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DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P03 Oficina 301

Jefe SR. GUANCA JAIME FERNANDO FABIO

Miércoles 10.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2359 Internos 2359/2355/2352

cdconsumidor@hcdn.gov.ar

PROYECTO DE DECLARACION

Expediente: 6985-D-2012

Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LOS MECANISMOS NECESARIOS PARA LA SELECCION, DESIGNACION, CONSTITUCION Y FUNCIONAMIENTO DEL TRIBUNAL NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA, PREVISTOS EN EL ARTICULO 19 DE LA LEY 25156.

Fecha: 03/10/2012

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 137

Proyecto
Instar al Poder Ejecutivo Nacional para que, en cumplimiento del articulo 19 de la L. 25156, arbitre perentoriamente los mecanismos para la selección, designación, constitución y funcionamiento del Tribunal Nacional de Defensa de la Competencia.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La existencia de numerosas ofertas para la provisiòn de bienes y servicios, es un puntal fundamental para asegurar al público consumidor una mejor propuesta a un menor valor.-
El "mercado" a pesar de su raíz privatista, es un bien de carácter publico no susceptible de apropiación por los particulares.-
Toda acción que conspire contra un mercado legal, claro y transparente afecta el interés económico general y el bienestar de los consumidores y no puede ser permitida.-
La sana competencia comercial como integrante de la cadena mercantil, se encuentra amparada legalmente por numerosas normas, entre la que se destaca la L. 25156 de Defensa de la Competencia.-
Esta ley -derogatoria de la L. 22262- rige desde 1999 y contiene preclaros conceptos y herramientas para combatir la conformación de carteles, monopolios, oligopolios y otras formas y practicas de desvirtuación del mercado y de la estructura de precios.-
Fue vetada parcialmente por el D. 1019/99, pero quedó plenamente operativa.-
El art. 17 de la ley creó, como organismo de aplicación autárquico, el Tribunal Nacional de Defensa de la Competencia, con el fin de aplicar y controlar el cumplimiento de los altos fines de la ley.-
Es un Tribunal técnico y especializado, conformado multidisciplinariamente y con jurisdicción administrativa en todo lo referente a la violación de las normas de preservación de la competencia y para combatir la existencia de monopolios.-
Sus 7 miembros son designados por el Poder Ejecutivo previo concurso público en el que deben acreditarse idoneidad y antecedentes suficientes para ocupar dicha función.-
A pesar del tiempo transcurrido, no hubo una reglamentación integral y tampoco se instrumentó la creación y funcionamiento de dicho Tribunal.-
La inexistencia del Tribunal ha sido hábilmente aprovechada por el gobierno kirchnerista a través de uno de sus principales paladines, para "profundizar el modelo".-
En la actualidad las funciones de organismo de aplicación se encuentran a cargo de la Secretaría de Comercio Interior, cuyo titular es Guillermo Moreno, quien posee el poder de autorizar las concentraciones económicas y sancionar a las empresas que -a su obsesivo criterio- incurren en conductas anticompetitivas.-
Pero de acuerdo a la Ley, la intervención de la Secretaria de Comercio Interior debió ser temporaria y transitoria, hasta la instalación del Tribunal.-
El Poder Ejecutivo se ha excedido largamente en los plazos razonables para la instalación del Tribunal.-
A pesar de la existencia de muchas prácticas monopólicas, en particular en materia de transporte público - auspiciadas y amparadas desde el oficialismo- ninguna medida ha tomado el funcionario Moreno, tornándose por consiguiente rayano con la corruptela el incumplimiento legal de conformación del órgano creado para purgar este flagelo.-
La falta de funcionamiento de un organismo especializado, permite que existan fusiones y cartelizaciones monopólicas, cuya actividad no solo castiga el bolsillo mediante altas tarifas y deficiente prestación de servicios esenciales, sino que además -con la anuencia de los funcionarios encargados de controlarlas- pone en riesgo la salud y la vida de la población.-
La reciente tragedia del ferrocarril Sarmiento, puso en evidencia la existencia de uno de los mayores oligopolios en materia de transporte, que involucra a los empresarios oficialistas Mario y Claudio Cirigliano.-
Son titulares de la "Grupo Plaza" -integrado por las empresas 4 de Septiembre S.A.T.C.P., Empresa Esteban Echeverría S.R.L., Expreso San Isidro S.A.T.C.I.F.I., Transporte Sur-Nor C.I.S.A. y Turismo la Plata S.A., entre otras.- principal accionista del holding Comercio Metropolitano de Transporte (Cometrans), que transporta a varios millones de pasajeros al día, con la cobertura de los subsidios oficiales.-
Según reconoce esta firma en su pagina web, desde 1995 a través de Trenes de Buenos Aires S.A. (TBA) realiza la explotación del servicio ferroviario de transporte público de pasajeros en las líneas Mitre y Sarmiento y desde 2005 participa en la operación de la Línea San Martín con el 33,3% a través de la Unidad de Gestión Operativa Ferroviaria de Emergencia (UGOFE).-
Ademas conforma distintos monopolios regionales, como ser el "pool Atlantico" que cubre la ciudad de Bahia Blanca con la Capital Federal, adonde aplica onerosas tarifas.-
Las restantes empresas del grupo (Sistemas Integrados de Gestión (SIG) S.A., Baires Comercial S.A., Emprendimientos Ferroviarios (EMFER) S.A., Tecnología Avanzada en Transporte S.A. (TATSA) y Baires Ferrovial S.A.), están todas vinculadas con la provisión de servicios o insumos para el transporte que ellos mismos prestan.-
Esta breve narración es al solo efecto de demostrar la grosera y reconocida existencia de un oligopolio en un servicio publico esencial, que es desconocido por las autoridades oficialistas por la obvia relación que los une.-
Este holding está actualmente investigado por su posición ilícitamente dominante y por ser recipiendiaria de cientos de millones de pesos en subsidios estatales, sospechada de dar irregular destino y aplicación a los fondos percibidos.-
Deviene entonces imprescindible procurar el funcionamiento del Tribunal como una herramienta objetiva y especializada para combatir aquellas prácticas nocivas para una sana competencia, que como tal mejora la calidad de los servicios, asegura la salud y la vida de los usuarios, permite precios justos al consumidor y previene corruptelas.-
Es necesario que el Poder Ejecutivo se aboque perentoriamente a conformar el Tribunal.-
Por los argumentos expuestos, solicito la aprobación del presente proyecto.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
TUNESSI, JUAN PEDRO BUENOS AIRES UCR
GARRIDO, MANUEL CIUDAD de BUENOS AIRES UCR
VAQUIE, ENRIQUE ANDRES MENDOZA UCR
ALBARRACIN, JORGE LUIS MENDOZA UCR
STORANI, MARIA LUISA BUENOS AIRES UCR
ROGEL, FABIAN DULIO ENTRE RIOS UCR
FIAD, MARIO RAYMUNDO JUJUY UCR
COSTA, EDUARDO RAUL SANTA CRUZ UCR
MALDONADO, VICTOR HUGO CHACO UCR
DE FERRARI RUEDA, PATRICIA CORDOBA UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA (Primera Competencia)