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PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P02 Oficina 206

Secretario Administrativo SR. CABRERA RUBEN

Jefe SR. ABREGO HUGO IVAN

Martes 12.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2241 Internos 2241

cdrogadiccion@hcdn.gob.ar

PROYECTO DE LEY

Expediente: 2903-D-2010

Sumario: REGIMEN DE PREVENCION, ASISTENCIA Y REHABILITACION DE PERSONAS ADICTAS AL ALCOHOL Y DROGAS EN EL AMBITO LABORAL PUBLICO.

Fecha: 05/05/2010

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 48

Proyecto
Ley de Prevención, Asistencia, y Rehabilitación de personas adictas al alcohol y drogas en el Ambito Laboral Público.
Artículo 1° - Objeto: El presente proyecto tiene como objeto la prevención, asistencia y rehabilitación de personas adictas al alcohol y drogas en el ámbito laboral público.
Art. 2.- Estabilidad laboral: El Estado Nacional garantizará en los casos de drogodependencia o alcoholismo crónico, la permanencia en el empleo y la integralidad e intangibilidad del salario del empleado público, cuyos trabajadores deberán recibir igual trato que aquellos que sufran otros trastornos de salud, siempre que el empleado resuelva voluntariamente realizar tratamiento de recuperación definitiva de la enfermedad.
Art. 3° - Derechos. Durante el lapso que dure el tratamiento médico, ya sea ambulatorio o de internación, el mismo gozará de los siguientes derechos:
a. Percibirá el cien por ciento (100%) de sus emolumentos reservándose el Estado a través de sus organismos pertinentes, el derecho de evaluar periódicamente la evolución de la rehabilitación y/o tratamiento prescritos.
b. Mantendrá su lugar de trabajo con los mismos derechos y garantías que poseía antes del inicio del mismo, hasta tanto la institución rehabilitadora debidamente reconocida determine la finalización del tratamiento de internación y el comienzo de la reinserción social del paciente.
Art. 4° - Régimen de protección. El presente régimen de protección subsiste siempre que la atención al trabajador se realice en instituciones oficiales, privadas u organizaciones no gubernamentales -ONG- reconocidas por la Secretaría de Prevención de la Drogadicción y Lucha contra el Narcotráfico.
Art. 5° - Consejo Asesor . El Poder Ejecutivo designará un consejo asesor integrado por tres (3) miembros, uno (1) en representación de la Secretaría de Prevención de la Drogadicción y Lucha contra el Narcotráfico; uno (1) en representación del Ministerio de Salud y Acción Social y dos (2) en representación de las entidades no gubernamentales sin fines de lucro debidamente reconocidas según lo establecido en el artículo precedente.
Art. 6º.- Registro: La Secretaría de Prevención de la Drogadicción y Lucha contra el Narcotráfico habilitará el correspondiente Registro de Instituciones de Rehabilitación idóneas para ésta problemática.
El mencionado consejo será presidido por el secretario de Prevención de la Drogadicción y Lucha contra el Narcotráfico, quien podrá delegar la función en la persona que designe al efecto, y tendrá por función asesorar al Poder Ejecutivo en todo lo inherente a la problemática específica, prevención, recuperación y tratamientos para casos de drogodependencia o alcoholismo crónico en el Ambito Laboral Público.
Art. 7° - Programas. El Estado nacional a traves del Organismo Competente, proveerá la orientación y los servicios necesarios con miras a prevenir, atenuar y eliminar el uso indebido de bebidas alcohólicas y drogas en lugares de trabajo y otros sitios, y fomentará en la administración pública o privada, el desarrollo y aplicación de programas dirigidos a la readaptación profesional y reinserción social de las personas toxicómanas o alcohólicas.
Art. 8° - Obligaciones. Las entidades u organizaciones reconocidas para el tratamiento y recuperación de drogodependientes y/o alcohólicos crónicos según se prevé en la presente ley, deberán enviar a la Secretaría de Prevención de la Drogadicción y Lucha contra el Narcotráfico, un informe mensual sobre las condiciones en que se encuentran sus pacientes a los efectos del control y correspondiente seguimiento que cada caso merezca.
Art. 9° - Plazo. La presente ley será reglamentada en el término de ciento ochenta (180) días contados a partir de su correspondiente promulgación.
Art. 10° - Presupuesto. Las erogaciones que se demanden para la aplicación del presente se tomarán de "Rentas generales".
Art. 11° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Las drogas han existido siempre y seguirán existiendo, el consumo problemático se ha manifestado con fuerza en las ultimas décadas transformándose en un problema social que va en franco aumento ya que cada vez hay más personas que consumen algún tipo de droga, en mayores cantidades y a edades más tempranas.
Hay una mayor variedad y hay mayores facilidades para acceder a ellas.
El consumo abusivo de alcohol y otras drogas afectan a las personas, a las familias, a la sociedad, es un problema que nos afecta a todos y que requiere ser enfrentado por los diferentes sistemas o grupos de nuestra sociedad (Estado, Familia, Escuela, Iglesia, empresa, Municipio, Universidad, entre otros).
La experiencia ha demostrado que la solución no esta sólo en manos de los organismos de control, ni en la de los expertos, es fundamental que se involucre la Comunidad, la Escuela y especialmente la Familia.
Las Adicciones en realidad son un fenómeno muy antiguo que en nuestros días se ha manifestado intensa y masivamente. Se observa en todas las edades y en todos los grupos socioeconómicos; pero, según hemos visto el abuso de los fármacos perjudica enormemente la economía y la salud de los adictos, llevándolos muchas veces a delinquir.
En los escenarios laborales, el costo que implica la implementación de programas preventivos laborales en adicciones o un Centro Preventivo Laboral en la Empresa, es una inversión: por cada dólar en estos programas preventivos se ahorran más de 10 dólares en diferentes problemas, tal cual nos explican las compañías de seguros y las llamadas ART, aseguradoras de riesgos del trabajo, además de las experiencias internacionales..
Las instituciones laborales que implementen Programas Preventivos en Adicciones, y/o Centro Preventivos Laborales en Adicciones, además de los propios beneficios económicos, logran la promoción de la salud ante la epidemia adictiva, no sólo del trabajador, sino extensiva a su familia y a la sociedad.
Además, los lugares de trabajo, por la importancia y el tiempo que ocupa en la vida de las personas, es el espacio ideal para realizar abordajes preventivos ante los consumos de sustancias psicoactivas.
El siguiente proyecto de ley apunta a que el Estado nacional como empleador, respecto de sus propios agentes, siga el derrotero propiciado por la Organización Internacional del Trabajo e implante una normativa que brinde adecuado marco de protección y contención a aquellos integrantes de su planta personal que presentando problemas de adicciones se sometan voluntariamente a tratamientos de recuperación.
La problemática relativa a las adicciones al alcohol y/o las drogas en sus múltiples variedades se vincula con factores endógenos y exógenos y entre los segundos deben considerarse los familiares, sociales, laborales y en la mayoría de los casos una combinación de estos elementos aunados a características de la personalidad que la toman más proclive a quedar entrampada en algún tipo de dependencia.
Las mismas no sólo afectan la salud del trabajador y su vida familiar y social, sino en su conjunto, motivo por el cual es de interés público arbitrar los recaudos necesarios para posibilitar las mejores condiciones que faciliten la recuperación de un trabajador adicto.
De esta manera se predica con el ejemplo y se marca el derrotero a seguir por los empleadores del sector privado.
Asimismo con relación a la temática de la adicción en el lugar del trabajo, la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico (SEDRONAR) organizó oportunamente un Foro denominado "Entorno Laboral Libre de Alcohol y de Drogas" en reuniones llevadas a cabo en la sede de la Comisión de Drogadicción y Narcotráfico del Honorable Senado se recalcó que "Las medidas destinadas a combatir el uso de sustancias tóxicas en el lugar de trabajo así como en la sociedad en general, deben basarse en una política amplia e integrada que aborde el problema desde distintos ángulos, con objetivos precisos y una estrategia coherente.
También en la provincia de Salta, se creo el Centro Preventivo Laboral en Adicciones de Vialidad de Salta, el 23 de Octubre de 2009, mediante Resolución Nº 1466/2009, en virtud del cual se aborda el problema de las adicciones entre sus empleados por distintos medios, lo que posibilita la detección temprana del consumo adictivo en su planta laboral.
Estudios realizados por la Organización Internacional del Trabajo indican que:
* Entre un 15 y un 30% de las víctimas registradas por accidentes laborales se relacionan con el uso indebido de alcohol y otras drogas.
* Entre el 20 y 30% de los accidentes de trabajo afectan a personas intoxicadas, que se autolesionan o hieren a terceros.
* Los consumidores de alcohol y otras drogas registran entre el doble y el triple de ausentismo laboral que el resto de los empleados.
* En algunas empresas, entre el 15 y el 40% de los expedientes disciplinarios guardan relación con el consumo de drogas.
El entorno laboral que nuestro país tardó mucho tiempo en concebir que la meta de la integridad psicofísica del trabajador era fundamentalmente la prevención. La prevención como método para que no existan minusválidos laborales. No existe sistema de compensación económico o social que pueda restaurar la dignidad del trabajador que ha perdido su capacidad de trabajo. Sería un eufemismo pensar que la sociedad va a ser totalmente desarrollada si mantiene esta disparidad que ahonda uno de los temas más dolorosos para el hombre: la discriminación".
En resumen, es necesario reflexionar sobre la gravedad de la situación.
La tarea será ardua y difícil, ya que el abuso de drogas y alcohol es un problema generalizado. Ningún país o lugar de trabajo es ajeno al mismo. Hay más de 50 millones de personas dependientes de las drogas y se estima que entre el 12 % y 15% de los adultos consumen bebidas alcohólicas en proporciones peligrosas para sí mismos y para los demás.
* Los problemas relacionados con el consumo de alcohol y de drogas deberían considerarse como problemas de salud, y por consiguiente, tratarse sin discriminación alguna, como cualquier otro problema de salud en el trabajo y quedar dentro del alcance de los servicios de salud, públicos o privados, según corresponda.
Señor Presidente, por lo expuesto, es que solicito se apruebe el proyecto que someto a consideración de los señores diputados.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DAMILANO GRIVARELLO, VIVIANA MONICA CHACO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO (Primera Competencia)
LEGISLACION DEL TRABAJO
PRESUPUESTO Y HACIENDA