DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA
Comisión Permanente 
													
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Jefe SR. GUANCA JAIME FERNANDO FABIO
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 5955-D-2014
Sumario: TRANSITO - LEY 24449 -: MODIFICACION DEL ARTICULO 54, SOBRE IMPLEMENTACION DE CINTURONES DE SEGURIDAD COMBINADOS E INERCIALES DE USO OBLIGATORIO EN LOS DOS PRIMEROS ASIENTOS DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE PUBLICO URBANO.
Fecha: 06/08/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 96
	        Artículo 1º.- Incorpórase como 
inciso f) del artículo 54º de la Ley 24.449, el siguiente:
	        
	        
	        "f) Deben contar con cinturones de 
seguridad, combinados e inerciales, de uso obligatorio en los dos primeros 
asientos del vehículo."
	        
	        
	        Artículo 2º.- La presente ley entra 
en vigencia 90 (noventa) días después de su publicación en el Boletín Oficial de 
la Nación.
	        
	        
	        Artículo 3º.- Comuníquese al Poder 
Ejecutivo Nacional.-
	          
      
  
 
					FUNDAMENTOS
Señor presidente:
	        Resultan importante tres factores 
que hacen de la modificación aquí planteada lógica y necesaria: en primera 
instancia la gran cantidad de unidades de transporte público urbano y 
suburbano que circulan a diario por el territorio nacional, en segunda instancia 
los millones de usuarios que emplean dichas unidades cotidianamente, y, por 
último, la efectividad del cinturón de seguridad al momento de un 
accidente.
	        
	        
	        Está demostrado que el uso del 
cinturón de seguridad salva vidas. A través de la Ley 25.857, en 2004, fue 
modificado el artículo 55º de la Ley de Tránsito en lo que refiere al transporte 
de escolares. A raíz de esta modificación, dichos transportes tienen la obligación 
de contar con cinturones de seguridad combinados e inerciales para el uso de 
los pasajeros.
	        
	        
	        A su vez, países como Chile y 
Colombia han sancionado e implementado normas similares a la aquí 
planteada.
	        
	        
	        Nuestro país presenta uno de los 
más altos índices estadísticos de mortalidad por accidentes de tránsito en el 
mundo, considerando que la provincia de Buenos Aires es la que más víctimas 
aporta. Según datos publicados por la Asociación Luchemos por la Vida, 
aproximadamente 21 personas mueren a diario en accidentes de tránsito.
	        
	        
	        A pesar de todo este panorama 
trágico ya publicado en los medios de comunicación de forma diaria, los 
resultados de un estudio que hizo la Asociación Luchemos por la Vida en marzo 
de 2013, revelan que, se registra un descenso general del uso (34% promedio) 
del cinturón de seguridad, con respecto a la primera semana de controles 
(octubre 2004). En relación con la iniciativa del proyecto que estoy 
representando, una de las estádisticas revela que el descenso más importante 
se da entre los conductores profesionales, quienes deberían ser los primeros en 
dar el ejemplo.
	        
	        
	        Alberto Silveira, presidente de la 
Asociación recientemente mencionada, habla de la importancia de que todos los 
ocupantes del vehículo usen cinturón de seguridad incluso para los trayectos 
más cortos o a baja velocidad. "Calculamos que si lográramos que lo usen tanto 
en los asientos delanteros como traseros en todos los vehículos de la Argentina, 
en un año se salvarían mil vidas"
	        
	        
	        La utilización del cinturón de 
seguridad disminuye en un gran porcentaje el riesgo de muerte en caso de 
accidentes, evitando la eyección de la persona, así como también golpes y 
lesiones causadas por impacto.
	        
	        
	        En marzo de 2012 presenté este 
proyecto (N° de Expediente: 0931-D-2012), ya habiendo pasado dos años, y 
debido a la gravedad de la situación en nuestro país, decido volver a 
presentarlo. 
	        
	        
	        Considero necesario aprobar esta 
modificación a la Ley de Tránsito Nacional, esto sería un paso importante para 
colaborar en la disminución del número de víctimas fatales producto de 
accidentes de tránsito.
	        
	        
	        Por todo lo expuesto, solicito la 
aprobación del presente proyecto de ley.
	          
      
  
 
					
  | Firmante | Distrito | Bloque | 
|---|---|---|
| MAJDALANI, SILVIA CRISTINA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO | 
| ALONSO, LAURA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO | 
| SCAGLIA, GISELA | SANTA FE | UNION PRO | 
| SCHMIDT LIERMANN, CORNELIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO | 
| MARTINEZ, SOLEDAD | BUENOS AIRES | UNION PRO | 
Giro a comisiones en Diputados
					| Comisión | 
|---|
| TRANSPORTES (Primera Competencia) | 
| DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA | 
 Trámite 
 
							| Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado | 
|---|---|---|---|
| Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA SOLEDAD MARTINEZ (A SUS ANTECEDENTES) |