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ASUNTOS CONSTITUCIONALES

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P04 Oficina 449

Secretario Administrativo DR. URIONDO FRANCISCO MANUEL

Jefe SRA. ROJAS CAMILA SOLEDAD

Martes 14.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 60752431 Internos 2431/32

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  • LEGISLACION GENERAL
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Reunión del día 12/03/2019

- CONJUNTA LEGISLACIÓN GENERAL - INFORMATIVA

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los doce días del mes de marzo de 2019, a la hora 14 y 21:
SR. PRESIDENTE TONELLI Buenas tardes a todos. Damos comienzo al plenario conjunto entre las comisiones de Asuntos Constitucionales y de Legislación General. Esta es, por lo menos en lo que respecta a estas comisiones, la primera reunión del año. Confío en que todos hayan tenido unas buenas vacaciones, hayan podido descansar y que hayan venido con muchas ganas de trabajar.

Tal como dice en la citación, comenzamos hoy con una reunión informativa con el objeto de considerar el proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo la semana pasada, sobre nueva ley de ética en el ejercicio de la función pública y sobre conflicto de intereses.

Como expliqué ayer a la vicepresidenta de la Comisión de Asuntos Constitucionales y a algunos señores diputados, no figuran en el temario de hoy los otros proyectos referidos a la ley de ética presentados por diputados de diversos bloques -que los hay, y en un número considerable-, porque la reunión de hoy es al solo efecto de presentar el proyecto de ley del Poder Ejecutivo. No obstante, en la próxima reunión que convoquemos para discutir el proyecto y dictaminar, sí se tratarán todos los asuntos referidos a la ley de ética presentados por diputados de los diferentes bloques.

De todas maneras, después de su presentación de hoy, esta iniciativa pasará a asesores, instancia en la cual por supuesto también van a considerarse el resto de los proyectos.

La metodología de trabajo del día de la fecha será muy sencilla. Contamos con la visita de dos ex diputados, a quienes la mayoría de ustedes conocen. Me refiero a la titular de la Oficina Anticorrupción, Laura Alonso, y al secretario de Fortalecimiento Institucional, Fernando Sánchez, a quienes damos la bienvenida. Sepan que están en su casa.

Daremos la palabra en primer lugar al señor secretario Sánchez y luego expondrá la ex diputada Alonso. Una vez finalizadas sus exposiciones, por supuesto que habilitaremos la posibilidad de que quienes lo deseen formulen sus preguntas, aclaraciones o comentarios.

Tiene la palabra el señor secretario de Fortalecimiento Institucional, Fernando Sánchez.

SR. SÁNCHEZ Buenas tardes a todos. Es un placer para mí volver a estar en esta casa. Quizás esté un poco desacostumbrado al debate público, así que me corren con ventaja en ese sentido. Pero honestamente siempre es muy bueno venir al Congreso de la Nación, que es el lugar donde en realidad se dan los más importantes consensos para un país.

Creo que en este momento estamos ante una extraordinaria oportunidad para que podamos seguir fortaleciendo nuestro sistema de integridad pública, y digo "nuestro" como Nación, como país.

En ese sentido, voy a tomarme unos minutos para hacer un racconto muy breve de algunos avances que la Argentina ha obtenido sobre todo en los últimos años, no solamente en términos normativos -que fueron enormemente importantes- sino también en definiciones que toma el propio Poder Ejecutivo a estos fines. Hablaré de política e integridad y no solo de política anticorrupción, porque cuando los actos de corrupción ya han sucedido llegamos tarde. El daño está hecho y la degradación ya ocurrió: la plata de los argentinos se fue,

las obras o lo que sea no están. Entonces, el mejor antídoto para que esto no pase es tener integridad pública; es decir que todos aquellos que tenemos responsabilidades públicas sepamos cómo nos tenemos que comportar. Y a estos fines no alcanza una sola ley, si bien la ley de ética pública es uno de los pilares del sistema de integridad público. Por eso presidente yo le decía -y a mis ex colegas- que quería repasarles lo que se ha hecho estos años.

En primer lugar, y no concurriendo exclusivamente Cambiemos, ni el Poder Ejecutivo, ni la bancada oficialista en ambas Cámaras, se han conseguido avances enormes. El primero es haber salido de la situación de vergüenza continental de no tener ley de acceso a la información pública. Una norma que parece liviana, pero cuando uno mira cómo se comporta la administración a partir de saberse mirada por la sociedad, es otra historia. Es una ley que se sancionó con el consenso muy amplio de este Parlamento y que alcanza a todos los poderes de la Nación. Eso también es importante, tener un único estándar, porque tiene un impacto enorme. Los funcionarios y los empleados públicos sabemos cómo tenemos que hacer las cosas; porque si no, un día nos vienen a preguntar y ahí están las consecuencias. Y lo más importante de todo es que el ciudadano tiene más poder que antes.

La segunda es la ley del arrepentido para casos de corrupción, que también significa un inmenso y enorme cambio, con una eficacia tremenda. Algunos descreían de la eficacia de esta ley y hoy se puede ver que es una herramienta importante que le dio este Congreso al Poder Judicial de la Nación para que pueda hacer su trabajo, que venía haciendo a desgano.

La tercera es la ley de responsabilidad penal de las personas jurídicas, que uno puede decir, miren, no se usó. Las empresas hoy saben cuál es la responsabilidad que tienen si deciden obtener un beneficio indebido a partir del pago de sobornos, por ejemplo. Así que por tanto, esa es la nueva regla de relación público-privada.

Y la cuarta es la Ley de Defensa de la Competencia, porque transparentar los mercados, y que el Estado concurra cuando hay posiciones dominantes, cuando hay maniobras que atentan contra la leal competencia, también es contribuir a la integridad pública. La transparencia de los mercados también es parte de nuestra obligación de transparentar lo público.

En el ámbito del Poder Ejecutivo, presidente y colegas, el reciente decreto de extinción de dominio también es una herramienta que consideramos nosotros sumamente eficaz para el recupero de activos ilícitos. Pero no nos quedamos ahí, creemos que tenemos que elevar el estándar y la exigencia para nosotros mismos. Por tanto, por orden e instrucción del presidente la Nación, y con su firma, se emitieron los decretos de conflicto de interés, que es sumamente importante a la hora de poder separar los intereses de quienes estamos en la función pública, de aquellos intereses que podemos tener por fuera de nuestra vida pública, es decir, que no colisionen. Inclusive pueden ser ambos legítimos, pero no deben colisionar.

Ese régimen de conflicto de interés hoy rige solamente para el Poder Ejecutivo Nacional, y es un decreto, nosotros consideramos que debe regir para todos los poderes de la Nación y que tiene que ser una ley, dada su importancia.

Menciono también el decreto de prohibición de designación de familiares. Ustedes saben que en realidad la relación de la designación de quienes están cerca de nosotros con vínculos familiares, están más regidos por las normas de éticas que por regulaciones específicas; pero está muy bien poner ciertos límites formales. Ese decreto también solo rige para el Poder Ejecutivo Nacional y es uno de los aspectos que está integrado. Después, Laura Alonso, la titular de la Oficina Anticorrupción, hará una descripción más pormenorizada de lo que incluye la ley.



En cuanto al decreto de gobernanza de obra pública, como saben, el sistema nacional de obra pública se encontraba desordenado, disperso, poco comprensible. En algunos casos, era poco claro. Este año se emitió un decreto presidencial simple a fin de ordenar y fortalecer la Oficina Nacional de Contrataciones, además de clarificar, entre otros, el rol del Registro Nacional de Constructores en relación con la obra pública.

Cuando hablamos de integridad pública, no podemos dejar de mencionar al principal órgano de control interno que tiene la administración, que es la SIGEN, y que se complementa con el principal organismo externo que depende de ustedes: la AGN. Miro acá a mi colega y amiga, Carla Pitiot, quien sabe mucho de esto, porque en realidad tuvimos que darle un shock de fuerza a la SIGEN. Esta realizaba pocos informes con baja calidad de impacto, y hoy produce informes significativos que ayudan a la administración a gestionar mejor, a advertir desvíos de objetivos y hasta a detectar la comisión de ilícitos.

En este sentido, también cabe mencionar el desarrollo de sistemas electrónicos de contrataciones, el Comprar y el Contratar, que ustedes bien conocen; los sistemas electrónicos de gestión de datos intra Estado nacional; el decreto de plan de apertura de datos -que es complementario a la ley de acceso a la información pública-, y la decisión administrativa de lineamientos de buen gobierno corporativo. A quienes se pregunten qué es esto, les digo que no es ni más ni menos que llevar todos estos estándares al conjunto de empresas del Estado nacional.

Esto no es poca cosa, porque la forma en que hacen su trabajo algunas de esas empresas repercute en el bienestar de 8 o 10 millones de personas. Pensemos, por ejemplo, en AySA, en los trenes, en Aerolíneas, etcétera. Se trata de un conjunto bien grande, y por lo tanto no pueden quedar exentas de este tipo de tareas referidas a la elevación de integridad, transparencia y lucha contra la corrupción aquellas empresas que no solo manejan cuantiosos recursos públicos de los argentinos provenientes del Tesoro o de las tarifas, sino que además tienen que estar incluidas en estos estándares.

Por último, como con Laura creemos que tenemos mucho para mejorar, hacia el interior del Poder Ejecutivo nos preguntamos qué más debemos hacer, ya que esta tarea nunca se termina.

Asimismo, consideramos que es oportuno hacer una revisión de lo que en algún momento fue una buena ley de ética pública, pero que con el correr de los tiempos quedó incompleta, débil, porque no incluye ciertos regímenes.

Es por eso que hoy también con la firma del señor presidente de la Nación, cumpliendo un compromiso que el año pasado se firmó y a partir de un procedimiento que nosotros creemos muy virtuoso, muy positivo -esto también Laura lo va a explicar-, estamos viniendo hoy acá a manifestar los motivos y el contenido de nuestro proyecto. Cuando digo "nuestro", me refiero a que es del Poder Ejecutivo en relación con la reforma de la ley de ética pública.

Lo hacemos sabiendo que además en este Congreso hay otras iniciativas en este mismo sentido. Esperamos que esto tenga un buen final, que se sancione un proyecto de ley de buena calidad, en cuya discusión haya amplia participación, tal como ocurrió durante el debate de la ley de acceso a la información pública. En ese caso, pudo haberse tratado de una iniciativa impulsada por uno o dos legisladores, pero en su resultado hubo aportes de todos.

También esperamos que pueda tratarse la ley de financiamiento de los partidos políticos -importantísima a la hora de lograr transparencia al principio de las cosas, donde se da la competencia de todos nosotros por lograr espacios de representación y de responsabilidad pública- y la regulación de gestión de intereses.

Para nosotros -por supuesto, con el seguimiento habitual y sumado al Plan Nacional Anticorrupción, que es un proyecto quinquenal que por ahora fue pensado para el Poder Ejecutivo-, todo esto forma parte de una política nacional de integridad pública. Para los otros poderes queremos tener algo parecido, y en algún momento nos gustaría poder explicárselos.

Tanto el seguimiento de estas políticas como la revisión del cumplimiento de estos estándares y el perfeccionamiento de estas normas constituyen para nosotros lo que se denomina una política nacional de integridad pública que creemos que pueden hacerle mucho bien a nuestro país.

Agradeciéndoles por esta oportunidad, cedo ahora la palabra a Laura Alonso, quien les explicará el contenido del proyecto de ley. (Aplausos.)

SR. PRESIDENTE TONELLI Muchas gracias, señor secretario.

Para quienes llegaron un poco más tarde, reitero que una vez concluida la exposición de la señora Laura Alonso todos los legisladores tendrán la posibilidad de formular preguntas o comentarios.

Tiene la palabra la titular de la Oficina Anticorrupción.

Sra. Alonso.- Señor presidente: gracias por la invitación. Siempre es un gusto volver a esta casa.

Lo primero que quiero decir es que un día como hoy, en 1927, nació el padre de la democracia, el doctor Raúl Alfonsín. Así que me parece importante que lo recordemos y me parece que es una hermosa casualidad que hoy nos reunamos en esta casa para discutir la nueva ley de ética pública. El doctor Alfonsín, evidentemente, desde donde esté estará bendiciendo este debate.

Quiero iniciar esta presentación con un repaso de la significación institucional que la ética pública tiene desde la reforma constitucional de 1994, resultado del retorno de la democracia y su consolidación.

La Convención Constituyente incorporó la cuestión de la ética pública y la corrupción de los funcionarios públicos dentro del punto "Garantías de la democracia. Defensa del orden constitucional", con todo lo que ello implica.

El despacho del artículo 36 tuvo origen en la "Comisión de Participación Democrática", integrada, entre otros, por los convencionales Elisa Carrió, actual diputada, la senadora Cristina Fernández de Kirchner, y los actuales miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Horacio Rosatti, y Juan Carlos Maqueda.

Con amplio consenso de los representantes de todos los partidos políticos en la Convención, el artículo 36 establece el vínculo sustancial que existe entre la legitimidad democrática y la lucha contra la corrupción, de las cuales la ética, como dijo mi predecesor en el uso de la palabra, es un pilar fundamental. Esto fue resaltado en todos los discursos de los convencionales.

Por ejemplo, el convencional Antonio Cafiero, en representación del Partido Justicialista, sostuvo al presentar el texto de la llamada cláusula ética que "la democracia no puede prescindir de los valores (...), la inclusión de esta cláusula constituirá una señal que los constituyentes del 94 enviamos a toda la sociedad argentina. Nosotros somos los primeros en asumir el reto de la lucha contra la corrupción, nosotros somos quienes queremos que en el documento máximo que hoy estamos reformando se inscriba el principio de que sin ética no hay democracia y que con corrupción vuelve el totalitarismo". Estas eran las palabras de Antonio Cafiero en la Convención.

El artículo 36 incluyó una novedad absoluta en las constituciones de la época equiparando los actos de corrupción con aquellos que atentan contra el sistema democrático.

Además, el artículo 36 encomendó a este Congreso la sanción de un régimen de ética en el ejercicio de la función pública. En el ámbito de la Convención existió un amplio consenso también respecto de esta previsión. Este mandato incorporado en el capítulo segundo "Nuevos Derechos y Garantías" de la Constitución Nacional resulta demostrativo del propósito de concebir a la ética pública no solo como un deber de los agentes públicos sino también como un derecho de la ciudadanía y, al mismo tiempo, un pilar esencial del Estado de derecho, democrático y republicano.

Y así lo entendieron los legisladores de la época que, inmediatamente, ya en 1997 dieron inicio al debate de lo que dos años más tarde sería la sanción de la primera y hasta ahora única ley de ética pública, que ha tenido la República Argentina hasta hoy: la ley 25.188

La novedad de las previsiones de esa ley -hoy vigente- y el indudable avance que significaba para la calidad del sistema democrático, determinó también -y esto es un punto en el que me quiero detener- un generalizado apoyo transversal a todos los bloques partidarios. En el Senado la ley 25.188 fue votada por unanimidad, y en esta Cámara por más de dos tercios de los miembros, teniendo en discusión más de 30 proyectos.

O sea que no estamos hablando de una ley menor, sino de una norma que viene a operativizar el artículo 36 de la Constitución Nacional.

Del debate parlamentario que tuvo lugar entre 1997 y 1999 se extraen tres clases de causas fuente que inspiraron esta legislación. Pero además la siguen inspirando al día de hoy, porque está en absoluta y plena vigencia aquello que debatieron sus predecesores en los años 1997, 1998 y 1999 en ambas Cámaras.

En primer lugar, esta ley es un imperativo constitucional ligado con los elementos básicos del sistema democrático, por lo que la norma debe tender a su perfeccionamiento y actualización permanentes. Por eso estamos acá.

En segundo lugar, esta ley responde a una demanda social prioritaria: el combate a la corrupción. Esto ya lo decían los constituyentes y lo dijeron también los legisladores al sancionar la ley 25.188.

En tercer lugar, esta ley constituye una obligación internacional del Estado argentino, cuyo cabal cumplimiento también se vincula con la credibilidad externa y la necesaria confianza para atraer inversiones y estimular la actividad económica.

En línea con el artículo 36 de la Constitución Nacional y con lo previsto tanto en la Convención Interamericana contra la Corrupción como en la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción -tempranamente ratificadas por el Estado argentino, y por supuesto por este Congreso-; en concordancia con las recomendaciones efectuadas en distintas rondas por el mecanismo de expertos de la Organización de los Estados Americanos, y con la Recomendación sobre Integridad Pública de la OCDE y Estudio del Sistema de Integridad Pública de la Argentina -de próxima publicación y también producido por este organismo internacional-, el Poder Ejecutivo nacional puso en 2016 en cabeza de la Oficina Anticorrupción -única autoridad de aplicación de la ley de ética pública desde 1999 y solo para el Poder Ejecutivo nacional-, la coordinación del estudio y la elaboración del proyecto de ley de ética, que todos ustedes tienen a la vista.

¿Cuáles han sido los antecedentes? En 2017 esta comisión, bajo la presidencia del señor diputado Tonelli, creó una subcomisión para el estudio de la reforma de esta norma. Ahí hay un antecedente muy cercano que tienen los propios legisladores.

En esta subcomisión participaron diputados de todos los bloques y sus asesores. Entre ellos, el señor diputado Tonelli y el señor diputado -mandato cumplido- Fernando Sánchez. También lo hicieron Karina Banfi, Diana Conti, Carla Carrizo, Mónica Litza, Juan Bernardo Brügge, Lucas Incicco y Margarita Stolbizer. Todo ellos discutieron en conjunto con asesores técnicos de la Oficina Anticorrupción los distintos capítulos de la reforma. Gran parte del proyecto que ustedes tienen a la vista retoma esas discusiones.

En 2017 y gran parte de 2018, la Oficina Anticorrupción realizó varios intercambios con especialistas del Banco Mundial y de la OCDE para elaborar un primer borrador. Además, se llevó adelante un proceso de consulta pública al que se sumó, una vez que fue creada, la Secretaría de Fortalecimiento Institucional a cargo de mi colega, Fernando Sánchez.

Durante la consulta pública a través de dos plataformas online del Poder Ejecutivo -"justicia2020", una plataforma creada especialmente por el Ministerio de Modernización para conocer las opiniones de los ciudadanos o de cualquier persona, por supuesto-, se recibieron contribuciones de ONG y de particulares que también fueron tenidas en cuenta para la elaboración de esta propuesta.

Finalmente, se realizó un taller de trabajo presencial en Casa Rosada con decenas de participantes -después puedo dejar los antecedentes al presidente de la comisión- y se recibieron aportes de organizaciones de la sociedad civil, especialistas y asociaciones profesionales o de representación sectorial, como por ejemplo la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional. También se consultó a varios organismos del Poder Ejecutivo.

Como antecedentes, la Oficina Anticorrupción estudió las legislaciones de Chile, México, Francia, Estados Unidos, España y Canadá, y también pondremos ese informe a disposición de los legisladores.

Se consideraron los más de veinticinco proyectos de ley presentados por los diputados nacionales de la gran mayoría de los bloques desde 2014. Mencionaré los nombres de algunos de sus autores, y pido disculpas si olvido alguno: Doñate, Carmona, Banfi, Rodenas, Cerruti, Kirchner, Cleri, Sánchez, Stolbizer, Depetri, Marcucci, Soria, Berisso, Brizuela del Moral, Grandinetti, Contigiani, Gioja, Wisky, Rogel, Cobos, Asseff, Binner, Cáceres, Duclós, Juan Manuel López, Carrió, Durand Cornejo y Olmedo. Como ven, se trata de una gran variedad de proyectos de ley: algunos más generales, otros más puntuales; algunos más amplios y otros, más específicos. También se han tenido a la vista los proyectos de reforma presentados por varios senadores nacionales.

Como única autoridad de aplicación de la ley de ética en el ejercicio de la función pública en el Poder Ejecutivo, la Oficina Anticorrupción durante veinte años ha venido implementando esta norma y cuenta con un corpus doctrinario muy relevante en cantidad, calidad y variedad de situaciones que se han analizado frente a los distintos casos que se fueron presentando.

Muchas de estas situaciones no previstas en la vieja ley de 1999, que fuera reformada parcialmente en 2013, implicaron la búsqueda de antecedentes internacionales que permitieran dilucidar y responder, aplicando adecuadamente la ley.

Como se dijo -también lo señaló Fernando Sánchez-, la de 1999 fue una muy buena ley para la época y fue muy ponderada en la región en esos años. No obstante, ha tenido -y todos lo sabemos- una implementación errática en los distintos poderes del Estado, además de que sufrió una reforma parcial negativa en 2013, escondida en el paquete de la reforma judicial o democratización de la Justicia, y que merece una actualización.

Este proyecto retoma la experiencia institucional de estas casi dos décadas. Además, clarifica y actualiza la normativa y subsana la controvertida reforma parcial de 2013, vinculada especialmente al régimen de declaraciones juradas patrimoniales, reforma que fuera declarada inconstitucional en dos instancias por el Poder Judicial.

Recordemos que esa reforma recortó la información pública de las declaraciones patrimoniales, dificultando a su vez el trabajo de control y verificación de la Oficina Anticorrupción en el Poder Ejecutivo y afectando el derecho de acceso a la información pública.

Este proyecto que les presentamos regula de manera integral y uniforme la ética en el ejercicio de la función pública para todos los poderes del Estado. Van a escucharme decir muchas veces "todos los poderes del Estado", porque como todos los que estamos acá sabemos, ha sido muy errática la implementación de la ley 25.188; en muchos casos, ni siquiera se implementó.

La ley prevé normas específicamente aplicables tanto al Poder Ejecutivo como al Legislativo, al Judicial y al Ministerio Público, destacando la naturaleza diferenciada de cada uno, pero entendiendo que hay cuestiones comunes a todos los funcionarios públicos, desde el presidente de la Nación hasta el cadete de la última oficina pública del Estado nacional argentino.

El proyecto diseña, además, un sistema de autoridades de aplicación que entendemos permitirá una implementación efectiva de la norma en todos y en cada uno de los poderes del Estado. Asimismo, invita a adherir a ella a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y prevé una instancia de coordinación entre las autoridades nacionales, y también otra federal a través del Consejo Federal para la Ética Pública y la Transparencia.

El proyecto perfecciona la definición de función pública y de funcionario público, por lo que queda abarcada cualquier tipo de actividad que se realiza no solo al servicio del Estado en sentido estricto, sino también al servicio de sus intereses y potestades, las que actualmente son ejercidas por un universo de organismos y entidades que pueden tener naturaleza no estatal pero se les han transferido cometidos públicos, o que poseen financiamiento público.

Sobre los principios y los deberes éticos -ya entrando de lleno en el proyecto de ley-, a diferencia de la ley vigente, que solo menciona una serie de pautas y deberes de comportamiento ético, este proyecto brinda un catálogo completo de principios generales que orientan la interpretación e integración de la ley y prevé deberes éticos específicos.

Ambos son de carácter obligatorio, por lo que su incumplimiento o inobservancia es tipificado en la ley como una falta que conlleva responsabilidades concretas. Como novedad, esta ley introduce un capítulo completo sobre el nepotismo o el anti nepotismo. El capítulo específico es muy desarrollado en sus previsiones contra el nepotismo, incorporando con jerarquía legal y perfeccionando el decreto 93 del 2018, si no me equivoco; creo que no me equivoco.

Este capítulo establece una variedad de prohibiciones específicas en la designación de familiares en todos los poderes; salvando aquellos casos en que los funcionarios se encontraren ejerciendo funciones con anterioridad y para quienes fueran designados con posterioridad mediante concursos públicos, otros procedimientos reglados que garanticen igualdad y elección por mérito o por procedimientos electivos.

Respecto del régimen de declaraciones juradas de los funcionarios públicos, el proyecto propone un nuevo régimen que subsana el recorte de información resultado de la reforma parcial de 2013. Se amplía y se clarifica el contenido a declarar por los funcionarios, tanto en lo patrimonial como en lo relacionado a intereses económicos, comerciales, sectoriales y de otro tipo. Con mayor información, las autoridades de aplicación estarán en mejor condición para detectar aumentos patrimoniales injustificados y prevenir y detectar conflicto de intereses, reales y potenciales.

Se perfecciona la enumeración de los funcionarios obligados a presentar declaraciones juradas por su rango y su función. El proyecto introduce, en línea con la ley modelo de declaración de intereses de la OEA, el deber, la obligación de las autoridades de aplicación de controlar y verificar anualmente las declaraciones juradas de los funcionarios públicos de los tres poderes. Y establece un formulario electrónico único para todos los poderes del Estado, prohibiendo expresamente la firma hológrafa.

Asimismo, provee una mayor precisión, sistematización y completitud de la información a declarar por los funcionarios. El proyecto propone una redacción más clara que la actual del artículo sobre publicidad de la información de las declaraciones juradas para facilitar el control ciudadano, y se define por regla que la información declarada es pública, incluyendo la del cónyuge, conviviente o hijos menores.

Las autoridades de aplicación estarán obligadas a publicar en Internet las declaraciones juradas en forma completa, actualizada y en formatos abiertos. También habrá obligación de publicar el listado anual de cumplidores e incumplidores de la presentación de declaraciones patrimoniales.

Como novedad, se establecen medidas para garantizar el cumplimiento de los funcionarios y la veracidad de la información; confiriendo rango legal al 20 por ciento de retención de haberes como una medida conminatoria frente al incumplimiento de los funcionarios. Además, prevé medidas para quienes mientan u oculten información y prohíbe expresamente el reingreso a la función pública de los incumplidores.

En conclusión, el nuevo régimen de declaraciones juradas propuesto fortalece sustancialmente el existente, cumpliendo con el fallo judicial que declaró inconstitucional la reforma del 2013, incorporando nuevas previsiones y obligaciones, poniéndose a la vanguardia en la región y cumpliendo con los estándares y las recomendaciones internacionales.

Finalmente, garantiza el acceso a la información y el control ciudadano sumado a una implementación uniforme en todos los poderes del Estado.

Respecto de los candidatos a cargos electivos nacionales, se mantiene la obligatoriedad de presentar su declaración jurada patrimonial para todos los candidatos a ejercer cargos públicos nacionales. Los legisladores que vayan por la reelección no la tienen que presentar, si ya la presentaron este año.

Los que no sean legisladores y sean candidatos tendrán que presentarla. Toda la información estará disponible en la web de la Oficina Anticorrupción pronto.

También -y esta es una novedad- se suma con rango legal la obligación de presentar declaraciones juradas para los nominados a ocupar cargos en cuya selección intervenga el Congreso de la Nación: procurador general, presidente y directores del Banco Central, magistrados, Defensor del Pueblo, auditores de la Auditoría General de la Nación, autoridades de la Agencia Federal de Inteligencia y otros donde el Congreso intervenga en el proceso de selección,

Como es de público conocimiento este proyecto prevé que nuevos sujetos obligados presentes su declaración patrimonial y de intereses. Me refiero a las personas a cuya orden se encuentra la cuenta única por distrito de los partidos políticos, a los integrantes de los cuerpos colegiados que dirigen y administran las obras sociales y a los integrantes de órganos directivos y de administración de los sindicatos.

Otras normas vigentes destacan el interés público de estas funciones. La ley de acceso a la información pública, que ustedes sancionaron hace dos años o un poco más, menciona, entre sus sujetos obligados, a los partidos políticos y a los sindicatos. La Resolución 11 del año 2011 de la Unidad de Información Financiera considera como personas políticamente expuestas, y sujetas a un control más estricto contra el lavado de dinero, a las autoridades de los partidos políticos, de las organizaciones sindicales y de las obras sociales.

Esta propuesta responde a un reclamo ciudadano de larga data por un mayor control y transparencia en todas estas organizaciones e instituciones de gran trascendencia en la vida democrática.

Con respecto a los partidos políticos, este proyecto obliga a presentar declaración jurada a aquellos que administren las cuentas bancarias en las que deben depositarse los fondos públicos.

Como dije antes, recordemos que son personas políticamente expuestas y que a los partidos políticos los alcanza la ley de acceso a la información y que, además, la Constitución Nacional, en su artículo 38, y la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción, promueve la trasparencia en el financiamiento de los partidos políticos. Esta propuesta va en línea con esos principios.

Respecto de las obras sociales y los sindicatos -y acá sí me quiero detener especialmente-, éstos no estarán sometidos al control de las autoridades de aplicación propuestas en el proyecto de ética pública ni se aplicarán las mismas sanciones en caso de incumplimiento, sino que se busca promover más trasparencia para un mejor y mayor control ciudadano. Por eso verán que, en las disposiciones transitorias, dos artículos prevén reformas parciales o mini reformas de la Ley de Asociaciones Sindicales por un lado y de la Ley de Obras Sociales, por el otro.

En el caso de las obras sociales, la obligación de presentar una declaración jurada patrimonial está prevista desde 1993, en el decreto presidencial N° 576; o sea que desde 1993 los titulares de obras sociales presentan una declaración jurada en la Superintendencia de Servicios de Salud. Sin embargo, estas declaraciones juradas se presentan en sobre cerrado, el contenido no se verifica ni se conoce públicamente. Lo que estamos proponiendo acá es que pasen a ser públicas. Además, le estamos dando rango de ley a este viejo decreto de 1993.

Respecto de los sindicatos, el proyecto prevé que quienes integren sus órganos directivos y de administración presenten una declaración jurada patrimonial anual.

Esta propuesta abona el camino de estas instituciones trascendentales de la vida democrática, como ya lo reflejó el Congreso. Recordemos que la ley de acceso a la información pública y la regulación antilavado, entre otras, empiezan a generar mayores exigencias de trasparencia en estas instituciones.

Un capítulo que interesa a muchos legisladores, porque hay varios proyectos vinculados con eso, tiene que ver con el régimen de conflicto de intereses reales y potenciales. Esta norma va a diferenciar entre dos tipos de conflictos de intereses. Les aclaro que no es antojadiza la diferenciación, sino que es algo que existe en los estándares internacionales.

Esta norma propone regular integralmente los conflictos de intereses con un régimen ordenado, preciso y completo, que supere al de la ley 25.188 -que tiene demasiadas lagunas y vacíos-, y se encuentra en línea con las exigencias de los tratados internacionales anticorrupción.

Se establece una definición de conflicto de intereses y, como novedad, se diferencia explícitamente entre los conflictos de intereses reales y potenciales y sus consecuencias. Es decir que todo tiene consecuencias según este proyecto de ley.

Los conflictos de intereses reales incluyen la prohibición de realizar una actividad en el ámbito privado sobre la que se tengan atribuciones en el ámbito público, y de proveer bienes, servicios u obras al organismo en el que se ejerce la competencia o a los organismos que actúen en su jurisdicción, de manera directa o indirecta.

En el caso de los conflictos de intereses potenciales, se regula el deber de abstención para intervenir en asuntos particulares relacionados con las empresas en las que el funcionario tenga participación, con las personas a las que haya prestado servicios durante los últimos tres años, y en aquellos casos en los que se presenten las causales de recusación tradicionales del procedimiento civil.

Como novedad, en este proyecto se prevén todavía más prohibiciones y restricciones a los funcionarios de más alta jerarquía: presidente y vicepresidente de la Nación, jefe de Gabinete de Ministros, ministros, secretarios y subsecretarios. Por ejemplo, se regulan las participaciones societarias de funcionarios del sector público nacional con jerarquía de subsecretario o superior, con la previsión de que deben desprenderse de tales inversiones -es decir, deben venderlas- o constituir fideicomisos ciegos en algunos casos. Para todos ellos se establece un deber de exclusividad en el ejercicio de la función, salvo para los casos de docencia o actividad académica.

En el caso de los legisladores nacionales, se prevé en el artículo 35 una manifestación expresa de intereses particulares del legislador que guarden relación con proyectos en cuya sanción intervengan. Esta es toda una novedad que me parece que despierta más que un interesante debate.

¿Qué pasa después de la función pública? Aquí también se regula lo que se conoce como limitaciones posteriores o post empleo público.

El proyecto regula restricciones posteriores al ejercicio de la función pública por un año para todos los funcionarios. Esto quiere decir que el funcionario no podrá realizar gestiones o actividades para sí o para terceros ante el organismo en el que ejerció la función, ni ser proveedor de aquel. Además, se establece una prohibición para el uso de la información o documentación reservada a la que haya accedido en el ejercicio de la función.

El proyecto prevé limitaciones especiales a aquellos que hayan intervenido en procesos de privatización y concesión, y también se agrega a aquellos integrantes de los órganos de gobierno de entes reguladores o de organismos de control, o aquellos que hayan tenido atribuciones sobre contrataciones de bienes, servicios y obras.

Quienes incumplan con el régimen de post función pública previsto, no podrán ejercer la función pública en el ámbito nacional por un plazo determinado. Además, las sociedades que los contraten -y eso sí me parece que es importante- no podrán ser proveedoras del Estado nacional por un año y se publicarán estos incumplimientos en todos los casos.

Respecto del régimen de obsequios a los funcionarios públicos, el proyecto otorga rango legal al régimen establecido por el decreto 1.179/2016, firmado por el presidente Macri. Se mantiene como regla general la prohibición de los obsequios con motivo o en ocasión del desempeño de la función pública, salvo aquellos de cortesía o costumbre diplomática.

Por otra parte, la norma expresamente define y prohíbe los obsequios de fuentes prohibidas como, por ejemplo, los de proveedores o potenciales proveedores del organismo donde se desempeña el funcionario.

El proyecto establece una novedad, extendiendo esta prohibición a los cónyuges, convivientes e hijos menores de los funcionarios de la más alta jerarquía de todos los poderes del Estado.

En el caso de viajes financiados por terceros, se prohíben aquellos que provengan de personas con derechos o intereses que pudieran verse afectados por el organismo donde se desempeña el funcionario. Esto es también para todos los poderes.

En ambos casos, para obsequios o para viajes financiados por terceros, se prevé la existencia de un registro público y digital -muchos conocen el del Poder Ejecutivo- y la incorporación de los obsequios al patrimonio del Estado Nacional, cuando correspondiere. O sea, señores, nadie se los puede llevar a su casa.

En relación con las sanciones este proyecto, a diferencia de la ley vigente, prevé una variedad amplia, proporcional y gradual de medidas frente a las distintas situaciones de incumplimiento e inobservancia de la norma.

En materia disciplinaria, se propone sancionar las desviaciones al régimen de ética pública sin distinguir jerarquía, régimen de contratación o situación de revista de quien comete el incumplimiento. Para ello se propone que cuando un funcionario público infrinja la ley de ética, su autoridad superior disponga la instrucción de una investigación, sin perjuicio de ordenar la inmediata remoción. Además, la renuncia del funcionario no extinguirá el inicio y la continuación del proceso investigativo, como sí -lamentablemente- ocurre actualmente.

Las autoridades de aplicación están facultadas para impulsar la instrucción de actuaciones sumariales y realizar denuncias.

El nuevo régimen contempla nuevas medidas complementarias, como la formulación de un reproche ético, la instrucción preventiva o de comportamiento, el pedido de aclaraciones públicas y la anotación en el legajo. También se establece el deber de todos los funcionarios públicos de denunciar infracciones a la ley de ética pública.

El siguiente capítulo se refiere a las autoridades de aplicación, lo que a nuestro entender subsanará, de ser aprobado, la efectividad errática que tuvo la ley de ética pública en su implementación en todos los poderes del Estado en los últimos veinte años.

Esta iniciativa propone que todos los poderes del Estado estén obligados a designar o crear un organismo autárquico como autoridad de aplicación. Este diseño se inspira en el ya aprobado por este Congreso para el caso de la ley de acceso a la información pública y que ha demostrado ser viable y efectivo en todos los poderes del Estado.

En todos los casos, las autoridades de aplicación podrán, entre sus muchas funciones, tramitar denuncias de infracciones, emitir dictámenes, controlar y verificar las declaraciones juradas, evacuar consultas y realizar capacitaciones, divulgar esta norma entre los funcionarios y también entre terceros.

Por ejemplo, proveedores existentes o potenciales.

En el caso del Poder Ejecutivo nacional, la autoridad de aplicación tendrá la facultad de analizar y emitir opinión sobre los antecedentes de las personas propuestas a ocupar determinados cargos antes de su designación. Por ejemplo, podrá opinar sobre el jefe de Gabinete de Ministros, los ministros, secretarios, titulares de entes reguladores y demás.

La autoridad de aplicación del Poder Legislativo tendrá la misma atribución de emitir opinión sobre los antecedentes de los candidatos a auditores generales y del Defensor del Pueblo de la Nación. Esta opinión de las autoridades de aplicación del Poder Ejecutivo y del Poder Legislativo sólo se referirá a los antecedentes laborales y profesionales, los intereses patrimoniales y extra patrimoniales de los candidatos, siempre en relación al régimen de ética pública.

Solo como dato inédito, la única vez que se realizó como buena práctica la consulta y la opinión previa, en este caso de la Oficina Anticorrupción al Poder Ejecutivo, fue la vinculada a la designación del Ministro de la Producción y Trabajo Dante Sica, a quien se le realizó un análisis de tipo laboral profesional, patrimonial y extra patrimonial previo a su designación.

Se prevé que las autoridades de aplicación tengan un titular y un adjunto con un mandato fijo de cinco años y la posibilidad de una nueva designación, muy similar a la Unidad de Información Financiera. Se regula un procedimiento público, transparente y participativo para la designación y la remoción por mal desempeño u otras causales en todos los poderes del Estado.

Finalmente, y volviendo a las provincias, quizá los legisladores no lo saben, nueve provincias en la Argentina no tienen Ley de Ética Pública. De las restantes, algunas tienen leyes muy viejas que no cumplen con los estándares mínimos de constitucionalidad posteriores a la reforma de 1994.

Esperamos que este debate inspire otros similares en las provincias, dado que el cumplimiento de los estándares internacionales y de la Constitución, por supuesto, también les corresponde. A fin de avanzar en este sentido, las invitamos a adherir a esta ley, si es sancionada, y para ello se crea, a fin de mejorar la coordinación, el Consejo Federal para la Ética Pública y la Transparencia.

Como dijimos al inicio y durante esta exposición, estamos frente a una oportunidad única e histórica, veinte años después, para modernizar, actualizar y fortalecer un régimen de ética en la función pública que dé cabal cumplimiento al artículo 36 de la Constitución Nacional y a los compromisos asumidos por el Estado argentino internacionalmente.

Por toda la experiencia acumulada, y la amplia y sostenida demanda de la sociedad, entendemos que el tratamiento y la sanción de esta norma son importantes e imperiosos. Esperamos lograr el mismo amplio consenso -y ojalá sea unanimidad- que tuvo la ley sancionada en 1999.

El equipo técnico de la Oficina Anticorrupción, como lo hizo en su momento junto a la subcomisión de Asuntos Constitucionales en 2017, y yo personalmente, quedamos a disposición. Enviaremos todos los materiales que tenemos en nuestro archivo para que los puedan consultar los legisladores y tener a la vista en el debate.

Muchas gracias por su atención y por escuchar, pero ameritaba hacerlo tan extenso. (Aplausos.)

SR. PRESIDENTE TONELLI Tal como anticipé, queda ahora abierta la posibilidad de que los legisladores hagan preguntas, si lo desean. Tiene la palabra la señora diputada Del Plá.

SRA. DEL PLÁ Me tocó rápido, así que vamos al grano. Escuché con atención las dos presentaciones. Realmente me sorprende la efervescencia en defender este proyecto como si no pasara nada en este país porque, evidentemente, cuanto más empeño se pone en temas que son secundarios, es porque no se puede decir nada sobre lo que es fundamental y central.

En el cuadro de una crisis pavorosa, que nos vengan a contar que están preocupados por la ética pública, realmente a mí sí me indigna, a mí sí me da vergüenza.

Les quiero decir de dónde vengo, donde estuve minutos antes de entrar acá. Vengo de una escuela donde acaba de estallar una cocina. Otra más. Por suerte esta vez no tuvimos a Sandra y a Rubén, porque no se hirió a ningún compañero. Pero estas son las escuelitas de Vidal, las que hacen funcionar en cualquier condición.

Me pregunto: según la ley de ética pública vigente y la que quieren hacer funcionar y que las provincias adhieran, ¿qué pena le cabe al director de Infraestructura de una provincia donde las escuelas estallan? Porque el director de Infraestructura está lo más tranquilo; el director general de Cultura y Educación está como si nada, haciendo lobby para que en Educación se siga contratando a las empresas amigas del gobierno. ¿Qué pena le cabe a una gobernadora o gobernador en cuya gestión mueren trabajadores por su negligencia, desidia y vaciamiento?

Me parece muy interesante lo que hizo la señora Alonso al tratar de presentar que efectivamente habían sido integrantes de todas las fuerzas políticas patronales las que han apoyado esto. Me parece correcto porque me evita decir que no es solo patrimonio del gobierno actual este tema.

Vale decir que acá se mencionó como un hecho muy interesante la sanción de una ley en el año 1999, bajo el gobierno de Menem, quien finalmente no fue condenado por ninguna de todas las barbaridades que hizo durante su gestión, empezando por el tráfico de armas y siguiendo por la explosión de la Fábrica Militar de Río Tercero, por mencionar algún detalle, y no nos metamos en las privatizaciones, y lo seguimos teniendo ahí, protegido por los fueros. No los escuchamos decir nada en contra de esos fueros porque también les es funcional, porque le termina votando muchas de las leyes que al gobierno le interesan.

Entonces, efectivamente estamos frente a una pantalla, un desvío de tema porque indudablemente a este Congreso no lo van a citar ni para discutir la fuga de capitales, ni el endeudamiento ilegítimo e ilegal, ni el saqueo a los jubilados y a los trabajadores, ni cómo se están dando por verdaderos recursos preventivos de crisis absolutamente truchos, como el de Fate, que todavía no ha sido aprobado, pero así lo presentan los medios con todo su acuerdo, para despedir trabajadores.

Entonces, estamos frente a un problema verdaderamente serio, porque la ética no es un concepto genérico sino un concepto de clase, que va cambiando a lo largo de la historia. Entonces no es la misma la ética de una patronal o la de un ministro que llega a la función luego de ser por largo tiempo funcionario de una petrolera, que la ética de un trabajador, que solo vive de su trabajo.

Este proyecto tan defendido acá permite que, por ejemplo, Aranguren ya vuelva rapidito al directorio de Shell, no tiene problema, porque en un año ya está, ya puede volver. O sea que con todas las medidas que llevaron adelante en beneficio de la propia empresa para la cual hace sus lobbies y sus negociados, ya estaría en condiciones de regresar.

Realmente no vemos que haya un progreso real con esta norma. Pero los verdaderos problemas que tenemos que discutir efectivamente solo son posibles de resolver desde el punto de vista de los trabajadores. La única forma de que haya ética real es bajo un régimen donde seamos los trabajadores los que efectivamente tengamos no solo el gobierno sino el control de la situación.

Por ejemplo, una medida básica de ética pública es que ningún funcionario cobre más que un trabajador especializado. Es una medida básica. Nosotros, en el Frente de Izquierda, lo hacemos. Nosotros cobramos solamente lo que nos corresponde al empleo que teníamos, en mi caso el docente, lo demás lo donamos ante escribano público a las luchas en curso. Sin embargo, los funcionarios se autoaumentan los salarios mientras el salario mínimo, por ejemplo de un docente, está en la mitad de la canasta de pobreza.

T.13

Segundo punto: esto debe hacerse a través de control obrero. Hay que abrir los libros de todas las empresas y áreas del Estado. Imagínense. Acá todo el tiempo se están reclamando subsidios. Vienen a llorar las empresas petroleras, los banqueros, se les da todo tipo de beneficios, pero no se abren nunca los libros reales, las cuentas, de esas empresas. Es una forma fantástica de ver cómo se vacía el erario público. Sin embargo, eso no está acá en discusión.

Tercero: hay que nacionalizar la banca, el comercio exterior y las aduanas, porque es por ahí que se permite la fuga de capitales.

Después viene el decreto de blanqueo, y a pesar de todo lo que hemos escuchado acá sobre el nepotismo, no nepotismo, más o menos nepotismo, resulta que después blanquean capital los parientes del presidente. ¡Qué fantástico!

Cuarto: obviamente, hay que desconocer de inmediato la deuda pública externa e interna. La enorme mayoría de esa deuda es ilegítima y usuraria. Mientras tanto, siguen con los negocios, o con los robos éticos. Las Leliq: 60 por ciento de tasa de interés para los bancos. ¡Impresionante! Y quieren que nos distraigamos discutiendo esto mientras se está vaciando todo. Es notable que haya que hacer más esfuerzo en algo que no va a resolver la situación, sobre todo ante la crisis real.

Ya mencioné lo del artículo 37: es una hipocresía. Los funcionarios pueden volver en un año. Quiere decir que todo lo que han hecho finalmente lo van a poder resolver.

El miembro informante también se detuvo mucho en el tema de los sindicatos. Como secretaria general de un sindicato, conozco mucho del tema. Cada vez que el gobierno actual habla de los sindicatos es para justificar sus acciones antisindicales, porque no está en contra de la burocracia sindical que se apropia de los sindicatos y de sus recursos para hacer de correa de transmisión del Estado al interior de las organizaciones. No. Están en contra del derecho a la organización sindical y lo atacan. Por eso hay todo tipo de prácticas antisindicales por parte de los gobiernos nacional, provinciales y municipales.

No va a ser con declaraciones juradas -que luego no tendrán ningún efecto, porque al burócrata que les convenga salvar lo van a salvar- que vamos a resolver el tema de los que están enquistados en los sindicatos. El problema de la burocracia sindical lo vamos a resolver los trabajadores cuando nos organicemos en forma independiente y pongamos en evidencia a las direcciones que están defendiendo los intereses patronales en lugar de los intereses de los trabajadores. Esto ya ocurre en muchos sindicatos. Por eso se asustan ante el desarrollo de la izquierda en los sindicatos.

Dicho esto, tengo que ser clara: no creo que con el debate de este proyecto de ley vayamos a resolver nada de todo lo que está planteado como problema: ni la corrupción, ni el nepotismo, ni los negocios donde haya conflictos de intereses. De hecho, los hemos visto saliendo a sostener una y otra vez a los parientes y no parientes, siendo solidarios como clase social capitalista para resolverles los negocios.

Indudablemente, esto se va a resolver cuando los trabajadores pongamos en pie un nuevo tipo de sociedad. Por eso creo que, frente a tamaña crisis, el gobierno se tiene que ir y debe ser reemplazado por una asamblea constituyente, libre, soberana y con poder para reorganizarnos sobre nuevas bases sociales.

Varios señores diputados hablan a la vez.

SRA. DEL PLÁ Por último, les recomiendo a los que chucean que empiecen a pensar un poquito qué es lo que está pasando, porque no tiene nada que ver con la atmósfera que pretenden crear acá.

T.14

SR. PRESIDENTE TONELLI Tiene la palabra la señora diputada Soria.

SRA. SORIA Señora Laura Alonso: quiero agradecer su presencia en esta Cámara de Diputados. Desde hace tiempo quería tener la oportunidad de debatir y discutir con usted sobre el rol que ha llevado adelante la Oficina Anticorrupción a su cargo.

Celebro que estemos discutiendo esta ley, más allá de que sea un proyecto diseñado por un organismo internacional como es la OCDE y que llegue la famosa lluvia de inversiones que, como ya nos dimos cuenta, es una utopía. Pero también deberíamos estar discutiendo el paupérrimo rol que ha llevado adelante la Oficina Anticorrupción a su cargo.

También quiero plantear la urgente necesidad de contar con una Oficina Anticorrupción verdaderamente independiente. En ese sentido, hay muchísimos proyectos -como usted bien nombró- que van en ese sentido y pertenecen a diputados de esta Cámara.

Estoy convencida de que la independencia se logra con una designación democrática y apartidaria, dotando a la legislación de herramientas eficaces para ser más severos en el cumplimiento de sus postulados.

Ninguna de estas cuestiones se vislumbran en este proyecto. Las sanciones por incumplimiento son vagas, laxas, lavadas. Los titulares de la autoridad de aplicación contemplados en el proyecto son designados por la máxima autoridad de cada uno de los poderes. Evidentemente, el problema de la autonomía del encargado de aplicar la ley de ética pública no se resuelve con este proyecto.

Pero hay algo muchísimo más grave. A pesar de que en los fundamentos del proyecto se expresa la voluntad de dejar de lado este cumplimiento para que no sea más facultativo, para convertirse en una obligación exigible, en la práctica las soluciones a los casos sometidos a su competencia no son diferentes a los que se arribarían a través de esta nueva ley.

Desde que usted ocupa el cargo nos hemos cansado de escuchar en sus dictámenes el término "técnicamente no es delito", y acto seguido se activan las denuncias. Por eso yo voy a hacer preguntas concretas sobre el proyecto y su aplicación práctica, a ver si hoy obtenemos alguna respuesta.

Con este proyecto, cómo se resuelven las circunstancias de funcionarios y exfuncionarios de su gobierno -empezando por Mauricio Macri, Iguacel, Aranguren, Caputo, Avruj, Díaz Gilligan, Bausili, Miguel Ángel Gutiérrez, Arribas y siguiendo por tantos otros- que tienen participación en sociedades offshore. En su proyecto ni siquiera se exige explícitamente que se declaren estas sociedades. Nos hemos aburrido de escuchar que no constituyen delitos, pero tampoco hemos visto impulsar de su parte investigaciones para determinar si eso fue vehículo para blanquear activos o evadir impuestos. Son cuestiones importantes blanquear activos y evadir impuestos. No me parece que sean detalles menores como para ni siquiera investigar y archivar.

Otro tema importante: el ex ministro de Finanzas y ex presidente del Banco Central Luis Caputo -al que considero un delincuente de guante blanco, absolutamente protegido por su defensa para mirar para otro lado- omitió en sus declaraciones juradas ser dueño de la famosa compañía offshore Noctua Partners. Tal vez alguno la conozca. Realizó sospechosas maniobras en la adquisición de Lebacs emitidas por el Banco Central de la República Argentina, con recursos pertenecientes al Fondo de Garantía de Sustentabilidad de la ANSES, con intermediación del fondo de inversión Axis Ahorro Plus -tal vez lo conozcan-, persona jurídica que tenía importantes vínculos con su esposa Ximena Ruiz Hanglin, que compró dólar futuro. Nadie se horroriza por la palabra "dólar futuro". Les recuerdo que ahora estamos emitiendo contratos a dólar futuro. ¿A ver quién se horroriza? Nadie dice nada.

En definitiva, no solo compró dólar futuro sino que fue parte del equipo económico que tomó la decisión de devaluar la moneda más de un 40 por ciento, procurando a su mujer ganancias extraordinarias. Caputo no solo hizo esto sino que también ideó la operación más ruinosa para el fisco, el Estado, el pueblo argentino, las generaciones de hoy y las futuras: recordarán el famoso bono a cien años. Fue un total de 2.750 millones de dólares. Parte de esa deuda fue adquirida por Noctua Partners, radicaba en Delawere y fundada por el ex ministro de Finanzas Luis Caputo.

Ninguna de las maniobras delictuales que acabo de detallar fue denunciada ante la Oficina Anticorrupción. No se concibe cómo se van a resolver, ni siquiera con la legislación vigente.

SR. IGLESIAS ¿Hizo denuncias?

- Varios diputados hablan a la vez.

SR. PRESIDENTE TONELLI Les pido que por favor hagan silencio así podemos escuchar a la diputada que está haciendo uso de la palabra.

SRA. SORIA Tenemos muchas, pero si querés vamos a las denuncias en la Justicia y ante la Oficina Anticorrupción.

Otro caso fue el de Aranguren, el emblemático y bochornoso ex ministro de Energía, quien también omitió informar en sus declaraciones juradas que mientras se desempeñaba en el Ejecutivo integró al menos dos directorios de empresas offshore. No las mencionaré porque sus nombres son difíciles, pero la más importante es Shell Western, que ganó dos licitaciones por trece cargamentos de gasoil, y facturó 240 millones de dólares una vez que el asumió en la cartera de Energía.

De eso no decimos nada, además de que el CEO poseía 16 millones de pesos en acciones en su filial argentina.

Sin embargo, su recomendación, como titular de la Oficina Anticorrupción, fue delegar la firma hacia abajo, hacia los costados, etcétera. Aunque luego, usted increíblemente sostuvo que la situación no es ilegal, pero que tenía el deber ético de desprenderse de sus activos.

La verdad, explíqueme cómo se resolvería el caso concreto que les acabo de mencionar con esta nueva legislación que nos propone.

Proponen un fideicomiso ciego, figura que la conocimos cuando asumió Mauricio Macri. Por más que lo administre otra persona, etcétera, sus decisiones igualmente pueden hacerle ganar mucho dinero, y ustedes lo saben.

Otro tema es el Correo Argentino; no puedo dejar de mencionarlo. La oficina a su cargo desligó de la responsabilidad al presidente Mauricio Macri, lo que le valió a usted la imputación de los delitos de violación de los deberes de funcionario público y de negación y retardo de Justicia.

El caso Bausili, por ejemplo, que cobró bonos de su ex empleador Deutche Bank siendo funcionario público y ahora la verdad que ¿nadie se sonroja?, guau.

En el caso de Triaca y su empleada doméstica, recomendó que fue imprudente contratar a través de un sindicato. La verdad es que ninguna de estas situaciones encuentra solución a través del proyecto que propone.

Por mi parte, no nos alcanza con un proyecto que propone como sanción el repudio ético, la formulación de recomendaciones preventivas o de comportamiento. No nos alcanza con un proyecto en el que el Poder Ejecutivo de turno sea el encargado de controlarse a sí mismo.

Por eso insisto en que tenemos numerosos proyectos que van en el sentido de delegar, ya sea al Congreso, a la oposición o a alguien que no sea la empleada del mes del presidente.

Queremos una Oficina Anticorrupción transparente, autónoma e independiente. Por eso, no se confunda; yo celebro que estemos tratando esta ley hoy acá, ahora, por más que alguno piense que es para tapar la situación económica que está en la calle, que es gravísima.

Podemos seguir mirando para otro lado, pero esta ley así como está propuesta no resuelve los problemas. Es una ley tibia, que se queda a mitad de camino, que no resuelve ni una sola de la cantidad de denuncias que usted archivó. Por eso vamos a insistir en que esto sea mucho, mucho, mucho más severo, mucho más estricto, porque la sociedad nos lo demanda.

SR. PRESIDENTE TONELLI Doy la palabra a la titular de la Oficina Anticorrupción para que conteste alguna de las afirmaciones; pero antes me permito recordar que no estamos reunidos para juzgar la tarea o la actuación de la Oficina Anticorrupción, sino para discutir el proyecto de ley de ética, que son cosas distintas.

Tiene la palabra la señora Alonso.

SRA. ALONSO Señor presidente: qué bueno que desde el 2016 hasta hoy el bloque del Frente para la Victoria haya producido una gran cantidad de proyectos de ley de ética pública porque, lamentablemente, los años anteriores ni siquiera tuvimos la posibilidad de discutirlo como lo estamos haciendo ahora. Así que finalmente cambiamos y cambiamos muchas cosas en la Argentina.

Justamente estamos discutiendo esta norma para que no nos vuelva a pasar lo que nos pasó, para que no nos vuelva a pasar el saqueo, para que los funcionarios sin control y sin declarar...

SRA. SORIA Nos está pasando, Laura.

SRA. ALONSO... la información, hicieran lo que quisieran.

Por ejemplo, la reforma del 2013 tuvo un sentido claro en materia de esconder la información de las sociedades comerciales de los funcionarios públicos que recibían dineros devenidos de la obra pública. Y esos escándalos se están debatiendo hoy en los tribunales de la Nación.

La Oficina Anticorrupción ha respondido estos tres años, a través del jefe de Gabinete de Ministros, más de 135 preguntas de los legisladores. Varios de los expedientes que aquí se han mencionado están resueltos y son de carácter público. Se resuelven a la luz de las reglas vigentes. Por eso venimos acá, para pedirles que sancionen una ley de ética pública que nos ayude a resolver cuestiones que, con la ley vigente, dejaron insatisfechos a varios.

No solamente opositores, probablemente a muchos miembros del oficialismo.

¿Cómo resolvería la ley que proponemos el caso de Aranguren? Sería nominado, el legajo de Aranguren antes de su designación vendría a la Oficina Anticorrupción; esta analizaría la información patrimonial y extrapatrimonial, comercial y laboral del funcionario Aranguren e inmediatamente le diría que debe vender las tenencias accionarias. Así se resolvería con esta iniciativa que proponemos.

Este es un proyecto de ley que tiene practicidad, que está pensado para ser implementado, porque además ha sido implementado. Por ejemplo, durante la gestión anterior, el ex secretario de Energía, Daniel Cameron -creo que bajo investigación judicial-, quiso comprar acciones de ENARSA y la Oficina Anticorrupción -no recuerdo si bajo la gestión de Abel Fleitas o de Julio Vitobello- le dijo en su resolución que no podía comprar acciones de ENARSA porque justamente, al ser secretario de Energía, estaba bajo su ámbito de competencia y de influencia. Y, efectivamente, Daniel Cameron -hoy bajo investigación judicial por otras cuestiones- al menos las acciones de ENARSA no las compró. Así que se trata de una ley que está pensada para ser implementada.

Repito, todos los funcionarios públicos tienen que declarar las sociedades, los patrimonios. Las sociedades pueden estar registradas en la Ciudad de Buenos Aires, en Formosa, en Córdoba o en Bahamas. Deben ser registradas por todos, con la ley vigente en la actualidad. Por supuesto que con la ley que estamos proponiendo también van a tener que ser registradas y, además, lo que estamos proponiendo es que sea pública toda la información que se escondió sobre las sociedades comerciales y que pasó al anexo reservado.

Me parece que todos nos entendemos cuando digo que la reforma de 2013, escondida en el paquete de democratización de la Justicia, tenía un objetivo que era esconder la información de sociedades comerciales de los funcionarios públicos y lo que esta ley propone -porque ha sido declarado inconstitucional en sede judicial con doble conforme- es que salgamos de esa trampa y que esa información la hagamos controlable por todas las personas.

Ahora, ¿qué más quiero decir sobre todo lo que acá se ha mencionado? De todos los expedientes que mencionó la diputada, con mucho gusto le vamos a enviar copia. También quiero decirles que ante todos los pedidos que han hecho los magistrados a la Oficina Anticorrupción, a todos los pedidos en el caso de los llamados Panamá Papers, en el caso de Caputo, en el caso de Díaz Gilligan y en el caso Etchevehere -incluso de oficio-, la Oficina Anticorrupción ha producido y ha aportado información a las causas judiciales. Alguna de ellas con procesamiento de ex funcionarios de esta gestión.

SR. PRESIDENTE TONELLI El diputado Rossi le solicita una interrupción.

SR. ROSSI Señor presidente: me parece que la intencionalidad de mi compañera, la diputada Soria, no estaba en la idea de si las sociedades offshore tienen que ser presentadas al momento de la declaración. La pregunta concreta sería la siguiente: en el espíritu y la letra de la ley, ¿usted no considera una falta ética grave que un gobierno tenga funcionarios que tengan sociedades offshore, cuentas offshore o dinero en el exterior?

SRA. ALONSO Me parece que esa es la discusión que, en todo caso, tienen que dar los legisladores en este Congreso.

Me parece que usted sabe que hoy hay sociedades comerciales offshore siendo que están siendo investigadas no solamente por la Justicia argentina sino también por la de Suiza, de Estados Unidos y de varias jurisdicciones más, pertenecientes a ex funcionarios o a terceros directamente relacionados con ex funcionarios de la gestión anterior. Entonces, tengamos cuidado con esto. Lo importante es declarar y es investigar todo lo que corresponda ser investigado.

T.17

Esta es una ley de ética pública. No estamos discutiendo el Código Penal, y tampoco quiero que llevemos la discusión al Código Penal. Otro día hablemos del capítulo de aumento de penas para los delitos contra la administración, que me gustaría que pudieran aprobar en algún momento. O que venga el ministro Garavano, que por otra pate ya ha venido.

Pero cuidado: esta es una ley de ética pública. Lo que acá se les exige, como se les exigió siempre en veinte años a los funcionarios públicos, es declarar su patrimonio en la Argentina y en el exterior. Lo importante es la transparencia.

Como novedad también está el hecho de que la declaración jurada no solo es patrimonial sino también de intereses. Como dije antes, hay intereses comerciales, económicos, sectoriales y de otro tipo.

En definitiva, estamos haciendo una reforma amplia basada en veinte años de experiencia. Al respecto, diputado Rossi, usted incluso puede conversar con Julio Vitobello -ya que lamentablemente el doctor Fleitas Ortiz de Rozas falleció-, quien ocupó mi cargo durante seis años.

SR. ROSSI No me mande a conversar con quienes fueron funcionarios. Le pregunté concretamente si un ciudadano argentino que tiene cuentas offshore...

SR. PRESIDENTE TONELLI Diputado Rossi...

SR. ROSSI ¡No me contestó! Quiero saber.

SR. PRESIDENTE TONELLI Diputado Rossi: le voy a contestar yo, si me deja.

SR. ROSSI Pero usted no es el secretario de la Oficina Anticorrupción.

SR. PRESIDENTE TONELLI No importa. Soy el presidente de esta comisión.

SR. ROSSI Quiero que me conteste. Estoy preguntando una sola cosa. ¿El proyecto de ley contempla, ante las incompatibilidades...?

SR. PRESIDENTE TONELLI Ya escuchamos su pregunta. ¿Me deja que le conteste?

SR. ROSSI Bueno. Si la secretaria no me quiere contestar la pregunta, hágalo usted.

SR. PRESIDENTE TONELLI Apague el micrófono, por favor.

SR. ROSSI No me rete. Si encima que no contestan, usted me reta...

SR. PRESIDENTE TONELLI No lo reto. Se lo pedí por favor.

SR. ROSSI No me lo pidió por favor.

SR. PRESIDENTE TONELLI Le pedí que por favor apagara el micrófono.

SR. ROSSI Bueno, ahora sí. (Risas.)

SR. PRESIDENTE TONELLI ¡Qué quisquilloso que está!

SR. ROSSI No estoy quisquilloso. Quiero que me contesten por sí o por no a la pregunta. Es fácil.

SR. PRESIDENTE TONELLI La respuesta a su pregunta es muy sencilla. Los que tenemos que resolver qué cosas son éticas y qué cosas no son éticas somos nosotros. El Poder Ejecutivo ha enviado un proyecto de ley. Pero como ha pasado con todos y cada uno de los proyectos de ley que mandó este Poder Ejecutivo, en la Cámara tendremos la posibilidad de discutirlo, modificarlo, mejorarlo y también empeorarlo. Entonces, cuando llegue el momento, desde el mismo plenario de comisiones vamos a discutir el proyecto y ustedes van a poder hacer todos los aportes que quieran. Vamos a poder discutir qué incluimos y qué no incluimos como faltas éticas. Es sencillísimo.



SR. ROSSI Gracias por la aclaración, señor presidente.

Yo sé que voy a contar con su apoyo cuando nosotros planteemos la incompatibilidad ética o la falta ética grave de que existan funcionarios que tengan cuentas offshore o dinero en el exterior. Pero quiero dejar perfecta constancia de que eso no está en el proyecto que manda el Poder Ejecutivo.

T.18

SR. PRESIDENTE TONELLI Tiene la palabra el señor diputado Carmona.

SR. CARMONA Señor presidente: voy a empezar con una acotación relacionada con la explicación que usted da -en lugar de la secretaria- respecto de lo planteado por el diputado Rossi.

¿Puede ser que constituya un delito evadir con una offshore y sea ético ser al mismo tiempo funcionario? ¿Puede ser que se dé esa situación? ¿Puede ser que haya un delito de evasión y al mismo tiempo sea ético que un funcionario que evade a través de una offshore siga cumpliendo funciones? Ahí radica el principal inconveniente.

La ley de ética pública vigente, la 25.188, tiene un montón de defectos y lagunas, pero lo primero que no se aplica son sus propios principios. Por ejemplo, no se aplican las imposiciones establecidas en el Código de Ética Pública, entre otras cosas.

Hay un accionar -y creo que a esto apunta la diputada Soria- de parte del organismo que tiene a su cargo la aplicación de la ley y a sus funcionarios que no garantiza el respeto de esa norma sino más bien que los funcionarios puedan eludirla. Hemos visto dictámenes en ese sentido, a través de los cuales se indica a los funcionarios del Poder Ejecutivo cómo eludir la ley. Este es el problema.

Pero yo no me quiero detener en esto. Básicamente, quiero plantear una pregunta, que voy a contextualizar sencillamente.

Para contextualizarla, primero quiero decir que hace un año se abría en esta misma sala el debate del proyecto que el Poder Ejecutivo iba a mandar. Circuló un borrador, aunque creo que ese proyecto nunca ingresó. Quiero aclarar que el Frente Para la Victoria, con la diputada que nos representaba en esa reunión, nunca dio aval a ese proyecto. Digo esto porque en su momento hablé con la entonces diputada Conti. Se intentó hacer aportes. De hecho, la diputada Conti me habilitó el contacto del secretario Sánchez para plantearle algunas inquietudes respecto de nuestra mirada del proceso que se estaba dando. Pasó un año y me parece bien que ahora se active esto, pero quiero recordar que nosotros hemos solicitado el tratamiento de nuestros proyectos durante el año pasado y el anterior en las comisiones pertinentes, especialmente en la comisión que usted preside. Hay un proyecto al que le han dado giro a la Comisión de Legislación General como cabecera.

He puesto especial énfasis en un aspecto de un proyecto que presentamos con otros colegas de nuestro bloque y que tiene que ver con la cuestión de los conflictos de intereses. Aclaro que esto de ocuparnos de un tema del que siempre nos tendríamos que haber ocupado no se nos ocurrió ahora.

En realidad, hay una situación que claramente debe ser contemplada como contexto de este debate. Se ha pasado de un modo de corrupción clásica en el Estado a un modo de corrupción vinculado con la corrupción estructural. Hay que reconocer que los procesos de corrupción clásicos se han dado en los diferentes gobiernos de la democracia. Ni que hablar de los gobiernos de la dictadura. Se trata de la corrupción vinculada con las circunstancias relacionadas con la obra pública, que ha sido factor de crecimiento y consolidación de determinados grupos económicos en la Argentina. No voy a entrar en detalles porque no quiero que se lea lo que digo como chicana; pero esta es la realidad: existe un modelo clásico de corrupción que ha tenido que ver principalmente con la obra pública en la Argentina.

La corrupción estructural es el fenómeno que se está profundizando en este momento. Es un fenómeno que se empezó a avizorar en los noventa, que luego se vio fuertemente interrumpido y que es la marca de época de lo que hoy está pasando en la Argentina con el actual gobierno. La corrupción estructural tiene que ver fundamentalmente con los conflictos de intereses. Tiene que ver con la captura de las decisiones del Estado por parte del establishment económico. Esto no se puede dejar de tener en cuenta.

No me quiero extender demasiado. Pero la verdad es que desde 2016, cuando presentamos este proyecto, he acumulado un montón de antecedentes de cosas que se han hecho mal, cosas que nunca se deberían haber hecho y cosas que han perdurado de manera muy inconveniente para los intereses públicos de nuestro país desde 2015, año en que asumió el presidente Macri.

La ley de ética pública fue sancionada en 1999, después de la reforma constitucional, y establecía una regulación muy limitada de la puerta giratoria, que es el fenómeno de aquellos que atienden de los dos lados del mostrador. Esa situación fue dejada sin efecto en algunos aspectos y, en otros, minimizada, durante el gobierno de De la Rúa, cuando a Cavallo, que fue ministro de Economía, se le otorgó una delegación legislativa inconcebible. Se redujeron los plazos de enfriamiento respecto del ingreso y egreso de funcionarios de la actividad pública. Cuando hablamos de "enfriamiento" o "hibernación" nos referimos a que en determinadas circunstancias no se puede designar como funcionario a alguien que va a pasar sin escala, como ha ocurrido sistemáticamente en el actual gobierno, de la actividad privada a la actividad pública. No voy a mencionar a ninguno de los más notables, y aun así hay un caso brutal: el presidente de Ecogas pasó a ser el presidente del Enargas.

Ese tipo de situaciones implican, desde ya, una violación a la ley vigente y posiblemente se produjeron en la medida de la flexibilización normativa que existió con el decreto de Cavallo y De la Rúa. Con la salida pasó lo mismo, señor presidente.

Quiero graficar lo que hoy nos están proponiendo para justificar mi mirada, nuestra mirada. En el gobierno de De la Rúa y Cavallo se flexibilizó la puerta giratoria. La hicieron mucho más dinámica a fin de que los representantes del sector empresario pudieran ser nombrados funcionarios y después pudieran volver sin escalas a la actividad privada para, de esta forma, favorecer a los mismos intereses empresarios que representaban. Sin embargo, había alguna limitación.

En cambio, ¿saben qué es lo que pasa ahora? Es muy importante que los legisladores y el pueblo argentino sepan que están sacando la regulación de la puerta giratoria. Están generando un portón. ¿Con qué mecanismo lo hacen, señor presidente?

-Varios señores diputados hablan a la vez.
SR. CARMONA No cabeceen, señores diputados.

En el texto presentado se prevé el deber del funcionario de abstenerse de tomar intervención en los casos particulares. De esta forma proponen un portón de entrada para que con el sólo hecho de abstenerse, los representantes de las corporaciones económicas no tengan más conflictos de intereses. Esto es una barbaridad.

Si ustedes leen la legislación de los Estados Unidos o de la OCDE -organización adorada por vuestro gobierno-, pueden ver que establecen claros mecanismos de limitación en el uso de la puerta giratoria. En cambio, aquí los plazos de hibernación desaparecen, señor presidente.

El otro mecanismo es el del fideicomiso ciego que no le ha impedido a la familia del presidente intentar quedarse con 70.000 millones de pesos del Estado en relación con el Correo.

Estoy a favor de que se dé el debate, pero debemos decir las cosas como son. Si cualquiera de las personalidades que han sido parte del gobierno de Macri y que venían sin escala de ser altos CEO de corporaciones económicas tuvieran que evaluarse en sus conflictos de intereses, de acuerdo a lo que este proyecto prevé, seguirán pasando sin escala y sin limites de la actividad privada a la pública, y volverán con escalas mínimas de la actividad pública a la privada. Esto va en contra de los intereses públicos y del bien común, y produce la consolidación de una transferencia fenomenal de recursos desde los sectores populares y medios hacia estos sectores concentrados de la economía.

¿Quién duda de que esto sucede en la Argentina? ¿Quién discute que en la Argentina las energéticas, los grandes bancos y los sectores vinculados con el agro se han quedado con miles de millones de pesos de los argentinos gracias a estos conflictos de intereses? Digamos las cosas como son.

Nosotros hemos propuesto la regulación de la puerta giratoria, es decir, la entrada y la salida regulada; hemos ampliado en serio -no de mentirita- las limitaciones respecto de los familiares. El gobierno dictó un decreto que supuestamente iba a regular el nepotismo pero los familiares continúan siendo funcionarios. Hoy se publicó la cantidad de los familiares funcionarios que tienen algunos de los altos mandos del gobierno nacional. ¿De qué estamos hablando? Empiecen por aplicar la ley que se encuentra hoy vigente. Es una ley pobre y con limitaciones que, además, es violada sistemáticamente.

Por último, quiero recomendarles un libro publicado recientemente por FLACSO que se titula Elites y captura del Estado: control y regulación en el neoliberalismo tardío. Si no fuera porque violaría la ley de ética pública, le regalaría un ejemplar al secretario Sánchez y otro a la secretaria Alonso. De todas formas, les pido por favor que lo lean ya que están provocando un descalabro en materia de corrupción estructural en la República Argentina. (Aplausos y risas.)



SR. PRESIDENTE TONELLI Tiene la palabra la señora diputada Banfi.

SRA. BANFI Señor presidente: en primer lugar quiero plantear una mirada un poco diferente de la que estamos escuchando y creo que eso tiene que ver con el debate que vamos a ir desarrollando.

Sin duda celebro la posibilidad de que hoy en la Argentina estemos debatiendo una reforma a la ley de ética pública, incorporando conceptos que son novedosos para la agenda de transparencia en la Argentina. Hablar de integridad, decir que tengamos que ser funcionarios íntegros de la administración pública, es decir que debemos tener disciplina, respeto, honestidad, rectitud en nuestras tareas y, por sobre todas las cosas, honradez.

Acá me parece que hay un punto que usted mencionó que es clave. Nosotros tenemos una ley que solamente comprende al Poder Ejecutivo nacional y esa fue la negociación en la que efectivamente se incluyó a un número importante, pero, lamentablemente, dejó afuera al resto del Estado nacional.

En materia de actualización, creo que el trabajo de la Oficina Anticorrupción -y así lo he visto y lo he observado- es interesante justamente en la proliferación de algunas normas y resoluciones, como la de obsequios, la de fideicomiso ciego, incluso con otras normas, como la apertura de datos abiertos y acceso a la información pública.

Sin duda, todo este compendio de herramientas permite que podamos pensar el Estado en un concepto distinto, no tanto en la investigación de la corrupción. Me parece que ahí hay un foco de trabajo -y bien lo decía la titular de la Oficina Anticorrupción-, hay un Código Penal en el cual también tendremos que trabajar, en el que hay un capítulo que habla exclusivamente de los delitos contra la administración pública. Pero aquí estamos hablando de otra cosa, aquí estamos hablando de trasparencia, de los sujetos que hoy somos nosotros y que el día de mañana serán otros, quienes deberán actuar de una manera determinada para ser funcionarios y servidores públicos. El diseño institucional de aquel servidor público hoy está en manos nuestras. Eso es lo que usted dijo, señor presidente, y yo quiero rescatar.

Ahora nos toca a nosotros, nos toca involucrarnos porque también nos alcanzará a nosotros. Eso es lo que envía el Poder Ejecutivo. Quedará a nuestro criterio si queremos dejar afuera una vez más al Poder Legislativo y al Poder Judicial y a todos los otros órganos que administran el erario, porque este es el principio clave. Es ahí donde estamos apuntando. Y eso es importante a la hora de fortalecer la política. Ser personas íntegras en el servicio público generará la confianza que hoy necesita la gente para votarnos. De eso estamos hablando.

Por lo tanto, me parece bienvenido el debate y ojalá, como bien dijo la ex diputada Alonso, tengamos un resultado como el que tuvimos al sancionar la ley de acceso a la información pública, que fue un gran avance. Incluso se han tomado muchas de las cuestiones institucionales de la ley de acceso a la información pública que celebro, como, por ejemplo, la autarquía y autonomía de la Oficina Anticorrupción o del órgano que nosotros decidamos que será la autoridad de aplicación de esta norma.

Sin modificar nuestra Constitución -realmente lo estamos viendo hoy en la Oficina de Transparencia y Acceso a la Información Pública-, el diseño institucional funciona. Logra tener su autonomía y su autarquía para mover esa conversación que tiene que haber entre el Estado y la sociedad.

Seguramente esta iniciativa no resolverá todos los problemas que tenemos con respecto a la corrupción, pero sin duda va a ponernos en otro escalón. Principalmente, nos despoja de privilegios que todavía se mantienen. Nosotros tendremos que generar un diseño y cuanto más le incorporemos y cuanto más colaboremos entre todos -ustedes oposición, nosotros oficialismo que promovemos esta ley- seguramente lograremos un sujeto mucho más íntegro como servidor público.

Mencionaré un último punto: con la transparencia no se ataca a nadie, no se ataca a ningún sujeto obligado a ninguna ley, sino todo lo contrario: se lo blinda, se lo protege, se lo defiende. ¿En qué? En cómo rinde cuentas de su administración.

Si tengo normas que me orientan en cómo tengo que funcionar en el manejo y la administración de ese erario público y dejo de estar sujeta a una discrecionalidad, voy a estar mucho más segura y voy a poder volver a mi casa tranquila. Principalmente, podremos mirar a los ojos a nuestros hijos porque no robamos la plata que no nos pertenece. (Aplausos.)

SR. PRESIDENTE TONELLI Tiene la palabra la señora diputada Pitiot.

SRA. PITIOT Señor presidente: agradezco a los funcionarios del Poder Ejecutivo que vienen a exponer el proyecto, a la licenciada Laura Alonso y a Fernando Sánchez.

Cuando pensaba cómo encarar para no ser tan específica al principio, quería referirme a cuestiones generales. Ya han manifestado algunos colegas y también los funcionarios que la Argentina se debe una reforma en la Ley de Ética Pública. Es una ley del año 1999, hay toda una experiencia y un camino recorrido que nos marca que hay cuestiones que han quedado fuera de esta norma.

Por eso nos convoca la necesidad de dotar a la Argentina de una ley, sin estar corridos, y esto también es interesante. Nosotros hemos adherido a convenios, por ejemplo al Convenio de Naciones Unidas de Lucha contra la Corrupción y a la Convención Interamericana. Y se ha mencionado a la OCDE también, que nos puede dar algunas razones y algunos fundamentos, pero me parece que es una cuestión de cumplir con la ley, con lo que nosotros nos comprometimos como país.

No soy de los que piensan que no hay que tratar un tema como este, por más que haya crisis económica como la que está atravesando el país, con una inflación del 4 por ciento mensual; pero hay que decirlo también, porque democracia es todo.

Insisto con esto, y lo voy a terminar de decir aunque la licenciada se ría. No soy de las que creen que la crisis económica, el ahogo de los ciudadanos, las tarifas, la caía del salario, la inflación, la recesión, la pobreza del 30 por ciento -les guste o no les guste esto es lo que está pasando en nuestro país- sea causal para no tratar estas leyes. Hay que tratarlas. De hecho, hay un proyecto que voy a pedir que también se incorpore y que se tenga a la vista, que es de mi autoría, y posiblemente todavía no esté en el sistema.

Por eso recapacito en este sentido y me parece que está bueno. Ahora, hemos sido convocados para tratar una Ley de Ética Pública y en ese sentido, me parece que no tenemos que dejarnos llevar por un titular atractivo para los medios. Tenemos que profundizar en lo que realmente queremos resolver. La tendencia mediática a veces nos lleva, pero me parece que no tenemos que caer en eso.

Por eso, más allá de que celebro el proyecto, creo que hay algunas cuestiones mal resueltas. Desde lo formal me parece que es una iniciativa ambiciosa -en el buen sentido de la palabra-, que interpreta el clamor de una sociedad que pide más transparencia, ética pública y rendición de cuentas de parte de sus funcionarios.

Pero, al ser ambicioso, me parece que este proyecto incurre en algunos errores conceptuales, en algunos excesos y déficits que de alguna manera voy a tratar de explicar ahora, o luego elaborando un dictamen propio desde el Frente Renovador.

Puntualmente, si bien está muy bien incorporado el tema del nepotismo, tengo algunas inquietudes al respecto para plantearle a la señora Alonso o al señor Sánchez.

En el proyecto de la Oficina Anticorrupción que había trascendido, se establecía la limitación del parentesco en segundo grado para algunos funcionarios y en cuarto grado para otros. En cambio, en este texto se fijan todos en el segundo grado de parentesco. Quiero saber por qué se terminó con esta distinción. Además, quiero mencionar que las legislaciones más duras en relación con el conflicto de intereses y la ética pública, establecen la limitación del cuarto grado de parentesco. En algunos borradores de este proyecto se hablaba del cuarto grado pero eso desapareció en este texto y me gustaría saber por qué.

También quiero hacer un planteo vinculado con el artículo 8º y la designación recíproca. Si bien tiene buena intención, esa previsión puede ser burlada porque está pensada solo desde el punto de vista de la bilateralidad, pero podría darse en otros sentidos más amplios. Hay que esclarecer esta cuestión para que se cubran todos los aspectos.

Desde el punto de vista del conflicto de intereses, no entendemos por qué este proyecto habla de un 20 por ciento de participación societaria. Me refiero al artículo 30 cuando dispone que "Se considera que la vinculación del funcionario con la contratación es indirecta, si la contratista es una sociedad en la que el funcionario, o el tercero del que este se vale para contratar, posee una participación de al menos un veinte por ciento (20%) de su capital o puede controlar la voluntad social por cualquier medio."

El funcionario no debería poseer ningún porcentaje de participación. Entonces, quiero saber por qué fijaron ese porcentaje del 20 por ciento.

El artículo 23 -tal vez esté bien pero como tengo dudas lo planteo ahora- refiere a que cuando un funcionario no presenta la declaración jurada se suspenden sus haberes. Si bien la percepción que se establece no sería confiscatoria porque es del 20 por ciento, esta disposición me hace ruido porque implicaría que un acto administrativo pudiera estar por encima de otro tipo de acto. Es decir, ¿cuál sería la naturaleza de esa suspensión? Tal vez haya que buscar otro tipo de sanción -por ejemplo, imponer multas- que no sea la de suspender los haberes.

No quiero extenderme pero me gustaría hacer un comentario en relación con lo que dijo el diputado Carmona acerca de pasar de la actividad privada a la función pública y viceversa. Creo que uno es libre de hacerlo y no está mal. De lo contrario estaríamos pretendiendo que uno tiene que nacer en el Estado y que eso te hace mejor funcionario público; y eso no es verdad. Pero no comprendo esta gradualidad en las limitaciones especiales. O sea, ¿por qué se habla de plazos de un año, tres años o seis meses? Me parece que los plazos tienen que ser lo más amplios posibles para evitar cualquier tipo de suspicacia.

Insisto, soy defensora de la incorporación a la función pública de las personas que realmente se lo merecen por su capacidad y porque pueden aportar al Estado. Pero no me parece correcto que alguien que se vaya de la función pública -por ejemplo, de un ente regulador- con todo el caudal de conocimiento y de información, pueda luego de seis meses vincularse con contrataciones de bienes y servicios. Pienso que hay que tratar de aumentar este plazo. Esta es mi opinión.

Para finalizar, quiero plantear un tema que me parece que tiene un error conceptual. Se habló mucho de la incorporación de los directivos o los titulares de obras sociales y de sindicatos. Con las obras sociales yo creo que no hay duda, la obra social es una entidad pública no estatal, recibe fondos del Estado. Ahora, por mi vicio de abogada y por haber pasado por la Facultad de Ciencias Jurídicas, donde todo pasaba por la naturaleza jurídica, miro la naturaleza jurídica de los sindicatos, de las asociaciones sindicales regidas por la ley 23.551.

Son entes privados, son entidades asociativas de derecho privado y no de derecho público y no reciben fondos públicos. En este sentido, me parece que hay una confusión -es mi opinión y la voy a defender-, me parece que se hace una interpretación forzada, volvemos a los clamores populares o a los supuestos clamores populares para que los sindicalistas muestren las declaraciones juradas. Si lo ponemos en la ley hagámoslo bien, pero esto así como está redactado está mal; atenta contra la autonomía sindical y demás.

Quiero terminar hablando de un tema -y no es personal- que tiene que ver con la ley. Cuando uno lee la ley lo celebra, está bueno, es perfectible, puede haber críticas, no críticas, déficit y demás, pero me hubiese gustado que los funcionarios hablaran -con Fernando Sánchez, a quien conozco un poco más, lo hemos hablado en otra oportunidad este tema- de la independencia de los organismos de control o de la Oficina Anticorrupción, es decir un órgano que realmente no responda a influencias.

Hoy tenemos esta Oficina Anticorrupción, pero hay que tender a tener una Oficina Anticorrupción que sea independiente del poder político y empezar a hablar en serio, sin suspicacias porque puede haber mucha buena voluntad de los funcionarios que están a cargo, y mucha capacidad, pero eso se cae si no tiene independencia del poder de turno.

En ese sentido, quiero volver a lo que mencionó la licenciada Alonso respecto de la democracia y me lo había anotado porque no me sé de memoria la frase de Raúl Alfonsín, ya que hoy es el cumpleaños,...

SRA. ALONSO Es de Cafiero la frase.

SRA. PITIOT Hoy hubiera sido el cumpleaños de Raúl Alfonsín, como había mencionado, pero como soy peronista no lo tengo tan incorporado, pero lo saludo igual.

La licenciada lo dijo, que no nos vuelva a pasar lo que nos pasó. Yo bien fuerte digo que no vuelva a pasar lo que pasó y que no siga pasando lo que está pasando. Por otra parte, esta ley tiene mucho que ver con la democracia y por eso tenemos que defender una ley de ética pública.

Alfonsín decía que la democracia es vigencia de la libertad y de los derechos, pero también existencia de la igualdad de oportunidades y de la distribución equitativa de la riqueza. Tenemos libertad, pero nos falta igualdad. Me parece que eso también le está pasando a la Argentina, así que ocupémonos de las dos cosas, de la igualdad y de tener una ley de ética pública.

SR. PRESIDENTE TONELLI Diputada Siley, ¿quería agregar algo?

SRA. SILEY Es un agregado nada más. Solamente es un aporte a lo que dijo la diputada Carla Pitiot respecto de las organizaciones sindicales, es una observación técnica.

Por un lado, se incorpora una modificación, la naturaleza jurídica de las organizaciones sindicales, según la ley 23.551 es una naturaleza privada. Los fondos que administran las comisiones directivas son fondos de aportes de los trabajadores en ejercicio de la libertad. Y digo en ejercicio de la libertad porque es uno de los factores fundamentales.

Le pido por favor a la licenciada que escuche, si bien luego se va a discutir en la comisión, porque esto es importante. Se puede hacer una modificación a la ley de sociedades sindicales por fuera de la ley de ética en la función pública. Porque cuando se describe la función pública -y es una descripción mucho más amplia de la ley que había antes, lo cual me parece positivo-, cada una de las descripciones que acá contiene, en ninguna parte contempla nada que tenga que ver con la actividad sindical, ningún aspecto.

Por otro lado, uno de los fundamentos que usó la licenciada Laura Alonso para decir que incorporaba a las asociaciones sindicales a esta ley de ética en la función pública era que ya existían como persona políticamente expuesta en la resolución de la Unidad de Información Financiera.

Y efectivamente es cierto, el inciso f) del artículo 1° incorpora "a las autoridades y representantes legales de organizaciones sindicales y empresariales". Porque se entendió -y esto fue ratificado en el 2012-, que ambas entidades, aunque actuaran en el ámbito privado, tenían una responsabilidad política. Por eso eran personas políticamente expuestas. Distinto es que tengan un rol en el marco de la función pública.

Creo que es un error bastante grave y que debería excluirse y que, en todo caso, se puede presentar un proyecto de ley modificando la ley de asociaciones sindicales. O se incorporan a las personas privadas, lo cual en la función pública creo que sería algo que no iría, creo que después habría presentaciones judiciales, que sería torpe hacerlo en el Congreso de la Nación. Y si se incorporan los sindicatos, se tendrán que incorporar también a las asociaciones empresariales, por el ejercicio de la igualdad. Simplemente eso.

SR. PRESIDENTE TONELLI Bueno, van a hacer unos comentarios nuestros invitados y después tiene la palabra la diputada Ocaña. Tiene la palabra la señora diputada Ocaña.

SRA. OCAÑA Perdón presidente, porque así cerramos, si ustedes no tienen más oradores, pero yo no voy a usar muchos minutos.

Básicamente quiero decir que celebro esta presentación que han hecho los secretarios Alonso y Sánchez. Creo que evidentemente, después de tantos años en que la vieja ley nunca se trató, una ley que era muy limitada porque solamente afectaba o tenía vigencia sobre el Poder Ejecutivo nacional -como aquí se dijo-, quedó en desuso en muchos aspectos. Incluso, había muchas interpretaciones realizadas por la propia Oficina Anticorrupción que habían podido mejorarla.

Es muy valorable esta ley, que es integral. Me parece muy importante la descripción de funcionario público, todo lo que tiene que ver con dichos aspectos. Me parece que es muy importante que este Congreso sancione lo que tiene que ver con los conflictos de intereses, que no pueden dejarse a interpretaciones que pueda hacer la Oficina, porque siempre eso la limita.

Y por otro lado, también creo que es muy importante la incorporación a esta Ley de Ética Pública a todos aquellos que manejen fondos estatales. Y en ese sentido creo que un aspecto central tiene que ver con los fondos de la salud. Existe ese viejo decreto que regula la obligatoriedad de presentación de las declaraciones juradas por parte de los dirigentes sindicales, pero en realidad se torna abstracto, porque como ciudadanos nunca hemos podido acceder al contenido de esas declaraciones ya que, como aquí se dijo, se presenta en sobre cerrado y no sabemos si hay algo en el sobre.

Valoro también dar la discusión sobre las asociaciones sindicales, que fueron incluidas en el proyecto, ya que me parece que tiene que ver con aspectos de la transparencia de las organizaciones que exige la OIT, y con el hecho de que gran parte de los fondos llegan a partir de los convenios colectivos de trabajo de los trabajadores estatales.

Por otro lado, creo que es importante el trabajo de la Oficina Anticorrupción y quiero resaltarlo.

Durante muchos años he presentado denuncias junto con otros colegas, como el ex diputado Manuel Garrido. He sido una de las primeras en utilizar la Oficina Anticorrupción en su rol de investigación ante la ausencia, en su momento, de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas. Muchas de esas denuncias que habían quedado allí guardadas y respecto de las cuales poco se había hecho, hoy son causas judiciales.

Por eso, valoro mucho esta oficina y espero dar una fuerte discusión en la que se incorporen todos los proyectos, iniciativas e ideas que tenemos para mejorar esta norma.



SRA. CERRUTI Luego me puede contestar la señora Alonso. No se preocupe, señor diputado.

Por eso me pregunto si actividad partidaria es solamente formar parte y nada más, porque allí entramos en la discusión de para qué sirven las leyes. ¿Estamos sancionando leyes que solo ponen una cantidad de títulos para después, de alguna manera, zafar?

Si en su redacción, cuando el proyecto dice que no pueden tener actividad partidaria, quiere significar solamente que el funcionario no debe ser titular de un partido político, pero sí puede militar o encubrir todas las causas del presidente porque eso no sería actividad partidaria, me pregunto para qué estamos dando este debate. ¿Lo estamos haciendo con el fin de mostrar a la sociedad que estamos dispuestos a dar una discusión de fondo sobre la ética cuando, en realidad, todo esto será letra muerta porque siempre alguien podrá dejar su empresa en manos de un testaferro o renunciar el día antes de asumir?

Si estamos elaborando una ley que no vamos a cumplir -porque ni siquiera la cumple la titular de la Oficina Anticorrupción- o que tiene atajos, y quien la trae a la discusión no tiene legitimidad para hacerlo porque durante los dos últimos años ejerció como abogada del presidente de la Nación, es muy difícil saber de qué estamos hablando.

Nosotros queremos dar el debate sobre ética pública, pero no solamente sobre que no se cometan delitos o no se robe plata porque la ética pública abarca muchas otras cosas. Queremos que el ciudadano sienta que está representado en la función pública por los tres poderes, por quienes realmente sienten que esto es un servicio público y están dispuestos a transformar la sociedad. Entonces, el primer ejemplo lo debería dar la presidenta de la Oficina Anticorrupción, quien durante los dos últimos años ha sido la mejor abogada del presidente de la Nación.

SR. PRESIDENTE TONELLI Quédese tranquila que el debate lo vamos a dar, señora diputada.

Tiene la palabra el señor Sánchez.

SR. SÁNCHEZ Señor presidente: gracias a todos por sus apreciaciones y por sus puntos de vista iniciales sobre este proyecto.

La primera aclaración que quiero hacer es que, si un debate no se hace sobre la base de la verdad, es muy difícil que el resultado sea bueno. Fui miembro de esta casa que cuenta con doscientos cincuenta y siete diputados, más unos cuantos colaboradores y asistentes que forman parte del cuerpo de trabajadores del Congreso de la Nación. Nos rigen casi las mismas leyes, excepto aquellos regímenes que ya dijimos que rigen para el Poder Ejecutivo y no para el resto de los poderes.

Controlar a medio millón de funcionarios y empleados públicos que forman parte de la administración pública nacional es una tarea dura e ingrata. Reitero: medio millón de funcionarios y empleados públicos. Poner en orden el desastre administrativo en que se encontraba el Estado nacional es una tarea ardua y dura. De hecho, lamento que el señor diputado Carmona no esté presente, porque dijo que el nuevo titular de Enargas fue presidente de una empresa de gas cuando, en realidad, nunca fue presidente de esa compañía que nombró. Además, aclaro que cuesta conseguir capacidad técnica para normalizar un órgano fundamental como lo es un ente regulador que estuvo intervenido quince años. Hablando de normalidad institucional, hicimos un concurso conforme manda la ley que da origen a ese órgano.

Entonces es bueno venir acá con todos los argumentos porque esta es la casa de la pluralidad. El único argumento que no es válido es la mentira; realmente, después quedan pocas ganas de hacer el trabajo de controlar y regular. Por estas razones reivindico la función de la señora Alonso, porque su tarea es una de las más difíciles de todas. Lo mismo ocurre con las que desempeñan los titulares de la Sindicatura General de la Nación y de la Agencia de Acceso a la Información Pública; esta última, si tiene que dar un dictamen por la cabeza, lo hace. Pido a los señores diputados que los lean, porque están publicados; ese es otro cambio fundamental. Todo esto es una tarea ardua y dura, pero necesaria.

Muchas de estas tareas las venimos haciendo muy bien, otras las tenemos que mejorar y en muchas otras vamos viendo. Como dijo la señora diputada Cerruti, las leyes empiezan a vivir cuando se comienzan a aplicar. La tarea más difícil, parece que es sancionar una buena ley; pero no es así. La tarea más difícil es aplicar una buena ley. Allí es donde comienza el verdadero desafío. Como dije antes, en el Estado nacional hay medio millón de personas, y debemos procurar que la ley sea cumplida por todas ellas.

El segundo punto es que hay cuestiones técnicas que creo que debemos responder. Ustedes van a tener mucho tiempo para debatir, incluso pueden volver a convocarnos cuando quieran y seguramente habrá participación de otras instituciones. Esta Cámara, y sobre todo esta comisión, se caracteriza por tener un debate abierto y plural, pero a mí me parece que tendríamos que contestar algunas cosas y la señora Alonso contestó algunas.

Para nuestro gobierno, el tema de la ética pública es fundamental. No existe un tiempo oportuno para discutir sobre ella, sino que todo tiempo es oportuno para llevar a cabo un debate al respecto. En los años en los que se obtiene un resultado económico positivo, es bueno discutir sobre ética pública, y lo mismo vale para cuando es a la inversa. Esa es la base respecto de la cual vamos a analizar el resto de la agenda política. Este es mi pensamiento.

Por ello, durante los cuatro años que llevamos al frente del gobierno, hemos generado iniciativas para discutir la política de integridad pública. Concretamente, la primera estuvo referida al derecho de acceso a la información pública. Ahora, en el marco de nuestro cuarto año de gestión, nos encontramos analizando este paquete de iniciativas.

En segundo término, se habló de la inconducta de los funcionarios. La señora diputada Soria decía que algunas de las sanciones establecidas en el presente proyecto de ley no eran tan severas.

Ahora bien, esta iniciativa no juega sola, al igual de lo que sucede con cualquier otra. También está el marco regulatorio del empleo público y los estatutos que rigen cualquier aspecto de la función pública. Puntualmente, el más importante de todos es el Código Penal de la Nación. No podemos hacer decir a la ley de ética pública lo que ya está señalado en el Código Penal de la Nación.

La señora diputada Cerruti se refirió a la figura del testaferro. En el Código Penal está escrito de otra forma -menos coloquial-, pero se trata de un delito.

La ley de ética pública tiene herramientas que ayudan a evidenciar algunas de estas prácticas que, en algunas oportunidades -y en otras no tanto-, constituyen delito.

Existen algunos reproches respecto de este proyecto de ley. En algunas ocasiones, los funcionarios públicos podemos llegar a tener inconductas que no están tipificadas como delitos. En esos casos, el Código Penal de la Nación no será la herramienta que se deberá utilizar, y lo sustituirá esta ley o el estatuto del empleo público.

Concretamente, alguno de los remedios que establece nuestro proyecto no son poca cosa. A propósito del tema, voy a mencionar un antecedente internacional.

La ex presidenta de Chile, Michelle Bachelet, tuvo un conflicto relacionado con la ética pública a raíz del comportamiento de uno de sus hijos. Dicho tratamiento tuvo dos etapas, y de esto podemos aprender porque de las buenas prácticas también se aprende.

La causa penal seguía su curso, pero el hijo de la ex presidenta se tuvo que parar en el Patio de los Naranjos del Palacio de la Moneda a pedir disculpas públicas. Este no es un dato menor. Los funcionarios públicos en la Argentina no estamos acostumbrados a reconocer nuestras faltas ni a pedir disculpas al pueblo. Repito: no son cuestiones menores.

La vergüenza -principal herramienta que tienen los ciudadanos para hacer que los funcionarios públicos nos comportemos como corresponde- hay que ponerla en práctica. El pedido de disculpas públicamente va de la mano con la capacidad de tener vergüenza. Pero, quienes no tienen vergüenza, no les va a importar ni el pedido de disculpas ni el Código Penal ni la mar en coche. Yo tendría vergüenza de volver a mi casa si hice algo malo. Se pueden pensar herramientas complementarias, pero esta ley no juega sola.

Por otro lado, no creo que todos seamos iguales. Por eso, esta ley juzga la conducta individual de cada uno de nosotros. Estamos hablando de un proyecto sistémico; no se trata de que cada uno escribe lo que se le ocurre.

Asimismo, los gobiernos no son todos iguales. Siempre existe la tentación de la inconducta y puede que exista corrupción. Pero la respuesta a la corrupción no es igual en todos lados. Uno, como gobierno y como sistema, puede responder con impunidad o puede hacerlo con investigación y sanción. Son dos cosas distintas, y por eso hice aquel racconto al principio de mi intervención. Aclaro que gran parte de esto no es patrimonio de Cambiemos. Sí es cierto que, en años anteriores, esos cambios no tenían efecto.

Por otra parte, la puerta giratoria debe ser uno de los aspectos más difíciles de regular. No pensemos que en el resto del mundo existen legislaciones cerradas.

La explicación es que Argentina tiene una gran debilidad. Cuenta con un enorme cuerpo de funcionarios públicos no permanentes ni profesionalmente concursados. Entonces, posee una demanda de funcionarios públicos que provienen de otros ámbitos. Esos lugares son el sector privado o algún otro cargo público.

A partir de las reformas en ejecución de los sistemas de concurso, tratamos de minimizar la cantidad de cargos públicos que deba designar el presidente cuando asume el ejercicio de su función. De esa manera, el problema no desaparece, pero, por lo menos, está minimizado.

En los entes reguladores, para conservar esa capacidad de no tener una simbiosis con los intereses que regulan, los cargos pueden ejercerse por dos mandatos con períodos determinados. Después de eso no pueden volver a ejercer el cargo. En el caso de los entes reguladores, los períodos son de cuatro años. Luego de ejercer el cargo por dos períodos no se puede volver a ejercer.

El ente más estricto de todos es la Comisión Nacional de Valores, que regula solamente al sector privado. Los titulares de la Comisión Nacional de Valores no pueden volver a trabajar, excepto que sea en el Estado, por un período que el diputado Carmona denominó "de congelamiento". Si nosotros establecemos un período de congelamiento de cinco años, no sé de qué va a vivir esa persona. Nosotros, más o menos nos arreglamos, pero una persona que no puede volver y encima tiene vedado ejercer otro cargo público, no sé de qué va a vivir. En algunas legislaciones se le proporciona un medio sueldo para que pueda reinsertarse en las únicas pocas actividades compatibles, como por ejemplo la docencia. Pero algunos no quieren vivir de la docencia, ya sea porque no es su vocación, porque no saben hacerlo o porque no le alcanza el sueldo.

El empleo publico no es una cosa menor. Hay que trabajar con los sindicatos que nos ayudan en el empleo público. Cuanto más alto es el desempeño de los empleados y de los funcionarios públicos, lo que se llama la alta dirección pública, menos problemas de integridad pública tenemos. Entonces, tenemos que pensar que esta ley juega con otras.

Podría hablar de varios aspectos más en cuanto a las discusiones que se dieron sobre el final. Nosotros tenemos este criterio y no somos quiénes para decir quiénes pueden ser sujetos obligados de la ley de ética pública y quiénes no. Este es nuestro criterio y creemos que es el mejor; además, pensamos que son las instituciones las que tienen mucho por mejorar.

Una diputada dijo: son antisindicales; pero también hay partidos políticos. Yo formo parte de la conducción de un partido político, y por eso soy un sujeto obligado. Además, tenemos una ley específica, la de financiamiento, que es tremenda. Yo, como muchos de ustedes, fui responsable económico financiero de campañas electorales. Por eso recomiendo que lo hagamos bien.

En los países donde las instituciones y este tipo de leyes funcionan mal, la ética pública no se puede medir de la manera como se lo hace en los países donde las instituciones y estas leyes funcionan bien. Por eso nosotros queremos que funcionen bien.

¿Cuál es la manera de medir qué grado de corrupción hay en los países donde estas instituciones y estas leyes funcionan bien? Por la cantidad de condenados. No por si son de izquierda o de derecha, por si fueron oficialismo u opositores, sino por si fueron condenados en el ejercicio de la función pública.

Si nosotros hacemos que nuestras instituciones sean normales, estables y con buenos estándares, como las que logramos con la ley de acceso a la información y como lo que por lo menos acá la mayoría pretende, que es esta ley, vamos a poder medir de una manera más objetiva qué gobierno es mejor que cual. (Aplausos.)

SR. PRESIDENTE TONELLI Tiene la palabra la señora Alonso.

SRA. ALONSO Señor presidente: agradezco a todos por los comentarios: a las diputadas y a la diputada Pitiot, que ha leído. Esperamos el proyecto para poder trabajar conjuntamente.

Quiero dar algunas respuestas a preguntas o interrogantes que se fueron planteando.

En cuanto al tema de las ONG, quiero decir que hay que declararlas; el funcionario tiene que informar. Esto lo iremos viendo en el debate con los asesores. Todo debe declararse. Repito: cualquier tipo de inversión o de sociedad, en el territorio nacional o en el extranjero, también debe ser declarada.

En cuanto al deber de abstención hasta el cuarto grado de vinculación, también está previsto. Quizás, está en el régimen de conflicto de intereses y no quedó en claro; pero lo podemos mejorar, por supuesto.

En cuanto al 20 por ciento, se trata de una suspensión y no de una confiscación del haber. En realidad, es una medida combinatoria. Cuando el funcionario no presenta la declaración jurada, lo que se hace es una retención. No es de por vida; es hasta que la presenta. Ahora bien, si no la presenta, el mecanismo que se dispara automáticamente, a través de la Oficina Anticorrupción, es la denuncia penal. O sea, nosotros estamos obligados a denunciar penalmente a los funcionarios que no hayan presentado la declaración jurada. Muchas veces sucede que, al tomar conocimiento de la denuncia penal, la presentan en forma inmediata. Lamentablemente, tenemos que proceder de esta forma y el asunto se resuelve.

Por supuesto que este proyecto de ley es perfectible y es súper válido que los distintos bloques tengan visiones diferentes acerca de este tema.

Me parece que lo que planteó recién Fernando Sánchez es importante. Debemos elaborar una ley entendiendo qué tipo de administración pública tenemos. Incluso, algunos capítulos de este proyecto de ley contemplan cuestiones que son comunes a los funcionarios de todos los poderes, pero hay otras que no lo son. Por ejemplo, algunas no se aplican a los magistrados, pero sí a los funcionarios del Poder Ejecutivo. En ese sentido, quizás se puede aclarar y mejorar un poco la redacción, pero que quede en claro que sí hemos tratado de tener en cuenta esto.

El proyecto de ley que se está debatiendo es sobre ética pública. La ley que se sancione será un pilar esencial en la lucha contra la corrupción, pero no resolverá todo el problema porque, además, se necesitan órganos de control, transparencia en las contrataciones públicas y muchas otras cuestiones que Fernando Sánchez mencionó en su primera presentación y que no voy a repetir.

Esta norma es de prevención y de sanción -dentro de lo que prevé sancionar-; pero no se le debe pedir a una ley de ética pública que haga lo que no puede hacer, tanto en la Argentina como en los demás países del mundo. Debe tenerse en claro que esta iniciativa busca levantar la vara de las conductas que la sociedad espera de los funcionarios públicos, conforme lo previeron los constituyentes al reformar la Constitución Nacional en 1994.

Estamos discutiendo una ley esencial para la democracia. Entiendo que hay muchísimos temas para discutir porque fui legisladora, pero esta es la Comisión de Asuntos Constitucionales y nos invitaron a hablar sobre este proyecto de ley de ética pública. Creo que desde 1999 en este Congreso no se debate una iniciativa de este tipo, por lo que me parece muy bien que tengamos esta discusión y, sobre todo, que la debatan los señores diputados. Nosotros colaboraremos desde nuestro lugar.

En términos más individuales, esto le cabe tanto al licenciado Sánchez como a mí, todos los funcionarios públicos somos pasibles de responsabilidades administrativas y penales. Yo no quiero que me procesen y me lleven a juicio. Entonces, no todo es lo mismo.

En todos los gobiernos hay funcionarios que toman en serio su gestión. De hecho, no todos los funcionarios terminan procesados en juicios orales y públicos. Los funcionarios que somos responsables en el uso de nuestras atribuciones aplicamos las normas. Por suerte, me acompaña un equipo técnico que está hace muchos años en la Oficina Anticorrupción y que ha tenido la responsabilidad primaria de desarrollar esta propuesta. Incluso, los miembros de este equipo no fueron designados en los gobiernos de De la Rúa o de Duhalde, sino en el de Néstor Kirchner. Son personas que entienden de lo que estamos hablando y no tienen nada que ver con las cuestiones partidarias.

Entonces, la independencia de organismos de este tipo -como también, por ejemplo, de la Unidad de Información Financiera o de la SIGEN- tiene que ver con su autonomía y su autarquía. Deben contar con sus recursos y tienen que poderlos administrar. Asimismo, deben tener autoridad; sus decisiones no deben ser recurribles. Esto es algo fundamental. Sus decisiones no deben ser revisables por otra instancia como sucede, por ejemplo, en el caso de la Unidad de Información Financiera.

En cuanto a las denuncias que se presentan ante la Oficina Anticorrupción, todas tienen su trámite; aunque en algunos casos su resolución puede satisfacer más que en otros. Como ustedes saben, la política se ha judicializado -yo no se los tengo que explicar- y muchas denuncias que formulé están avanzando en tribunales actualmente. Entonces, cuando hay denuncias judiciales en paralelo, la Oficina Anticorrupción hace un seguimiento, aporta información y, en algunos casos, evalúa participar como querellante.

Repito: todos los funcionarios públicos tenemos responsabilidades administrativas y penales por ocupar nuestros cargos. Creo que nadie, por lo menos el señor Sánchez y yo, que somos los funcionarios sentados a esta mesa, queremos ir a nuestras casas con la conciencia sucia o algún proceso judicial abierto. Denuncias vamos a recibir siempre; lo importante es contar los sobreseimientos y no tanto las denuncias.

Me queda el tema de los sindicatos. Ustedes saben que, en 2001, la entonces ministra de Trabajo, Patricia Bullrich, firmó una resolución; ese es un antecedente importante que tenemos. Lamentablemente, al año siguiente la entonces ministra de Trabajo, Graciela Camaño, fue para atrás con esa resolución vinculada a los sindicatos. Nosotros creemos que hay más que fundamentos; sobre todo, hemos estudiado bastante un fallo de la Corte Suprema de Justicia, específicamente un voto del doctor Fayt, que sostiene que la actividad de control que el Estado lleva a cabo en los sindicatos -en las asociaciones en general y en los sindicatos en particular- se encuentra aún más justificada habida cuenta del sitio que los sindicatos ocupan en la organización de la sociedad.

Además, y esto lo dejamos para la discusión de la letra chica, recordemos que las retenciones salariales que se practican en determinados colectivos sobre todos los empleados, de acuerdo con los convenios colectivos de trabajo, también se aplican sobre aquellos que pueden no estar afiliados al sindicato. Entonces, estamos hablando también de recursos de terceros, más allá de que hay algunos fondos, como bien dijo el señor Sánchez en la conversación, que son públicos y que, por ejemplo, para capacitación se destinan a los sindicatos.

Por lo tanto, tomemos la discusión con tranquilidad y sin pasiones. Esto no lo estamos incorporando en el proyecto de ley de ética pública; la señora diputada Siley planteó esto, pero no es así. Se plantea una reforma a la ley de asociaciones sindicales y otra a la de obras sociales en las disposiciones transitorias. Todo lo que hemos tenido en cuenta acá, además de la propia experiencia de estos veinte años en la Argentina, como dije al principio, tiene que ver con otras legislaciones.

Entonces, no le pidamos al proyecto de ley de ética pública que resuelva todos los problemas. Nos va a ayudar a prevenir, a mejorar y a controlar mejor al funcionario público. No olvidemos que una buena ley es aquella que se puede implementar. Entonces, les pedimos -o los invitamos- a pensar en un proyecto de ley que sea amplio y simple de entender por el funcionario, porque a veces hay vacíos o conceptos que no son fáciles de comprender. Reitero que lo fundamental es que la ley sea aplicable. (Aplausos.)

SRA. CERRUTI Pido la palabra para que la señora Alonso aclare una cuestión.

SR. PRESIDENTE TONELLI Tiene la palabra la señora diputada Cerruti.

SRA. CERRUTI Señor presidente: el ex diputado Sánchez, si no escuché mal, dijo que en los países se medía la lucha contra la corrupción por la cantidad de condenados; pero la titular de la Oficina Anticorrupción acaba de decir que a ella lo que le importan son los sobreseimientos.

SRA. ALONSO Hice referencia a los sobreseimientos propios, y pueden solicitar la versión taquigráfica. Por suerte, hay taquígrafos en esta casa que son los más profesionales de todos.

SR. PRESIDENTE TONELLI La Presidencia agradece a la señora Laura Alonso y al señor Fernando Sánchez por su presencia. El proyecto pasará al estudio de los asesores.

No habiendo otros asuntos, declaro finalizada la reunión.

Es la hora 16 y 49.