Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del Código Procesal Penal Federal -ley 27.482-

COMPETENCIA

Ley N° 27.482 Modificación de la Ley 27.063 (Código Procesal Penal de la Nación)

Artículo 1°- Sustitúyese la denominación del Código aprobado por el artículo 1° de la ley 27.063, obrante en el Anexo I de dicha ley, por la siguiente: “Código Procesal Penal Federal”.

Art. 2°- Sustitúyese en el artículo 1° de la ley 27.063 y en el artículo 1° del Anexo II que la integra, la locución “Código Procesal Penal de la Nación” por la expresión “Código Procesal Penal Federal”.

Art. 3°- Sustitúyese el artículo 7° de la ley 27.063, por el siguiente:

Artículo 7°.- Créase en el ámbito del Honorable Congreso de la Nación la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del Código Procesal Penal Federal, con el fin de evaluar, controlar y
proponer durante el período que demande la implementación prevista en el artículo 3°, los respectivos proyectos de ley de adecuación de la legislación vigente a los términos del Código aprobado por el artículo 1° de la presente ley, así como toda otra modificación y adecuación legislativa necesaria para la mejor implementación del Código Procesal Penal Federal.

 



Ubicación
Comuníquese con la Dirección Comisiones: 1141277100 - inte. 2266
 

Honorable Cámara de Diputados de la Nación Argentina | Congreso de la Nación Argentina | Av. Rivadavia 1864 - Ciudad Autónoma de Bs. As. (C.P.C1033AAV) | + 54 11 6075-0000

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