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DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P03 Oficina 301

Jefe SR. GUANCA JAIME FERNANDO FABIO

Miércoles 10.00hs

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 1735-D-2017

Sumario: INCLUYASE DE FORMA OBLIGATORIA LA CERTIFICACION DE CALIDAD EN TODOS LOS PRODUCTOS COSMETICOS, CUYOS INGREDIENTES UTILIZADOS EN SU PRODUCCION, SEAN NATURALES Y/U ORGANICOS.

Fecha: 18/04/2017

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 30

Proyecto
INCLUIR DE FORMA OBLIGATORIA LA CERTIFICACION DE CALIDAD EN TODOS LOS PRODUCTOS COSMETICOS, CUYOS INGREDIENTES UTILIZADOS EN SU PRODUCCIÓN, SEAN NATURALES Y/U ORGÁNICOS.
Artículo 1º: Inclúyase de forma obligatoria la certificación de calidad en todos los productos cosméticos, cuyo origen de los ingredientes utilizados en su producción, sean naturales y/u orgánicos.
Artículo 2°: Inclúyase de forma obligatoria la certificación de calidad en todos los envases de los productos cosméticos, cuyo origen de los ingredientes utilizados en su producción, sean naturales y/u orgánicos.
Artículo 3°: A efectos de la presente Ley, se entiende por certificación de calidad al resultado de un proceso por el cual los auditores o evaluadores de la empresa certificadora examinan la conformidad de ese producto o servicio según los requisitos de la norma.
Artículo 4°: La certificación de calidad será efectuada únicamente por entidades públicas o privadas, comúnmente llamadas “certificadoras”, especialmente habilitadas para tal fin.
Artículo 5°: La presente ley se reglamentará dentro de los 90 días de ser promulgada.
Artículo 6°: El Poder Ejecutivo Nacional al momento de reglamentar la presente ley será el encargado de designar la autoridad de aplicación que llevara a cabo las acciones necesarias para la ejecución de la misma.
Artículo 7°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Es cada vez mayor en el mundo la preocupación por la inocuidad, la contaminación del medio, la adulteración, las prácticas comerciales deshonestas en relación con la calidad y cantidad de presentación de los productos. Por ello consideramos necesario incluir de manera obligatoria en productos cosméticos denominados naturales u orgánicos, la certificación de calidad, teniendo en cuenta además que para los compradores de dichos productos, representa una garantía de confianza.
La calidad de un producto cosmético comprende la totalidad de las características objetivas y subjetivas que le confieren la capacidad de satisfacer las exigencias de consumidores y clientes. Algunas de estas características se basan en requisitos legales y tienen carácter obligatorio; otras son optativas y son impulsadas por motivaciones de competitividad comercial. La inocuidad es el requisito básico que deben cumplir estos productos, ya que asegura que éste no es potencialmente peligroso para la salud de los consumidores. La manera de garantizarlo es a través del control de calidad.
Es necesario tener bajo control su proceso de elaboración, desde el ingreso de las materias primas, durante el proceso de producción, y con posterioridad al mismo, en el almacenamiento, transporte, distribución y bocas de expendio. Este concepto implica adoptar un criterio netamente preventivo en los procesos productivos, en lugar de un criterio reactivo, basado únicamente en la inspección final o en el control del producto por parte del consumidor.
Con respecto al envase de los productos cosméticos, es necesario señalar que, como muchas de sus propiedades pueden ser críticas y se deben realizar varios pasos para verificar la funcionalidad de los mismos para determinar las propiedades críticas que pueden afectar al envase o el producto, consideramos necesario que también posean certificación de calidad obligatoria.
Existen cuestiones que determinan la importancia de tener en cuenta por ejemplo la interacción envase-producto (recomendable en todos los envases) estanqueidad y fugas (recomendable en todos los envases en los que haya cierres o juntas) y resistencia al impacto por caída (recomendable en todos los envases).
Los principales ensayos que se realizan sobre envases destinados al sector cosmético son aquellos relacionados con la interacción envase-producto, las propiedades mecánicas, ópticas, dimensionales y la estanqueidad y detección de fugas. En la interacción envase producto se incluyen los ensayos de permeabilidad, compatibilidad química, migración, ensayos sensoriales y transferencia de masa (gases) a través del envase.
La permeabilidad de los envases es un factor crítico en la conservación de los productos envasados. Habitualmente, el oxígeno y el vapor de agua son dos de los factores que influyen en la estabilidad de los productos. La elección de un material con una menor permeabilidad al gas crítico para la degradación del alimento envasado permite mejorar la durabilidad del mismo.
En los ensayos de compatibilidad química se identifican problemas de funcionalidad en envase o problemas en la calidad del producto envasado causados por adsorción (incorporación superficial de sustancia envasada al envase) y absorción (incorporación de la sustancia envasada dentro del polímero).
Cabe destacar que certificación de calidad es el resultado de un proceso por el cual los auditores o evaluadores de la empresa certificadora examinan la conformidad de ese producto según los requisitos de la norma. Si el resultado es satisfactorio se emitirá pues un documento público cuya posesión no solo es una ventaja para la empresa que lo ostenta sino un beneficio para el consumidor.
Por todo lo expresado precedentemente, le solicito a mis pares la aprobación del proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BIANCHI, IVANA MARIA SAN LUIS COMPROMISO FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA (Primera Competencia)
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA
INDUSTRIA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0071-D-19