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ASUNTOS CONSTITUCIONALES

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P04 Oficina 449

Secretario Administrativo DR. URIONDO FRANCISCO MANUEL

Jefe SRA. ROJAS CAMILA SOLEDAD

Martes 14.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 60752431 Internos 2431/32

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  • ASUNTOS CONSTITUCIONALES

Reunión del día 14/04/2016

- VARIOS

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los catorce días del mes de abril de 2016, a la hora 10 y 16:
SR. PRESIDENTE TONELLI Dado que estamos en una sesión meramente informativa y que, además, a las 12 horas contaremos con la visita de otro funcionario del Poder Ejecutivo, el ministro de Justicia, entiendo que no hay inconveniente en que comencemos sin el quórum reglamentario.

Antes de ceder el uso de la palabra a nuestro invitado, quiero informar de qué forma va a seguir el tratamiento del proyecto. De acuerdo con lo conversado y acordado con los otros bloques y los referentes de las demás bancadas como todos saben, porque lo anunciamos, el martes 19 de abril a las 14 horas llevaremos a cabo una audiencia pública a la que hemos invitado a más de treinta organizaciones de la sociedad civil y no gubernamentales para que expresen su opinión acerca de esta iniciativa. Todavía no hemos recibido respuesta de todas ellas, así que no sabemos exactamente cuántas concurrirán, pero la audiencia se realizará el martes 19 de abril a partir de las 14.

Además, hemos fijado dos reuniones de asesores para recibir sugerencias, observaciones y propuestas de modificaciones, porque la verdad es que nos gustaría lograr un dictamen único en este proyecto de ley. Esas dos reuniones de asesores se realizarán el lunes que viene a la hora 11 y el miércoles próximo a la hora 16 y 30.

Por otro lado, el jueves 21 de abril a las 10 horas llevaremos adelante un nuevo plenario de las comisiones de Asuntos Constitucionales y de Presupuesto y Hacienda a fin de emitir dictamen. Seguramente el proyecto será tratado en la sesión de tablas del 4 de mayo, es decir que precisamos que la iniciativa llegue con los siete días necesarios para realizar las observaciones pertinentes.

De modo tal que ese es el cronograma para el tratamiento de este proyecto.

Ahora, tal como habíamos anunciado, para referirse al proyecto de ley y explicar sus características, va a hacer uso de la palabra el secretario de Asuntos Políticos y Fortalecimiento Institucional, doctor Adrián Pérez, a quienes la mayoría de ustedes conoce porque ha sido diputado durante muchos años. Lo acompaña Marina Carbajal, subsecretaria de Reforma Institucional y Fortalecimiento de la Democracia. Luego de la exposición del doctor Adrián Pérez habrá tiempo para que los diputados hagan las preguntas que quieran.

Tiene la palabra el señor secretario de Asuntos Políticos y Fortalecimiento Institucional, doctor Adrián Pérez.

SR. SECRETARIO DE ASUNTOS POLÍTICOS Y FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL Realmente es un gusto estar acá para presentar este proyecto de ley sobre acceso a la información pública.

SR. PRESIDENTE TONELLI Discúlpeme, señor secretario, pero olvidé decir algo importante y es que nos acompaña la secretaria de Relaciones Parlamentarias y Administración, también ex diputada y muy conocida por todos, doctora Paula Bertol. Pido disculpas por la omisión y sé que, como somos amigos, ella me va a disculpar.

SRA. BERTOL Está disculpado, señor presidente.

SR. PRESIDENTE TONELLI Ahora sí dejo en el uso de la palabra al secretario Adrián Pérez.

SR. SECRETARIO DE ASUNTOS POLÍTICOS Y FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL Aclaro que nos acompaña también el subsecretario de Innovación Pública. Hay una parte del proyecto, vinculada con datos abiertos, que hemos trabajado con el Ministerio de Modernización.

También hemos trabajado esta iniciativa con miembros de la Oficina Anticorrupción y tengo entendido que algún funcionario de ese organismo va a venir a exponer la semana que viene.

SR. PRESIDENTE TONELLI Va a concurrir el día martes próximo.

SR. SECRETARIO DE ASUNTOS POLÍTICOS Y FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL En primer lugar, quiero decir que para nosotros es importante estar presentando esta iniciativa porque constituye una deuda que tiene la Argentina.

No voy a contar nada novedoso porque muchos de los que estamos acá hemos trabajado durante mucho tiempo para que existiera una ley de acceso a la información pública, pero obviamente creo que a partir de lo que fue marcado en el discurso inaugural del presidente había una decisión de impulsar esta ley como una primera medida en términos de fortalecimiento institucional.

Está claro cuáles son las ventajas que tiene una ley de acceso a la información pública en términos de participación ciudadana, fomentar la transparencia, prevenir la corrupción, establecer una herramienta de control ciudadano respecto de cómo se utilizan los recursos del Estado y también impulsar el derecho pleno de la libertad de expresión debido a que tiene una antesala, que es obtener la información necesaria para expresarse.

De modo tal que nosotros vemos con enorme satisfacción poder contar, después de mucho tiempo, con esta iniciativa del Poder Ejecutivo para tener prontamente una ley de acceso a la información pública vigente en la Argentina. Obviamente lo hacemos en el marco de esta Cámara que tiene muchos antecedentes al respecto.

Cuando nos pusimos a trabajar a partir de la iniciativa del gobierno de impulsar una ley de acceso a la información pública, lo hicimos teniendo en cuenta los múltiples antecedentes parlamentarios. Hay más de ochenta iniciativas sobre acceso a la información pública presentadas en este Congreso. La primera de ellas fue planteada en 1996 por la diputada Elisa Carrió pero existen en todos los bloques parlamentarios. Veo aquí a las diputadas Alicia Ciciliani, Karina Banfi y Carla Carrizo y al diputado Fernando Sánchez, que han presentado proyectos en esta materia.

Hoy aquí no hay tantos representantes del Frente para la Victoria pero la diputada Diana Conti ha sido una impulsora reiterada de este tema, así como también el diputado Cigogna. Seguramente en esta nómina me voy a olvidar de mencionar a algunos, pero recuerdo también a las diputadas Stolbizer y Camaño.

Como dije, vamos a encontrar iniciativas de todos los bloques y gente que ha impulsado con mucho ahínco este tema. Lamentablemente la iniciativa se ha frustrado en múltiples ocasiones, pero esperamos que esta vez, a partir de la decisión del Poder Ejecutivo de impulsarla, podamos tener prontamente una ley vigente en la Argentina.

De más está decir que además de rescatar las múltiples iniciativas parlamentarias que existen en el Congreso, también hemos tomado en consideración el trabajo de la sociedad civil. Hay muchas asociaciones de la sociedad civil que vienen empujando este tema, algunas de las cuales nos acompañan en el día de hoy y seguramente podrán expresar su opinión en la próxima reunión.

Numerosas organizaciones de la sociedad civil CIPPEC, Poder Ciudadano, ACIJ, ADC, al igual que asociaciones que nuclean a periodistas, como FOPEA y ADEPA, han trabajado mucho para impulsar una ley de acceso a la información pública en la Argentina.

De modo tal que hemos tomado en cuenta los antecedentes de la sociedad civil y los antecedentes parlamentarios. Pero también tomamos en cuenta los antecedentes jurisprudenciales, como por ejemplo el caso de ADC contra el Estado Nacional-PAMI, o el de CIPPEC contra el Estado Nacional-Ministerio de Desarrollo Social.

Hace muchos años que en la Argentina hay un gran trabajo en la materia y hemos tratado de recoger o rescatar todo ese muy buen trabajo previo que existe en nuestro país para que finalmente podamos tener una ley de acceso a la información pública.

De esta misma manera, si bien entendemos que tenemos un decreto escaso a esta altura y que necesitamos una ley para avanzar –como lo hicieron los países de la región, también rescatamos virtudes de ese decreto 1.172/03 y lo tenemos en cuenta a la hora de elaborar esta iniciativa.

Voy a hacer referencia a algunas cuestiones y después abriremos la etapa de las preguntas. Me parece que es la mejor modalidad.

Básicamente la ley se sustenta en algunos principios que van a estar presentes en toda la normativa.

Uno de esos principios es la celeridad, es decir, que el Estado rápidamente pueda dar respuesta a los sujetos que requieran información. Todo el proceso que se establece es rápido. Entendemos que la respuesta ante el pedido de información por parte de la ciudadanía debe ser rápida. Por lo tanto, hay un procedimiento muy rápido y otro que tiene plazos muy razonables, porque entendemos que uno de los principios fundamentales es la celeridad.

Por otra parte, un principio central es la publicidad. Entendemos que toda la información que tiene el Estado es pública, es decir, es del ciudadano. Este es el concepto que cruza toda la iniciativa.

Otro principio es el de la gratuidad. Obviamente, todos los procedimientos son gratuitos.

Finalmente, debemos mencionar el requisito de la informalidad, es decir, no vamos a establecer mayores requisitos formales a la hora de la requisitoria por parte de la ciudadanía. Lo importante es brindar rápidamente la información desde el Estado ante el requerimiento ciudadano, por lo que no pedimos para ello ningún tipo de formalidad especial.

Concretamente, la iniciativa establece un concepto de información pública muy amplio. Nosotros partimos de la base de que todo registro que se encuentra en el marco de los sujetos obligados que es mucho más que el Poder Ejecutivo, o sea, todo documento que se haya generado o que esté en custodia del Estado, es información que tiene que estar al servicio público y por lo tanto puede ser requerida por el ciudadano. Insisto: partimos de un concepto de información pública muy amplio.

La otra cuestión importante, que ha tenido mucho debate aquí y respecto de la cual también fuimos amplios y sumamente abarcativos en este proyecto, se vincula con los sujetos obligados. Así como hemos sido amplios en el concepto de información pública, también fuimos amplios en la cobertura de quiénes son los sujetos obligados o dónde se encuentra la legitimación pasiva, es decir, quiénes son los sujetos que están obligados a brindar la información.

En este Parlamento hubo mucho debate acerca de cuál debía ser el alcance. Algunas iniciativas centraban la obligación en el Poder Ejecutivo; otras, más ambiciosas, colocaban la obligación en el Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo y el Poder Judicial. Y otras iniciativas, aún más ambiciosas –cuyo concepto hemos tenido en cuenta, establecían como sujeto obligado no solamente a los tres poderes –Ejecutivo, Legislativo y Judicial- sino también al Ministerio Público, al Consejo de la Magistratura, a las universidades, a todas las empresas del Estado, a todas las empresas donde hay capital del Estado y, en definitiva, a todas las organizaciones que reciben algún fondo público. Por eso están incluidos los partidos políticos y las organizaciones sindicales. De manera que toda organización que recibe fondos públicos está sujeta a esta ley y tiene que rendir cuentas a la ciudadanía en términos del requerimiento de información que pueda hacer el ciudadano.

Obviamente, respecto de aquellos sujetos o asociaciones que son privadas, o que no son netamente públicas, brindarán la información en función del fondo público que están recibiendo.

Entiendo que hemos sido absolutamente amplios a la hora de determinar cuáles son los sujetos obligados, inclusive saldando algunas discusiones que se dieron en esta comisión respecto de si los fideicomisos tenían que estar como sujetos obligados o no. Nosotros los hemos incorporado. Obviamente, de la misma forma hemos incorporado a los concesionarios de servicios públicos.

Como dije, hemos intentado un nivel de cobertura absolutamente abarcativo y amplio en la descripción de quiénes son los sujetos obligados.

Pero así como fuimos amplios a la hora de describir qué es la información pública, hemos sido restrictivos a la hora de describir cuáles son las excepciones. En esto no nos hemos salido mucho del decreto vigente actualmente porque creemos que allí está bastante bien contemplado el tema de las excepciones.

Básicamente, las excepciones están referidas a información reservada en función de defensa nacional, seguridad, política exterior, resguardo del sistema financiero y bancario, secretos industriales, comerciales, científicos, y también –obviamente aquella información vinculada a investigaciones. Hay órganos del Estado que tienen competencia para investigar, y todo ese material de investigación está resguardado por esta excepción.

Por ejemplo, la información que surge de la Auditoría General de la Nación o de la Oficina Anticorrupción y que tiene que ver con alguna investigación, obviamente es reservada y está enmarcada dentro de las excepciones establecidas en la ley. Lo mismo ocurre con las informaciones que posea la Unidad de Información Financiera y que tengan que ver con investigaciones vinculadas a la prevención de lavado de dinero.

De manera que hemos intentado establecer un régimen de excepciones muy acotado y una descripción muy amplia de qué es información y de quiénes son los sujetos obligados.

También quiero hacer hincapié en que la legitimación activa, es decir, a quiénes le damos la posibilidad de pedir información, también es absolutamente amplia, porque establecemos que toda persona física, jurídica, pública o privada puede solicitar información. No hay ningún requerimiento respecto de que deba tener patrocinio, justificar el pedido o expresar interés legítimo. Como dije antes, rige el principio de informalidad, de modo que la persona puede hacerlo por cualquier vía –ya sea escrita o por Internet. Desde el Estado se está intentando informatizar, es decir, generar vías informáticas por las cuales el ciudadano pueda comunicarse rápidamente con el Estado. Pero reitero que el principio que rige esta ley es la informalidad; el único requisito es la identificación del requirente y el contacto, a los efectos de poder dinamizar el trámite. No se pedirá al requirente una información adicional o que presente algún documento, sino simplemente la identificación.

Asimismo, establecemos un capítulo que siempre ha sido materia de debate en esta comisión, que tiene que ver con la autoridad de aplicación y las vías de reclamo. Ante una respuesta que puede ser la no respuesta, el silencio o una respuesta incompleta, ambigua, imparcial o inexacta, nosotros habilitamos rápidamente una vía de reclamo. En realidad, habilitamos una vía administrativa, que es el reclamo ante la autoridad de aplicación. Luego explicaré brevemente cuál es el concepto de diseño de autoridad de aplicación.

Tenemos previsto un reclamo ante la autoridad administrativa, que es la Agencia de Acceso a la Información Pública. El ciudadano tiene cuarenta días para iniciar el reclamo y la Agencia de Acceso a la Información Pública tiene treinta días para expedirse.

Paralelamente, establecemos la vía judicial. No creemos que haya que agotar la instancia administrativa para ir a la Justicia. Por eso, establecemos las dos vías para que el ciudadano decida si quiere utilizar la vía administrativa o de reclamo ante la Agencia de Acceso a la Información Pública o si directamente quiere utilizar la vía judicial, que a nuestro entender es el amparo, una vía rápida de satisfacción ante el contencioso administrativo.

Con respecto a la autoridad de aplicación, todos saben que este punto ha sido muy controvertido. Aquí hubo múltiples discusiones y propuestas. Una de ellas hacía eje en que había que tener una sola autoridad de aplicación para todos los poderes del Estado, de alguna forma replicando lo que había sido la autoridad de aplicación en la ley de ética pública, o una composición plural con integrantes de cada uno de los poderes del Estado. Recuerdo que esa era una de las propuestas que existían en esta comisión.

Otra propuesta era dar la autoridad de aplicación a un órgano ya existente, como por ejemplo el defensor del pueblo. Y otra propuesta era crear autoridad de aplicación en cada uno de los poderes.

Nosotros entendemos que, en términos de eficacia y de poder hacer efectivo este derecho, lo mejor era tener una autoridad de aplicación por poder. En la Argentina hemos tenido dificultades en la composición de autoridades de aplicación integradas por representantes de distintos poderes. El ejemplo más claro es la dificultad que se tuvo para la conformación de la Comisión de Ética Pública.

Por lo tanto, nosotros elegimos el camino de una autoridad por cada uno de los sujetos. Entonces, habrá una autoridad en el Poder Legislativo, una en el Poder Judicial, una en el Poder Ejecutivo y una en el Ministerio Público; y hemos diseñado un mismo mecanismo de designación de la autoridad de aplicación, que tiene que ver con que la cabeza de cada uno de estos poderes designa con una instancia de participación ciudadana previa, es decir, con un sistema de audiencias públicas previas y con un sistema de impugnaciones previas por parte de la ciudadanía.

De modo tal que intentamos que cada poder designe su autoridad de aplicación pero en el marco de una instancia de participación abierta, de participación ciudadana y de posibilidad de impugnación por parte de la ciudadanía. Esto, sumado a los importantes requisitos que establecemos para los candidatos, es decir, para quienes quieran acceder al cargo de director de la Agencia de Acceso a la Información Públicas, creemos que es un resguardo importante respecto del funcionamiento de la autoridad de aplicación. Esta última tiene autonomía y autarquía, lo que nos da la garantía de ser una autoridad que empuje al correcto cumplimiento de la norma.

En el proyecto también hemos agregado el Consejo Federal para la Transparencia; hay muchas provincias que han avanzado en esto. Lo mismo nos pasa con la reforma electoral. Simplemente a modo de acotación, quiero decir que nuestra idea es presentar hoy este proyecto de acceso a la información pública y presentar prontamente, también en el marco de esta comisión, un proyecto de reforma electoral. Cuando analizamos lo que sucedió en la Argentina en materia de acceso a la información pública y en materia electoral, encontramos que el federalismo es sumamente rico, porque algunas provincias han avanzado por encima de la Nación. Así como algunas provincias tienen retraso, otras han empujado positivamente.

Así como en materia de elecciones vemos que algunas provincias están más avanzadas en cuanto al sistema de votación, en materia de acceso a la información también hay provincias que desde hace tiempo ya tienen vigente su propia ley de acceso a la información y pueden empujar y ayudar a la construcción en el marco federal para que sigamos avanzando. Si bien esta ley constituye un avance enorme, seguramente habrá que hacerle modificaciones, adecuaciones, etcétera. Por eso creamos el Consejo Federal para la Transparencia, con representantes de todas las provincias a efectos de que permanentemente puedan no solo evaluar cómo va la aplicación de la norma sino sugerir posibles modificaciones legislativas que vayan mejorando el funcionamiento.

Finalmente, establecemos un capítulo vinculado con la transparencia activa. En este sentido, hay una vocación real de que el Estado tiene que informar permanentemente y en forma activa determinadas cuestiones. Más allá del procedimiento, que es muy importante porque habilitamos una herramienta al ciudadano para que pueda requerir toda la información que está en poder del Estado y ésta llegue rápidamente al ciudadano, porque en definitiva es información del ciudadano; este es el concepto, creemos que el Estado, aun sin esta obligación de informar ante requerimiento, debe informar permanentemente y en forma activa determinadas cuestiones.

Estamos pensando en que todas las áreas del Estado tienen que brindar información en sus páginas web de algunas cuestiones que nos parecen centrales en términos de transparencia y habilitar el control ciudadano.

Para nosotros, la transparencia activa incluye la obligación para todas las áreas del Estado y los sujetos obligados de informar acerca de la estructura orgánica, sus funciones, la nómina de autoridades, el personal, las escalas salariales, las declaraciones juradas de los funcionarios que están obligados a presentar declaraciones juradas, el presupuesto que tiene cada área, las ejecuciones, las contrataciones públicas, las licitaciones, los concursos, las obras públicas, las transferencias de fondos.

De modo tal que en el marco de esta ley vamos a encontrar un capítulo de transparencia activa sumamente ambicioso. Inclusive hemos estado trabajando al respecto con el Ministerio de Modernización, que ya emitió un decreto, pero van a encontrar que la ley es aún más ambiciosa que el decreto en términos de transparencia activa, y se supone que hay un tiempo que va a permitirnos construir las capacidades del Estado para que al momento de la implementación podamos tener toda esta información al servicio del ciudadano.

En líneas generales, y no tanto, estas son las características del proyecto. Esta iniciativa del Poder Ejecutivo se da en un contexto, insisto, donde hay mucha expertise en esta Cámara y fundamentalmente en esta comisión, donde existen muchas iniciativas y hay dirigentes que entienden de este tema y han empujado mucho. Por supuesto, seguramente habrá oportunidad de enriquecerla.

Nos parecían importantes algunas cuestiones, tales como mostrar la vocación política de que prontamente exista una ley de acceso a la información pública e insistir en que es una herramienta sustancial en términos de trasparencia y de participación ciudadana. A partir de esta iniciativa, seguramente podremos emprender un rico debate. Desde el Poder Ejecutivo simplemente tenemos la capacidad de iniciación, pero el debate enriquecedor se debe dar en este Parlamento, que en definitiva es el que define las reglas del proyecto de ley.

Esto es todo de mi parte. Obviamente, más allá de nuestra presencia en esta reunión, quedamos a disposición para cualquier otro requerimiento que se pueda hacer en el marco de este proceso de debate.

SR. PRESIDENTE TONELLI Muchas gracias, señor secretario.

Tiene la palabra la señora diputada Stolbizer.

SRA. STOLBIZER En primer lugar quiero felicitar y agradecer al doctor y amigo Adrián Pérez. Creo que es una excelente noticia que se haya decidido dar prioridad de tratamiento a esta iniciativa en este Congreso, porque es una de las grandes deudas que tenía nuestra democracia.

En muchas oportunidades hemos trabajado el tema en esta Cámara y siempre sentimos la frustración de no poder llegar a destino con esta iniciativa tan necesaria y que nos diferencia en lo negativo respecto de todos los demás países, sobre todo los de la región.

Por eso –insisto-, los felicito por esta iniciativa y agradezco muchísimo que se haya elegido este tema para iniciar nuestra tarea en las sesiones ordinarias de este año.

Me parece que el proyecto reúne todas las condiciones en el marco de los estándares de la ley modelo de la OEA. No es casual que la mayoría de las iniciativas que tiene esta Comisión de Asuntos Constitucionales sean prácticamente coincidentes con el proyecto del Poder Ejecutivo.

Además, sin ninguna duda, marca una voluntad política de iniciar un camino distinto. Por eso, celebro esta situación.

Quiero formular al doctor Pérez algunas preguntas puntuales respecto de ciertas diferencias que tenemos con el proyecto. Este tema va a ser materia de debate en los próximos días y, como hay voluntad de ir mejorando el proyecto, confío en que lo vamos a poder hacer. Pero como hay algunas cuestiones vinculadas con la implementación, me gustaría consultarlas ahora.

Una de ellas se vincula con el plazo de iniciación, de puesta en vigencia. Nuestros proyectos hablaban de un tiempo de 120 días a partir de la promulgación, mientras que la iniciativa del Poder Ejecutivo habla de un año. Atento a que hay una voluntad política puesta de manifiesto, mi primera consulta –porque hace estrictamente a la implementación es la siguiente: si cuando lo tratemos en la comisión no podríamos empezar a considerar el acortamiento de ese plazo de un año que fija el proyecto del Poder Ejecutivo. Desearía saber qué es lo que ustedes han pensado para que el plazo sea, a mi juicio, demasiado largo para el inicio.

La otra cuestión tiene que ver con un criterio que hemos planteado siempre, que es el principio de la máxima divulgación que también plantean las organizaciones que han trabajado en este tema, y por lo tanto, la necesidad de dar al artículo de las excepciones un carácter sumamente restrictivo.

En realidad, creo que hay una expresión demasiado abierta en el inicio del artículo 8° cuando expresa que los sujetos obligados sólo podrán exceptuarse de proveer la información cuando una ley así lo establezca. Con esto, me parece que está dejando un margen demasiado abierto a lo futuro porque la ley que pueda establecerlo debería estar también sometida a las restricciones que establezca esta ley marco.

La otra norma demasiado abierta es la del inciso d), cuando habla de información que comprometa los derechos o intereses legítimos de un tercero obtenida de carácter confidencial.

En rigor a la sinceridad, quiero decir cuál es la preocupación que tengo porque está referida a un tema puntual. Me parece que éste es un supuesto de excepción casi puesto a medida del mentado acuerdo Chevron-YPF, sobre el que el gobierno actual, pese a la existencia de un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ha insistido con el mantenimiento del secreto.

A esos fines, nosotros proponemos limitar esos casos donde la restricción o la excepción está dada por el carácter confidencial de la información; en algunos casos, esa confidencialidad debería ceder. Por eso, nuestro proyecto propone plantear algo así como “Cuando se trate de secretos industriales, financieros, comerciales, científicos, técnicos o tecnológicos otorgados a un ente u organismo estatal, deberá exceptuarse también de brindar esa información cuando su revelación sin fundamento en la defensa del interés público pudiera provocar importantes pérdidas o ganancias financieras, la pérdida de posiciones competitivas o interferencias en la celebración o ejecución de contratos entre las partes”.

O sea, estamos diciendo en qué casos se puede mantener la confidencialidad; con un agregado, para hacer ceder esa norma, que podría decir: “Sin embargo, deberá revelarse la información cuando el interés vinculado con la salud, la seguridad pública y/o la protección del medio ambiente fuera superior a los intereses particulares de los terceros”, o sea, cuando tenemos por delante un interés superior a aquél que se quiere proteger. Me refiero concretamente a los temas vinculados con la salud y los derechos ambientales.

La otra consulta se refiere al mantenimiento del secreto, sobre el que el Poder Ejecutivo no establece ningún plazo. Si bien en muchos casos es razonable el mantenimiento de esa situación, tal vez deberíamos poner un plazo razonable a ese secreto. El secreto debe tener un plazo razonable, vencido el cual el público tendrá el derecho a conocer la respectiva información.

Nosotros decimos que puede ser de diez años, que obviamente podrían ser prorrogables si se mantuvieran las condiciones. Entendemos que debería haber un plazo a partir del cual eso que en algún momento estuvo secreto pueda darse a información.

Por último, quiero plantear –porque es algo que falta en el proyecto y que también es de implementación la necesidad de poner un plazo a la autoridad no competente en la cual recae el pedido de información para derivarlo a la autoridad competente. Es decir, cuál es el tiempo que esa autoridad no competente tiene para derivarlo a la autoridad competente.

Estas son mis consultas, y me gustaría conocer la opinión de ustedes, ya que han trabajado en el tema.

SR. PRESIDENTE TONELLI Tiene la palabra la señora diputada Banfi.

SRA. BANFI En primer lugar quiero decir que celebro la iniciativa. Para mí en lo personal es muy gratificante estar de este lado en el día de hoy, después de haber trabajado durante muchísimos años en toda América en la posibilidad de promover leyes de acceso a la información pública. Tener la posibilidad de colaborar con este proceso en Argentina me gratifica enormemente en lo personal.

Este proyecto presentado por el Poder Ejecutivo muestra la voluntad política que han tenido el presidente Macri y todo su equipo. Es fundamental destacar esto, ya que durante muchos años no tuvimos, de parte de las máximas autoridades, la posibilidad de contar con el respeto de este derecho humano. Esto es lo que quería agregar al debate y a la conversación.

La apuesta que nosotros tenemos hoy es poder legislar sobre un derecho humano que en la Argentina está pendiente de poder ejercerse de manera eficaz y ordenar el Estado, principalmente, para que todos los ciudadanos que tienen el derecho a la información tengan funcionarios que les responden cada vez que pregunten.

Cuando hablo del valor de derecho humano que tiene el acceso a la información pública, me parece que también va a ser tarea de todos nosotros sancionar una ley en términos procedimentales que deje muy poco a la reglamentación; que podamos entre todos generar ese recorrido que tiene el ciudadano entre que pregunta y le responden. Me parece que el proyecto en general reúne esas condiciones, y creo que hay procesos que podremos ir incluyendo a partir del debate que vamos a generar desde hoy y hasta que se emita el dictamen. Pretendemos tener un dictamen único, ya que creo que ésta es una oportunidad histórica, en donde todos coincidimos en que tenemos que cumplir con esta deuda de la democracia.

Muchas gracias por esta iniciativa.

SR. PRESIDENTE TONELLI Tiene la palabra el señor secretario.

SR. SECRETARIO DE ASUNTOS POLÍTICOS Y FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL Algo que rescató la señora diputada Stolbizer, que olvidé mencionar, es que la ley modelo OEA ha sido una referencia que está muy presente en el texto de este proyecto.

En cuanto al plazo que plantea la señora diputada Stolbizer, realmente es difícil encontrar cuál es ese plazo, porque cuando uno consulta lo que hicieron otros países advierte que Gran Bretaña estableció un plazo de cinco años mientras que otros países fijaron un plazo de 120 días.

Es cierto que el estado de situación del que parte el Estado argentino no es bueno. Si yo pongo estas obligaciones en materia de transparencia activa, creo que sería razonable poner el plazo de un año, en función además de lo que ocurrió en los países de Latinoamérica: a la mayoría le llevó un año la implementación.

Entonces, hemos tomado como referencia lo que ocurrió en el resto de Latinoamérica y además hemos tenido en cuenta el estado de situación del Estado argentino. También hemos tenido en cuenta que no estamos en un bache absoluto sino que tenemos un decreto –el 1.172/03 que mientras se aplicó o estuvo vigente anduvo más o menos bien. Lo que ocurrió en los últimos años es que en Argentina, además, dejó de aplicarse ese decreto.

Entonces, nuestra idea era la siguiente: como tenemos el decreto 1.172/03, pongamos un plazo razonable para ir adecuando al Estado, con las exigencias que establece la ley el plazo de un año nos pareció razonable, y mientras tanto hagamos que ese decreto tenga plena vigencia. Precisamente estamos tratando de robustecer el área que hoy actúa como autoridad de aplicación para dar vigencia al decreto 1.172/03.

Respecto de las excepciones, nosotros creímos que el decreto 1.172/03 estaba bien como lo dije anteriormente y es por eso que casi nos regimos por las excepciones contempladas en ese decreto. Así como cambiamos sujetos obligados y la interpretación de acceso a la información pública, no cambiamos las excepciones porque nos pareció que estaban bien. Esto obviamente se puede mejorar. Pero a modo de respuesta respecto de la vinculación con alguna causa posterior, como decía la diputada Stolbizer –que mencionó a Chevron, no tiene mucho que ver porque, insisto, son las excepciones establecidas en el decreto 1.172/03. De modo tal que nosotros nos regimos por ese criterio.

Hay un punto que plantea la diputada, que es interesante y razonable, que nosotros en algún momento lo incluimos y después decidimos dejarlo para una ley especial, que tiene que ver con la clasificación de la información. Nosotros entendimos que hay distinta legislación en la Argentina respecto de la clasificación, porque es por ley y en función de determinado tipo de información, y nos pareció más prudente poder compilar toda esa información y tener un proyecto particular respecto de clasificación y desclasificación que establecerlo en el marco general de esta ley. Ese ha sido el motivo y no otro.

Respecto del plazo del artículo 10, estoy de acuerdo con lo que plantea la diputada Stolbizer.

SR. PRESIDENTE TONELLI Tiene la palabra el señor diputado Brügge.

SR. BRÜGGE En primer lugar, quiero expresar que celebro la iniciativa. Creo que efectivamente hay una deuda en el país y que, a pesar de que en el Derecho Público provincial algunas provincias han avanzado en esta línea, en el ámbito nacional era verdaderamente una asignatura pendiente.

Voy a hacer dos preguntas para ver si nuestro invitado de hoy me puede aclarar algunas dudas. La primera está referida al tema de los sujetos obligados. En el inciso k) del artículo 7° se menciona a las personas jurídicas públicas no estatales. En ese punto me preocupa la actuación de los colegios profesionales porque son personas jurídicas públicas no estatales. Cuando ese inciso dice que queda incluido o encuadrado dentro de esta ley lo regulado por el Derecho Público, entendemos que los colegios profesionales y asociaciones profesionales tienen el gobierno de la matrícula, y eso es una relación con el ámbito de la actividad propia de cada una de las profesiones y, en su caso, con los tribunales de disciplina o los tribunales de conducta con referencia a la denuncia de los particulares concretamente.

Creo que este inciso no es claro y habría que precisar lo que tiene que ver con las asociaciones profesionales y los colegios profesionales para que, en definitiva, sepamos en qué se puede avanzar o qué derechos tiene el particular de acceder y a qué tipo de información. Ha quedado una cláusula bastante amplia.

Otro aspecto que también merece aclaración es el de las excepciones, que la diputada Stolbizer interpreta de una forma y yo de otra. Me refiero al inciso d) del artículo 8°, que dice: “Información que comprometa los derechos o intereses legítimos de un tercero obtenida en carácter confidencial”. Esto lo tenemos que concatenar con la ley 25.326, cuando dice en qué caso la información es confidencial. ¿O quién nos va a decir cuándo la información es confidencial? Entonces, creo que ese inciso merece una aclaración. Entiendo que en la práctica pueden darse un sinnúmero de supuestos y queda algo así como una manga abierta dentro de esta iniciativa, que sé que tiene buenas intenciones. Por eso, tratemos de evitar los atajos para que justamente no se vulnere este derecho de acceso a la información.

SR. PRESIDENTE TONELLI Tiene la palabra el señor secretario.

SR. SECRETARIO DE ASUNTOS POLÍTICOS Y FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL El tema del carácter confidencial está regulado por muchas leyes en particular. A eso es a lo que nos referimos. O sea, hay muchas leyes que establecen el carácter confidencial.

Nosotros en el Ministerio del Interior recientemente tuvimos el caso Apablaza, que es sobre los refugiados. Esa información es confidencial porque hay una ley especial que establece la confidencialidad. A eso hace referencia el artículo.

Respecto de los entes, nosotros hemos sido lo más abarcativos posible. Esta es una definición; es decir, el ente público brinda información pública. Pero hay otra definición, que es acotarlo. Y entonces algunos dicen “no; es en la medida de la administración del fondo público”, o sea, “brindame información no en función de que sos un sujeto público sino en función de que manejás recursos públicos”. Nosotros hemos intentado ser amplios a la hora de la definición y de obligar a los sujetos a brindar información.

SR. PRESIDENTE TONELLI Tiene la palabra la señora diputada Camaño.

SRA. CAMAÑO Por supuesto, en primer lugar quiero dar una calurosa bienvenida tanto a Adrián como a Paula. Es un gusto enorme que estén acá. Han sido colegas nuestros y hemos estado trabajando en estos temas y en otros tantos que tienen que ver con la institucionalidad. Así que ese es el nivel de confianza con el que recibimos este proyecto. También damos la bienvenida a los otros funcionarios que los acompañan, a quienes no conocemos pero nos parece muy oportuna su visita.

No voy a entrar en el debate del tema, mi querido Adrián, porque la composición de la Cámara permite en esta oportunidad que todos tengamos voz y que en el debate que vamos a tener los diputados podamos, sin duda, perfeccionar la norma. Simplemente quiero plantear dos o tres cuestiones.

La primera de ellas es que es importante que el Poder Ejecutivo empuje esta iniciativa. Nosotros hemos tenido varias experiencias porque la historia no empieza cuando uno llega a este lugar, y esto se aprende con los años, y en algún momento estuvimos a punto de cantar victoria cuando dimos sanción al proyecto en esta Cámara, pero luego fue al Senado, allí le introdujeron modificaciones y nunca más se trataron esas modificaciones en esta Cámara de Diputados; o, por ejemplo, cuando en esta Comisión de Asuntos Constitucionales dictaminamos a favor de la iniciativa en un debate absolutamente enriquecedor. De hecho, los trece proyectos que anteceden a esta iniciativa del Poder Ejecutivo hablan a las claras de la necesidad de contar con esta norma. Como bien se ha dicho acá, es una falta en materia de derechos humanos, habida cuenta de que el libre acceso a la información pública en esta era en la que estamos es absolutamente imprescindible y necesaria, fundamentalmente para el ciudadano común pero también para nosotros, los legisladores.

No quiero dejar de mencionar el decreto 1.172/03, porque más allá de la mala, buena o regular aplicación, lo cierto es que no tenemos un bache legislativo. Tenemos una norma; quizás de menor rango, pero la tenemos, con lo cual imagino que desde el día cero este gobierno está tratando de perfeccionarla en la práctica.

Les doy nuevamente la bienvenida y quiero decirles que acogemos con mucho agrado esta norma. Vamos a trabajar en ella y, obviamente, proponer modificaciones, porque desde todos los bloques tenemos inquietudes. Se trata de una norma de un gran preciosismo jurídico y, como bien se dijo, cuanto menos dejemos a la reglamentación, mejor. Lo hemos advertido. Veo a tu ex asesora no sé qué cargo ocupará hoy, que tanto nos ayudó cuando dimos sanción a la otra iniciativa, junto con otros asesores a los cuales también reivindico con mucho énfasis, pues son los que están en el detalle del preciosismo de la norma.

De manera que, señor presidente, nos comprometemos a trabajar en esta norma. Me parece absolutamente acertado que estemos trabajando este tema entre otros tantos que seguramente vendrán; o no vendrán pero nosotros intentaremos que se discutan en el marco de esta comisión.

SR. PRESIDENTE TONELLI Tiene la palabra el señor diputado Grandinetti.

SR. GRANDINETTI En primer lugar, agradezco al secretario Adrián Pérez por venir a esta reunión a poner en debate esta norma, que es una herramienta fundamental para el ejercicio de la libertad de expresión, sobre todo en el ejercicio profesional de muchos periodistas, a los que sin esta norma se les hace muy difícil por no tener el acceso adecuado a la información- ese ejercicio de la opinión, de la expresión. Creo que con esto se viene a salvar un vacío legal que durante muchos años se mantuvo como una gran deuda de la democracia, independientemente de los decretos que permitieron cierta posibilidad de acceso a la información pública.

En este caso quiero destacar el cúmulo de proyectos anteriores, que me parece que está muy bien, reconociendo la labor parlamentaria y continuando con lo que decía recién la diputada Camaño respecto de la mirada múltiple de diferentes sectores; entre otros, podemos mencionar los proyectos de Laura Alonso, de Méndez, de Stolbizer y de Diana Conti. Creo que en este clima político necesitamos una mirada plural, amplia, democrática. Esto es lo que hay que destacar de este proyecto. Sabemos del compromiso con la transparencia que siempre ha tenido el doctor Pérez, y por supuesto lo celebramos.

No quiero cansarlos con fundamentos porque todo esto será analizado en el recinto. Simplemente quiero acotar que creo que estamos en un momento histórico: por la pluralidad de aquellos que han agregado su visión y, también, por dar al ejercicio del periodismo libre e independiente las herramientas adecuadas para que puedan llevar adelante esa tarea.

SR. PRESIDENTE TONELLI Tiene la palabra el señor diputado Solanas.

SR. SOLANAS Señor presidente: esto es un requerimiento de la ciudadanía. Cuando recorremos nuestros pueblos vemos que hay una exigencia de transparencia a la clase política. De modo tal que interpreto que este instrumento tiene ese sentido. Desde ese punto de vista, lo comparto absolutamente.

Pero quiero formular algunas preguntas. ¿Qué pienso inmediatamente cuando advierto que el director será designado por el Poder Ejecutivo? Que el Ejecutivo se controla a sí mismo. Me parece que la posibilidad del nombramiento del director de esta agencia tendría que ser mucho más amplia y no que solamente el Ejecutivo sea el portador de esa decisión. Creo que es importante reflexionar sobre esto. Quienes hemos tenido cargos ejecutivos alguna vez –como en mi caso, pues he sido intendente de la ciudad de Paraná en dos oportunidades tenemos la sensación de que el Ejecutivo se va a controlar a sí mismo.

Por otro lado, el inciso a) del artículo 24 habla de diseñar la estructura orgánica de funcionamiento y designar a su planta de agentes. Quiero saber cuántos son los agentes. A su vez, el inciso b) habla de preparar su presupuesto anual. Me gustaría saber cómo es la estructura orgánica y cuál es el presupuesto. Tengo derecho a saberlo, máxime en el caso de esta norma, que intenta transparentar.

Por otro lado, el artículo 35, que habla del presupuesto, dice que se autoriza totalmente al Poder Ejecutivo nacional a realizar las modificaciones e incorporaciones a la ley de presupuesto de gastos y recursos de la administración nacional para el ejercicio fiscal vigente en los aspectos que se consideren necesarios para la implementación de la presente ley.

Esta norma confiere al Poder Ejecutivo la decisión de diseñar la estructura orgánica, que no está explicitada en este instrumento. Me gustaría una aclaración al respecto, porque precisamente estamos discutiendo un instrumento que tiene que ver con la transparencia para informar a los ciudadanos. Repito: este instrumento confiere al Poder Ejecutivo la facultad de controlarse a sí mismo, si no se aclara cómo se va a nombrar al director.

SR. PRESIDENTE TONELLI Si el secretario no le contesta adecuadamente, puede estrenar el sistema con el primer pedido de acceso a la información. (Risas.)

SR. SOLANAS Perdóneme, señor presidente, pero estoy pidiendo una información y no es para que usted me haga una chanza. Usted, que es tan serio, está tomando en broma un debate.

SR. PRESIDENTE TONELLI No, señor diputado. No estoy tomando en broma el debate. Lamento haberlo molestado. Le pido disculpas. Yo confío…

SR. SOLANAS Usted está vapuleando el debate, señor presidente, cosa que nunca hizo. Ahora, como se siente presidente, lo hace. Quizá le incomodó la pregunta…

SR. PRESIDENTE TONELLI De ninguna manera estoy vapuleando el debate. Nunca lo hice ni lo voy a hacer. Estoy seguro de que el secretario le va a contestar adecuadamente. Quise simplemente poner una nota de humor. Lamento haberlo molestado. Le pido mil disculpas y retiro mi comentario. De ninguna manera fue esa mi intención.

SR. SOLANAS Acepto sus disculpas.

SR. PRESIDENTE TONELLI Tiene la palabra el señor secretario.



SR. SECRETARIO DE ASUNTOS POLÍTICOS Y FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL Comentaba anteriormente que siempre ha sido motivo de mucha controversia la conformación de esa autoridad de aplicación. Ha habido distintas fórmulas: algunas establecían un órgano único para todos los poderes, otras determinaban órganos por poder, y otras establecían la posibilidad de participación de otro poder en el proceso de designación. Digamos que es una decisión política y de política legislativa. Quiero aclarar que no se trata de un órgano de control –como lo mencionaba el señor diputado, sino que es un órgano de información, que no tiene las mismas características que un órgano de control.

El debate habría que ampliarlo a quiénes son los sujetos obligados y a qué poderes va a comprender. Y para nosotros lo prioritario era establecer un mismo procedimiento para todos los poderes y que efectivamente tuviéramos una ley de acceso a la información con un procedimiento común y con un sistema de designación común para todos los poderes. Por eso nos pareció que la cuestión quedaba saldada de una forma muy razonable si otorgábamos a cada poder la posibilidad de designar su director de la agencia de información con un proceso participativo de audiencias públicas y con la posibilidad de impugnaciones ciudadanas. Es cierto que hay una designación por el poder pero también es cierto que esa designación pasa previamente por un sistema de participación cívica, audiencias e impugnaciones.

Este ha sido el criterio elegido por nosotros. Esto, sumado a que el organismo tiene autonomía y autarquía, satisface la idea de un organismo capaz de llevar adelante su función, que es de aplicación y de garante de la ley.

Respecto de la estructura orgánica, no la establecimos porque lo van a hacer ustedes, los legisladores. En todo caso, lo que hace la oficina es diseñar un presupuesto de funcionamiento, en cuanto a sus recursos y a su personal, que el Parlamento finalmente aprobará. Nosotros no estamos pensando en una estructura muy grande sino todo lo contrario. De todos modos, es algo que deberá pasar por la aprobación de este Parlamento.

También es cierto que establecimos un plazo de cinco años para el director, y esto tiene el siguiente sentido: si estamos pensando en una aplicación de acá a un año, en realidad el director va a estar tres años con este gobierno y dos años con el próximo, y el director que designe el próximo gobierno tampoco va a coincidir necesariamente con su mandato. Entonces, eso también ayuda a lo que estamos pensando en cuanto a los conceptos de autonomía, independencia, etcétera.

SR. PRESIDENTE TONELLI Tiene la palabra el señor diputado Solanas.

SR. SOLANAS Señor secretario: en la primera hoja de los considerandos, segundo párrafo, dice “controlar la gestión pública”. Es muy claro. No lo digo yo sino que lo dice el texto de la norma.

SR. PRESIDENTE TONELLI Tiene la palabra el señor diputado Sánchez.

SR. SÁNCHEZ Obviamente, también quiero saludar la presencia de Adrián, Paula, Fernanda y el resto del equipo, que como ya se dijo han trabajado mucho en este tema y en otros que seguramente formarán parte de la agenda de esta comisión.

En realidad, esta iniciativa es parte de la agenda de las necesidades de un Estado que esté al servicio de la sociedad, que se abra, que no tenga nada que ocultar, que tenga reglas claras y que garantice el acceso a los derechos. La verdad es que si uno se pone a pensar, señor presidente, todos sabemos que los ciudadanos tenemos derecho al acceso a la información pública aunque no haya ley de acceso a la información. Esto es así. El problema es que no se hacen operativas si no tenemos ley o si tenemos una herramienta incompleta, como la que tenemos hoy. La diputada Camaño decía que el decreto es una norma de rango inferior; no sé si es de rango inferior pero sí es incompleta, porque de hecho solo aplica para uno de los poderes del Estado. Y aquí viene una de las preguntas que quiero hacer. Celebro no solo los principios básicos, porque a esta altura los principios básicos no los discute nadie, por suerte; todos tenemos proyectos en ese sentido y todos garantizan esos principios básicos.

La segunda cuestión es la siguiente. Creo que esta iniciativa no solo ha tomado el criterio particular del Poder Ejecutivo sino que ha tomado lo mejor de la mayoría de los proyectos que han estado y que están en vigencia, incluida la sanción que se obtuvo en esta Cámara.

Las organizaciones de la sociedad civil tienen experiencias del otro lado del mostrador, cuando reclaman permanentemente y el Estado se cierra a brindar información; muchas veces lo hace porque los ciudadanos ni siquiera saben cómo reclamar ese derecho. Entonces, esa experiencia nos puede servir mucho para que esta norma no pase por alto lo que fueron los impedimentos anteriores, aun sabiendo que tenemos ese derecho reconocido por la Constitución y que tenemos un decreto que hace más o menos operativo este conjunto de derechos.

Respecto de algunas cuestiones que se plantearon acá, creo que se podría revisar algunos artículos. Por ejemplo, cuando se habla del plazo de puesta en vigencia; u operativa, en realidad, porque vigente va a estar desde el primer día. Las obligaciones van a ser, las formas de acceder van a ser. El problema es que un Estado, que básicamente venía cerrándose a esto o haciendo todo el esfuerzo para no brindar información, como regla general… Porque hay que aclarar algo: lo que está brindando esta norma no son solo los mecanismos y las obligaciones que tienen los sujetos obligados para que los ciudadanos puedan acceder a la información, sino que el Estado en su conjunto y los sujetos obligados en su conjunto entiendan que tienen que producir y publicar la información como regla. La excepción es que nosotros vayamos a pedir algo que no está publicado o accesible. Todo lo demás debería estar publicado y accesible. No tendríamos que ser los ciudadanos los que estemos abocados las 24 horas del día para descubrir qué es lo que el Estado quiere ocultar, sino todo lo contrario.

Obviamente que hay que discutir las cuestiones que constituyen el corazón de la norma. Por ejemplo, es necesario que haya un capítulo de excepciones, pero es necesario que quede tan claro como para que el capítulo de excepciones no invalide todo lo que estamos reconociendo anteriormente. Creo que este proyecto lo logra bastante bien, por lo que diría que casi no tengo diferencias.

Hay algunas cuestiones. El diputado Solanas hablaba del presupuesto y de la estructura. Excepto que la ley lo establezca, las estructuras las definen los funcionarios responsables de ello; si no, tienen que estar establecidas en la Ley de Ministerios. Pero nosotros no somos quiénes para decirlo, excepto que queramos que haya determinadas oficinas establecidas con competencias determinadas. Por supuesto, la ley de presupuesto es la que tiene que establecer los recursos para que funcione, como el resto de las organizaciones del Estado.

Pero hay algo que me preocupa. Esta es una ley muy amplia por suerte, pues no solo incluye a todo el Estado nacional sino a otras instituciones que no pertenecen al Estado nacional pero que por su naturaleza o por ser administradoras de recursos públicos deben estar obligadas, como partidos políticos, sindicatos, universidades. Esas instituciones tienen que estar incluidas.

Pero me preocupa algo que va antes que eso, que parecería una obviedad pero en la práctica no lo es. Acá está el Poder Ejecutivo con su iniciativa diciendo “esta es la voluntad del Poder Ejecutivo”, por lo que difícilmente después pueda decir “yo no voy a cumplir con el proyecto que envié.” Lo mismo sucede con el Poder Legislativo. ¿Y el Poder Judicial? A mí me preocupa porque este último es, entre otras cosas, uno de los organismos que tiene que garantizarnos, en revisión, ante la negativa de los sujetos alcanzados, que somos ciudadanos de pleno derecho y que por lo tanto se nos tiene que dar la información. ¿Y la información que pertenece al Poder Judicial? Como todos sabemos, ni la Corte, ni el Consejo, ni los tribunales son muy adeptos a abrir su información. Entonces, me gustaría saber si existe alguna opinión del Poder Judicial, porque yo como miembro del Poder Legislativo no quiero sancionar una ley para que después el Poder Judicial diga: “A mí no se me aplica”. Yo quiero que este Parlamento sea explícito. Es más, señor presidente; diría que si hay posibilidad desde el punto de vista de representación institucional, no desde su rol de juzgamiento, etcétera, vengan y digan cuál es su opinión. Yo no quiero que tengan un régimen ad hoc, porque interpretan las leyes, no se dan sus propias leyes. Quiero llamar la atención sobre este tema, porque creo que en este proyecto y en todos los demás está perfectamente claro, y quiero que no haya diferencia entre poderes de la Nación. No quiero que ningún poder se dicte su propia norma más allá de lo que establece la Constitución.

SR. PRESIDENTE TONELLI Tiene la palabra el señor secretario.

SR. SECRETARIO DE ASUNTOS POLÍTICOS Y FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL Nosotros intentamos dejar en claro que esto es para todos los poderes, es decir, están todos obligados tanto en el procedimiento como en la designación de la Agencia de Acceso a la Información Pública. En el artículo 28 trasladamos tanto la mecánica de designación de la agencia como el procedimiento al resto de los poderes. Coincidimos plenamente en el concepto.

En el caso de la ley de ética pública hemos tenido ese problema. Si la pregunta es si ha habido conversaciones, en el marco de alguna reunión le planteé al presidente de la Corte que la ley de acceso a la información pública también iba a ser para el Poder Judicial. En el caso del Poder Legislativo, ustedes saben que esto es así, que los va a comprender. De modo que comparto lo expresado, pero creo que el artículo 28 deja saldada esa cuestión.

SR. PRESIDENTE TONELLI Tiene la palabra el señor diputado Borsani.

SR. BORSANI Agradezco al secretario Adrián Pérez por concurrir a esta Cámara, y también a los colaboradores del Poder Ejecutivo.

En relación con lo manifestado por el diputado Sánchez, nosotros acompañamos la postura de que todos los poderes del Estado tienen que estar incluidos y comprendidos en la ley. Debido a la jerarquía que tiene que tener la agencia y para garantizar su autonomía e independencia, tanto la designación como la eventual remoción de los responsables de la misma deberían contar con acuerdo parlamentario. Esta es una propuesta que hacemos y que está incluida dentro del proyecto que hemos acompañado, cuya autoría le pertenece a la diputada Karina Banfi. Creemos que esto debe ser analizado en la redacción final que adopte el proyecto que llevemos al pleno de la Cámara.

SR. PRESIDENTE TONELLI Tiene la palabra el señor diputado Cleri.

SR. CLERI Señor presidente: en primer lugar quiero manifestar que el bloque del Frente para la Victoria va a acompañar estas medidas. Seguramente haremos un planteo de modificación, de tratamiento y hasta podríamos llegar a emitir un dictamen propio pero seguramente nos encontrarán en las generales de la ley acompañando esta iniciativa.

Pero como somos coherentes, quisiera que se explicite mucho más en este sentido. Es decir, hacen el planteo de que la autoridad de aplicación debe tener cinco años para que tenga una independencia o una autonomía pero así no lo han hecho regir en leyes que han sido sancionadas, como las vinculadas con el AFSCA y la AFTIC. Además, dicen que el Congreso tendrá la posibilidad de elegir autoridades pero, por un decreto de necesidad y urgencia, las terminaron removiendo. Esa es la voluntad del Poder Ejecutivo que gobierna actualmente, es decir, la voluntad de avasallar todas aquellas instituciones que no son disciplinadas hacia el poder de ustedes. Por ello, desearía que cada texto normativo, interés o planteo sea correspondido con la coherencia necesaria para tener un orden jurídico acorde. No puede ser que cuando a ustedes les conviene planteen una cosa y cuando no les conviene a quienes ustedes responden –que son los grupos económicos concentrados y los medios de comunicación- terminen definiendo otra cosa, es decir, leen el decreto y lo firman, como se hacía en otra época.

Entonces, si es un verdadero acceso a la información pública, también queremos saber a quién responden: si sus intereses son los del pueblo o terminan siendo lo de los grupos concentrados económicos, que a lo mejor financiaron sus campañas.

SR. PRESIDENTE TONELLI Tiene la palabra la señora diputada Banfi, y con su exposición cerraremos la ronda de preguntas dado que a las 12 horas vendrá a exponer el señor ministro de Justicia de la Nación.

SR. CLERI Quisiera saber si están de acuerdo.

SR. PRESIDENTE TONELLI No, no estamos de acuerdo.

Tiene la palabra la señora diputada Banfi.

SRA. BANFI Señor presidente: en realidad, cuando hablamos del acceso a la información pública el único interés superior es justamente el de las personas, y principalmente porque esta es una ley no para el ciudadano ni para las personas, que ya tienen el derecho a la información, sino para preparar al Estado para que entregue, responda y pueda cumplir efectivamente con la demanda de los ciudadanos, cualquiera sea.

En ese sentido, me gustaría destacar algo. Primero quiero decir que acompaño lo que planteó el señor diputado Sánchez con respecto al Poder Judicial. Además, por lo menos en mi caso soy optimista de que en esta oportunidad pueda hacer lugar a preparar también el diseño institucional del Poder Judicial a que tengan acceso a la información ya que esta Corte, durante cinco fallos, ha pedido una ley nacional de acceso a la información pública. Por lo tanto, estamos cumpliendo con aquellos fallos que no fueron cumplidos por el Poder Ejecutivo cuando recibió la condena por no entregar información.

Además, a principios de año ha creado la oficina de acceso a la información en el marco del CIJ. Al menos vemos ciertas iniciativas que muestran la voluntad de que pudieran acompañar este proceso y considero que parte del Poder Ejecutivo podría avanzar en esta línea de diálogo.

En otro sentido, cuando se hablaba de excepciones, es importante destacar dos cosas que el doctor Pérez puntualizó muy bien con respecto al principio de máxima publicidad que recorre todo este proyecto, fundamentalmente la supremacía del carácter de derecho humano que tiene el acceso a la información pública.

Por lo tanto, cuando hablamos de un régimen de excepciones estamos hablando justamente de eso: de una excepción a la restricción y a la reserva de información.

Tal como lo plantean el proyecto del Poder Ejecutivo y otras iniciativas, es importante que la información también pueda estar sujeta a un sistema de tachas sobre la base del principio de máxima publicidad. Esto implica que toda información puede ser entregada pero resguardando aquella información que puede estar comprendida por algún inciso del régimen de excepciones. Esto puede saldar la discusión y el debate sobre aquellas incorporaciones que tenemos dentro del régimen de excepciones con un buen sistema en donde se cumple con el principio de entregar siempre la información y poder generar otro tipo de comunicación entre la persona y los funcionarios acerca de la información que se debe reservar por un tiempo determinado.

Solo quería aclarar esto, y también acompañarlo porque figura en el proyecto.

SR. PRESIDENTE TONELLI Me han pedido el uso de la palabra dos diputados más y se lo voy a ceder. Luego de sus exposiciones daremos por finalizada la reunión.

Tiene la palabra la señora diputada Lospennato.

SRA. LOSPENNATO Tenemos que celebrar esta iniciativa del Poder Ejecutivo, lo cual no me sorprende en absoluto porque es la línea que viene pregonando y que ha marcado la campaña del presidente Macri. Me llama la atención favorablemente y agradezco que el Frente para la Victoria acompañe el proyecto ya que durante doce años de gobierno con mayorías parlamentarias nos privó de tener este derecho amplio garantizado por ley. Así que es una muy buena noticia que no debemos dejar pasar. Será una gran noticia que los ciudadanos no tengan que volver a pasar por condenas y que las ONGs no tengan que llevar juicios durante años para acceder a la información pública.

Entendamos que esta iniciativa no solo regulará a los tres poderes del Estado. Al tener una cantidad de sujetos obligados tan amplia, en realidad casi todos los ciudadanos vamos a ser sujetos obligados de esta ley de información pública en los otros ámbitos a los que pertenecemos, ya sea asociaciones como un Colegio Público o partidos políticos la mayoría de nosotros somos militantes políticos.

Este proyecto está sentando realmente el acceso a un derecho humano y está promoviendo el ejercicio de este derecho humano fundamental, así que creo que tenemos que celebrarlo y trabajar para mejorar el proyecto, si hay cosas que se pueden mejorar.

El capítulo más trascendente para nuestra vida institucional es el de transparencia activa. De ahora en adelante debemos fomentar que recurrir a estos mecanismos es la excepción, porque toda la información pública está accesible fácilmente para los ciudadanos. Si leemos los incisos sobre regulación en materia de transparencia activa, vemos que muchas de las cosas que nos enteramos muchos años después llaman la atención y en muchos casos despiertan la zozobra ciudadana. Esto se salva con la información publicada en Internet, el simple ejercicio de entrar en una página web, lo cual hacen todos hoy, sobre todo los más jóvenes. Este es el capítulo central donde radica la real vigencia de este principio, que no es solamente el derecho sino el ejercicio de los ciudadanos del acceso a la información.

SR. PRESIDENTE TONELLI Tiene la palabra el señor diputado Abraham.

SR. ABRAHAM En primer lugar, que quede claro en este debate el apoyo de parte del Frente para la Victoria, porque tenemos los proyectos presentados. Felicito al señor secretario en este momento en que se habla tanto del derecho humano, pero al mismo tiempo se desguazó una ley de medios que prácticamente nos ha dejado a muchos argentinos sin esa información, la cual quizás ahora la tengamos que requerir en forma individual en cada oficina.

Pero vamos a estar acompañando esta idea.

No quiero entrar en la parte donde se dice que el otro gobierno no dio información, porque realmente nos estamos enterando de casos de funcionarios y presidentes que han pasado hace veinte años, cinco años, dos años, el año pasado o el mes pasado, y no es la intención plantear un debate basado en la chicana sino que queremos colaborar seriamente.

Deseo hacer una sola pregunta al señor secretario: ¿hasta qué fecha esto es retroactivo a todo el accionar del Estado? Es decir, para dar una fecha de corte. ¿Hasta 1983? ¿Hasta 1976? ¿Esta cuestión está prevista en la norma? Quizás está prevista la prescripción. Porque alguno va a decir que estamos escondiendo cosas si ponemos una fecha de prescripción. Para ver si toda la información del Estado puede ser pública en la Argentina.

SR. SECRETARIO DE ASUNTOS POLÍTICOS Y FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL Obviamente, la norma es amplia y abarca toda la información en poder del Estado. Por lo tanto, para atrás no hay restricción. Ese ha sido el sentido.

Para cerrar, quiero decir que nosotros hemos intentado creo que ha quedado expresado- hacer una ley amplia en términos de sujetos obligados, de legitimación activa, de quién puede pedir información. Hemos sido ambiciosos en términos de transparencia activa. Así que espero que pueda enriquecerse el debate. Ese es el sentido.

Los objetivos son la transparencia, la participación, dar las herramientas al ciudadano para que controle al Estado, al gobierno y al resto de los poderes, como bien decía recién el diputado Sánchez. Este es el espíritu y ojalá se pueda avanzar. Me alegra que haya coincidencia en la necesidad de avanzar en esta ley.

Quiero manifestar que llegamos a esta instancia reconociendo los antecedentes parlamentarios pero manifestando que hoy hay vocación política del Poder Ejecutivo de avanzar con una cuestión que hace mucho tiempo estaba trabada.

Simplemente quiero agradecer el respeto que ha habido, como siempre, en esta reunión de comisión y también dar las gracias a quienes me han acompañado y han trabajado más que yo en el tema. Me refiero a Rudi Borrmann, que ha trabajado en la trasparencia activa desde el Ministerio de Modernización; a Marina Carbajal, la subsecretaria de Reforma Institucional y Fortalecimiento de la Democracia; a Fernanda Araujo, directora de Fortalecimiento de la Democracia, y a Paula Bertol, quien nos ayuda en esta relación permanente que tenemos con el Parlamento.

Nuevamente agradezco a todos ustedes y reitero que quedamos a disposición para lo que surja en el marco de este tema. (Aplausos.)

SR. PRESIDENTE TONELLI Agradecemos al señor secretario Adrián Pérez y a quienes lo acompañaron por haber concurrido a esta Cámara.

Queda finalizada la reunión.

Es la hora 12 y 37.