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PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P02 Oficina 206

Secretario Administrativo SR. CABRERA RUBEN

Jefe SR. ABREGO HUGO IVAN

Martes 12.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2241 Internos 2241

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 1257-D-2010

Sumario: CREACION DEL SISTEMA DE CONTROL DE ALCOHOLEMIA Y PREVENCION DE ACCIDENTES DE TRANSITO.

Fecha: 19/03/2010

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 18

Proyecto
SISTEMA DE CONTROL DE ALCOHOLEMIA Y PREVENCION DE ACCIDENTES DE TRANSITO EN EL AMBITO DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Artículo 1º.- Crease el sistema de control de alcoholemia y prevención de accidentes de transito en el ámbito de la Republica Argentina.
Artículo 2º.- El sistema del control de la alcoholemia en la Republica Argentina se realizara en rutas nacionales, capitales y ciudades de las provincias argentinas.
Artículo 3º.- La policía federal, policías provinciales y metropolitana son las indicadas para realizar el control de alcoholemia (graduación de alcohol en sangre) de los conductores de vehículos con la colaboración de un medico y de las ONGs.
Artículo 4º.- Las autoridades de aplicación serán Policía Federal, Policías Provinciales y
Metropolitana, el Ministerio de Salud de la Nación, Ministerios de Salud
Provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Articulo 5º.- En el caso de que al conductor de un vehiculo, el resultado del control de
alcoholemia, sea superior al permitido por ley, se procederá al
secuestro del vehiculo con mas una sanción pecuniaria que determinara
el decreto reglamentario.
Articulo 6º.- El Estado Nacional, la Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán pedir colaboración a las ONGs especializadas en la materia para dar cumplimiento con la presente.-
Artículo 7º.- Invitase a las provincias y ala Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente ley.
Artículo 8º.- de forma

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de ley que traigo a tratamiento de mis pares intenta controlar el alcohol al volante de los conductores de automóviles en la Republica Argentina que provocan accidentes de transito totalmente remediables.
Este sistema de control tiene que efectivizarse en rutas y ciudades a lo largo de todo el año y no tan solo en temporadas.
Entiendo que las policías federal y provinciales tienen que ser autoridades de aplicación de la presente y que la sanción tiene que ser severa como el secuestro del vehiculo como también pecuniaria para el conductor.
Según las estadísticas argentina tiene uno de los índices más altos de mortalidad por accidentes de tránsito.22 personas mueren por día; hay 7.885 víctimas fatales por año (2009) y unos 120 mil heridos de distinto grado y miles de discapacitados. Las pérdidas económicas del tránsito caótico y accidentes de tránsito superan los U$S 10.000 millones anuales.
Pero no se trata de números, sino de vidas humanas. De hombres, mujeres, jóvenes y niños, que vieron truncadas sus vidas a causa de un accidente de tránsito.
Sin embargo, los accidentes de tránsito en la Argentina, son la primera causa de muerte en menores de 35 años, y la tercera sobre la totalidad de los argentinos.
Las cifras de muertos son elevadísimas, comparadas con las de otros países, llegando a tener 8 o 10 veces más víctimas fatales que en la mayoría de los países desarrollados, en relación al número de vehículos circulantes.
Al momento de los hechos, se dan muchas explicaciones (algunas reales, otras no tanto) pero que suelen poner siempre el acento -la culpa- del accidente en "los otros". Rara vez se analiza la conducta en el tránsito en primera persona.
Un informe de APREVI (Asociación para la Prevención de Accidentes Viales) dice que la otra causa fundamental de mortalidad en accidentes de tránsito es atribuible a las bebidas alcohólicas. Los impedidos para manejar no sólo son los "borrachos": un sólo vaso de vino, cerveza o whisky, limita la capacidad de conducción, ya que produce una alteración de los reflejos para conducir.
Cualquier bebida alcohólica ingerida antes de conducir hace que las respuestas y las maniobras, ante cualquier eventualidad de la ruta, o la calle, sean torpes y lentas. Embota los sentidos disminuyendo la capacidad de atención normal; genera una falsa sensación de seguridad que predispone a excesos de velocidad y a todo tipo de violaciones a las normas de seguridad en el tránsito. Y es falso suponer que el café o cualquier otro estimulante, anulan sus efectos nocivos. Por lo menos en 1 de cada dos muertos en accidentes de tránsito en el mundo, está presente el alcohol.
Por todo lo expuesto, por su importancia es que solicito a mis pares acompañen el presente proyecto de ley para su aprobación.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
VARGAS AIGNASSE, GERONIMO TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
TRANSPORTES (Primera Competencia)
PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO