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LIBERTAD DE EXPRESION

Comisión Permanente

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 1728-D-2011

Sumario: CITACION A LA SEÑORA MINISTRA DE SEGURIDAD, DOCTORA NILDA GARRE, ANTE LA COMISION DE SEGURIDAD INTERIOR DE ESTA H. CAMARA, A FIN DE QUE BRINDE EXPLICACIONES SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL BLOQUEO A LOS DIARIOS CLARIN, OLE Y LA NACION, OCURRIDO LOS DIAS 26 Y 27 DE MARZO DE 2011.

Fecha: 11/04/2011

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 26

Proyecto
Citar ante la Comision de Seguridad Interior de esta Honorable Cámara, a la Señora Ministra de Seguridad Nacional, Doctora Nilda Garre, para que brinde explicaciones respecto al siguiente temario:
A) Bloqueo a la distribución de los diarios Clarín, Olé y la Nación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y GBA sucedido el pasado 26 y 27 de marzo de 2011:
1. Detalle hora y contenido preciso de la orden que Ud. le impartió a la Policía Federal para que actuase en el conflicto.
2. Detalle receptor de la orden y cantidad de efectivos apostados para intervenir en el conflicto.
3. Detalle responsable policial encargado del operativo.
4. Informe razones por las que la Policía Federal no cumplió, al momento de arribo a la planta impresora de Clarín ubicada en Zepita 3200, Barracas, con la orden judicial emitida en enero pasado por el juez Gastón Olivera, para que cualquier reclamo frente a la imprenta "se abstenga de toda conducta que implique impedir u obstruir el normal y regular ingreso y egreso de personas y de bienes".
5. Informe si la Policía Federal detuvo a alguno de los manifestantes involucrados en el bloqueo a la planta impresora del diario Clarín. En tal caso, informe motivos de la detención y caratula provisoria del sumario policial en cada caso.
B) Rescisión del Convenio Nº 27 "Convenio con la Policía Federal Argentina para la Prestación de Servicios de Policía Adicional" firmado entre la Policía Federal Argentina y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con fecha 7 de septiembre del año 2006:
1. Exponga los fundamentos y razones para rescindir el Convenio Nº 27.
2. Indique si la decisión de la rescisión del Convenio Nº 27 fue previamente consensuada con su par del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
3. Indique la cantidad de agentes que estaban afectados al cumplimiento del Convenio Nº 27.
4. Indique si dichos agentes serán afectados a fines de incrementar la presencia policial en la vía pública. Detalle.
5. Indique estado de avance del mapa del delito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, integrante del Plan Integral de Seguridad que su Ministerio se encuentra desarrollando. Detalle.
6. Indique como tiene previsto prevenir delitos y garantizar la seguridad en los establecimientos educativos públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
7. Indique como tiene previsto prevenir los delitos y garantizar la seguridad en los Hospitales Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
8. Indique si considera que la rescisión del aludido Convenio afecta o podría afectar la seguridad de los establecimientos donde estaban afectados los agentes comprendidos en el Convenio Nº 27.
C) Declaraciones respecto de corrupción en la Policía Federal Argentina enunciadas en el marco de la mesa de participación comunitaria con los vecinos de la Comuna 3 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires organizada por la agrupación "La Cámpora" en el Centro Cultural "Zaguán del Sur", ubicado en Moreno 2320, en fecha 07.04.11
1. Indique en base a que hechos concretos realiza sus declaraciones vinculadas a corrupción en la Policía Federal Argentina.
2. Indique si han efectuado denuncias judiciales, iniciado sumarios administrativos o si se ha adoptado algún tipo de medida al respecto y en su caso, brinde detalles.
3. En el supuesto de no haber adoptado medidas concretas respecto de los supuestos hechos de corrupción en la Policía Federal Argentina, indique los motivos por los cuales no se han adoptado medidas específicas.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de citación a brindar explicaciones a la Comisión de Seguridad Interior de esta Cámara apunta a recabar de parte de la Ministra de Seguridad, Dra. Nilda Garré información vital respecto del accionar del Ministerio de Seguridad.
En primer término resulta de público y notorio conocimiento que el pasado sábado 26 de marzo de 2011 aproximadamente a las 23:30 hs. un grupo de manifestantes identificados como empleados de Artes Gráficas Rioplatenses (AGR) y militantes del gremio de Camioneros se apostó frente a la planta impresora del diario Clarín y La Nación, impidiendo la distribución de los diarios Clarín y Olé en Capital y GBA.
No debe perderse de vista que a raíz de amenazas similares a la distribución del mismo medio ocurridas durante fines del año pasado, el juez Gastón Olivera dictó, en enero último, una medida para que cualquier reclamo frente a la imprenta "se abstenga de toda conducta que implique impedir u obstruir el normal y regular ingreso y egreso de personas y de bienes". El juez, según lo informado por distintos medios, había girado su fallo a la ministra de Seguridad, Nilda Garré, para que garantizara su cumplimiento. No obstante ello, en el episodio del pasado sábado 26 de marzo, conforme el testimonio brindado por los distintos medios de prensa y las imágenes transmitidas por los canales de televisión, la presencia policial fue escasa y no intervino en ningún momento para impedir el bloqueo.
Los acontecimientos descriptos han sido repudiados unánimemente por todos los medios locales e internacionales, y por figuras de la política, el periodismo y la cultura. El bloqueo a la salida al público de cualquier medio de prensa independiente resulta un gravísimo acontecimiento que pone en riesgo el derecho constitucional a informarse del que goza la población y la libertad de prensa que debe primar en todo sistema democrático de gobierno.
En este sentido, el Estado a través de la fuerza policial debe impedir que se concreten avasallamientos a la prensa como el que aquí se relata.
El segundo tema, tiene directa vinculación con la prevención de delitos y la seguridad de los habitantes de la Nación Argentina que residen en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyas competencias corresponden al ámbito del Ministerio de Seguridad de la Nación.
Mediante nota enviada por la Policía Federal Argentina al Ministerio de Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en fecha 05 de abril del año 2011, se notificó la decisión de rescindir el Convenio Nº 27 "Convenio con la Policía Federal Argentina para la Prestación de Servicios de Policía Adicional" oportunamente suscripto entre las partes.
En atención a ello, considero necesaria la presencia de la Ministra de Seguridad Nacional, Doctora Nilda Garre, ante la Comision de Seguridad Interior, órgano competente para recibir las explicaciones técnicas del Ministerio de Seguridad Nacional, sobretodo teniendo en cuenta que la medida tomada por el Poder Ejecutivo Nacional puede poner en riesgo la seguridad de los habitantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. De esta manera, el Ministerio de Seguridad Nacional podrá dar las explicaciones de esa decisión, e informar sobre la reasignación de los agentes afectado al Convenio Nº 27.
Finalmente, el tercer punto del temario, hace referencia a las declaraciones que la Dra. Garre realizó en el marco de la mesa de participación comunitaria con los vecinos de la Comuna 3 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires organizada por la agrupación "La Cámpora" en el Centro Cultural "Zaguán del Sur", ubicado en Moreno 2320, en fecha 07.04.11. Sus afirmaciones apuntaron a resaltar problemas de corrupción enquistadas en la Policía Federal que merecen ser detallados y esclarecidos a fin de su persecución y posterior solución.
Por los motivos expuestos solicito a mis pares me acompañen con la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MAJDALANI, SILVIA CRISTINA BUENOS AIRES PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
SEGURIDAD INTERIOR (Primera Competencia)
LEGISLACION DEL TRABAJO
LIBERTAD DE EXPRESION
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 130 (2012), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996