JUSTICIA
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 6406-D-2006
Sumario: CREACION DE UN JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LA CIUDAD DE CHILECITO, PROVINCIA DE LA RIOJA: COMPETENCIA TERRITORIAL, DESIGNACION DE JUECES.
Fecha: 27/10/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 161
Artículo 1º – Créase un
juzgado federal de primera instancia en la ciudad Chilecito, provincia de La Rioja,
con competencia en todos los fueros, el cual contará con una secretaría
única.
Art. 2º – La competencia
territorial del juzgado federal de Chilecito comprenderá los siguientes
departamentos: Chilecito, Famatina, Coronel Felipe Varela, General Lamadrid y
Vinchina.
Art. 3º - La Cámara Federal
de Apelaciones de Córdoba ejercerá la superintendencia y será tribunal de alzada
del juzgado que se crea en al artículo 1 de la presente ley.
Art. 4 - Modificase la
competencia territorial del juzgado federal de primera instancia de La Rioja, el cual
abarcará a partir de la sanción de la presente ley, los siguientes departamentos:
Sanagasta, Castro Barros, Araujo, Independencia, Chamical, General Belgrano,
General Ángel Vicente Peñaloza, General Juan Facundo Quiroga, General Francisco
Antonio Ortiz de Ocampo, Rosario Vera Peñaloza, General San Martín, La Rioja,
San Blas de los Sauces.
Art. 5 - Las causas
actualmente en trámite ante el juzgado federal de primera instancia de la ciudad
de La Rioja, continuarán radicadas en él hasta su conclusión definitiva.
Art. 6º – Actuarán ante el
juzgado Federal de Chilecito un defensor de menores, pobres, incapaces y
ausentes y un representante del Ministerio Público Fiscal, con sede – ambos – en
la ciudad de Chilecito.
Art. 7º – Para el
funcionamiento del juzgado que se crea por la presente ley, se designarán dentro
del Poder Judicial de la Nación, un (1) juez, un (1) secretario y (4) empleados
administrativos; y en el ámbito del Ministerio Público, un (1) Defensor, un (1)
Fiscal y dos (2) empleados administrativos.
Art. 8º – los gastos que
demande el cumplimiento de la presente ley serán solventados con las partidas
que al efecto deberán incluirse en el presupuesto del Poder Judicial de la Nación y
del Ministerio Público – según corresponda – para el ejercicio 2007.
Art. 9. – Comuníquese al
Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Estamos creando a través de este proyecto un nuevo juzgado federal de
primera instancia en la provincia de la Rioja, mas concretamente en la Ciudad de
Chilecito, con competencia en todos los fueros y que contará con una secretaría
única, sin perjuicio de que esto en el futuro pueda ser ampliado.
La competencia territorial de dicho
juzgado comprenderá los departamentos de Chilecito, Famatina, Coronel Felipe
Varela, General Lamadrid y Vinchina. La Superintendencia la ejercerá la Cámara de
Apelaciones de Córdoba y que a su vez será tribunal de alzada de este nuevo
juzgado que se crea.
Obviamente que por la creación de
este nuevo juzgado hay que modificar la competencia del actual juzgado federal de
primera instancia de la provincia de La Rioja.
Este nuevo juzgado reviste una vital
importancia ya que en el área de su cobertura se desarrolla una serie de
actividades de competencia federal.
En este sentido tenemos que
mencionar que existe en la misma la recientemente creada Universidad Nacional
de Chilecito, que tiene mas de 7000 alumnos y 12 carreras y que sigue
incrementando su matricula año tras año.
Existe también en Chilecito un
resguardo aduanero creado recientemente debido a que en los últimos cuatro años
el 60% de las operaciones de exportación y el 80 % del monto de las
exportaciones ha salido de Chilecito.
También funciona en Chilecito una
delegación de la AFIP, lo cual reviste una importancia adicional ya que en la zona
existe una gran cantidad de empresas con beneficios impositivos bajo la ley 22021
de diferimiento impositivo y de promoción industrial.
También existe una delegación del
ANSES que justamente atiende en los departamentos donde ejercería competencia
el nuevo juzgado Federal.
También hay un escuadrón 24 de
gendarmería ya que es una zona de frontera con la importancia que esto
significa.
Por otra parte, cabe señalar el hecho
de que entre Chilecito y La Rioja en donde se encuentra actualmente el único
juzgado federal con asiento en la provincia, media una distancia de 200
kilómetros; y que a ello se le suma la carencia de medios de transporte adecuados
a las exigencias del funcionamiento y horario judicial, lo cual acarrea un enorme
sacrificio y desembolso económico para los litigantes ante el fuero federal.
En efecto, toda la región oeste de la
provincia de la Rioja, encuentra serios obstáculos de infraestructura y geográficos
para acceder a la ciudad de la Rioja, lo cual trae aparejado que la iniciación y
prosecución de procesos judiciales ante la justicia federal se halle
desalentada.
En el departamento Felipe Varela
existe una delegación de la Universidad de La Rioja, con cinco carreras y más de
1000 alumnos.
También en este mismo
departamento existe una delegación del PAMI, y esta anunciado la creación de una
agencia del ANSES.
En este departamento, se encuentra
también el Parque Nacional Talampaya, que por haber sido cedido a la Nación es
territorio Federal.
En el departamento Vinchina que
también estaría bajo la órbita del nuevo juzgado se encuentra el nuevo paso
internacional Pircas Negras hacia el vecino País de Chile.
También podemos mencionar que en
los cinco departamentos se encuentra en crecimiento todo lo atinente al
narcotráfico y las adicciones, siendo una zona de consumo, tráfico y se han
detectado tres casos de cultivo.
El sistema Electoral Nacional está
conformado por 24 juzgados federales de primera instancia con asiento en las
capitales de cada provincia y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, todos ellos
con competencia múltiple (es decir, electoral pero también penal, civil, laboral,
contencioso-administrativa, etc.). Por encima de esta pirámide jurídica existe un
único tribunal de alzada que es la Cámara Nacional Electoral, cuya jurisprudencia
tiene fuerza de fallo plenario y es obligatoria para todos los jueces de primera
instancia y para las juntas electorales nacionales.
La justicia federal con competencia en
lo electoral debe cumplir distintos tipos de funciones. La primera función
jurisdiccional es la prevista en el artículo 116 de nuestra Constitución Nacional para
los tribunales nacionales. Además, las funciones de control que se vinculan con la
existencia, organización y actividades de los partidos políticos. Le sigue la
competencia referido al financiamiento de los partidos políticos y de las campañas
electorales, de acuerdo con lo establecido por la ley 25.600. Y, por último,
encontramos la administración electoral; es decir, la confección de los padrones, la
organización del acto comicio y todo lo que ello implica.
A esto se suman las especiales
dificultades que provoca el sistema de subrogancias del único juez federal actuante
en la ciudad de la Rioja. La competencia múltiple del juzgado exige la designación
de jueces subrogantes que cuenten con especialización en materias específicas, y
ello conlleva verdaderas dificultades prácticas que lesionan la eficiencia de la
prestación del servicio de justicia.
Debemos destacar que un proyecto
de similares características ha sido presentado en el año 1996 por el entonces
Senador Jorge Raúl YOMA que fue acompañado por el entonces Senador Raúl
GALVAN Y Eduardo MENEM. En estos diez años han ocurrido una serie de hechos
que hemos mencionado anteriormente que justifican aún mas su creación.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MARTINEZ, JULIO CESAR | LA RIOJA | UCR |
HERRERA, GRISELDA NOEMI | LA RIOJA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MENEM, ADRIAN | LA RIOJA | JUSTICIALISTA NACIONAL |
OVIEDO, ALEJANDRA BEATRIZ | LA RIOJA | JUSTICIALISTA NACIONAL |
SANTANDER, MARIO ARMANDO | LA RIOJA | PERONISTA FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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