JUSTICIA

Comisión Permanente


Of. Administrativa: Piso P04 Oficina 423

Secretario administrativo DRA VILLARES MARIANA

Miércoles 16.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2418 Internos 2418/17

cjusticia@hcdn.gob.ar

PROYECTO DE LEY

Expediente: 6406-D-2006

Sumario: CREACION DE UN JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LA CIUDAD DE CHILECITO, PROVINCIA DE LA RIOJA: COMPETENCIA TERRITORIAL, DESIGNACION DE JUECES.

Fecha: 27/10/2006

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 161

Proyecto
Artículo 1º – Créase un juzgado federal de primera instancia en la ciudad Chilecito, provincia de La Rioja, con competencia en todos los fueros, el cual contará con una secretaría única.
Art. 2º – La competencia territorial del juzgado federal de Chilecito comprenderá los siguientes departamentos: Chilecito, Famatina, Coronel Felipe Varela, General Lamadrid y Vinchina.
Art. 3º - La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba ejercerá la superintendencia y será tribunal de alzada del juzgado que se crea en al artículo 1 de la presente ley.
Art. 4 - Modificase la competencia territorial del juzgado federal de primera instancia de La Rioja, el cual abarcará a partir de la sanción de la presente ley, los siguientes departamentos: Sanagasta, Castro Barros, Araujo, Independencia, Chamical, General Belgrano, General Ángel Vicente Peñaloza, General Juan Facundo Quiroga, General Francisco Antonio Ortiz de Ocampo, Rosario Vera Peñaloza, General San Martín, La Rioja, San Blas de los Sauces.
Art. 5 - Las causas actualmente en trámite ante el juzgado federal de primera instancia de la ciudad de La Rioja, continuarán radicadas en él hasta su conclusión definitiva.
Art. 6º – Actuarán ante el juzgado Federal de Chilecito un defensor de menores, pobres, incapaces y ausentes y un representante del Ministerio Público Fiscal, con sede – ambos – en la ciudad de Chilecito.
Art. 7º – Para el funcionamiento del juzgado que se crea por la presente ley, se designarán dentro del Poder Judicial de la Nación, un (1) juez, un (1) secretario y (4) empleados administrativos; y en el ámbito del Ministerio Público, un (1) Defensor, un (1) Fiscal y dos (2) empleados administrativos.
Art. 8º – los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley serán solventados con las partidas que al efecto deberán incluirse en el presupuesto del Poder Judicial de la Nación y del Ministerio Público – según corresponda – para el ejercicio 2007.
Art. 9. – Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Estamos creando a través de este proyecto un nuevo juzgado federal de primera instancia en la provincia de la Rioja, mas concretamente en la Ciudad de Chilecito, con competencia en todos los fueros y que contará con una secretaría única, sin perjuicio de que esto en el futuro pueda ser ampliado.
La competencia territorial de dicho juzgado comprenderá los departamentos de Chilecito, Famatina, Coronel Felipe Varela, General Lamadrid y Vinchina. La Superintendencia la ejercerá la Cámara de Apelaciones de Córdoba y que a su vez será tribunal de alzada de este nuevo juzgado que se crea.
Obviamente que por la creación de este nuevo juzgado hay que modificar la competencia del actual juzgado federal de primera instancia de la provincia de La Rioja.
Este nuevo juzgado reviste una vital importancia ya que en el área de su cobertura se desarrolla una serie de actividades de competencia federal.
En este sentido tenemos que mencionar que existe en la misma la recientemente creada Universidad Nacional de Chilecito, que tiene mas de 7000 alumnos y 12 carreras y que sigue incrementando su matricula año tras año.
Existe también en Chilecito un resguardo aduanero creado recientemente debido a que en los últimos cuatro años el 60% de las operaciones de exportación y el 80 % del monto de las exportaciones ha salido de Chilecito.
También funciona en Chilecito una delegación de la AFIP, lo cual reviste una importancia adicional ya que en la zona existe una gran cantidad de empresas con beneficios impositivos bajo la ley 22021 de diferimiento impositivo y de promoción industrial.
También existe una delegación del ANSES que justamente atiende en los departamentos donde ejercería competencia el nuevo juzgado Federal.
También hay un escuadrón 24 de gendarmería ya que es una zona de frontera con la importancia que esto significa.
Por otra parte, cabe señalar el hecho de que entre Chilecito y La Rioja en donde se encuentra actualmente el único juzgado federal con asiento en la provincia, media una distancia de 200 kilómetros; y que a ello se le suma la carencia de medios de transporte adecuados a las exigencias del funcionamiento y horario judicial, lo cual acarrea un enorme sacrificio y desembolso económico para los litigantes ante el fuero federal.
En efecto, toda la región oeste de la provincia de la Rioja, encuentra serios obstáculos de infraestructura y geográficos para acceder a la ciudad de la Rioja, lo cual trae aparejado que la iniciación y prosecución de procesos judiciales ante la justicia federal se halle desalentada.
En el departamento Felipe Varela existe una delegación de la Universidad de La Rioja, con cinco carreras y más de 1000 alumnos.
También en este mismo departamento existe una delegación del PAMI, y esta anunciado la creación de una agencia del ANSES.
En este departamento, se encuentra también el Parque Nacional Talampaya, que por haber sido cedido a la Nación es territorio Federal.
En el departamento Vinchina que también estaría bajo la órbita del nuevo juzgado se encuentra el nuevo paso internacional Pircas Negras hacia el vecino País de Chile.
También podemos mencionar que en los cinco departamentos se encuentra en crecimiento todo lo atinente al narcotráfico y las adicciones, siendo una zona de consumo, tráfico y se han detectado tres casos de cultivo.
El sistema Electoral Nacional está conformado por 24 juzgados federales de primera instancia con asiento en las capitales de cada provincia y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, todos ellos con competencia múltiple (es decir, electoral pero también penal, civil, laboral, contencioso-administrativa, etc.). Por encima de esta pirámide jurídica existe un único tribunal de alzada que es la Cámara Nacional Electoral, cuya jurisprudencia tiene fuerza de fallo plenario y es obligatoria para todos los jueces de primera instancia y para las juntas electorales nacionales.
La justicia federal con competencia en lo electoral debe cumplir distintos tipos de funciones. La primera función jurisdiccional es la prevista en el artículo 116 de nuestra Constitución Nacional para los tribunales nacionales. Además, las funciones de control que se vinculan con la existencia, organización y actividades de los partidos políticos. Le sigue la competencia referido al financiamiento de los partidos políticos y de las campañas electorales, de acuerdo con lo establecido por la ley 25.600. Y, por último, encontramos la administración electoral; es decir, la confección de los padrones, la organización del acto comicio y todo lo que ello implica.
A esto se suman las especiales dificultades que provoca el sistema de subrogancias del único juez federal actuante en la ciudad de la Rioja. La competencia múltiple del juzgado exige la designación de jueces subrogantes que cuenten con especialización en materias específicas, y ello conlleva verdaderas dificultades prácticas que lesionan la eficiencia de la prestación del servicio de justicia.
Debemos destacar que un proyecto de similares características ha sido presentado en el año 1996 por el entonces Senador Jorge Raúl YOMA que fue acompañado por el entonces Senador Raúl GALVAN Y Eduardo MENEM. En estos diez años han ocurrido una serie de hechos que hemos mencionado anteriormente que justifican aún mas su creación.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MARTINEZ, JULIO CESAR LA RIOJA UCR
HERRERA, GRISELDA NOEMI LA RIOJA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MENEM, ADRIAN LA RIOJA JUSTICIALISTA NACIONAL
OVIEDO, ALEJANDRA BEATRIZ LA RIOJA JUSTICIALISTA NACIONAL
SANTANDER, MARIO ARMANDO LA RIOJA PERONISTA FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
JUSTICIA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA