CULTURA
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 0924-D-2020
Sumario: EXPRESAR BENEPLACITO POR EL BICENTENARIO DE LA AUTONOMIA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA Y DE LA CREACION DE SU LEGISLATURA PROVINCIAL, CONMEMORADO EL 18 DE MARZO DE 2020.
Fecha: 18/03/2020
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 13
Expresar beneplácito por el bicentenario de la autonomía de la provincia de Córdoba y de la creación de su legislatura provincial, conmemorados el día 18 de marzo de 2020.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Constitución Nacional reconoce a las provincias como entidades preexistentes al Estado argentino. A través de un complejo proceso histórico de soluciones político-institucionales, dichas provincias reclamaron su “soberanía” hasta confederarse con intenciones de delegar parte de sus atribuciones para la conformación de la Nación Argentina. Este marco determina nuestra forma de gobierno federal, sustentada en la preservación de los poderes autónomos provinciales.
El contexto de 1820 resultó particularmente rico para este proceso. Las rivalidades entre el centralismo del Directorio instalado en Buenos Aires, la influencia de la doctrina federal y la actuación de los caudillos locales derivó en una situación dinámica, frecuentemente denominada “anarquía del año 20”. El entonces coronel mayor Juan Bautista Bustos, sublevó el 8 de enero de 1820 las tropas del Ejército del Norte, en Arequito, Santa Fe. El resultado inmediato de esta rebelión de gran escala –replicada en otras divisiones del ejército libertador de Cuyo y Chile- se saldó en pocas semanas con la derrota del bando nacional en la batalla de Cepeda, el 1 de febrero. A los pocos días, el Gobierno Central se disolvió, con la renuncia del Director Supremo José Rondeau. Las provincias revirtieron las potestades centrales del directorio e iniciaron una etapa de fragmentación política. Etapa que cristalizará finalmente en la organización nacional, con la Constitución de 1853 y la definitiva unidad de la Confederación Argentina y Buenos Aires, alcanzada entre 1860 y 1862.
En el marco de los hechos de 1820, la provincia de Córdoba declaró su “independencia” del gobierno porteño y del Congreso de Buenos Aires. El Cabildo provincial formuló esta decisión los días 17 y 19 de enero. Por su parte, el gobernador interino José Javier Díaz convocó el 15 de febrero una Soberana Asamblea Electoral, destinada a ratificar el estatus de Córdoba como “provincia soberana y libre”. Asimismo, debía designar un gobernador y formar una asamblea constituyente.
Esta Soberana Asamblea Electoral se instaló el 18 de marzo de 1820 y acto seguido declaró la “independencia provincial”. Este hecho representa la génesis de la legislatura cordobesa, la inauguración formal de su autonomía y el embrión constituyente de la provincia. En pocos días, el 21 de marzo, Juan Bautista Bustos fue electo gobernador. Para fines de septiembre, en medio de las guerras civiles que asolaron nuestro país, sancionó un Reglamento Provisorio; antecedente de la Constitución provincial, promulgada el 20 de febrero de 1821.
El pasado 11 de marzo, la Legislatura de la Provincia de Córdoba sancionó la ley provincial N° 10.689, conmemorativa del proceso institucional que el Brigadier General Bustos acaudillara por aquellos años. En particular, el artículo 7 de la norma instituye el 18 de marzo de cada año como el “Día de la Declaración de la Autonomía de la Provincia de Córdoba”, con intención de visibilizar las condiciones de su acervo histórico. Con igual intención, aprobó la Declaración N° 23.647/20, de adhesión a los actos que recuerdan el bicentenario de la legislatura provincial.
Que esta Honorable Cámara exprese su beneplácito a la conmemoración de este bicentenario significa un acto de ratificación del espíritu federal que caracteriza a nuestro sistema político y que se plasma en la representatividad del Congreso. Lejos de ser una simple formalidad, nos interpela sobre la herencia institucional de nuestras bancas, a partir de la importancia histórica de las provincias. En ellas se forjaron los núcleos que, más allá de identidades y peculiaridades culturales, con la generosidad y solidaridad de un proyecto colectivo compartido, se integraron con voluntad libre en el conjunto indisoluble que llamamos República Argentina.
Por los motivos expuestos, solicito a mis pares el acompañamiento del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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CASSINERIO, PAULO LEONARDO | CORDOBA | CORDOBA FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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CULTURA (Primera Competencia) |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
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07/10/2020 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad sin modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
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Diputados | Orden del Dia 0131/2020 | (REUNION DE COMISION POR VIDEOCONFERENCIA) | 13/10/2020 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 4/11/2020 | APROBADO |