parte por medio de empujones, luego que Kirchner afirmara dirigiéndose a su entorno "Es del canal de De Narváez, lo manda De Narváez".
Descripción que demuestra lo inexplicable de la actitud de quien además de ser ex Presidente de la Nación Argentina, es el Presidente de un partido político nacional, y a su vez diputado electo por la Provincia de Buenos Aires en los comicios realizados el pasado 28 de junio.
Cualquiera de estas tres condiciones lo ubican como hombre público y por lo tanto sus dichos y acciones no se condicen precisamente con el rol que debe tener para con los distintos integrantes de la sociedad que representa y pretende representar.
Por ello es sumamente preocupante que tal personalidad política nacional actúe de forma discriminatoria y auspicie la violencia para con un trabajador de la prensa como lo es el periodista Marcelo Padovani, puesto que no hay justificativo político, estratégico ni de ningún tipo que explique estas conductas reñidas con derechos humanos reconocidos internacionalmente como lo es el de la libertad de expresión y en más específicamente el derecho de informar, pertenezca al medio que pertenezca el periodista..
Es categórica en este sentido la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Organización de los Estados Americanos, no solo en su preámbulo que reza en alguno de sus párrafos: "... CONVENCIDOS que cuando se obstaculiza el libre debate de ideas y opiniones se limita la libertad de expresión y el efectivo desarrollo del proceso democrático..."; o "..."RECORDANDO que la libertad de expresión es un derecho fundamental reconocido en la Declaración Americana sobre los Derechos y Deberes del Hombre y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Resolución 59(I) de la Asamblea General de las Naciones Unidas, la Resolución 104 adoptada por la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, La Ciencia y la Cultura (UNESCO), el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como en otros instrumentos internacionales y constituciones nacionales"..
También lo es la Declaración en sus Principios, destacando lo que manifiesta en el 1, respecto a la libertad de expresión, "...1. La libertad de expresión, en todas sus formas y manifestaciones, es un derecho fundamental e inalienable, inherente a todas las personas. Es, además, un requisito indispensable para la existencia misma de una sociedad democrática..."
En el "...2. Toda persona tiene el derecho a buscar, recibir y difundir información y opiniones libremente en los términos que estipula el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Todas las personas deben contar con igualdad de oportunidades para recibir, buscar e impartir información por cualquier medio de comunicación sin discriminación, por ningún motivo, inclusive los de raza, color, religión, sexo, idioma, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social..."
O en el "...5. La censura previa, interferencia o presión directa o indirecta sobre cualquier expresión, opinión o información difundida a través de cualquier medio de comunicación oral, escrito, artístico, visual o electrónico, debe estar prohibida por la ley. Las restricciones en la circulación libre de ideas y opiniones, como así también la imposición arbitraria de información y la creación de obstáculos al libre flujo informativo, violan el derecho a la libertad de expresión..."
Por estos motivos es que solicitamos a nuestros pares sres/as. Diputados/as, nos acompañen con el voto afirmativo al presente proyecto, en el convencimiento que de esta manera estaremos actuando con la coherencia que este tiempo nos exige respecto de nuestro compromiso con los tratados y acuerdos internacionales sobre el derecho de libertad de expresión
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GIUDICI, SILVANA MYRIAM CIUDAD de BUENOS AIRES UCR
IGLESIAS, FERNANDO ADOLFO CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
MORANDINI, NORMA ELENA CORDOBA MEMORIA Y DEMOCRACIA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia)
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