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PROYECTO DE TP


Expediente 9767-D-2014
Sumario: EXPRESAR BENEPLACITO POR LA DECISION DE LA SALA X DE LA JUSTICIA NACIONAL DEL TRABAJO, QUE DISPUSO LA REINCORPORACION DE EX TRABAJADORES DESPEDIDOS EN "INDUSTRIAS LEAR DE ARGENTINA S.A."
Fecha: 17/12/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 187
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Expresar su beneplácito con la decisión de la Sala X de la Justicia Nacional del Trabajo, que de manera unánime dispuso la reincorporación preventiva e inmediata de los trabajadores despedidos por Industrias Lear de Argentina SA, en contravención al procedimiento preventivo de crisis normado por la ley 24.013

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Los trabajadores despedidos por la autopartista Lear deberán ser reincorporados de manera "inmediata", de acuerdo a un fallo unánime de la Sala X de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.
La decisión judicial alcanza a 27 de los empleados cesanteados, resolvió "disponer que Industrias Lear de Argentina S.A. deberá proceder a la inmediata reinstalación precautoria" de los empleados desafectados por la empresa de origen norteamericano.
En ese sentido, el Tribunal integrado por los jueces Enrique Brandolino, Daniel Stortini y Gregorio Corach señaló que la firma deberá acatar el fallo "bajo apercibimiento de disponer su ejecución mediante solicitud al Ministerio de Trabajo".
De esta manera, la Justicia atendió las razones expuestas por los cesanteados que denunciaban que la empresa había realizado "despidos masivos sin presentación previa del Procedimiento Preventivo de Crisis que, según la ley 24.013, es un requisito imperativo sin el cual los despidos deben ser anulados por el Ministerio de Trabajo", informó el abogado de los trabajadores Edgardo Moyano.
En ese sentido, el fallo destacó que, de acuerdo a la información obtenida, se "muestra de modo claro que Lear, con invocación a una situación de crisis, suspendió y despidió personal, sin haber recurrido al Procedimiento Preventivo de Crisis, privando a los accionantes de su derecho a transitar el trámite administrativo impuesto con la finalidad de encontrar una solución a la vigencia de sus contratos de trabajo".
"Los actores que aún continúan en el proceso tienen derecho a que su situación se encauce por el trámite previsto" por la ley "con la premisa de la subsistencia de la relación laboral, lo cual conlleva la reinstalación precautoria a sus puestos de trabajo con el pago de salarios", agregó el documento judicial.
La reincorporación de los trabajadores dispuesta por la Justicia en el presente mes de diciembre, previo a las cristianas Fiestas de Navidad y Año Nuevo, es motivo de beneplácito y amerita ser declarado, sin soslayar que los magistrados han cumplido cabalmente su función aplicando la legislación vigente y reafirmando los derechos de los empleados de Lear (Fuente: CIJ y Cadena 3.com)
Pido por consiguiente el acompañamiento de mis pares, a fin de aprobar el presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ASSEFF, ALBERTO BUENOS AIRES UNIR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)