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Comisión Permanente

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Reunión del día 01/06/2005

- MODIFICA EL CÓDIGO ADUANERO

En Buenos Aires, al primer día del mes de junio de 2005, a la hora 10 y 46:
SR. PRESIDENTE IGLESIAS Damos comienzo a la reunión de la Comisión de Economía.

Agradezco la presencia de los representantes de la Unión Industrial Argentina y de la Cámara Industrial de Laboratorios Farmacéuticos Argentinos -CILFA-, quienes fueron convocados para analizar diversos aspectos vinculados con el artículo 46 de la ley 25.986, que modifica el Código Aduanero, y con el proyecto de ley de mi autoría sobre el mismo tema.

Estas cuestiones están relacionadas expresamente con la importación y exportación y con las marcas y propiedad intelectual.

Ante las observaciones que nos han hecho llegar, tanto la Unión Industrial Argentina como CILFA, nos pareció conveniente invitarlos para que expongan sobre aquellos aspectos que ustedes consideren objetables y que puedan provocar algún tipo de perjuicio al sector.

Se encuentran presentes, en representación de la UIA, los señores Hugo Rugbieri y Eduardo Zaslavsky, y por CILFA, los señores Alberto Schilling, Eduardo Franciosi y Mirta Levis.

Tiene la palabra el señor Eduardo Zaslavsky.

SR. ZASLAVSKY Soy secretario del Departamento de Comercio de la UIA. Agradezco la invitación que nos han formulado para permitirnos exponer sobre un tema de tamaña importancia.

Voy a hacer referencia a un aspecto que posiblemente no se encuentre contemplado en las notas que hemos enviado. Me refiero a la problemática de la mercadería falsificada en el contexto de las relaciones internacionales. Estimo que en su oportunidad, los representantes de CILFA abundarán en los detalles técnicos que ilustrarán respecto de esta situación.

En la década del 90 nuestro país adhirió a los acuerdos que surgieron de la Ronda Uruguay del GATT. Una de las características del comportamiento de la Argentina durante esa década fue que se tomaron decisiones que comprometieron al país no por un año o dos sino mientras duraran los acuerdos.

Tales decisiones marcaron a fuego la política comercial de la Argentina porque la condicionaron de manera tal que le han atado las manos en muchas situaciones ocurridas a posteriori, especialmente en las crisis de 2001 y 2002.

Para que ustedes sepan qué tiene que ver esto con lo que estamos tratando hoy, voy a hablar del contexto. La Argentina, por ejemplo, comprometió -con excepción de los aranceles antidumping- un arancel máximo del 35 por ciento. Esta situación, en épocas de crisis, le ha atado las manos a nuestro país. Hay que tener en cuenta que nuestros competidores europeos, para la barrera que ponen en el ingreso de productos con los cuales nosotros sí somos muy competitivos, llegan y hasta superan a veces el 700 por ciento. Es decir que ellos dejaron un margen de maniobra tal que les permite adaptarse a diversas circunstancias para defender su producción nacional. Y este es un simple ejemplo de lo que sucede cuando las decisiones que se toman van más allá de los compromisos asumidos internacionalmente o de aquello que razonablemente permite inferir cómo se va a manejar el país en este ámbito.

En materia de servicios financieros, la Argentina hizo una apertura de tal nivel que actualmente, cuando negociamos con la Unión Europea, no tenemos que ofrecer. Brasil obviamente sí tiene que ofrecer; pero nosotros no tenemos que ofrecer. Ya todo lo que podíamos ofrecer estaba dado unilateralmente por nuestro país. En este caso, incluir las exportaciones dentro del control de mercaderías falsificadas, derecho de autor y, como se ha agregado -a nuestro juicio erróneamente-, otros derechos de propiedad intelectual, significaría volver a cometer el mismo error. La Argentina ha asumido compromisos a nivel de la OMC que se limitan a lo que fijaba la redacción original enviada por el Poder Ejecutivo en materia de mercadería falsificada y derechos de autor. Exceder unilateralmente los compromisos asumidos en el ámbito internacional es volver a atarnos las manos para futuras inversiones.

Ese es un aspecto de la cuestión. Otro aspecto se relaciona con la necesidad de exportar que tiene la Argentina. Afortunadamente, ya pasada la gran crisis de 2001 y 2002, nuestro gobierno está sosteniendo una economía con medidas proactivas que favorecen las exportaciones, lo cual se verifica en los informes que mensualmente elaboran tanto el INDEC como la DGA. Al incluir las exportaciones en la prohibición, estaríamos generando una traba adicional que va más allá de lo que se podría llegar a pensar. Al respecto, voy a dar un ejemplo de lo que ocurrió en los primeros días de vigencia del artículo 46. Una empresa iba a exportar etiquetas a una sucursal de Carrefour en España para una promoción de dicha firma. Se pidió la autorización de Carrefour de Argentina para hacer la exportación, aplicando lisa y llanamente, en forma literal, el artículo 46. Obviamente, jamás iba a conseguir la autorización porque la actividad de Carrefour de España es absolutamente independiente de Carrefour de Argentina; ésta no intervino en absoluto en la negociación en razón de que nada tenía que ver con ese tema. La DGA reaccionó con mucha rapidez en la cuestión y la negociación se destrabó; de lo contrario, la empresa exportadora hubiese sufrido un perjuicio económico que posiblemente, por el volumen de la operación, le habría costado la propia empresa. Este es un mero ejemplo de lo que suele ocurrir en la práctica.

Generalmente, lo que hacen los países es proteger su mercado de producción falsificada, y está muy bien que lo hagan. Está muy bien que la Argentina proteja el mercado interno de la importación de marcas falsificadas y de violación de derechos de autor. En materia de exportaciones, los países suelen ser más laxos. El problema es del país importador, no del país exportador. Nosotros tenemos sobrada experiencia en haber recibido productos que han sido detectados y devueltos por la Aduana a su país de origen; y los países de origen -como el caso de los Estados Unidos o países europeos-, no se preocupan. Cualquiera de nosotros sabe que en el mercado hay productos con la leyenda que indica que son para comercializar exclusivamente fuera del territorio de los Estados Unidos. Si la legislación del país de destino lo admite, ellos no tienen problema alguno en exportar esos productos.

Quiero situarlos en que estamos de acuerdo con los poderes Ejecutivo y Legislativo en cuanto a que hay que hacer algo referido a las mercaderías falsificadas. Es obvio que estamos absolutamente de acuerdo. Lo que decimos es lo siguiente. Debemos poner en el contexto cuál va a ser la afectación de nuestras exportaciones y de nuestra posición negociadora a nivel mundial, para no ir más allá de lo ya comprometido. Porque si avanzamos en otra dirección volveremos a cometer los errores de la década del 90, aunque tengamos la mejor voluntad.

Como sector privado, como operadores de comercio exterior, como destinatarios de las medidas, ya sea como importadores o exportadores de materias primas y mercaderías, este es un aspecto que hay que tener muy en cuenta a los efectos de saber cómo vamos a legislar; porque a pesar de la mejor buena voluntad, podemos producir efectos indeseables.

Es más; si vamos a lo que es la industria del packaging podemos llegar a la situación -tal como está hoy redactado el artículo 46- de que se traben las exportaciones de la Argentina. Imaginen que nuestro país es exportador de envases para multinacionales que operan en todo el mundo y que tienen estandarizados los productos, y por ende les da lo mismo comprar en Argentina, en Brasil o en España, porque las marcas son las mismas; simplemente varían pequeños aspectos de registro. Se nos puede presentar la paradoja de que nos digan sobre la base de qué autorización exportan estos envases o esta etiqueta con la marca de Fulano, cuando son operaciones absolutamente independientes de las casas matrices. Entraríamos en un berenjenal con la DGA, muy difícil de salvar, cuya multa ya tenemos.

Otro tema que cabe señalar es que el artículo 46, tal cual está redactado, permite determinar a simple vista si una materia es falsificada. Se trata de un elemento tan subjetivo, que dos personas paradas delante de la misma mercadería podrían decir, una, que es falsificada, y la otra, que no lo es. Debemos ser muy cuidadosos en la técnica aduanera que se va a emplear, para evitar este tipo de situaciones.

Por el momento, les cedo el uso de la palabra a representantes de CILFA para que abunden en la parte técnica.

Este aspecto de la cuestión hay que tenerlo en cuenta porque si no vamos a reiterar errores del pasado.

SR. PRESIDENTE IGLESIAS Yo diría que si queda alguna consulta la hagamos una vez que los representantes de CILFA expongan sobre el tema.

Tiene la palabra el señor Schilling.

SR. SCHILLING Soy miembro de la Comisión Directiva de CILFA y asesor de la Presidencia.

Queremos agradecer a la comisión la invitación que nos han formulado. Para CILFA este recinto no es nuevo y siempre hemos traído información basada en nuestra experiencia acerca de cómo nosotros visualizamos las disposiciones legales relativas a la propiedad intelectual. Así, en las circunstancias en que hemos actuado siempre brindamos a la Presidencia de esta comisión y a los señores diputados todos los elementos legales, técnicos, estadísticos, económicos nacionales e internacionales que poseemos.

Quiero señalar que, en lo que a mi empresa se refiere, hace quince años que manejo el tema de la negociación de la propiedad intelectual desde el pasaje GATT a la OMC y en todos los sucesivos acontecimientos que se han venido desarrollando.

En este marco, es muy importante la opinión de CILFA, que es la Cámara Industrial de Laboratorios Farmacéuticos Argentinos, de capital nacional. Este último agregado -"de capital nacional"- es muy importante. Muchas veces se habla de "laboratorios argentinos", pero no de los laboratorios de capital nacional. Quienes estamos acá tenemos fábricas e inversiones millonarias que seguimos llevando adelante. Si hoy estamos acá en representación de una cámara que agrupa a un número muy importante de trabajadores y que incide sobre la exportación, es porque tenemos la actitud de seguir invirtiendo y continuar luchando, por más que a alguna empresa, en determinado momento, le hayan ofrecido por su laboratorio más de 1.300 millones de dólares.

No nos creemos sabios ni nada por el estilo. Simplemente, les decimos que estamos luchando. Este es un sector nacional importante, que da mucho trabajo. Si no existieran los laboratorios de capital nacional no sé hasta dónde tendría razón de ser la existencia de la Facultad de Farmacia y Bioquímica. He tenido la satisfacción de enterarme de que los padres de algunos señores diputados han sido farmacéuticos, entre ellos, el padre de un presidente de bloque.

Venimos a oponernos al artículo 46 en lo que respecta al agregado que se hizo en su oportunidad -no sé si desde el Ejecutivo- donde se hace referencia a la propiedad intelectual, con relación a las importaciones y exportaciones.

Cuando se habla de propiedad intelectual se genera un criterio o concepto acerca de que es una afectación en torno a las patentes farmacéuticas. Con toda la lucha que hemos llevado a cabo en distintos países, puedo decirles que la propiedad intelectual es un elemento nuevo que aparece en este momento en el comercio nacional e internacional. No hay excesiva jurisprudencia sobre estos temas en el campo nacional -donde existen muy pocos especialistas, y en el terreno internacional, se está llevando adelante de manera novedosa.

Por otro lado, esta cuestión no afecta solamente a las patentes farmacéuticas. La UIA señaló el caso de la exportación de estuches -lo cual nada tiene que ver con las patentes farmacéuticas-, que en razón de estar alcanzada por este agregado del artículo 46 produjo la paralización de un despacho. ¿Saben ustedes qué cantidad de despachos estuvieron detenidos en las últimas semanas o meses luego de la promulgación de la ley? Setenta despachos. ¿Por qué? Porque la propiedad industrial e intelectual abarca derechos de autor, denominaciones de origen, biotecnología, biología, patentamiento de las plantas naturales, de los animales. Es decir, incluye una gran cantidad de aspectos que no se refieren específicamente a las patentes farmacéuticas. Concretamente, interviene en todo el espectro de la economía nacional. Seguramente ustedes habrán leído en los diarios lo relativo a la empresa Monsanto, con respecto a las semillas.

Cuando uno compra una bolsa a Monsanto está pagando la regalía y el monopolio, en el precio que fija; y después pretende ser socia del agricultor cobrándole otro importe por exportar su producción. Entonces, fíjense cómo estos elementos están actuando. Esta es una preocupación importante que, antes de hacerlo en esta Cámara de Diputados, hemos transmitido a otras instituciones como la Sociedad Rural, la Unión Industrial Argentina o la que agrupa a los agroquímicos.

Quisiera decir lo siguiente: se ha tratado de demonizar el tema de la ley de propiedad intelectual porque se dice que es para patentes farmacéuticas. ¿Quién lo ha demonizado? Lógicamente, las grandes empresas y corporaciones multinacionacionales. En esto yo estoy totalmente de acuerdo: se trata de un enfrentamiento entre empresas nacionales y multinacionales que, desde el punto de vista competitivo, es legal. A nosotros no nos molesta, pero quisiera señalar que cuando una empresa multinacional de un país desarrollado presenta una demanda determinada, ésta siempre va acompañada por su gobierno, ya sea a través de un secretario de Estado, de un ministro o de un legislador, quien participa de la presentación de esa empresa para que puedan abrírsele las puertas. De modo que este punto es muy importante; por eso, antes de entrar de lleno en el problema al que me voy a referir, es justo que lo señale desde un punto de vista general.

Estoy convencido de que cuanta más información tenga el poder político, mejor será para que pueda tomar una decisión política correcta. Como dicen todos los manuales, cuanto más información se tiene sobre algo, más cerca se está de tomar una decisión acertada. Por este motivo vinimos a brindarles esta información. Por supuesto, señores diputados, esto no lo decimos solamente acá. Yo he tenido oportunidad de decirlo también en Francia en un encuentro entre representantes del Mercosur y la Unión Europea donde estuvieron presentes, entre otros, el ex presidente Duhalde y algunos ministros de Brasil, Uruguay y Argentina. Allí dejé bien expresado nuestro desacuerdo en ser permisivos frente a la falsificación, el contrabando de productos o aspectos que hacen al copyright o a los derechos de autor. Estos son elementos muy tangibles que se pueden ver de forma inmediata.

En relación con el agregado tan difuso que se hizo del artículo 46, debo señalar que se le está dando un poder policial a la Aduana, que podría traer perjuicios irreparables porque, desde el punto de vista de la competitividad, estamos hablando de enanos contra gigantes. Digo esto sin ánimo de querer demonizar a nadie. Me parece bien que las grandes corporaciones se defiendan, así como me parece bien que nosotros, las pequeñas empresas, también lo hagamos. Hay que destacar que en materia farmacéutica en la República Argentina se dispone de una producción que no existe en ninguna otra parte de Latinoamérica, ya que los laboratorios de capital nacional ocupan el 51 por ciento del mercado.

Y ese 51 por ciento del mercado está en manos de empresas que están dando trabajo a empleados de distintas categorías, pero fundamentalmente técnicos. Evidentemente estamos dispuestos a seguir llevando esto adelante, a pesar de las ofertas que hemos recibido en algún momento.

Ahora estamos necesitando ayuda, aunque no venimos a pedir beneficio de ningún tipo, ni créditos blandos, ni desgravaciones impositivas. No pedimos nada de eso, pero sí pedimos que nos apoyen en el trabajo que estamos haciendo, que es la consolidación de nuestras empresas para poder exportar.

En las hojas que hemos repartido pueden observar que la industria nacional ya está exportando 350 millones de dólares por año en medicamentos, sin afectar absolutamente en nada los acuerdos que se han firmado en la Organización Mundial de Comercio sobre propiedad intelectual. Incluso, se está exportando a Estados Unidos.

Entonces, marcamos estos temas porque nos parece que el artículo 46 en alguna forma viene a retrotraernos a una situación que nos ha ocurrido hace aproximadamente tres o cuatro años -no recuerdo muy bien- con las mismos actores que hoy están en el gobierno.

El gobierno de los Estados Unidos decidió solicitar la formación de un panel contra la República Argentina; en tal sentido presentó sesenta y cinco puntos diciendo que la industria farmacéutica de capital nacional no cumplía con lo firmado en el capítulo de propiedad intelectual, TRIPS de la Organización Mundial de Comercio. Se negoció durante dos años siendo embajador ante la Unión Europea, ante los organismos internacionales, el actual ministro de Economía, doctor Roberto Lavagna; siendo en ese momento segundo, del primer ministro, el actual embajador ante los organismos internacionales, Alberto Dumont, y estando en la Cancillería los mismos funcionarios que hoy día están.

A raíz de esos sesenta y cinco puntos tuvimos un elevadísimo costo porque debimos nutrirnos de expertos en la materia, desde científicos de la Universidad de Duke, de Carolina del Norte, hasta especialistas de Bruselas.

¿Qué pasó con esa negociación? De los sesenta y cinco puntos quedaron nueve. El gobierno de los Estados Unidos, por medio del secretario de Comercio Exterior, señor Zoellick -actual vicecanciller de Estados Unidos-, y del subsecretario de Comercio Exterior, señor Peter Allegeier -actual secretario de Estado para las Relaciones Internacionales-, señaló que, sobre la base de acuerdos homologados en el marco de la OMC, de esos sesenta y cinco puntos quedaban nueve porque había recibido las explicaciones correspondientes y la industria farmacéutica nacional estaba en concordancia con lo firmado en la OMC.

En cuanto a esos nueve puntos, cuatro pudieron resolverse por medio de un decreto, respecto del cual estuvimos de acuerdo por considerar que ello correspondía -nosotros actuamos seriamente-, y tres fueron fijados por ley de la Nación.

Quedó un punto por si alguna vez surgía... Ellos también tenían dudas. Aquí vuelvo al punto inicial: el tema de la propiedad intelectual en materia de comercio es algo absolutamente nuevo en el universo.

Quedaba un punto pendiente a resolver a través de un capítulo de controversia, es decir, el país que estuviera en contra aceptaba el resultado que podía salir, sin necesidad de que fuera Argentina o Estados Unidos.

¿Cuál fue el punto al que se hacía referencia y que fue modificado por ley del Congreso Nacional? Seguramente muchos de ustedes participaron de esa votación, que ocurrió hace dos años. Me refiero a las medidas precautorias. ¿Por qué Estados Unidos solicitó que se modificara el tema de la ley en las medidas precautorias? Querían que Argentina adoptara el mismo estilo de las medidas precautorias que utilizan los Estados Unidos.

Una medida precautoria puede tener un efecto de cierre de una empresa o sector hasta que llegue el dictamen final. Estados Unidos dice: en nuestro país los jueces no tienen tantas facultades como para determinar que una empresa puede irse a la quiebra, a través de una medida precautoria, sin haber llegado al punto final. Y esto se firmó en este Parlamento del cual ustedes forman parte.

¿Qué es lo que vemos en este agregado al artículo 46? Estamos viendo una mano traviesa que pretendió dar una jerarquía controlador de Aduana teniendo el poder de decidir "esta mercadería no se exporta" o "esta mercadería no se importa". Con ello obliga a las empresas nacionales a tener que cerrar sus puertas o entregar una parte importante de sus negocios que, en su conjunto, puede acarrearles efectos económicos muy regresivos.

Esto no está ocurriendo solamente aquí sino que lo venimos señalando respecto de otros estamentos. Les quería comentar que hace una semana estuvimos presentes en un congreso vinculado con la industria farmacéutica de capital nacional de toda Latinoamérica y que contó con la asistencia del presidente de Guatemala. En la declaración que allí se redactó se puso de manifiesto que la negociación de los tratados de libre comercio que vienen realizando algunos países de la región deben mantenerse dentro de los estándares de la normativa acordada en la Organización Mundial de Comercio sin incluir obligaciones que afecten la existencia misma de la industria farmacéutica de capital nacional; y en concordancia con ello, que la legislación de la línea de frontera debe ser aplicada en armonía con las normas de los acuerdos de propiedad intelectual para que garanticen la libre disponibilidad de insumos farmacéuticos sin incluir otros derechos de propiedad intelectual que obstaculizarían injustificadamente la importación y exportación de insumos y medicamentos limitando la competencia.

Todos sabemos que siempre existe algún pajarito pícaro que intenta conseguir algún grano más. Esto lo venimos señalando en el ALCA y en el Mercosur, entre otros estamentos. Cualquier norma que se aplique al tema de la propiedad intelectual debe estar en concordancia con lo acordado en la Organización Mundial de Comercio. El actual secretario Chiaradía, y su antecesor -Martín Redrado-, siempre han expresado que el tema de la propiedad intelectual debe estar colocado dentro del marco de la Organización Mundial de Comercio. Cuando hubo que negociar con los distintos ministros y secretarios de Estado les sugirió que en este tema había que poner un paraguas porque esto se encuentra asociado a un acuerdo con 144 países. Entonces, no coloquemos normas que puedan estar perjudicando el concepto fundamental con el que se elaboró esta legislación.

Ustedes, señores diputados, pueden contar actualmente con un funcionario a nivel de embajador como lo es el doctor Stancanelli, quien junto con el doctor Tettamanti -que desgraciadamente falleció- formó parte de las negociaciones del GATT en el marco de la Organización Mundial de Comercio. Me refiero a esto por recurrir a fuentes del gobierno que están debidamente informadas.

En definitiva, queremos que sepan que nosotros somos un sector con espíritu para seguir adelante. No tenemos ningún interés de meter nuestras empresas. Queremos posicionarnos como empresas multinacionales y estamos en actitud de hacerlo: hemos hecho inversiones cuantiosas, ocupamos más de veinte mil personas en forma directa y cien mil en forma indirecta y somos el tercer o cuarto sector en el orden nacional. Además, estamos empeñados en trabajar en conjunto con las autoridades políticas, en los distintos poderes, para bien de la sociedad.

SR. PRESIDENTE IGLESIAS Quiero informarles que se han incorporado a esta reunión varios de los legisladores que integran la Comisión de Industria, a quienes agradezco su participación.

Tiene la palabra el señor Eduardo Franciosi.

SR. FRANCIOSI Como director ejecutivo de CILFA, haré una breve exposición en donde me referiré a un documento que hemos presentado la semana pasada en el foro de la Unión Industrial Argentina, con el fin de resaltar la importancia de la cadena de valor de la industria farmacéutica nacional. Este documento se lo hemos entregado a todos los presentes e incluye parte de las cifras que el señor Schilling ha expuesto hace instantes.

Es necesario destacar, para ponernos en contexto, que el 51 por ciento de la capacidad industrial instalada de laboratorios farmacéuticos es nacional. Si comparamos con el resto de los países de Latinoamérica, veremos que esta cifra es muy importante. Por ejemplo, en Brasil, donde existen 400 laboratorios, sólo el 25 por ciento son de capital nacional, mientras que en México, que tiene 300 laboratorios, sólo el 12 por ciento. Más allá de volver a destacar la importancia de la industria farmacéutica como generadora de empleo y empleadora de mano de obra calificada -de las 120 mil personas que emplea, 20 mil tienen empleos directos, el 30 por ciento de los cuales son altamente calificados, representando esto un 7 por ciento del valor agregado del sector industrial-, es necesario describir el fenómeno que ha sufrido esta industria en los últimos dos años a partir del cambio de reglas económicas producido en 2002.

En efecto, las importaciones de materias primas y medicamentos terminados han subido sustancialmente; hoy se encuentran en el orden de los 545 millones de dólares, esto es, el 35 por ciento del total de las importaciones del país. Es por ello que una mala legislación -como la del artículo 46- puede incidir negativamente en el tema que nos ocupa. La industria farmacéutica argentina es altamente dependiente de la importación de materias primas. Por su parte, las exportaciones también se han comportado en forma creciente desde 2002 a la fecha. Hoy están cerca de los 350 millones de dólares que mencionaba Schilling y están concentradas en medicamentos terminados de alto valor agregado. Quisiera resaltar un número que les demostrará la importancia inequívoca del valor agregado producido por la aplicación de tecnología nacional. En la Argentina, actualmente el valor promedio de la tonelada exportada de productos terminados oscila entre 100 mil y 350 mil dólares. Si comparan estas cifras con la que representa la exportación de commodities, podrán advertir la importancia de apoyar la industria nacional y la industria exportadora de alto valor tecnológico.

Del mismo modo, en el caso de principios activos, el valor del kilo exportado oscila entre 2.000 y 20.000 dólares. De manera tal que esto pone un poco en contexto la importancia de los números de la industria y por qué nosotros estamos discutiendo este tema y buscando que se reformule la legislación vinculada con el artículo 46.

Por otra parte, y para finalizar, en el cuadro de la página 23 están señaladas las fortalezas que advertimos para la industria farmacéutica. Uno de los grandes factores es la oportunidad que presentan los mercados externos, el creciente interés externo por los productos terminados de medicamentos argentinos y por una creciente actividad farmoquímica exportadora.

De manera tal que para nosotros resulta relevante resolver este tema con la mayor urgencia porque el crecimiento del mercado internacional para los medicamentos argentinos está a la vista, al igual que la fuerte acción de distintas empresas de capital nacional en el exterior. Como es el caso de Roemmers, Bagó y otras firmas que realmente han conformado compañías farmacéuticas argentinas con proyección internacional.

Nuestra meta es aumentar las exportaciones en tres años a 600 millones de dólares desde los actuales 350 millones, por lo cual requerimos que la dirigencia política y las distintas esferas del gobierno colaboren para que la industria farmacéutica realmente pueda alcanzar esta meta y se consolide como una industria estratégica dentro de las industrias argentinas.

Creo que este documento sirve para que podamos tener un punto de referencia sobre el impacto de la medida legislativa del artículo 46.

SR. PRESIDENTE IGLESIAS Tiene la palabra la señora Mirta Levis.

SRA. LEVIS Soy representante de la Cámara Industrial de Laboratorios Farmacéuticos Argentinos.

Simplemente quería ratificar lo dicho por el representante del departamento de Comercio de la Unión Industrial Argentina. Nosotros compartimos absolutamente lo que él acaba de manifestar.

Efectivamente, el artículo 46 y la legislación que se propone en su consecuencia no es ni más ni menos que una concesión unilateral de la Argentina en el marco de los acuerdos de la Organización Mundial de Comercio.

Creo que las obligaciones de la Argentina se limitan a establecer medidas en frontera de conformidad con el artículo 51 del acuerdo ADPIC a las marcas falsificadas y a la piratería de derechos de autor. Estas son las obligaciones que la Argentina tiene en cuanto a la importación de ambos tipos de mercaderías.

Por lo tanto, al establecer medidas a la exportación como ampliar las medidas en frontera para todas aquellas otras categorías de derecho de propiedad intelectual o industrial que no sean marcas o derecho de autor, se está haciendo una concesión unilateral del país que la Organización Mundial del Comercio no exige.

En consecuencia, si bien esto puede escapar del ámbito local, más allá de las consecuencias graves que tiene para el comercio, en el ámbito multilateral limita a la Argentina en sus negociaciones.

Las negociaciones multilaterales de los países son negociaciones donde teóricamente existe lo que se denomina trade off, un dar y un recibir. De esta forma la Argentina está concediendo unilateralmente una facultad que tiene reservada, y sobre todo en el caso de las exportaciones llama la atención porque se trata de proteger terceros mercados. Esta es una medida que se aplica o se conviene bajo los términos de la reciprocidad en acuerdos bilaterales o plurilaterales, pero no de manera unilateral como lo hace el artículo 46.

Refiriéndome a las otras categorías de derecho de propiedad intelectual e industrial, quiero precisar que se trata de conceptos relativamente nuevos sobre todo en los países en desarrollo que han visto la obligación de implementar protecciones a una categoría de derechos que hasta hace pocos años no existía y que, por lo tanto, requiere una cuidadosa implementación por parte de las legislaciones.

En general en nuestro país no somos muy expertos, pues recién ahora estamos aprendiendo a implementar esto, con algunos errores. Este es uno de los casos. No todas estas categorías de derecho se pueden controlar en una aduana ni tampoco pueden ser controladas en la frontera.

No es lo mismo percibir una marca falsificada que determinar la violación de un circuito integrado en el área de la computación, o la violación de una supuesta patente sobre un principio activo respecto del cual se importa un kilo de materia prima y sobre cuyo producto en sí mismo puede haber 100, 200 o 500 patentes registradas con variaciones químicas infinitas. ¿Cómo podría un despachante de aduana determinar si una materia prima -en la industria química y farmacéutica- viola una patente? Es un arma magnífica en manos de los titulares de las patentes, que pueden obstaculizar la importación indiscriminada de materia prima para fabricar productos genéricos presumiendo la existencia de una patente.

Se nos ha dicho que la Aduana no lo hará de oficio sino que se le dará intervención a las autoridades judiciales. Una medida cautelar se puede dictar en una semana. La cuestión de fondo en un juicio donde se dirima la infracción de una patente puede durar ocho años. Esto implicaría detener en la Aduana principios activos para fabricar productos similares o genéricos por una cantidad determinada de años, que pueden ser muy largos. Esto, lisa y llanamente, puede impedir la competencia.

Aún cuando al final del camino se pueda determinar que no hay infracción, el conflicto se va a dirimir en una cuestión patrimonial entre la empresa afectada y el titular que impidió esa importación. Terminará siendo una compensación económica en un juicio que podrá durar otros ocho años. Y esto puede o no ser compensado en forma adecuada.

Lo que no se compensa es la falta de competencia en el público consumidor, el cual va a sentir los efectos de la eliminación de la competencia. Esto no tiene compensación económica. De manera tal que es una medida muy riesgosa. Dado que es difícil determinar en la Aduana la existencia de la infracción es que el acuerdo TRIPS o ADPIC obliga a establecer medidas en frontera para marcas y derechos de autor. Se trata de categorías de relativa fácil verificación a simple vista. Pero puede resultar ostensible la infracción.

En estas otras categorías de derecho, incluidas en el artículo 46 y en el proyecto de ley que se ha presentado sobre la materia, esto no es posible de ser realizado. Y las consecuencias económicas para las industrias pueden ser muy importantes.

SR. PRESIDENTE IGLESIAS Tiene la palabra la señora diputada Fadel.

SRA. FADEL Cuando el Poder Ejecutivo envía este proyecto de ley a la comisión comenzamos a realizar las rondas de consultas con todos aquellos sectores involucrados.

Luego llevamos al Poder Ejecutivo las sugerencias y aquello que el sector privado objetaba, es decir, algunos aspectos vinculados con los artículos 45 y 46.

Desde el Ejecutivo nos enviaron una serie de modificaciones a varios artículos del proyecto de ley, entre los cuales se encontraba este artículo. Estas modificaciones se fundaban en los requerimientos del sector privado, que es desde donde el Ejecutivo había partido para hacer la nueva redacción. Por lo menos, esto es lo que nos dice el informe y es lo que hemos inferido de las gestiones que hicimos junto al señor diputado Iglesias. Las modificaciones se hicieron a partir de las varias reuniones que tuvimos con el sector privado y, luego, con el Poder Ejecutivo. Fue finalmente el Poder Ejecutivo quien hizo la redacción definitiva y después nos la envió a nosotros. Así es como llegamos a este artículo 46. El fundamento del proyecto era la protección de los derechos de propiedad intelectual relacionada con el comercio. Como muy bien se dijo, nuestro país había tomado el compromiso del acuerdo ADPIC o TRIPS. En este sentido, su artículo 51 dice que "los miembros podrán establecer también procedimientos analógicos para que las autoridades de aduanas suspendan el despacho de esas mercancías destinadas a la exportación desde su territorio". En nuestro país se ha hecho una normativa, como lo es la del artículo 46, que no tiene que ver con el proyecto en general. Este artículo está anexo al proyecto antievasión y no modifica el código. Pero, si bien podría haber estado separado, el Ejecutivo consideró incluirlo. Nosotros creemos que el artículo 46 puede estar sujeto a modificaciones. Esto no significa que haya que eliminarlo. Quisiera que sepan que el Poder Ejecutivo nacional está siempre dispuesto a proteger en serio la industria nacional y que, actualmente, están intentando que nuestra producción vuelva a ser lo que alguna vez fue.

En relación con lo que se habló anteriormente, a partir de la devaluación nuestra producción nacional -en especial los productos agrícolas- mejoró sustancialmente por el aumento de las exportaciones, más allá de que ahora nos hemos equilibrado un poco. No caben dudas de que el Poder Ejecutivo va a estar dispuesto a revisar el artículo 46, pero todavía se necesitan más argumentos para hacerlo. Vamos a hablar con algunos otros especialistas -por lo menos lo haremos los justicialistas- para ver si podemos resolver esta cuestión. Quiero aclarar, de todos modos, que esta norma la discutimos mucho, porque si bien fue sancionada rápidamente, antes de hacerlo se trabajó mucho con los sectores involucrados. Nosotros estábamos totalmente convencidos de que era una norma que se ajustaba a las necesidades de todos, ya que habíamos hecho las consultas pertinentes. Igualmente, volveremos a consultar al Ejecutivo sobre ello. También habíamos hablado con el presidente de la Comisión de Industria, el diputado Carlos Brown, y con el diputado González, sobre la posibilidad de hacer distintos tipos de consultas con respecto a esta inquietud de redactar nuevamente el proyecto, si es que esto ayuda a que no sean trabadas las exportaciones de nuestra industria nacional.

SR. PRESIDENTE IGLESIAS Tiene la palabra el señor diputado Rafael González.

SR. GONZÁLEZ (R.A.) Obviamente, al momento de sancionarse este artículo no consideramos lo que se está planteando ahora. No obstante, me siguen quedando dudas acerca de estos planteos, porque el artículo 46 dice: "Prohíbese la importación o la exportación de mercaderías bajo cualquier destinación aduanera suspensiva o definitiva, cuando de la simple verificación de la misma resultare que se trate de mercadería con marca de fábrica o de comercio falsificado..." O sea que va de suyo que una modificación de un circuito electrónico se puede constatar con una simple verificación, salvo que exista una denuncia de que lo que se está exportando es de propiedad de otra persona. El artículo continúa diciendo: "de copia pirata o que vulnere otros derechos de propiedad intelectual o de propiedad industrial que al titular le otorgue la legislación nacional".

Si alguien que produce o ejerce su trabajo dentro de la Argentina está protegido por algo, obviamente dentro del territorio nacional tiene derecho a reclamar.

¿Qué ocurre cuando hay duda? Sigue el artículo: "En los casos en que la situación contemplada en el párrafo anterior no fuera evidente..." -estamos hablando de los circuitos integrados- "...el servicio aduanero podrá suspender el libramiento por un plazo máximo de SIETE (7) días hábiles a fin de consultar al titular del derecho..." -hay algún titular del derecho, tiene que haber la denuncia, tiene que aparecer quién está instando a que esto no se haga- "...y que este último tenga la oportunidad de requerir al juez competente las medidas cautelares que entienda corresponderle". O sea que se está derivando en el organismo lógico del sistema institucional de la Justicia para que defina esta cuestión.

El artículo continúa así: "Si en el supuesto del párrafo anterior la mercadería fuera librada a plaza por ausencia del ejercicio del derecho por parte del titular, el servicio aduanero deberá comunicar tal circunstancia a la autoridad competente en la defensa del derecho del consumidor".

A partir de las exposiciones anteriores creo que eventualmente esto es perfectible y que hay vocación de no causar de ninguna manera perjuicio con la redacción del artículo, pero no visualizo ni alcanzo a entender cuál es realmente el problema.

En la última reunión, con mucha simplicidad planteé la necesidad de que viniera a darnos explicaciones al respeto; nosotros, los políticos, somos expertos en generalidades. Entonces, quienes tienen el derecho afectado son los que están en mejores condiciones de explicar en forma sencilla cuál es la casuística que se genera a partir de la aplicación lisa y llana del artículo 46.

SR. SCHILLING Vamos a dividir la cuestión en dos áreas. Primero, quisiera decir a la señora diputada Fadel que comprenderá que esta Cámara estaba al tanto de esta ley, y nosotros de alguna forma hemos seguido la tramitación. Lo que a nosotros nos preocupa -y esto quiero dejarlo bien claro- es el agregado que le colocaron con respecto a las exportaciones y a las importaciones y a cualquier otro derecho de propiedad intelectual.

Este es el tema que nos preocupa; no nos preocupan los problemas de falsificación, de contrabando y todo el resto. ¿Por qué? Porque una cosa es lo que se escribe con la mejor buena voluntad, y así se lo hemos manifestado al Poder Ejecutivo, y otra son las consecuencias. Al respecto, antes de venir a esta Cámara hemos recorrido la Secretaría de Industria, nos hemos puesto en contacto con el señor ministro de Economía, hemos estado con el titular de la AFIP, hemos estado en la Cancillería con el doctor Chiaradía, hemos estado en una serie de organismos, incluyendo el Ministerio de Salud, y nos han señalado que en general no sabían cómo o porqué se había colocado este agregado.

El tema fue tan insistente que se produjeron hechos consumados que van más allá de la buena voluntad con que ustedes han legislado en la materia; por ejemplo, el hecho contundente de dar la potestad a un hombre de la Aduana para que detenga un despacho, y después se detuvieron setenta despachos.

Tengo en mi poder una resolución firmada por el Director General de Aduanas, que dice lo siguiente: "Visto que a través de la ley N° 25.986 se introdujeron sustanciales reformas a la ley N° 22.415 de Código Aduanero. Entre las citadas reformas -y en cuanto aquí interesa-, se estableció a través del artículo 46 la prohibición de importar o exportar bajo cualquier destinación aduanera definitiva o suspensiva, mercaderías con marcas de fábrica o comercio falsificadas, de copia pirata o que vulnere otros derechos de propiedad intelectual o de propiedad industrial que al titular le otorgue la legislación nacional. Conforme surge del último párrafo del citado artículo, su aplicación será con ajuste a las condiciones y procedimientos que establezca la reglamentación. Por ello, encontrándose en etapa de elaboración el decreto reglamentario del artículo 46, y sin perjuicio de la vigencia normológica que el mismo posee dentro del ordenamiento positivo nacional, se instruye a las áreas operativas de todas las Aduanas del país. El artículo 46 de la ley número 25.986 se encuentra diferido en su aplicación conforme surge de su propio texto hasta tanto se dicte la norma reglamentaria que se encuentra en proceso de elaboración". Aclaro que la ley no ha sido reglamentada.

No se trata solamente de una inquietud nuestra. Hemos visto que el Poder Ejecutivo ha tomado nota de este problema advirtiendo que hay que solucionarlo debido a que se están creando condiciones que pueden perjudicar en mucho a la industria nacional.

Con respecto a la faz técnica, voy a pedir a la doctora Levis que se explaye sobre dicha cuestión.

SR. PRESIDENTE IGLESIAS Quiero formular algunas aclaraciones respecto a los temas que se han planteado.

Aquí tomamos nota de un proyecto que en su momento fue elaborado por el ex director de la Aduana, José Sbatella, y que no fue consultado con los distintos sectores involucrados en el tema.

Cuando el proyecto llegó aquí lo comenzamos a analizar y convocamos a distintos sectores, los cuales ya habían estado hablando con las nuevas autoridades de la Aduana y con quienes consensuaron varios artículos que luego fueron modificados. Entre ellos, se encontraba el artículo 46.

Se llevó a cabo una reunión de la cual participaron varias instituciones afectadas por este tema. Me refiero a la Cámara Argentina de Comercio, la Cámara de Importadores y Exportadores de la República Argentina y el Centro de Despachantes de Aduana, entre otros; pero ninguno advirtió sobre los problemas que podía plantear este artículo 46.

Concretamente, el artículo no tiene ninguna mano negra. Hubo conversaciones abiertas entre esta comisión, la AFIP y la Aduana. Este artículo -en lo que se refiere a su modificación- fue consultado por parte de la Aduana con los sectores involucrados en este tema.

Dado que uno de los funcionarios que ha sido invitado me hace un gesto diciéndome que no es así, entonces le voy a exhibir el fax correspondiente si no pareciera quedar la idea de que existió una mano negra. Esto no lo puedo tolerar porque estaría hablando acerca de que hay una intromisión extraña en este asunto. Además, existen las correspondientes versiones taquigráficas.

El Poder Ejecutivo deseaba que esta ley fuera tratada con rapidez porque formaba parte del plan antievasión. Estamos hablando de una iniciativa que fue analizada con absoluta apertura. Respecto del artículo en cuestión podemos decir que fue el que se consensuó en aquel momento y que vino tal cual estaba redactado por la Aduana.

Pero a mí me también interesa otro tema. Si bien las exposiciones que hemos escuchado aquí han destacado extensamente la importancia de la industria -sobre todo la farmacéutica-, ninguno de nosotros está objetándola ni quiere perjudicarla. Existen actividades lícitas y actividades ilícitas. En este sentido, pienso que recién hacia el final de su exposición la doctora Levis empezó a centrarse en el conflicto. Lo que pretende la ley es eliminar una actividad ilícita, ya sea de importación o de exportación. No comparto el criterio de que la Argentina podría estar conviniendo o aceptando que se lleven a cabo actividades ilícitas de exportación. Creo que esto no lo puede plantear nadie acá. Lo que sí se puede plantear es que la ley, que pretende atacar las actividades ilícitas, probablemente esté perjudicando las actividades lícitas: éste es el meollo de la cuestión. A lo que deberíamos abocarnos, sobre todo no siendo expertos en la materia, es a averiguar qué es lo que está provocando este problema.

SR. FRANCIOSI Señores diputados: quisiera hacer una aclaración que a mi juicio corresponde, asumiendo la retractación en cuanto a la existencia de una supuesta "mano negra". Evidentemente, ésta ha sido una expresión quizá desafortunada. Lo que realmente se ha pretendido manifestar es que ni el INPI ni nosotros, que estamos en la órbita de competencia en materia de propiedad intelectual, fuimos convocados en su momento por ustedes. Esta es la realidad: así como ustedes plantearon que aquí han venido a participar otros sectores, nosotros planteamos que no tuvimos la posibilidad de venir. Y quiero dejar en claro que no vinimos no porque no tuviéramos voluntad de participar, sino porque -tal vez por error- no fuimos incluidos en una convocatoria de tamaña envergadura, como lo fue el debate de la ley que ahora estamos rediscutiendo. Creemos que la ley se trató con todo rigor, pero nosotros no estuvimos. Quiero remarcar esto porque, además de lo que ha señalado el diputado Iglesias, vemos con preocupación el traslado de las orbitas de competencia gubernamental desde el INPI hacia la Aduana, en una materia tan importante como es la evaluación, el control y la fiscalización de los derechos de propiedad industrial o intelectual. Pensamos que el Estado argentino ya ha definido una serie de competencias. Sin perjuicio de ello, que la Aduana asuma controles distintos en esta materia -por supuesto, no me refiero al tema específico de la falsificación, el contrabando y los derechos de autor- es dar un paso hacia atrás.

Hechas estas aclaraciones, y si ustedes lo consideran oportuno, quisiera darle paso a la doctora Levis para que conteste a las inquietudes del diputado preopinante.

SR. PRESIDENTE IGLESIAS Antes tenía pedida la palabra el señor diputado Pinedo.

SR. PINEDO Quisiera aportar a la discusión la información que he recibido de parte de mis asesores. El problema surge porque, una vez introducidas al país, las mercaderías falsificadas se desparraman por todo nuestro territorio y, por tanto, resulta muy difícil controlarlas. Esta es la razón por la cual se buscó un mecanismo en la Aduana para combatir este tipo de actividad ilícita. Se estableció el mecanismo de medidas cautelares administrativas, a las que se sumaron las judiciales, que en realidad existen en cualquier actividad comercial de la Argentina y no sólo en ésta.

El tema de propiedad intelectual y patentes está en un terreno claramente diferente, porque los titulares de patentes y de derechos de propiedad intelectual cuentan con mecanismos judiciales para defenderse. Digamos que no necesitan ir a defender sus derechos a la Aduana.

La verdad que desde ese punto de vista es como meter una cosa en un lugar que no tenía demasiado que ver. Lo que puede ser más o menos obvio en la verificación de una marca falsificada, definitivamente no es tan obvio en la discusión con un señor de la Aduana sobre los contenidos de una fórmula química.

Entonces, sucede que el hecho de dar a la Aduana facultades que son del INPI o duplicar competencias de organismos nacionales -recayendo tales competencias en quien conoce del tema y en quien no lo conoce-, y la utilización de mecanismos de medidas cautelares en esos casos que no son obvios y que son difíciles o imposibles detectar a simple vista, generan una situación de freno de importaciones. Se dictan las medidas cautelares en sede administrativa, se para la importación, se da un tiempo para que hagan las cautelares judiciales, se mete la Justicia en el camino, y el pobre señor que está importando algo legal -este es el punto que planteaba el diputado Iglesias- y que es atacado por su competencia en la Justicia, tiene que afrontar los gastos de litigio contra un señor que no quiere competir. Todo ello, porque se incluyó en la normativa algo que no tiene explicación.

Entonces, se produce un perjuicio a la actividad lícita. Yo soy un defensor absoluto del derecho de propiedad, para entrar, para salir, para quedarse, para estar en el medio, para defender la inversión nacional. A diferencia de otros argumentos que se expusieron aquí -que no comparto-, considero que el respeto al derecho de propiedad es lo que permite que haya inversión en la Argentina. Nadie va a invertir en un país que no respete el derecho de propiedad.

De lo que no me cabe duda es que este mecanismo entorpece la actividad lícita de la industria que se ve obligada a litigar, impedida de competir en el mercado por chicanas judiciales, cuando en realidad los titulares de la propiedad intelectual tienen todas las facultades y mecanismos para defender sus derechos en la Justicia y no en la Aduana. Por eso, adelanto la conformidad de nuestro bloque de eliminar la alusión que hace el artículo 46 en lo relativo a la propiedad intelectual.

SR. PRESIDENTE IGLESIAS Tiene la palabra el señor diputado Brown.

SR. BROWN Quería hacer una pequeña acotación vinculada con este tema que me parece que es de mucha complejidad. Se ha sancionado un artículo que como todo artículo y como toda ley es absolutamente perfectible, y consecuentemente en su análisis posterior a la sanción se está viendo que tiene dificultades e inconvenientes. Si alguna duda nos quedara la resolución de la AFIP que acaba de ser leída es más que contundente.

Es decir, la propia AFIP -que es un organismo interesado en este tema- está planteando que hay algún problema, alguna dificultad, y resuelve esperar un poquito para reglamentar y momentáneamente no aplicar la disposición, con lo cual está señalando claramente que allí hay un problema a resolver.

He tenido oportunidad de estar reunido con diferentes sectores empresarios en distintas ocasiones, e incluso con los señores que nos acompañan. He participado de la jornada que la UIA celebró el jueves y viernes de la semana pasada, y he advertido una cantidad de inquietudes vinculadas con el artículo 46.

Asimismo, he tenido ocasión de conversar con secretarios de Estado, quienes me han manifestado su inquietud al respecto y la posibilidad de que algunos conflictos que hoy existen en la Argentina -que se están tratando de resolver-, lejos de solucionarse van a tener una mayor problemática en la medida que este artículo entre plenamente en vigencia.

Por otro lado, como presidente de la Comisión de Industria debo decir que defiendo la competencia de nuestra comisión en este tema. Me sorprende que el INPI haya sido desplazado en función en la Aduana, y que la discusión relativa a los derechos de propiedad intelectual e industrial, que es competencia natural de nuestra comisión, no nos haya sido concedida.

Por lo tanto, voy a hacer algún planteo vinculado con este tema porque creo que falta un giro relacionado con nuestra comisión. Si se hace un análisis -sea por un proyecto específico o por una iniciativa del Poder Ejecutivo-, creo que nuestra comisión de Industria debería tener competencia en este tema.

Aclaro que soy integrante de la Comisión de Economía, pero no puedo venir muy seguido porque ambas se reúnen exactamente a la misma hora, y como presidente de la Comisión de Industria no puedo asistir a ésta. Pero hoy pedí que me acompañaran varios integrantes de la comisión que presido, teniendo en cuenta las características del tema, porque me parece que esta es una cuestión que corresponde a nuestra comisión. En función de todo esto entiendo que hay una necesidad de reforma.

Estimo que es muy valioso el proyecto del diputado Iglesias porque analiza una cantidad de temas, entre ellos, al análisis del artículo 46. De cualquier manera, no estoy seguro de que el proyecto del señor diputado Iglesias esté bien así como se plantea o si hay necesidad de ir directamente a una reforma del artículo 46 eliminando los aspectos que eventualmente han sido equivocados en su confección. Para esto, creo que hay que conformarlo y analizarlo con el Poder Ejecutivo.

Si por lo menos existe un secretario de Estado que ha hablado conmigo y sostiene que esto no va, y al mismo tiempo la AFIP ha emitido esta resolución, evidentemente hay algo que no funciona. Si hay que eliminar algunas palabras para que todos estemos más tranquilos, ¿por qué no hacerlo?

Me parece que esto amerita un análisis un poco mayor, y vuelvo a insistir en que es un tema muy complejo que debería tener una rápida resolución, porque estimo que en poco tiempo más van a empezar los inconvenientes para la industria, no solamente para la farmacéutica y para la de los laboratorios. Hay una cantidad de industrias vinculadas con el sector agropecuario que van a tener problemas.

Entonces, creo que el proyecto del diputado Iglesias es muy interesante y estoy de acuerdo en apoyarlo en varios aspectos, pero estimo que rápidamente nuestros asesores pueden trabajar en algo muy concreto que se vincule exclusivamente con el artículo 46 dando la posibilidad de cambiar o sacar aquellas cosas que, con absoluta buena fe -esto lo descuento- se han establecido en forma equivocada.

SR. PRESIDENTE IGLESIAS Tiene la palabra el señor diputado Esain.

SR. ESAIN Señor presidente: en primer lugar, quiero reconocer la última actitud, porque no hay que ensuciar donde no hay suciedad. Quiero reconocer el hecho de que se ha levantado una sospecha infundada que aparece primariamente como un hecho injuriante hacia el Congreso de la Nación y sus integrantes. Así que celebro esa segunda actitud.

En segundo lugar, quiero preguntar a los sectores que hoy nos visitan, específicamente en cuanto al área de incumbencia, si a su criterio esta redacción podría vulnerar otros derechos de propiedad intelectual o de propiedad industrial que al titular otorgue la legislación nacional.

En este párrafo concreto, quisiera saber si ustedes están visualizando alguna maniobra de intereses económicos extranjeros que tengan que ver con su propia actividad. Si así fuera, me gustaría escuchar una descripción de las maniobras que podrían hacerse porque, desde mi punto de vista, este es un elemento que no entiendo bien. Seguramente, ustedes podrán especificarlo casuísticamente, tal como se ha expresado aquí anteriormente, para ir al fondo de la cuestión.

SR. PRESIDENTE IGLESIAS Tiene la palabra la doctora Levis.

SRA. LEVIS Yo no puedo decirle si efectivamente pudo haber sido una maniobra o no. No lo sabemos. Pero, a través de la legislación, y esto es práctica...

SR. ESAIN Perdón, creo que no me ha entendido. Lo que quiero saber es si usted considera que con esta redacción se pueden hacer maniobras y, si es así, de qué tipo serían.

SRA. LEVIS No tengo dudas de que, con esta redacción, es posible obstaculizar el comercio y la competencia del mercado en algunas áreas.

Esto involucra, como ya lo dijimos, a otros derechos como los relacionados con las patentes. Concretamente, las patentes no solamente son una herramienta vinculada a la industria farmacéutica sino también a la industria de los agroquímicos, que también podría verse afectada.

Quisiera dar un ejemplo para poder, de alguna forma, mostrar cómo no hay una relación unívoca entre un derecho de propiedad intelectual y un producto. Por ejemplo, sabemos que la marca Lacoste tiene un titular y se representa de una manera determinada, con un logo determinado y una calidad determinada. Normalmente, hay una relación marca-producto que se puede determinar.

Cuando hablamos de "patentes" no podemos establecer esa relación unívoca entre producto y título o algún documento que exprese que algo tiene una patente, sobre todo en el área química y farmacéutica.

Cuando aparece la patente de un producto equis, pueden existir cientos de patentes relacionadas al producto equis, que no son de ese producto pero están vinculadas a él. Y esto dificultaría mucho determinar una infracción en la Aduana.

Voy a dar el ejemplo concreto de un producto y luego voy a explicar por qué en la Argentina tiene consecuencias más importantes que en otros mercados. Existe un producto farmacéutico utilizado para el tratamiento de enfermedades oncológicas denominado docetaxel. Como tal, el docetaxel no está protegido en nuestro país por una patente, porque como ustedes saben la Argentina no tenía un reconocimiento de las patentes a los productos farmacéuticos. El cambio de la legislación se produce a partir del año 95 en adelante. Pero, antes de esa situación, nosotros como país reconocíamos patentes a los procedimientos.

Hay una patente que protege el procedimiento para obtener el docetaxel trihidrato. Es decir, un producto que tiene tres moléculas de agua en lugar de un producto anhidro. Aclaro que soy abogada...

SR. PINEDO Los abogados también somos expertos en generalidades. (Risas.)

SRA. LEVIS Sin que existiera esta norma todavía, la empresa multinacional titular de la patente del procedimiento para obtener el docetaxel trihidrato eliminó del mercado la competencia a través de una medida cautelar anunciando que los productos que fabricaba la industria nacional -varios laboratorios- utilizaban el procedimiento patentado para obtener el medicamento.

Ninguna de estas empresas estaba utilizando el trihidrato; utilizaba el anhidro. Los productos estuvieron tres años fuera del mercado. La empresa afectada demandará a quien realizó esta acción, por daños y perjuicios, pero durante tres años quien consumía docetaxel tuvo una sola alternativa en el mercado al precio que quiso poner el titular.



Esto mismo se aplica para el caso del artículo 46. Esta es la consecuencia que permitiría la expresión "y otros derechos de propiedad intelectual o industrial", porque involucra un caso como éste o un caso como el de agroquímicos, que también es un sector muy delicado que trabaja sobre la base de productos que tal vez ya no tienen patente. Pensemos que nuestro país está en un proceso de transición. Nosotros no teníamos en nuestro sistema patentes para productos farmacéuticos, solamente teníamos para los procedimientos. Actualmente, la industria nacional está ofreciendo al mercado alternativas de productos lícitos que no tienen patentes porque no las tuvieron anteriormente, ya que nuestro sistema no lo permite. En 1995 la legislación argentina fue modificada por el acuerdo TRIPS o ADPIC, lo cual quiere decir que a partir de ese año nuestro país comenzó a recibir, por obligación internacional, patentes de productos y procesos. A partir de 2000, que es cuando venció el plazo de transición que el Congreso había tomado, comenzaron a concederse estas patentes de productos farmacéuticos. De todas maneras, hay una cantidad de productos que están en el dominio público lícitamente comercializados. Sobre muchos de esos productos, que son lícitamente comercializados porque no había patente en nuestro régimen...

SR. ESAIN ¿Ese podría ser el caso de los genéricos?

SRA. LEVIS La expresión "genérico" se utiliza en los mercados donde hay patentes y sirve para denominar al producto cuando se vence la patente. En nuestro caso utilizamos esta palabra de una forma no del todo adecuada, porque, en realidad, no lo hacemos cuando se vencen las patentes de los productos, ya que estas nunca existieron en la Argentina.

Nosotros estamos hablando de la comercialización de productos lícitos, y consideramos muy importante el reconocimiento y respeto de los derechos de propiedad intelectual. Entonces, en relación con esta cantidad de productos lícitamente comercializados, desde 1995 venimos advirtiendo que se formulan enormes cantidades de solicitudes de patentes en cuanto a modificaciones químicas de los productos. Esto tiene que ver con una práctica internacional, ya que hay poco desarrollo de nuevas moléculas en el mundo y las empresas titulares de estas patentes buscan extender sus exclusividades en el mercado a través de modificaciones químicas de fórmulas existentes. Estas patentes que están siendo tramitadas en la Argentina y que, incluso, en algunos casos pueden llegar a concederse, podrían obstaculizar la importación del producto de dominio público que no está relacionado con aquella modificación química, como es el caso del ejemplo que acabo de dar, el del docetaxel.

Reconozco que estamos frente a un tema complejo. Por eso es que proponemos una aplicación concreta para este artículo, que es una herramienta muy valiosa en manos de quien pretenda demorar el ingreso de la competencia en el mercado, o bien, en algún caso, eliminarla.

SR. PRESIDENTE IGLESIAS Les voy a hacer llegar el fax que ha enviado la Aduana.

A continuación, hará uso de la palabra el señor Rugbieri.

SR. RUGBIERI Soy representante ante el Consejo Consultivo Aduanero, de la Unión Industrial Argentina. Les comento que hice el gesto de "no" porque, lamentablemente, la ley 25.968 no contó con el tiempo de tratamiento que merece una norma de estas características, que motivó tantos cambios al Código Aduanero.

Me remito a una publicación que casualmente apareció en Jurisprudencia Argentina, donde el doctor Barreira, que fue uno de los que colaboró en todo el trabajo por el sector privado y uno de los corredactores del Código Aduanero, formula un comentario haciendo alusión a "un injustificado apuro en legislar". En este artículo deja aclarado que después del proyecto Sbatella, el sector privado había comenzado la discusión de una serie de artículos de este proyecto, que lamentablemente fue truncada por el Poder Ejecutivo ante la urgencia y necesidad de poner en funcionamiento el plan Antievasión II.

Entonces, algunos artículos de este proyecto no pudieron ser discutidos con la amplitud que hubiera necesitado. Y este es el caso también del artículo 46 que tuvo alguna modificación respecto de su redacción original, pero quizás no fue la modificación más feliz.

Yendo concretamente al tema del artículo 46 y a la faz técnica aduanera, debemos tener en claro que se ha legislado sobre una prohibición. Dentro del Código Aduanero hay otros institutos que permiten discutir con la Aduana y poder garantizar para retirar las mercaderías mediante un depósito o una caución, pero cuando hablamos de prohibición no hay alternativa alguna. La mercadería queda detenida en el puerto o debe ser reembarcada a su destino o a otro destino del exterior.

Por lo tanto debemos tener en claro que estamos hablando de un instituto muy delicado que debe ser analizado con mucho cuidado. No es una observación cualquiera que plantea un funcionario aduanero cuando dice que esta mercadería es pirata o falsificada. Está prohibiendo la importación con todo lo que eso conlleva para el importador.

Por otro lado, dentro de la redacción del artículo se ha involucrado a las destinaciones suspensivas. El Código Aduanero en su estructura tenía una particularidad; en general las restricciones económicas no afectaban a las destinaciones suspensivas. En este caso se contraría el su espíritu y se aplica la restricción a las destinaciones suspensivas.

Para ser más claro, una destinación suspensiva sería una operación de tránsito. Por ejemplo, una mercadería que Brasil manda a Chile y pasa por la Argentina, de acuerdo con este artículo el funcionario aduanero puede detener la mercadería y prohibir que llegue a Chile. Este tipo de extensiones nos da una idea de lo dramático que es este artículo en su redacción actual, no solo en el tema de las exportaciones sino también respecto del problema de las destinaciones suspensivas.

Quería remarcar estos detalles porque es muy grande la amplitud no sólo de los derechos sino también de las operaciones involucradas.

SR. PRESIDENTE IGLESIAS Tiene la palabra el señor diputado Tanoni.

SR. TANONI Simplemente para hacer una reflexión. Creo que esta es una excelente oportunidad para que la Cámara de Diputados y las distintas comisiones se aboquen a un tema que es realmente grave y muy preocupante.

La industria farmacéutica internacional, el consumo y el mercado de medicamentos, constituyen una de las cosas más patéticas que ha ocurrido durante todo el siglo pasado y creo que merece una atención especial, no sólo para proteger lo que producimos -que es legítimo y que es válido que todo el país debe comprometerse a proteger lo que se produce en la Argentina-, sino también para proteger a los que más sufren con este tema, que es la población.

Me estoy refiriendo a algunas sugerencias que se hicieron en el trabajo que nos acaban de entregar, donde se denuncia y expresa con claridad cuán poco tipificado está el delito de la falsificación de medicamentos en la Argentina.

Quiero hacer esta reflexión porque una cosa es falsificar una zapatilla de marca, otra cosa es falsificar un componente de una computadora y otra cosa es falsificar un medicamento.



Cuando yo falsifico una zapatilla de marca, estoy afectando económicamente a quien es el titular de la marca y a la fábrica que produce la zapatilla; pero cuando yo falsifico un medicamento estoy afectando la vida de miles de personas. Esto es un crimen, y es muy distinto al que se imputa por falsificar zapatillas.

En estos años no he conseguido que en la Comisión de Acción Social y Salud Pública nos pongamos a debatir seriamente sobre este tema.

Para dar una idea de la indefensión de la gente que consume medicamentos, podemos decir que no los toman porque quieren sino porque están enfermos y se los prescriben los médicos.

Realmente, esto tampoco es nuevo. En la década del 80 se compró una partida de medicamentos para los servicios públicos de una provincia argentina, y cuando hicimos una pequeña prueba de calidad encontramos que tenía solamente el 40 por ciento del principio activo. ¡Qué hijos de perra!

En el mercado argentino había productos que tenían la mitad del principio activo, y miles de médicos se los iban a suministrar a millones de personas enfermas para que se curen.

Otra compra tenía un 30 por ciento de medicamentos falsificados que habían entrado por la frontera; ni siquiera por la Aduana. Si hubieran entrado por la Aduana, habrían ingresado con el visto bueno de un despachante de Aduana, controlador fiscal que permitió que en la Argentina entre un medicamento falsificado que ni siquiera tenía el 40 por ciento del principio activo: era talco y agua. Aunque ustedes no lo crean, esto es así de salvaje.

Últimamente, más se van derrumbando los parámetros éticos que rigen la convivencia en la sociedad, más caen los diques de contención de la moral; hoy en Buenos Aires o en cualquier provincia argentina hay un garage donde se fabrican medicamentos truchos. La nueva tecnología de fabricación de envases permite que cualquier hijo de perra fabrique medicamentos en un garage de cualquier ciudad de la Argentina.

Lo digo con mucho dolor, y aprovechando que nos estamos abocando a la discusión de este tema y que contamos con la visita de representantes de CILFA, quiero llamar la atención de los legisladores para que este año nos pongamos a trabajar sobre esta cuestión. Esto patentiza no solamente la desprotección de la industria en sus legítimos derechos sino también la desprotección de la gente.

Estuvimos conversando con el director de la ANMAT, que es el máximo organismo que tiene que acreditar la inscripción, la producción, la comercialización y la prescripción de medicamentos para todos los argentinos. Pregunté al director con qué estructura de control y fiscalización contaba. Me dijo que había dieciséis inspectores para toda la República Argentina. Traté de profundizar un poco sobre la calidad técnica, tecnológica e informática de la que disponían esos dieciséis inspectores para prevenir la producción, la venta y la comercialización de productos truchos, falsificados y adulterados.

No me supo dar ninguna respuesta. Traté de promover que exista un acuerdo federal entre todas las autoridades de salud de la República Argentina, porque ésta es una facultad perteneciente a los estados argentinos no delegada al Estado nacional. Se trata de una facultad propia e inherente de las provincias argentinas y del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que deben hacer un acuerdo multilateral para organizar una perfecta red de control y fiscalización, donde también tiene que estar la ANMAT y la Aduana.

Supongamos que nosotros podamos eliminar las fábricas truchas en Argentina. Entonces, ¿cómo elimino la importación de productos truchos? No tengo una estructura de seguridad, ni Gendarmería, ni tampoco de Aduana.

Los legisladores debemos trabajar sobre la modificación del Código Penal para que la producción, introducción y comercialización de estos productos tengan la misma pena que el crimen agravado relativo a una persona que mata a tiros a un ser indefenso como, por ejemplo, una criatura.

Debe tener la misma gravedad en cuanto a las penas. ¿Vamos a aplicar una pena de dos años, excarcelable, al señor que atentó contra la vida de veinte, treinta o cuarenta mil personas? No me cabe ninguna duda de que alguno puede morir si yo le doy un antibiótico que es, en definitiva, talco. Y honestamente el médico cree que esa persona murió porque el germen y la bacteria habían generado resistencias y, por ende, era un germen malo. No es así. El antibiótico era talco.

Esto pasa en la Argentina y no es nuevo. Hice la denuncia penal sobre 40 mil frascos de antibiótico que se encontraron en una provincia argentina. Hubo delincuentes que vendieron a precio de oro ese medicamento. Nadie fue procesado por falsificación o adulteración de un producto de ese tipo.

Esto es una cosa seria siendo que nos preocupan tanto las muertes producidas. En el capítulo de las víctimas que necesitan justicia quiero mencionar a los usuarios del sistema de salud argentino que están sometidos a estas barbaridades.

SR. PRESIDENTE IGLESIAS Tiene la palabra el señor diputado Godoy.



SR. GODOY Es tan importante lo que aquí se ha escuchado de parte de quienes representan al sector farmacéutico y quienes se encuentran en la UIA, al igual que la opinión de los señores diputados. El señor diputado Brown hacía referencia al hecho de buscar las formas y no justificar este texto, porque es difícil hacerlo cuando estamos hablando de semántica y de palabras que están escritas y que son muy fáciles de burlar.

Me parece que es nuestra obligación hacer de esto una cuestión superior y no algo vinculado a las bancadas o grupos políticos. Esto tiene que ver con el interés nacional.

No se puede ser generalista, y en política no se puede estar en todo. Sí tenemos que saber hacia dónde apuntamos a través de un proyecto ideológico de país. No cabe duda de que estamos aquí para defender el interés nacional.

Los profesionales preopinantes expresaron con claridad las desviaciones que tuvimos en una época respecto de cosas que hemos firmado y que nos condenan por décadas. Hoy, la medición de los tiempos, acumula riqueza para un lado, pero también acumula pobreza para otro con mucha más vertiginosidad respecto de lo que sucedía en otros momentos.

Existen dos párrafos en este artículo, uno de los cuales alude a la simple verificación. Y, de hecho, esto puede dar lugar a cualquier tipo de interpretación.

Pero, además, porque yo no sé quién lo mandó, aunque sé que fue una gentileza de la Presidencia. Nos han remitido un artículo que contiene un discurso del presidente Bush -a quien, por supuesto, yo no votaría si viviera en los Estados Unidos- que habría que tomar en cuenta. Este "presidente del mundo" dice cosas que están vinculadas al problema que estamos tratando, ya que habla de los genéricos en función de que hay patentes, de que éstas duran un determinado lapso de tiempo y de que quien las genera debe obtener un lucro. La preocupación consiste en que los productos se transforman rápidamente en genéricos para disminuir sus precios hacia la población. Dice Bush: "Cuando una patente de droga está por expirar, uno de los métodos que algunas compañías usan es aplicar una nueva patente con algún detalle menor de diferencia, tal como el color de la botella de píldoras o una combinación específica de ingredientes no relacionada a la efectividad de la droga. De esta manera, el laboratorio de marcas compra tiempo mediante demoras repetidas y llamadas paradas automáticas para congelar el statu quo mientras que se resuelvan las complejidades legales". Entonces, si en los Estados Unidos no hay garantías suficientes como para resolver este problema -se dice, incluso, que una patente se puede estirar hasta sesenta meses-, ¿qué nos queda para la Argentina? Además, como bien se mencionó recién -y con esto, desde ya, no quiero hacer ninguna imputación-, en nuestro país nos invadió la corrupción. Estamos frente a un párrafo que da lugar a dudas. En este sentido, sabemos cómo se actúa en el mundo de los negocios, donde no es necesario combatir con un fusil, sino con la simple redacción de un parrafito. Esto lo digo haciendo una salvedad porque, más allá de que respeto a todos, si hay alguien a quien respeto más es al presidente de esta comisión, ya que -sin conocerlo demasiado en lo personal- lo considero una persona que jamás sostendría la hipótesis de la "mano negra" en este ámbito. No obstante, más allá de esta salvedad, lo que me interesa destacar es que algo sucedió entre el proyecto original y el proyecto definitivo.

Por otra parte, al margen del problema farmacéutico y del problema de la UIA, me interesaría volcar a esta reunión un tema que he escuchado hablar en reuniones de campo y que considero terrible: el problema de las semillas. Este tema no lo he escuchado en la Sociedad Rural, sino en lugares como el Coninagro o la Federación Agraria, que son organismos que agrupan a los pequeños campesinos y productores, a las pequeñas cooperativas del país. Ellos tienen un gran problema de costos y de dependencia, lo que no es nada nuevo en un país dependiente.

Entonces, quisiera que se agregara este tema para cuando llegue el momento oportuno. A la gente le cuesta entender que hace cincuenta años vivía en el campo de una determinada manera y ahora, de golpe, tiene que vivir de otra. Si bien es cierto que la investigación es necesaria para que siga avanzando la tecnología, de cualquier forma la gente no entiende cómo no puede tener su semillero propio. Y este es un problema que no está originado por las guerras, sino por los textos, por los artículos o por ciertas cláusulas que van surgiendo en el ámbito internacional y que tanto abundan en este mundo tan diferente.

Me interesaba destacar esto último y, sobre todo, agregar el tema de las semillas, que está muy relacionado con lo que estamos tratando.

SR. PRESIDENTE IGLESIAS Tiene la palabra la señora diputada Cassese.

SRA. CASSESE Quisiera agregar una breve reflexión, complementando algunas de las intervenciones que han hecho los señores diputados. Yo también pertenezco al bloque oficialista. Esto no quiere decir que ustedes no hayan venido al lugar indicado, ya que nosotros no representamos, aunque seamos oficialistas, al gobierno, sino a la gente, a los productores, a las empresas, a los trabajadores y a todos los actores que conforman esta comunidad. Nosotros somos sus representantes. En tal sentido, más que reunirnos con los sectores del gobierno, lo que tenemos que hacer es organizar reuniones con ustedes. Aunque la ley sea enviada por el Poder Ejecutivo, no deben quedar dudas de que -al menos en mi caso particular y en el de muchos otros señores diputados-, vamos a propiciar los cambios que sean necesarios para que la norma se adecue a los intereses del sector productivo. Tal como lo ha manifestado el diputado preopinante, no es que menospreciemos la industria farmacéutica: ésta es muy importante para nosotros y, de hecho, siempre hemos estado trabajando junto a ustedes. Lo que ocurre es que el proyecto es tan amplio que, desde mi humilde punto de vista, deja en manos de ciertos organismos o funcionarios -sospechados o no históricamente- el sostén de la economía nacional.

Entonces, me parece que no es moco de pavo, que es mucho más serio. Recién decíamos que esta discusión no tiene color político, esto tiene que ver con los intereses nacionales y no vamos a dejar ninguna hendija de luz por la cual pueda perjudicarse la producción nacional de ustedes o de otros sectores, ya que de eso vive nuestra gente.

SR. PRESIDENTE IGLESIAS Tiene la palabra el señor Zaslavsky.

SR. ZASLAVSKY Gracias, señor presidente. Quería agradecer muchísimo la posibilidad de habernos dejado expresar y de haber escuchado nuestros argumentos tan detenidamente. Creo que los señores diputados han entendido cuál es el problema real.

Por otra parte, quería realizar dos comentarios muy breves para cerrar mi exposición. El primero de ellos es el caso presentado acá, que es muy interesante y que es avalado por el presidente Bush. Me refiero a qué pasaría en una situación similar en un caso de exportación, ya sea que se trate de un producto farmacéutico, de un grano o de un producto electrónico. Pedimos que por favor se eliminen las exportaciones del alcance de la modificación del artículo 46.

Lo segundo es que tenemos dos alternativas en materia de negociaciones internacionales, tenemos una mirada realista del mundo o una mirada naif. Una mirada realista en el mundo desarrollado a cambio de ceder un poquito de las promesas que se hicieron en el 94 y eliminar subsidios y ayuda a la producción agropecuaria. Se está pretendiendo bajar aranceles de exportación y avanzar sobre el derecho de propiedad intelectual. Esa es una forma de permanecer en el tiempo y de que ellos sean desarrollados y nosotros seamos emergentes, como se nos llama hasta ahora.

Es un problema de seguridad nacional, del futuro de nuestro país. Si vamos a tener una mirada realista posiblemente tengamos la chance -como algunos de nuestros países vecinos como Brasil- de salir adelante, sino seguiremos siendo emergentes de por vida.

SR. PRESIDENTE IGLESIAS Quiero agradecer a los representantes de la UIA y de CILFA, quienes se han explayado permitiéndonos tener un amplio conocimiento de la problemática.

Damos por finalizada la reunión.

Es la hora 13 y 38.