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LIBERTAD DE EXPRESION

Comisión Permanente

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PROYECTO DE DECLARACION

Expediente: 1582-D-2010

Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR EL ATENTADO PERPETRADO CONTRA LA PERIODISTA ADELA GOMEZ DE "RADIO XXI" DE CALETA OLIVIA, PROVINCIA DE SANTA CRUZ, OCURRIDO EL DIA 28 DE MARZO DE 2010.

Fecha: 30/03/2010

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 24

Proyecto
Su repudio al atentado sufrido por la periodista Adela Gómez de Radio XXI, de Caleta Olivia, a quien le incendiaron el automóvil en la puerta de su casa, en la madrugada del 28 de marzo de 2010.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En la madrugada del 28 de marzo de 2010 desconocidos quemaron el automóvil de la periodista Adela Gómez en la puerta de su domicilio.
Según información publicada en medios de comunicación, las primeras pericias realizadas por la Policía provincial determinaron que se trató de un incendio intencional, a causa de combustible derramado sobre el vehículo. "Encontramos un bidón tirado cerca del auto, pero lamentablemente, hasta el momento no pudimos encontrar alguien que haya visto quien hizo esto. Esto fue un acto criminal, porque si el auto explotaba, quemaba la casa", declaró la señora Adela Gómez.
La trabajadora de prensa tiene una larga trayectoria en el periodismo de la zona norte de la provincia de Santa Cruz, es cronista de Radio XXI, medio independiente cuya línea editorial es crítica del gobierno provincial y local.
La señora Adela Gómez, reconocida por investigaciones sensibles al poder local y al provincial, había sido baleada por Gendarmería durante un corte de la ruta 3 por parte de trabajadores de EMPASA, el 12 de septiembre de 2007.
Luego del atentado la periodista Adela Gómez manifestó: "Mis hijos me piden que deje lo que estoy haciendo, pero esto es precisamente lo que buscan estos forajidos; por eso quiero hacer responsables de lo que me pasa al poder político de esta ciudad, al FPVS y decir públicamente que son ellos los únicos responsables de la seguridad de mi familia de aquí en adelante".
La persecución y la presión a periodistas independientes no admite lugar en un estado de derecho. En su artículo 19, la Declaración Universal de los Derechos Humanos expresa que "todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y de recibir informaciones y opiniones y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
Por ello es que solicitamos la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
QUIROZ, ELSA SIRIA BUENOS AIRES COALICION CIVICA
IGLESIAS, FERNANDO ADOLFO CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA
BULLRICH, PATRICIA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA
MORAN, JUAN CARLOS BUENOS AIRES COALICION CIVICA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
SEGURIDAD INTERIOR (Primera Competencia)
LIBERTAD DE EXPRESION
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
20/04/2010 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen como Proyecto de Declaración
03/05/2010 DICTAMEN Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen como proyecto de declaración
29/05/2010 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen
Dictamen
12/05/2010
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 0277/2010 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 1556-D-2010, 1603-D-2010, 1582-D-2010, 1625-D-2010, 1655-D-2010 y 2062-D-2010 CON MODIFICACIONES 12/05/2010
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 17/06/2010 CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1556-D-2010, 1603-D-2010, 1582-D-2010, 1625-D-2010, 1655-D-2010 y 2062-D-2010 APROBADO