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LIBERTAD DE EXPRESION

Comisión Permanente

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 2971-D-2012

Sumario: DIA DE LA LIBERTAD DE EXPRESION: SE INSTITUYE COMO TAL EL 10 DE OCTUBRE DE CADA AÑO.

Fecha: 11/05/2012

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 46

Proyecto
ARTICULO 1: Institúyase el día 10 de octubre de cada año como "DIA DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN".
ARTICULO 2: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto tiene por objeto establecer el 10 de octubre como "DIA DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN" en conmemoración a la misma fecha de 2009, cuando fuera promulgada por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, la Ley N 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual.
Si bien desde la recuperación de la democracia los gobiernos constitucionales promovieron numerosos proyectos en reemplazo de la llamada Ley de Radiodifusión 22.285, promulgada en 1980 por la última dictadura militar, ninguno de ellos logró tan ansiado objetivo democrático.
En este sentido, la nueva Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual representa un paso trascendente en la vida del pueblo argentino, ya que posibilita el acceso de todos los sectores de la población a diversos canales de expresión y de comunicación de ideas fomentando el pluralismo ideológico y cultural en todo el territorio nacional.
Hace ya más de veinte años, la Corte Interamericana se pronunció al respecto al afirmar que: " La libertad de expresión no se agota en el reconocimiento teórico del derecho a hablar o escribir, sino
que comprende además, inseparablemente, el derecho a fundar o utilizar cualquier medio apropiado para difundir el pensamiento y hacerlo llegar al mayor número de destinatarios".
En relación con ello, la jurisprudencia de la CIDH y la doctrina regional Latinoamericana han reiterado "que la existencia de medios de comunicación libres, independientes, vigorosos, pluralistas y diversos es esencial para el adecuado funcionamiento de una sociedad democrática".
De esta manera, la decisión tomada por el actual gobierno termina con una etapa caracterizada por el monopolio de la palabra por parte de las clases dominantes y se abre un camino de esperanzas para las nuevas generaciones.
La Ley 26.522 brinda la oportunidad para que los sectores populares como Cooperativas, Organizaciones Sindicales, Asociaciones Civiles sin fines de Lucro, Universidades Públicas, Municipios y organismos de distinta naturaleza, participen y publiquen libremente sus pensamientos.
La Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, en su espíritu y en su contenido, tiene como finalidad principal asegurar la igualdad de oportunidades en el acceso a la comunicación, ya que permite la libre expresión de todos los medios de información.
Asimismo, esta regulación de medios en nuestro país es consecuente con los estándares de Libertad de Expresión determinados por la Relatoría Especial de la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos , aprobada el 30 de diciembre del 2009; que tiene como parámetro principal la libertad e inclusión social y como marco jurídico fundamental, la Convención Americana de Derechos Humanos.
Con este nuevo alcance democrático, la libertad de expresión que otorga la flamante ley reconoce una dimensión colectiva que incluye el derecho a recibir información y a difundir, con la mayor diversidad posible, ideas a través de cualquier forma, tanto oral como escrita.
Por lo tanto consagra por un lado, el derecho a fundar nuevos medios de comunicación y por otro, el derecho de la sociedad a contar con más formas de expresión libres, independientes y plurales que le permitan acceder a mayor y mejor información.
Por lo expuesto y al considerar que los fines plasmados en la ley citada representan la transparencia y garantizan la plena vigencia de las libertades individuales y los derechos fundamentales de los ciudadanos, y que el derecho a la libertad de expresión es esencial para el desarrollo de los sectores populares de nuestra nación; solicito la consideración y aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
NAVARRO, GRACIELA SANTIAGO DEL ESTERO FRENTE CIVICO POR SANTIAGO
BRUE, DANIEL AGUSTIN SANTIAGO DEL ESTERO FRENTE CIVICO POR SANTIAGO
OLIVA, CRISTIAN RODOLFO SANTIAGO DEL ESTERO FRENTE CIVICO POR SANTIAGO
PASTORIZA, MIRTA AMELIANA SANTIAGO DEL ESTERO FRENTE CIVICO POR SANTIAGO
HERRERA, JOSE ALBERTO SANTIAGO DEL ESTERO FRENTE CIVICO POR SANTIAGO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LIBERTAD DE EXPRESION (Primera Competencia)
LEGISLACION GENERAL